ARTÍCULO Nº 994
(CVE: BOME-A-2019-994)
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BOME Nº 5710 - viernes, 6 de diciembre de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA
Resolución nº2155 de fecha 29 de noviembre de 2019, relativa a modificación a propuesta de U.G.T del plan de formación de fondos propio de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2019

El titular de la Consejería de Presidencia,
Administración Pública y Regeneración Democrática, mediante Orden de 29/11/2019, registrada al número
2019002155, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
La
Dirección General de Función Pública informa lo siguiente:
PRIMERO.- Aprobado por Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad Autónoma de
Melilla, en reunión celebrada el día 29 de mayo de 2019, el borrador del Plan
de Formación con Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año
2019, gestionado por la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones
Públicas y el resto de Entidades Gestoras con representación en la
Administración Local (Unión General de Trabajadores de Melilla, Unión Sindical
de Trabajadores de Melilla, Comisiones Obreras y Central Sindical Independiente
de Funcionarios de Melilla) y financiado con fondos de la Ciudad Autónoma de
Melilla al amparo de lo dispuesto en el artículo 8 del VIII Acuerdo Marco y IX
Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma de Melilla, prorrogados.
SEGUNDO.- Que mediante Resolución de la Viceconsejera de Administraciones Públicas
núm. 201900001929 de fecha 30 de mayo de
2019, y publicada en BOME núm. 5657 de 4 de junio de 2019, se aprueba el Plan
de Formación con Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año
2019, gestionado por la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones
Públicas y el resto de Entidades Gestoras con representación en la
Administración Local (Unión General de Trabajadores de Melilla, Unión Sindical
de Trabajadores de Melilla, Comisiones Obreras y Central Sindical Independiente
de Funcionarios de Melilla), y financiado con fondos de la Ciudad Autónoma de
Melilla al amparo de lo dispuesto en el artículo 8 del VIII Acuerdo Marco y IX
Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma de Melilla, prorrogados.
TERCERO.- Que en relación con comunicación
remitida por la Entidad Sindical UGT de Melilla, con registro de entrada
general núm. 2019112378 de fecha 6 de noviembre de 2019, solicitando la
modificación del Plan de Formación Fondos Propios 2019 con la siguiente
concreción:
-Supresión de la acción formativa “INTERVENCIÓN INMEDIATA EN SITUACIONES DE EMERGENCIA”, debido a “motivos
organizativos y técnicos”.
-Inclusión de una nueva acción
formativa, “INTERVENCIÓN INMEDIATA EN SITUACIONES DE EMERGENCIA (NIVEL 2)”.
CUARTO.- Que con objeto de considerar la modificación propuesta, mediante
diligencia de fecha 18 de noviembre de 2019, incluída en expediente electrónico
nº 34200/2019, se hace constar “(...) que los miembros integrantes de la Comisión Paritaria de
Formación no presentan objeción alguna a la modificación propuesta por la
entidad sindical con representación local UGT relativa a la supresión de la acción formativa “INTERVENCIÓN INMEDIATA EN SITUACIONES DE
EMERGENCIA”, debido a “motivos organizativos y técnicos” e inclusión de una nueva acción
formativa, “INTERVENCIÓN INMEDIATA EN
SITUACIONES DE EMERGENCIA (NIVEL 2)” (expediente electrónico nº 33602/2019)”.
QUINTO.- Que los miembros de la misma aceptan tales modificaciones, quedando el
Plan de Formación Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año
2019, gestionado por la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones
Públicas y el resto de Entidades Gestoras, con la siguiente concreción:
CURSO DE FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2019 GESTIONADO POR LA ENTIDAD
SINDICAL CON REPRESENTACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL UGT PROPUESTO PARA SU
ELIMINACIÓN |
||||
ACCIÓN FORMATIVA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICION ES |
INTERVENCIÓN INMEDIATA EN SITUACIONES DE EMERGENCIA |
PRESENCIAL |
15 |
20 |
1 |
CURSO DE FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2019 GESTIONADO POR LA
ENTIDAD SINDICAL CON REPRESENTACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL UGT PROPUESTO PARA SU APROBACIÓN
ACCIÓN FORMATIVA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
INTERVENCIÓN INMEDIATA EN SITUACIONES DE EMERGENCIA (NIVEL 2) |
PRESENCIAL |
15 |
20 |
1 |

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
33602/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La
modificación del Plan de Formación Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de
Melilla para el año 2019, gestionado por la Consejería de Presidencia,
Administración Pública y la Entidad Gestora con representación en la
Administración Local de Melilla UGT, con la siguiente concreción:
CURSO DE FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2019 GESTIONADO POR LA ENTIDAD
SINDICAL CON REPRESENTACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL UGT PROPUESTO PARA SU
ELIMINACIÓN |
||||
ACCIÓN FORMATIVA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
INTERVENCIÓN INMEDIATA EN SITUACIONES DE EMERGENCIA |
PRESENCIAL |
15 |
20 |
1 |
CURSO DE FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2018 GESTIONADO POR LA ENTIDAD
SINDICAL CON REPRESENTACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL UGT PROPUESTO PARA SU
APROBACIÓN |
||||
ACCIÓN FORMATIVA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
INTERVENCIÓN INMEDIATA EN SITUACIONES DE EMERGENCIA (NIVEL 2) |
PRESENCIAL |
15 |
20 |
1 |
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta
Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número
236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso,
si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos
oportunos.
Melilla 3 de diciembre de 2019,
El Secretario Técnico de Presidencia y
Administraciones Públicas P.A.,
Juan Luis Villaseca Villanueva