ARTÍCULO 976 - BOME-A-2019-976

BOME Nº 5708 del viernes, 29 de noviembre de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERIA DE BIENESTAR SOCIAL Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERIA DE BIENESTAR SOCIAL Y SALUD PÚBLICA

Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 4 de noviembre de 2019, relativo a renovación de los miembros de la Junta Arbitral de Consumo de la Ciudad Autónoma de Melilla.


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ANUNCIO

 

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Extraordinaria celebrada el día 4 de noviembre de 2019, una vez terminados los asuntos contenidos en el Orden del Día, y previa su declaración de urgencia, adoptó el siguiente acuerdo:

 

Punto Único. - RENOVACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA ARBITRAL DE CONSUMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA. -

 

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Bienestar Social y Salud Pública, que literalmente dice:

 

“ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

 

I.- El Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, recoge en su artículo 5, a las Juntas Arbitrales de Consumo como aquellos órganos administrativos encargados de la gestión del arbitraje institucional de consumo y prestan servicios de carácter técnico, administrativo y de secretaría, tanto a las partes como a los árbitros.

 

II.- Con fecha 3 de octubre de 2001, se suscribió por parte del Instituto Nacional de Consumo del Ministerio de Sanidad y Consumo y la Ciudad Autónoma de Melilla el Acuerdo de constitución de la Junta arbitral de Consumo de la Ciudad Autónoma de Melilla al amparo de lo establecido en el art. 5.2 b) del citado real Decreto.

 

III.- En el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla núm. 3869, de 16 de abril de 2002, se publica el Reglamento Regulador de la Junta arbitral de Consumo de la Ciudad Autónoma de Melilla, disponiendo su artículo tercero que las mismas estarán compuestas por un Presidente y un Secretario designados por Acuerdo de Consejo de Gobierno y su nombramiento será publicado ene l Boletín Oficial de la Ciudad.

 

IV.- De igual forma, el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, recoge en su art. 7 relativo a la composición de las Juntas Arbitrales de Consumo, que:

 

1. Las Juntas Arbitrales de Consumo estarán integradas por su presidente y el secretario, cargos que deberán recaer en personal al servicio de las Administraciones públicas, y por el personal de apoyo adscrito a dicho órgano.

 

El presidente y el secretario de la Junta Arbitral de Consumo serán designados por la Administración de la que dependa la Junta, publicándose su nombramiento en el diario oficial que corresponda al ámbito territorial de la Junta Arbitral de Consumo.

 

2. Salvo lo dispuesto en el artículo 36, las resoluciones de los presidentes de las Juntas Arbitrales de Consumo podrán fin a la vía administrativa.

 

3. El secretario de la Junta Arbitral de Consumo garantizará el funcionamiento administrativo de la Junta, siendo responsable de las notificaciones de los actos de la 

Junta, que se efectuarán conforme a lo dispuesto en los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

 

Cuando se creen delegaciones territoriales o sectoriales de la Junta Arbitral de Consumo, se podrán designar presidentes y secretarios de la delegación territorial o sectorial.

 

Lo previsto en el párrafo anterior, se entenderá sin perjuicio de la capacidad del Presidente de la Junta Arbitral de Consumo para designar órganos arbitrales que conozcan de los conflictos en los ámbitos territoriales en los que no exista Junta Arbitral territorial o delegaciones de la Junta Arbitral de Consumo.

 

Atendido lo anterior y de acuerdo con lo establecido en el art.33.5 apartados e) y o) del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, ha tenido a bien:

 

PRIMERO. - El cese del Sr. Presidente y el Sr. Secretario de la Junta Arbitral de Consumo, Don Carlos Susin Pertusa titular del DNI núm. 33.499344 - M y Don Arturo Jiménez Cano, titular del DNI núm. 45303446- R, con agradecimientos por los servicios prestados.

 

SEGUNDO. - Nombrar como Presidente de la Junta Arbitral de Consumo, a Don José Antonio Castillo Martín, titular del DNI núm. 45275836Z, funcionario propio Grupo A1 (TAG) de la Ciudad autónoma de Melilla

 

TERCERO. - Nombrar como Secretario de la Junta arbitral de Consumo, a Don José Emilio Nogales Sánchez funcionario, titular del DNI núm. 45278218-G, funcionario propio, Grupo C2 (jefe de negociado) de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

 

Melilla, 27 de noviembre de 2019,

El Técnico de Administración General,

Antonio Jesús García Alemany