ARTÍCULO Nº 180 (CVE: BOME-A-2020-180) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5737 - martes, 10 de marzo de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Extracto de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia no competitiva para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la Ciudad de Melilla para el ejercicio 2020.
TituloES: EXTRACTO
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA
NO COMPETITIVA PARA LA ASISTENCIA A COMPETIONES DEPORTIVAS DESARROLLADAS FUERA
DE LA CIUDAD DE MELILLA PARA EL EJERCICIO 2020
TextoES: BDNS(Identif.):499224
BDNS (Identif.): 499224
De conformidad con lo previsto
en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General
de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo
puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gop.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Todas las entidades deportivas
de cualquier modalidad deportiva
Segundo. Objeto:
Conforme establece el artículo
8 del RGSCAM, las actividades que podrán ser subvencionados, son aquellas que
se entienden englobadas en las áreas “d)Deporte: son subvencionables los gastos
derivados de la organización de actos y actividades deportivas o relacionadas
con la promoción del deporte”.
De acuerdo con lo dispuesto en
el apartado 2 del artículo 1 de las Bases Reguladoras de las subvenciones
institucionales para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas
fuera de la ciudad de Melilla, “El objeto de estas subvenciones es colaborar
con los gastos ocasionados con motivo de la participación de los equipos y
deportistas melillenses en competiciones deportivas organizadas fuera de la
ciudad de Melilla, a aquellas entidades que se encuentren inscritas en el
Registro General de Asociaciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de Melilla,
siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases. No
son objeto de estas bases los desplazamientos deportivos en los que exista
alguna fórmula de subvención por el mismo concepto que se establece en estas
bases”.
Tercero. Bases reguladoras:
La presente convocatoria se
regirá por lo dispuesto en la misma, de conformidad con el artículo 23 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (en adelante LGS), en las
Bases Reguladoras de las subvenciones institucionales para la asistencia a
competiciones deportivas desarrolladas fuera de la Ciudad de Melilla y sus
Anexos I a IV, publicadas en BOME núm. 5.464 de 28 de julio de 2017, en el
Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, en
adelanteRGSCAM, en la precitada LGS, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común, en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales y en las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
Las entidades solicitantes de
subvención a través de la presente convocatoria tendrán la obligación de
cumplir con lo preceptuado en los anteriormente citados textos legislativos,
con lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, que les sea afecto, así como
con cualquier legislación que le fuere de aplicación.
Las Bases Reguladoras y sus
anexos se encuentran publicadas en la Página Web oficial de la Ciudad Autónoma
de Melilla para facilitar el acceso de los posibles solicitantes a su
contenido.
Cuarto. Cuantía:
Para hacer frente a los gastos
dimanantes de la presente convocatoria se destinará inicialmente la cantidad de
TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000,00 €), con cargo a la Partida Presupuestaria
2020 06 34100 48900 “Subvenciones al Deporte”, según informe de la Intervención
de Existencia de Crédito de fecha 17 de febrero de 2020. En cumplimiento
de lo establecido en el artículo 3.4 de las Bases Reguladoras, los importes
máximos destinados a cada uno de los aspectos subvencionables del presente
programa, serán los siguientes:- Insularidad (llegar hasta la península y
regreso): hasta un máximo de 60 euros por persona a subvencionar.- Kilometraje
y transporte interno: hasta un máximo de 0.10 euros por persona y kilómetro a
subvencionar.- Alojamiento y manutención: hasta un máximo de 50 euros por
persona y día a subvencionar.- Traslado de material de competición específico
(armas, embarcaciones y bicicletas), en aquellas modalidades en las que para su
participación sea imprescindible el traslado del mismo, siempre y cuando las
compañías de transporte cobren un suplemento específico por él, quedando
excluido de este apartado el exceso de equipaje por traslado de material
ordinario: el importe efectivamente cobrado por la compañía aérea/naviera por
su traslado ida y vuelta a Melilla.
De acuerdo con lo dispuesto en
el apartado segundo del artículo noveno de las correspondientes Bases: “Como
regla general, si el importe concedido resultante de la valoración de las
solicitudes fuese inferior al montante consignado en la correspondiente
convocatoria, dicho sobrante revertirá en la aplicación presupuestaria
correspondiente de los Presupuestos General de la Ciudad Autónoma de Melilla
para la financiación de actuaciones del área de deportes.”
Quinto. Plazo de presentación
de solicitudes:
El plazo general para la presentación
de solicitudes estará abierto a lo largo de todo el año, siempre y cuando
exista disponibilidad presupuestaria, estableciéndose en veinte (20) días el
período mínimo previo al desplazamiento en el que se debe realizar la
solicitud. En caso de que la clasificación para la competición se logre dentro
de los veinte días previos al desplazamiento, la entidad solicitante deberá
aportar certificación de la Federación Autonómica respectiva en el que haga
constar esta circunstancia, justificando de esta manera la presentación
de la solicitud con menor antelación de la establecida en estas bases
reguladoras.
Sexto. Otros datos:
Las solicitudes estarán
compuestas de la siguiente documentación:
a) Solicitud de la subvención
y descripción del desplazamiento a realizar por el que se solicita subvención,
que se formulará obligatoriamente en el modelo oficial - Anexo I
b) Fotocopia del CIF de la
entidad solicitante.
c) Fotocopia del DNI del
representante.
d) Acuerdo de los órganos
representativos de la entidad solicitante, o escrito del representante o de la
persona física, que justifique la necesidad de la subvención.
e) Declaración de las
subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o
privadas para esa misma actividad (en el caso de no percibir ninguna otra subvención,
deberá presentarse declaración manifestando que no ha percibido ninguna
subvención).
f) Certificado emitido por una
entidad bancaria con los datos de la cuenta corriente de la entidad deportiva
solicitante.
g) Acreditación de hallarse al
corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
h) Autorización a la Ciudad
Autónoma de Melilla a la consulta de los datos tributarios de la AEAT y de la
administración tributaria de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de justificación
de las subvenciones concedidas por esta Administración.
i) Certificado emitido por la
Federación Autonómica de la modalidad deportiva correspondiente en el que
conste que el equipo o los deportistas pertenecientes a la entidad solicitante
han logrado deportivamente la clasificación para asistir al Campeonato de
España para el que se solicita la subvención, cuando no se trate de una
competición por selecciones autonómicas.
j) Convocatoria de la
competición por parte de la respectiva Federación Nacional de la modalidad en
cuestión, o del Consejo Superior de Deportes, o las Bases de Competición
respectiva, en las que conste los criterios de participación y clasificación
para la misma.
k) Certificado de la entidad
solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente en la que se
establezca que está en posesión de los documentos que acreditan que la entidad
no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en los
apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y su compromiso de mantener tal condición durante la vigencia
del periodo de la presente convocatoria.
l) Certificado de la entidad
solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente en el que
conste una relación de deportistas y entrenadores/técnicos, y en su caso,
jueces, integrantes de la expedición participante en el desplazamiento
compuesta de los siguientes datos: iniciales, número de DNI, fecha de
nacimiento de cada uno y número de licencia federativa. Igualmente, también se
deberá certificar en el mismo documento que los integrantes de la expedición
han conseguido la clasificación deportiva para la competición en cuestión de
acuerdo a la convocatoria de la misma o sus respectivas Bases de Competición.
Lugar
de la Firma: CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Fecha
de la Firma: 2020-03-06
Firmante:
EL ECMO. SR, CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE,
Rachid
Bussian Mohamed