ARTÍCULO Nº 179 (CVE: BOME-A-2020-179) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5737 - martes, 10 de marzo de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Extracto de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2020.

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TituloES: EXTRACTO CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES NO COMPETITIVAS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL EJERCICIO 2020

 

TextoES: BDNS(Identif.):499223

BDNS (Identif.): 499223

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gop.es/bdnstrans/index):

 

Primero. Beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiario de estas subvenciones todas las entidades sin ánimo de lucro que, a la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria, se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y que reúnan los siguientes requisitos:

 

a) Que estén legalmente constituidas con una antigüedad mínima de dos años.

b) Que no tengan deudas con la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla por reintegro de subvenciones en período ejecutivo o, en el caso de beneficiarios contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, que no tengan deudas no atendidas en período voluntario.

c) Que tengan ámbito de actuación circunscrito a Melilla.

d) Que dispongan de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.

 

Segundo. Objeto:

Conforme establece el artículo 8 del RGSCAM, las actividades que podrán ser subvencionados, son aquellas que se entienden englobadas en las áreas “d) Deporte: son subvencionables los gastos derivados de la organización de actos y actividades deportivas o relacionadas con la promoción del deporte”.De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 1 de las Bases Reguladoras de las subvenciones institucionales para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas, “El objeto de estas subvenciones es la puesta en marcha y desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la ciudad de Melilla, por parte de aquellas entidades sin ánimo de lucro que se encuentren implantadas en Melilla, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases. No son objeto de estas bases los programas deportivos en los que exista alguna fórmula de subvención por el mismo concepto que se establece en estas bases”.

 

Tercero. Bases reguladoras:

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la misma, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (en adelante LGS), en las Bases Reguladoras de las subvenciones institucionales para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas y sus Anexos I a IV, publicadas en BOME núm. 5.454 de 23 de junio de 2017, en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, en adelante RGSCAM, en la precitada LGS, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Ciudad Autónoma de  Melilla.

 

Las entidades solicitantes de subvención a través de la presente convocatoria tendrán la obligación de cumplir con lo preceptuado en los anteriormente citados textos legislativos, con lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que les sea afecto, así como con cualquier legislación que le fuere de aplicación.

 

Las Bases Reguladoras y sus anexos se encuentran publicadas en la Página Web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla para facilitar el acceso de los posibles solicitantes a su contenido.

 

Cuarto. Cuantía:

Para hacer frente a los gastos dimanantes de la presente convocatoria se destinará la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00 €), con cargo a la Partida Presupuestaria 2020 06 34100 48900 “Subvenciones al Deporte”, según informe de la intervención de existencia de crédito de 17 de febrero de 2020 . De acuerdo con el apartado séptimo de la base cuadragésima de las Bases de Ejecución Presupuestaria 2020 de la Ciudad Autónoma de Melilla, la concesión de estas subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. Asimismo, en el supuesto de que el crédito presupuestario que se apruebe destinado a esta partida, fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, previa tramitación del correspondiente expediente de aprobación del gasto, el mismo podrá ser destinado a la presente convocatoria sin necesidad de llevar a cabo una nueva convocatoria.

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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 1.5 de las Bases Reguladoras, la cantidad destinada para la presente convocatoria de subvenciones, se distribuirá en los siguientes porcentajes para cada uno de los proyectos subvencionables a través de la misma:

 

- Programas de actividades físicas saludables: 65%

- Programas de desarrollo psicomotor e introductores a la actividad deportiva: 30%

- Programas de participación en actividades deportivas no competitivas y pruebas populares: 5%

 

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para la presentación de solicitudes será de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, de acuerdo con el artículo 5.6 de las bases reguladoras.

 

Sexto. Otros datos:

Las solicitudes estarán compuestas de la siguiente documentación:

 

a) Solicitud de la subvención y descripción del proyecto a desarrollar por el que se solicita subvención, que se formulará obligatoriamente en el modelo oficial - Anexo I .

b) Fotocopia del CIF de la entidad solicitante.

c) Fotocopia del DNI del representante.

d) Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante, o escrito del representante o de la persona física, que justifique la necesidad de la subvención.

e) Declaración de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esa misma actividad (en el caso de no percibir ninguna otra subvención, deberá presentarse declaración manifestando que no ha percibido ninguna subvención).

f) Certificado emitido por una entidad bancaria con los datos de la cuenta corriente de la entidad deportiva solicitante.

g) Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

h) Autorización a la Ciudad Autónoma de Melilla a la consulta de los datos tributarios de la AEAT y de la administración tributaria de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de justificación de las subvenciones concedidas por esta Administración.

i) Certificado de la entidad solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente en la que se establezca que está en posesión de los documentos que acreditan que la entidad no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su compromiso de mantener tal condición durante la vigencia del periodo de la presente convocatoria.

j) Certificado de la entidad solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente por cada uno de los programas por los que se solicita subvención (actividades físicas saludables/desarrollo psicomotor e introductores a la actividad deportiva/participación en actividades deportivas no competitivas y pruebas populares) en el que conste una relación de beneficiarios de cada uno de ellos objeto de esta convocatoria de subvenciones, compuesta de los siguientes datos: iniciales, número de DNI y fecha de nacimiento de cada uno.

k) Certificado de la entidad solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente, en el que consten las principales actividades llevadas a cabo en el ámbito de la actividad física y el deporte en los dos años anteriores al de la convocatoria.

 

Lugar de la Firma: CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

Fecha de la Firma: 2020-03-06

Firmante: EL EXCMO. SR. CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE,

RACHID BUSSIAN MOHAMED