ARTÍCULO Nº 994 (CVE: BOME-A-2019-994) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5710 - viernes, 6 de diciembre de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA


Resolución nº2155 de fecha 29 de noviembre de 2019, relativa a modificación a propuesta de U.G.T del plan de formación de fondos propio de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2019

BOME-P-2019-3224 Descargar página

El titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública y Regeneración Democrática, mediante Orden de 29/11/2019, registrada al número 2019002155, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

La Dirección General de Función Pública informa lo siguiente:

 

PRIMERO.- Aprobado por Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla, en reunión celebrada el día 29 de mayo de 2019, el borrador del Plan de Formación con Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2019, gestionado por la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas y el resto de Entidades Gestoras con representación en la Administración Local (Unión General de Trabajadores de Melilla, Unión Sindical de Trabajadores de Melilla, Comisiones Obreras y Central Sindical Independiente de Funcionarios de Melilla) y financiado con fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla al amparo de lo dispuesto en el artículo 8 del VIII Acuerdo Marco y IX Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma de Melilla, prorrogados.

SEGUNDO.- Que mediante Resolución de la Viceconsejera de Administraciones Públicas núm. 201900001929 de fecha  30 de mayo de 2019, y publicada en BOME núm. 5657 de 4 de junio de 2019, se aprueba el Plan de Formación con Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2019, gestionado por la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas y el resto de Entidades Gestoras con representación en la Administración Local (Unión General de Trabajadores de Melilla, Unión Sindical de Trabajadores de Melilla, Comisiones Obreras y Central Sindical Independiente de Funcionarios de Melilla), y financiado con fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla al amparo de lo dispuesto en el artículo 8 del VIII Acuerdo Marco y IX Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma de Melilla, prorrogados.

TERCERO.- Que en relación con comunicación remitida por la Entidad Sindical UGT de Melilla, con registro de entrada general núm. 2019112378 de fecha 6 de noviembre de 2019, solicitando la modificación del Plan de Formación Fondos Propios 2019 con la siguiente concreción:

 

-Supresión de la acción formativa “INTERVENCIÓN INMEDIATA EN SITUACIONES DE EMERGENCIA”, debido a “motivos organizativos y técnicos”.

-Inclusión de una nueva acción formativa, “INTERVENCIÓN INMEDIATA EN SITUACIONES DE EMERGENCIA (NIVEL 2)”.

 

CUARTO.- Que con objeto de considerar la modificación propuesta, mediante diligencia de fecha 18 de noviembre de 2019, incluída en expediente electrónico nº 34200/2019, se hace constar “(...) que los miembros integrantes de la Comisión Paritaria de Formación no presentan objeción alguna a la modificación propuesta por la entidad sindical con representación local UGT relativa a la supresión de la acción formativa “INTERVENCIÓN INMEDIATA EN SITUACIONES DE EMERGENCIA”, debido a “motivos organizativos y técnicos” e inclusión de una nueva acción formativa, “INTERVENCIÓN INMEDIATA EN SITUACIONES DE EMERGENCIA (NIVEL 2)” (expediente electrónico nº 33602/2019)”.

 

QUINTO.- Que los miembros de la misma aceptan tales modificaciones, quedando el Plan de Formación Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2019, gestionado por la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas y el resto de Entidades Gestoras, con la siguiente concreción:

 

CURSO DE FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2019 GESTIONADO POR LA ENTIDAD SINDICAL CON REPRESENTACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL UGT

PROPUESTO PARA SU ELIMINACIÓN

ACCIÓN FORMATIVA

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICION

ES

INTERVENCIÓN INMEDIATA EN

SITUACIONES DE EMERGENCIA

PRESENCIAL

15

20

1

CURSO DE FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2019 GESTIONADO POR LA ENTIDAD SINDICAL CON REPRESENTACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL UGT PROPUESTO PARA SU APROBACIÓN

ACCIÓN FORMATIVA

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

INTERVENCIÓN INMEDIATA

EN SITUACIONES DE

EMERGENCIA (NIVEL 2)

PRESENCIAL

15

20

1

 

BOME-P-2019-3225 Descargar página

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 33602/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

La modificación del Plan de Formación Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2019, gestionado por la Consejería de Presidencia, Administración Pública y la Entidad Gestora con representación en la Administración Local de Melilla UGT, con la siguiente concreción:

 

 CURSO DE FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2019 GESTIONADO POR LA ENTIDAD SINDICAL CON REPRESENTACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL UGT

PROPUESTO PARA SU ELIMINACIÓN

ACCIÓN FORMATIVA

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

INTERVENCIÓN INMEDIATA

EN SITUACIONES DE

EMERGENCIA

PRESENCIAL

15

20

1

CURSO DE FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2018 GESTIONADO POR LA ENTIDAD SINDICAL CON REPRESENTACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL UGT

PROPUESTO PARA SU APROBACIÓN

ACCIÓN FORMATIVA

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

INTERVENCIÓN INMEDIATA

EN SITUACIONES DE

EMERGENCIA (NIVEL 2)

PRESENCIAL

15

20

1

 

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 3 de diciembre de 2019,

El Secretario Técnico de Presidencia y Administraciones Públicas P.A.,

Juan Luis Villaseca Villanueva