ARTÍCULO Nº 147 (CVE: BOME-A-2020-147) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5735 - martes, 3 de marzo de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Orden nº 488 de fecha 26 de febrero de 2020, relativa a designación de Dª María Dolores Mariscal García, como secretaría del comité de disciplina deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla.

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El titular de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, mediante Orden de 26/02/2020, registrada al número 2020000488, en el Libro  Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

I.-La ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla, en su artículo 21.17, establece que "La  Ciudad de Melilla ejercerá competencias sobre las materias....promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio.

II.- El artículo 21.2 de la precipitada Ley Orgánica, establece que en relación a las materias anteriormente citadas, la competencia de la Ciudad de Melilla comprenderá las facultades de administración, inspección y sanción, y en los términos que establezca la legislación general del Estado, el ejercicio de la potestad normativa reglamentaria.

III.- Mediante el Real Decreto 1383/1997 , de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de cultura(BOE de 24 de septiembre), se transfiere, según se establece en su Anexo apartado B) 4 a), entre las funciones que asume la Ciudad de Melilla, la promoción y difusión del deporte.

IV.- El apartado B) 4 b) del Anexo meritado Real Decreto, establece que sin perjuicio de la independencia de las federaciones españolas y demás asociaciones cuyo ámbito exceda del propio de la Ciudad, ésta velará por el estricto cumplimiento en su territorio de los fines deportivos para los que aquéllas han sido creadas.

V.-El Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20 de fecha 25 de junio de 1999), establece en su artículo séptimo "El mandato de los miembros del Comité de Disciplina Deportiva de Melilla tendrá una duración de cuatro años. El proceso electoral se ajustará a lo establecido  al artículo 5º". Asimismo, el artículo cuarto del meritado reglamento, establece que "Los miembros del Comité de Disciplina Deportiva, excepto el designado por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla". Finalmente, en el artículo quinto se establece que "Este colegio electoral una vez constituido, procederá a la elección del Comité de Disciplina Deportiva de Melilla de la siguiente forma:  Un miembro será designado entre la relación de tres candidatos propuestos por el Colegio de Abogados de la Ciudad.

 

Otro miembro será elegido de una relación de tres candidatos propuestos por las distintas Federaciones Deportivas.

 

El tercer miembro será designado como se explica en el artículo anterior por el Consejo de  Gobierno de la Ciudad Autónoma entre los juristas de la propia administración.

 

VI.-Asímismo , el precipitado Reglamento , establece en su artículo segundo "El Comité de Disciplina Deportiva de Melilla, se adscribe orgánicamente a la Consejería de Cultura, Educación, Juventud , Deportes y Turismo, en adelante Consejería de Cultura....". Por otro lado , en su artículo  sexto fija que "El Secretario será designado por el Consejero entre el personal adscrito a la Consejería de Cultura".

VII.- El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, por acuerdo adoptado el 19 de diciembre de 2019 (BOME Extr. 43 de la misma fecha) atribuye a esta Consejería la competencia, entre otras , en materia de "Promoción y Gestión del Deporte y de la Instalaciones Deportivas".

VIII.- La Dirección General de Deportes, a través de informe evacuado por el Director General , el pasado 26 de febrero de 2020, informó lo siguiente:

 

"-La ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla, en su artículo 21.17, establece que "La  Ciudad de Melilla ejercerá competencias sobre las materias....promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio.

II.- El artículo 21.2 de la precipitada Ley Orgánica, establece que en relación a las materias anteriormente citadas, la competencia de la Ciudad de Melilla comprenderá las facultades de administración, inspección y sanción, y en los términos que establezca la legislación general del Estado, el ejercicio de la potestad normativa reglamentaria.

III.- Mediante el Real Decreto 1383/1997 , de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de cultura(BOE de 24 de septiembre), se transfiere, según se establece en su Anexo apartado B) 4 a), entre las funciones que asume la Ciudad de Melilla, la promoción y difusión del deporte.

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IV.- El apartado B) 4 b) del Anexo meritado Real Decreto, establece que sin perjuicio de la independencia de las federaciones españolas y demás asociaciones cuyo ámbito exceda del propio de la Ciudad, ésta velará por el estricto cumplimiento en su territorio de los fines deportivos para los que aquéllas han sido creadas.

V.-El Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20 de fecha 25 de junio de 1999), establece en su artículo séptimo "El mandato de los miembros del Comité de Disciplina Deportiva de Melilla tendrá una duración de cuatro años. El proceso electoral se ajustará a lo establecido  al artículo 5º". Asimismo, el artículo cuarto del meritado reglamento, establece que "Los miembros del Comité de Disciplina Deportiva, excepto el designado por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla". Finalmente, en el artículo quinto se establece que "Este colegio electoral una vez constituido, procederá a la elección del Comité de Disciplina Deportiva de Melilla de la siguiente forma:

 

 Un miembro será designado entre la relación de tres candidatos propuestos por el Colegio de Abogados de la Ciudad.

 

Otro miembro será elegido de una relación de tres candidatos propuestos por las distintas Federaciones Deportivas.

 

El tercer miembro será designado como se explica en el artículo anterior por el Consejo de  Gobierno de la Ciudad Autónoma entre los juristas de la propia administración.

 

VI.-Asimismo , el precipitado Reglamento , establece en su artículo segundo "El Comité de Disciplina Deportiva de Melilla, se adscribe orgánicamente a la Consejería de Cultura, Educación, Juventud , Deportes y Turismo, en adelante Consejería de Cultura....". Por otro lado , en su artículo  sexto fija que "El Secretario será designado por el Consejero entre el personal adscrito a la Consejería de Cultura".

VII.- El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, por acuerdo adoptado el 19 de diciembre de 2019 (BOME Extr. 43 de la misma fecha) atribuye a esta Consejería la competencia, entre otras , en materia de "Promoción y Gestión del Deporte y de la Instalaciones Deportivas".

 

En virtud de lo anteriormente expuesto y, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla, VENGO EN INFORMAR :

 

1.     Con fecha 03 de enero de 2020(registro de salida número ML/00000004/0001/000075602) se realiza solicitud al lustre Colegio Oficial de Abogados de Melilla por parte del Sr. Director General de  Deportes de designación de la terna de candidatos que le corresponde realizar al mencionado Colegio Oficial de acuerdo con el artículo quinto apartado primero del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario númer 20 , de 25 de junio de 1999).

2.     Con fecha 03 de enero de 2020, se realiza solicitud a los Presidentes y Presidentas de las distintas federaciones deportivas por parte del Sr. Director General de Deportes , de propuesta de la terna de candidatos que les corresponde realizar a los mencionados Presidentes y Presidentas de acuerdo con el artículo quinto apartado segundo del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla(BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999).

3.     Con fecha 14 de febrero de 2020, se recibe en esta Dirección General escrito del Sr. Secretario del Ilustre Colegio  Oficial de Abogados de la Ciudad de Melilla, D. José Vivar Maza, en el cual proponen la siguiente terna:

 

D. Yamal Mohamed Mohamed

D. Carlos Garcés Gallardo

D. Elías Benhamú Belilty

 

4.     Una vez finalizado el plazo de presentación de propuestas por parte de los Presidentes y Presidentas de las Federaciones deportivas melillenses, y tras el recuento de las mismas, dan como resultado lo siguiente, todos ellos con una proposición:

 

D. Sergio Pérez Pérez

D. Adrian Carrasco Cárdenas

Dª Dévora Carrasco Cárdenas

D. Miguel Ángel Barón

D. Elías Benhamú Belilty

D. Jousef Torres - Oloriz Mohamed

 

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5.     Con fecha 18 de febrero de 2020, y reunidos D. Alfonso Gómez Martínez, Director General de Deportes, D. Fernando Nicasio García y D. Nicolás Gordillo Ruíz en calidad vocales y Dª Mª Dolores Mariscal García en calidad de Secretaria, se acuerda la realización de un sorteo del cual salen los nombres de D. Jouseff Torres- Oloriz Mohamed, D. Adrián Carrasco Cárdenas y D. Sergio Pérez Pérez. Por tanto resultan propuestos para componer la terna a la que hace referencia el artículo quinto apartado segundo del Reglamento por el que se regula la elección , representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999).

 

D. Jouseff Torres- Oloriz Mohamed,

D. Adrián Carrasco Cárdenas

D. Sergio Pérez Pérez

 

6.     Con fecha 18 de febrero de 2020, se realiza solicitud a los Presidentes y Presidentas de las distintas federaciones deportivas por parte del Sr. Director General de Deportes de votación de un jurista de entre las ternas anteriormente resultantes.

 

Una vez finalizado el plazo de presentación de votaciones por parte de los Presidentes y Presidentas de las federaciones deportivas melillenses , y tras el recuento de las mismas , dan como resultado lo siguiente: 

 

De la terna propuesta por los Presidentes y Presidentas de federaciones deportivas melillenses:

 

-D. Jouseff Torres- Oloriz Mohamed(5 votaciones)

-D. Adrián Carrasco Cárdenas (2 votaciones)

-D. Sergio Pérez Pérez(1 votación)

 

De la terna propuesta por el Ilustre Colegio Oficial de Abogados de la Ciudad de Melilla:

-D. Yamal Mohamed Mohamed(1 votación)

-D. Carlos Garcés Gallardo(2 votaciones)

-D. Elías Benhamú Belilty(4 votaciones)

 

A la vista de los resultados, son designados miembros del Comité de Disciplina Deportiva de Melilla: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 5º apartado 1 del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20 , de 25 de junio de 1999):

 

-Titular: D. Elías Benhamú Belilty

-Suplente: D. Carlos Garcés Gallardo

 

En cumplimiento de lo establecido en el 5º apartado 2 del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20 , de 25 de junio de 1999):

 

-Titular: D. Jouseff Torres-Oloriz Mohamed

-Suplente: D. Adrián Carrasco Cárdenas

 

IX.- El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión celebrada el 14 de febrero de 2020, a propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, acordó aprobar, de acuerdo con lo establecido en el apartado tercero del artículo quinto del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla, lo siguiente:

 

"1- La designación de D. Antonio García Alemany como miembro titular del Comité de Disciplina Deportiva.

 2-La designación de Dª Maria del Carmen Barranquero Aguilar como miembro suplente del Comité de Disciplina Deportiva. "

 

En virtud de la anteriormente expuesto y, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla, VENGO EN ORDENAR:

 

Primero.-  Conforme al Artículo 3 del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la  Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999).La designación de  Dª Maria Dolores Mariscal García, como Secretaria del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla.

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Segundo.- La publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla de la composición del Comité de Disciplina Deportiva de la  Ciudad Autónoma de Melilla, que queda como sigue:

 

1.     En cumplimiento de lo establecido en el artículo 5º apartado 1 del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la  Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999).

 

Titular: D. Elías Benhamú Belilty

      Suplente: D. Carlos Garcés Gallardo

 

2.     En cumplimiento de lo establecido en el artículo 5º apartado 2 del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la  Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999).

 

Titular: D. Jouseff Torres-Oloriz Mohamed

      Suplente: D. Adrián Carrasco Cárdenas

 

3.     En cumplimiento de lo establecido en el artículo 5º apartado 3 del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la  Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999).

 

1- La designación de D. Antonio García Alemany como miembro titular del Comité de Disciplina Deportiva.

2-La designación de Dª Maria del Carmen Barranquero Aguilar como miembro suplente del Comité de Disciplina Deportiva. "

 

Secretaria: Mª Dolores Mariscal García

 

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad. Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 27 de febrero de 2020,

La Secretaria Técnica de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,

Inmaculada Merchán Mesa