Acuerdo de la Excma. Asamblea de fecha 7 de febrero de 2020, relativo a nueva relación de comisiones permanentes.
ANUNCIO
El Pleno de la Excma. Asamblea, en sesión ordinaria celebrada el día 07 de febrero de 2020, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
“PUNTO QUINTO.- NUEVA RELACIÓN COMISIONES PERMANENTES.- El Sr. Secretario da a conocer el Dictamen de la Comisión Permanente del Reglamento y Estatuto del Diputado, celebrada en sesión extraordinaria el pasado día 15 de enero, y siendo sometida a votación fue aprobada por 5 votos a favor (3 Cpm y 2 PSOE) y 3 abstenciones del grupo popular, se acuerda su pase y resolución al Pleno de la Excma. Asamblea, que dice literalmente lo siguiente:
“Primero: Establecer las siguientes Comisiones, con el número y denominación que se señala a continuación:
1) Número de Comisiones: 9 2) Denominación:
Segundo: El número de miembros en cada una de ellas será de 11, con la siguiente distribución:
Tercero: Cada una de las Comisiones Permanentes asumirá las facultades atribuidas por el art. 39 del Reglamento de la Asamblea respecto a las competencias otorgadas a cada una de las Consejerías en que se estructura el Consejo de Gobierno que se correspondan con la denominación de aquellas de conformidad con el Decreto de la Presidencia número 376, de fecha 12 de diciembre de 2019 (BOME extraordinario nº 42, de 13 de diciembre de 2019) y el Decreto de 19 de diciembre de 2019 de distribución de Competencias entre las Consejerías de la Ciudad de Melilla (BOME Extraordinario nº 43 de 19 de diciembre de 2019).
La Comisión Permanente de Reglamento y Estatuto del Diputado asumirá las competencias atribuidas por el Reglamento de la Asamblea de la Ciudad.
Cuarto: El régimen de funcionamiento de las Comisiones se ajustará a lo dispuesto por el art. 36 del Reglamento de la Asamblea debiendo las Comisiones permanentes celebrar, como mínimo, una sesión ordinaria mensual, salvo la Comisión del Reglamento y Estatuto del Diputado que se celebrará cuando haya asuntos que tratar.
Quinto: Solicitar a cada uno de los distintos Grupos Políticos de la Asamblea, la adscripción nominativa concreta de sus representantes en las referidas Comisiones de la Ciudad sin perjuicio de que puedan sustituir a uno o varios de los miembros titulares adscritos a cada Comisión y con igual carácter, en cualquier momento, mediante comunicación a la Mesa de la Asamblea. Cuando las sustituciones, no sean permanentes, bastará con comunicarlas verbalmente al Presidente de la Comisión antes del inicio de la sesión.
Sexto: Difundir el contenido de este acuerdo, de conformidad con el principio de transparencia, mediante su publicación en el Boletín Oficial de Melilla y de manera actualizada y permanente en el Portal de Transparencia de la Ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno y el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 5357 de 19 de julio de 2016).”
Lo que le comunico para su publicación y general conocimiento.
Melilla 7 de febrero de 2020,
El Secretario,
José Antonio Jiménez Villoslada