ARTÍCULO Nº 125 (CVE: BOME-A-2020-125) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5732 - viernes, 21 de febrero de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN MELILLA - Área de Trabajo e Inmigración
Nueva publicación de la resolución de fecha 11 de febrero de 2020, relativa a acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo de construcción de la Ciudad de Melilla aprobando el calendario laboral 2020 y el modelo de recibo de finiquito.
Habiéndose observado en la publicación del BOME
nº 5731 de fecha 18/02/2020, que no se han publicado los documentos que se
acompañaban con la Resolución de fecha 11 de febrero
de los corrientes de esta Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del
Gobierno, se interesa se proceda de nuevo a la publicación integra de la
resolución indicada con la documentación que se acompañaba, Acta del
Acuerdo, Calendario Laboral
2020 y modelo de recibo
de finiquito.
Melilla, 19 de febrero
de 2020
La Directora del Área de
Trabajo
Fdo.: Elena Nieto
Delgado
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MELILLA
ÁREA TRABAJO E INMIGRACIÓN
Resolución de fecha 11 de febrero de 2020 del Área de
Trabajo e Inmigración de la Delegación
del Gobierno en Melilla por la que se
registra y publica el Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Construcción de la Ciudad de Melilla aprobando el calendario
laboral 2020 y el modelo de recibo de finiquito
Visto el texto del
Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Construcción de la Ciudad de Melilla
suscrito por la representación empresarial Constructores Asociados de Melilla
(COADEME) y la representación social UGT y CC.OO, el día 31.01.2020, relativo
al calendario laboral para el año 2020 y al modelo de recibo del finiquito y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2 /2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de
mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo,
La Delegada del Gobierno en Melilla, es competente
para resolver el presente expediente a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto
2725/1998, de 18 de diciembre, artículo 4 apartado 2: "Los Delegados del
Gobierno en la ciudades de Ceuta y Melilla asumirán las competencias resolutorias
o de emisión de propuestas de resolución de los respectivos Directores de
Trabajo e Inmigración de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno".
Por Resolución del Delegado del Gobierno en
Melilla, de fecha 11 de mayo de 2000, BOME 15 de abril, se delegó en el
Director del Área de Trabajo y Asuntos Sociales, hoy Área de Trabajo e
Inmigración de esta Delegación del Gobierno en su ámbito territorial de
actuación, la competencia de resolver: Expedientes de Regulación de Empleo,
Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Registro e Inscripción de
Cooperativas.
ACUERDA
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta del
Acuerdo de la Comisión Negociadora en el correspondiente Registro de Convenios
y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión
Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla».
Melilla, 11 de
febrero de 2020
La Directora del Área
de Trabajo e Inmigración,
Elena Nieto Delgado
ACTA DEL
ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE CONSTRUCCIÓN DE LA
CIUDAD DE MELILLA
REUNIÓN
CELEBRADA EL 31 DE ENERO DE 2020
En Melilla, a las 18,30 horas del día 31
de enero de 2020, en los locales de la CEME, se reúnen las siguientes personas:
Por la Asociación de Empresarial:
Constructores Asociados de Melilla (COADEME).
Guillermo Remartinez Burkhalter
(Presidente de COADEME)
Francisco García Sánchez (Vicepresidente
de COADEME)
Asesor: Daniel López Jiménez
Por los Sindicatos:
Abderrahman El Fahsi Mokhtar (UGT)
Mimon Ahmed Mimon. (UGT)
Aníbal Palma García (CC.OO.)
Asesores: José Meis Padín y Hassan
Doudouh
En el transcurso de la reunión y en
cumplimiento de lo pactado en el VI Convenio Colectivo General del Sector de la
Construcción (CGSC) deciden incorporar al actual Convenio Provincial, los
siguientes acuerdos:
PRIMERO. Ámbito
Temporal.
Este acuerdo estará vigente desde el
momento de su firma hasta el 31 de diciembre de 2020, y tendrá carácter
retroactivo desde el I de enero de 2020.
El apartado tercero tendrá la vigencia
establecida en el VI Convenio General del Sector de la Construcción
SEGUNDO. En aplicación
del artículo 67 del VI Convenio Colectivo General del Sector de la
Construcción, se acuerda declarar inhábiles y remunerados, con carácter
exclusivo para el año 2020, los siguientes días:
- 22
y 25 de mayo.
- 30
de julio.
- de
agosto
- 7
de septiembre
- 24
y 31 de diciembre
Asimismo, se acuerda establecer una
jornada intensiva de 7 horas diarias del 6 al 28 de agosto.
Coincidiendo con las fiestas patronales,
del 31 de agosto al 4 de septiembre la jornada será de 25 horas semanales,
pudiendo establecerse su distribución de común acuerdo entre empresas y
trabajadores.
TERCERO.- Para dar
cumplimiento al artículo 95 del VI Convenio General del Sector de la
Construcción se acuerda publicar el modelo de recibo de finiquito que
obligatoriamente deberán utilizar todas las empresas afectadas por dicho convenio
y que figura como anexo I
CUARTO.- Para dar
cumplimiento a lo previsto en el artículo 85.2.d del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, las partes signatarias hacen constar
expresamente que el presente Acuerdo no precisa denuncia previa para su total
extinción el 31 de diciembre del año 2020.
QUINTO: Francisco Díaz
Díaz, Secretario General de UGT Melilla para el depósito del presente acta ante
la autoridad laboral competente.
Y sin otros asuntos que tratar se
levanta la sesión, en el lugar y fecha al principio citados, firmando los
presentes en prueba de conformidad.