ARTÍCULO Nº 173 (CVE: BOME-A-2020-173) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5737 - martes, 10 de marzo de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Resolución nº 2068 de fecha 28 de octubre de 2019, relativa a la finalización del expediente de la convocatoria del concurso público de traslado voluntario definitivo de oficinas de farmacia.
El titular de la
Viceconsejería, mediante Resolución
de 28/10/2019, registrada al número
2019002068, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
PRIMERO.-
Conforme a lo dispuesto en el Acuerdo
del Consejo de Gobierno de fecha 16 de julio de 2019, relativo a Decreto de
distribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad (BOME
Extraordinario número 22, de fecha 16 de julio de 2019), para la Consejería de
Bienestar Social y Salud Pública se incluyen las funciones en materia de
otorgamiento de la autorización oportuna para la creación, construcción,
modificación, adaptación o supresión de centros, servicios y establecimientos sanitarios
de cualquier clase y naturaleza, así como para la apertura y cierre de su funcionamiento incluidos los
balnearios y entidades de seguro libre de asistencia médico-farmacéutica,
oficinas de farmacia
.....” .
SEGUNDO.-
Con fecha 23 de julio de 2019, por
Resolución nº 346 relativa a la delegación de competencias, se delegan las
competencias en materia de sanidad e higiene, entre las que se incluyen
otorgamiento de la autorización oportuna para la creación, construcción,
modificación, adaptación o supresión de centros, servicios y establecimientos
sanitarios de cualquier clase y naturaleza, así como para la apertura y cierre de su funcionamiento incluidos los
balnearios y entidades de seguro libre de asistencia médicofarmacéutica,
oficinas de farmacia
.....” , en el titular de la Viceconsejería de
Servicios Sociales y Salud Publica
TERCERO.- Que con fecha 7 de febrero de 2019, se acuerda por
Orden nº 2019000112 de la Consejería de Presidencia y Salud Pública, entidad
competente en ese entonces, iniciar el procedimiento para “CONVOCAR EL CONCURSO PUBLICO DE TRASLADO
VOLUNTARIO DEFINITIVO DE OFICINAS DE FARMACIA”, a solicitud del Colegio de Farmacéuticos de Melilla.
CUARTO.- Con fecha 7 de mayo de 2019, se publica en el BOME Nº
5649 “LA CONVOCATORIA DE CONCURSO
PUBLICO DE TRASLADO VOLUNTARIO DEFINITIVO DE OFICINAS DE FARMACIA”.
QUINTO.-
Trascurrido el plazo legalmente
establecido en dicha convocatoria, la misma queda desierta.
De acuerdo con lo anterior, y
visto el expediente 3694/2019, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
UNICA.-
La finalización del expediente de
“CONVOCATORIA DEL
CONCURSO PUBLICO DE TRASLADO VOLUNTARIO DEFINITIVO DE OFICINAS DE FARMACIA”, habiendo quedado dicha convocatoria desierta.
Contra esta RESOLUCIÓN, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la
presente.
Dicho recurso podrá
presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de
conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y
notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su
conocimiento y efectos oportunos.
Melilla
29 de octubre de 2019,
El
Secretario Técnico de Bienestar Social y Salud Pública P.A.,
Sergio
Conesa Mínguez