ARTÍCULO Nº 30 (CVE: BOME-A-2020-30) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5722 - viernes, 17 de enero de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES


Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 13 de diciembre de 2019, relativo a la aprobación de la Addenda de modificación del convenio de colaboración entre la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familias y Menor de la CAM y la Asociación Linares Von Schmiterlow "Dulce Nombre De María", para el desarrollo de un programa especializado de atención a menores con diagnósticos de trastornos psiquiátricos o psicológicos graves tutelados o derivados por la ciudad autónoma de melilla, año 2019.

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ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE FECHA 13 DE DICIEMBRE DE 2019, RELATIVO A LA APROBACIÓN ADDENDA CONVENIO COLABORACIÓN ASOCIACIÓN LINARES VON SCHMITERLOW “DULCE NOMBRE DE MARÍA”.

 

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 13 de diciembre de 2019 (Núm. 2019000898, de 13/12/2019), adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

PUNTO DÉCIMO TERCERO.- ADDENDA CONVENIO COLABORACIÓN ASOCIACIÓN LINARES VON SCHMITERLOW “DULCE NOMBRE DE MARÍA”.-

 

Lo que se publica para su general conocimiento

 

ADDENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIAS Y MENOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN LINARES VON SCHMITERLOW “DULCE NOMBRE DE MARÍA” PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA ESPECIALIZADO DE ATENCIÓN A MENORES CON DIAGNÓSTICOS DE TRASTORNOS PSIQUIÁTRICOS O PSICOLÓGICOS GRAVES TUTELADOS O DERIVADOS POR LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA AÑO 2019.

 

En Melilla a, 20 de diciembre de dos mil diecinueve.

 

Las Partes firmantes de común acuerdo, y previamente autorizada su suscripción por el Consejo de Gobierno en su reunión de 13 de diciembre de 2019 ( Núm. 201900898, de 13  de diciembre de 2019), tal y como prevé el art. 16.8 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe Extraord. nº 2, de 30/01/2017.

 

EXPONEN

 

Cláusula 1ª

La presente Addenda deviene del Convenio de Colaboración suscrito el 24 de octubre de 2019 (BOMe núm.5703, de 12 de noviembre de 2019), entre la Consejería de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Linares Von Schmiterlow "Dulce Nombre de María", titular del CIF núm. G92928902, para el desarrollo de un Programa especializado de atención a menores con diagnósticos de Trastornos Psiquiátricos o Psicológicos graves tutelados o derivados por la Ciudad Autónoma de Melilla, año 2019, que canaliza subvención nominativa incluida en los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe Extraordinario núm. 1, de 30 de enero de 2019).

 

Cláusula 2ª

Previsto inicialmente para cubrir la estancia residencial de 7 menores sometidos a medida de protección, según consta en el Anexo I apartado 5 del convenio que nos ocupa, la dinámica en materia de atención a menores en situación de desprotección ha supuesto el incremento de las plazas residenciales hasta llegar a las 10 plazas. Igualmente, se aprecia un déficits inicial de financiación para cubrir los gastos del referido convenio, requiriendo por ambos conceptos un incremento de 135.910,00 €

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Cláusula 3ª

La financiación inicialmente prevista recogida en el Cláusula Segunda del Convenio que nos ocupa, requiere un incremento en la cantidad de 135.910,00 € a detraer de la Aplicación Presupuestaria 05/23130/4890, Convenio D Asociación Linares Von Schmiterlow "Dulce Nombre de María", RC SUBVENCIONES nº 12019000105900, de 19 de noviembre de 2019, al amparo de lo dispuesto en artículos 22. 2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Cláusula 4ª

El plazo de vigencia del convenio recogido en el apartado 7º previsto en el Anexo I, desde el 1 de enero hasta el 22 de octubre de 2019, debe prolongarse hasta el 31 de diciembre de 2019, ante la persistencia de la necesidad del recurso convenido y de la inexistencia del mismo en la Ciudad de Melilla.

 

Cláusula 5ª

Continuará siendo de aplicación el contenido del Convenio de Colaboración suscrito el 24 de octubre de 2019, en aquellos aspectos que no hayan sido modificados por el presente documento.

 

Cláusula 6ª

De acuerdo con lo establecido en el art. 18.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la misma deberá ser remitida para su publicación en la Base Nacional de Subvenciones para su oportuna publicidad.

 

Y en prueba de su conformidad, firman la presente ADDENDA, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicado

 

Melilla 13 de enero de 2020,

El Técnico de Administración General,

Antonio Jesús García Alemany