ARTÍCULO Nº 63 (CVE: BOME-A-2020-63) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5725 - martes, 28 de enero de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 302 de fecha 21 de enero de 2020, relativa a la caducidad del procedimiento de un puesto de superintendente, mediante el sistema de libre designación.
La titular de la Consejería de
Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 21/01/2020, registrada al
número 2020000302, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de
Presidencia y Administración Pública ha dispuesto lo siguiente:
Visto Informe del Director
General de Función Pública relativo al procedimiento de provisión de un puesto
de trabajo de Superintendente, mediante el sistema de libre designación, que
literalmente dice:
“ANTECEDENTES DE HECHO
Primero:
Con fecha 23 de agosto de 2019, en el
BOME nº 2565 se publica Acuerdo del Consejo de Gobierno sobre la aprobación de
las Bases de la convocatoria para la provisión de un puesto de Superintendente,
mediante el sistema de libre designación.
Segundo: En el apartado 5 de dichas Bases se establece que “el
nombramiento por el Presidente se llevará a cabo de acuerdo con los principios
de idoneidad, igualdad, objetividad, mérito, capacidad y publicidad en el plazo
máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más”.
Tercero:
La finalización del plazo de
presentación de instancias para aspirar al puesto concluyó el 16 de septiembre
de 2019, y a fecha 16 de octubre no había tenido lugar el nombramiento del
Órgano asesor encargado de formular informe-propuesta motivada al Presidente de
la Ciudad de los méritos aportados por los aspirantes a ocupar dicho puesto.
Asimismo, no consta en el expediente solicitud de prórroga del plazo de un mes
previsto en las Bases.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.-
Título III del Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado.
II.- Reglamento de la Consejería de Administraciones
Públicas.
III.- El Reglamento del Gobierno y Administración de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extr. nº 2 de 30 de enero de 2017), a tenor
del orden jurídico instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del
Estatuto de Autonomía de Melilla.
Vistos los antecedentes de
hecho y los fundamentos jurídicos expuestos, el que suscribe viene a informar
de la caducidad del procedimiento de provisión de un puesto de Superintendente.
No obstante, V.E. con mejor
criterio resolverá.”
Es competente esta Consejería
a tenor del Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019,
relativo a la aprobación del Decreto de distribución de competencias entre
Consejerías de la Ciudad de Melilla (BOME extr. nº 43 de 19-12-19).
De acuerdo con lo anterior, y
visto el expediente 25535/2019, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
La caducidad del procedimiento
de provisión de un puesto de trabajo de Superintendente, mediante el sistema de
libre designación.
Lo que se notifica para su
publicación.
Melilla
22 de enero de 2020,
La
Secretaria Técnica de Presidencia y Administraciones Públicas,
Pilar
Cabo León