ARTÍCULO Nº 74 (CVE: BOME-A-2020-74) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5726 - viernes, 31 de enero de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN MELILLA - Área de Trabajo e Inmigración
Resolución de fecha 20 de enero de 2020, relativa a acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo de la empresa Elsamex S.A.U. y los trabajadores de los servicios operativos de la Ciudad Autónoma de Melilla, por la que se aprueban las tablas salariales para el año 2020-2021.
Resolución de fecha 20 de enero de 2020 del Área de Trabajo e
Inmigración de la Delegación del
Gobierno en Melilla por la que se
registra y publica el acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa ELSAMEX S.A.U y los trabajadores de los
servicios operativos de la Ciudad Autónoma de Melilla, por el que se
aprueban las tablas salariales para el año 2020-2021.
Visto el texto del acuerdo de
la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa ELSAMEX S.A.U y
los trabajadores de los servicios operativos de la Ciudad Autónoma de Melilla ,
por el que se aprueban las tablas salariales para los años 2020 y 2021, que fue
suscrito con fecha 17 de octubre de 2019, por la representación de las partes y
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo,
La Delegada del Gobierno en
Melilla, es competente para resolver el presente expediente a tenor de lo
dispuesto en el real decreto 2725/1998,
de 18 de diciembre, artículo 4 apartado 2: “Los Delegados del Gobierno en la
ciudades de Ceuta y Melilla asumirán las competencias resolutorias o de emisión
de propuestas de resolución de los respectivos Directores de Trabajo e
Inmigración de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno”.
Por Resolución del Delegado del
Gobierno en Melilla, de fecha 11 de mayo de 2000, BOME 15 de abril, se delegó
en el Director del Área de Trabajo y Asuntos Sociales, hoy Área de Trabajo e
Inmigración de esta Delegación del Gobierno en su ámbito territorial de
actuación, la competencia de resolver: Expedientes de Regulación de Empleo,
Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Registro e Inscripción de
Cooperativas.
ACUERDA
Primero.
Ordenar la inscripción de las
tablas salariales para los años 2020 y 2021 del CONVENIO COLECTIVO de la
Empresa ELSAMEX, S.A.U, en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos
colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de
este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el
«Boletín Oficial de la Ciudad de
Melilla».
Melilla,
20 de enero de 2020
La
Directora del Área de Trabajo e Inmigración,
ACTA DE FIRMA DE LA REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO
COLECTIVO DE LA EMPRESA ELSAMEX S.A.U. Y LOS TRABAJADORES DE LOS SERVICIOS
OPERATIVOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA
Por la representación empresarial:
D.
Fernando Luis Martos Merlos.
D.
Ignacio Chueca García.
D.
José Luis Hernández Espigares.
Por la representación de los trabajadores:
D.
José Manuel Borrego López.
D.
Jalid Driss Boujamaa (asesor)
En
Melilla, siendo las 12 horas del día diecisiete de octubre de 2019, se reúnen
en la sede de la Unión General de Trabajadores de Melilla (UGT), debidamente
convocada la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Elsamex
S.A.U. y los trabajadores de los Servicios Operativos de la Ciudad Autónoma de
Melilla, compuesta por la representación empresarial y la sindical de la Unión
General de Trabajadores (UGT) de Melilla.
Las
partes reunidas:
EXPONEN
Que
las partes anteriormente señaladas han venido manteniendo diversas reuniones
para la negociación del Convenio Colectivo de la empresa Elsamex S.A.U. y los
trabajadores de los Servicios Operativos de la Ciudad Autónoma de Melilla. Que
en cumplimiento de los Acuerdos alcanzados, los componentes de la Comisión
Negociadora:
ACUERDAN
PRIMERO.- Aprobar la revisión
salarial del Convenio Colectivo de
centro de trabajo pactado entre la empresa y sus trabajadores con vigencia de
01/01/2017 a 31/12/2021.
SEGUNDO.- La duración del acuerdo se
establece para los años 2020 y 2021.
TERCERO.- La revisión salarial
entrará en vigor una vez se incluya como condición obligatoria en el pliego de
licitación para las empresas que concurran para ser adjudicatarias del contrato
“SERVICIOS OPERATIVOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA” y se comenzará a pagar
con efectos del mes en que entre en vigor el nuevo contrato de adjudicación.
CUARTO.- Anexar la citada revisión
salarial a la presente Acta, dando por finalizadas las negociaciones a todos
los efectos.
QUINTO.- Remitir dicho texto, una
vez debidamente firmado, a la Autoridad Laboral para su correspondiente
publicación en el Boletín Oficial de Melilla.
SEXTO.- Delegar el registro del
presente Acta a D. Francisco Jesús Díaz Díaz Secretario General de UGT Melilla.
Sin
más asuntos que tratar, en lugar y fecha al inicio indicadas, se firma la
presente por triplicada y a un solo efecto.
POR
LA PARTE EMPRESARIAL POR LA
REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES: