ARTÍCULO Nº 209 (CVE: BOME-A-2020-209) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5740 - viernes, 20 de marzo de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Orden nº 589 de fecha 9 de marzo de 2020, relativa a nombramiento como presidente del comité de disciplina deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla a D. Elias Benhamú Belilty

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El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 09/03/2020, registrada al número 2020000589, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

I.-La ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla, en su artículo 21.17, establece que "La  Ciudad de Melilla ejercerá competencias sobre las materias....promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio.

II.- El artículo 21.2 de la precipitada Ley Orgánica, establece que en relación a las materias anteriormente citadas, la competencia de la Ciudad de Melilla comprenderá las facultades de administración, inspección y sanción, y en los términos que establezca la legislación general del Estado, el ejercicio de la potestad normativa reglamentaria.

III.- Mediante el Real Decreto 1383/1997 , de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de cultura(BOE de 24 de septiembre), se transfiere, según se establece en su Anexo apartado B) 4 a), entre las funciones que asume la Ciudad de Melilla, la promoción y difusión del deporte.

IV.- El apartado B) 4 b) del Anexo meritado Real Decreto, establece que sin perjuicio de la independencia de las federaciones españolas y demás asociaciones cuyo ámbito exceda del propio de la Ciudad, ésta velará por el estricto cumplimiento en su territorio de los fines deportivos para los que aquéllas han sido creadas.

V.-El Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20 de fecha 25 de junio de 1999), establece en su artículo séptimo "El mandato de los miembros del Comité de Disciplina Deportiva de Melilla tendrá una duración de cuatro años. El proceso electoral se ajustará a lo establecido  al artículo 5º". Asimismo, el artículo cuarto del meritado reglamento, establece que "Los miembros del Comité de Disciplina Deportiva, excepto el designado por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla". Finalmente, en el artículo quinto se establece que "Este colegio electoral una vez constituido, procederá a la elección del Comité de Disciplina Deportiva de Melilla de la siguiente forma:

 

·         Un miembro será designado entre la relación de tres candidatos propuestos por el Colegio de Abogados de la Ciudad.

·         Otro miembro será elegido de una relación de tres candidatos propuestos por las distintas Federaciones Deportivas.

·         El tercer miembro será designado como se explica en el artículo anterior por el Consejo de  Gobierno de la Ciudad Autónoma entre los juristas de la propia administración.

 

VI.-Asímismo , el precipitado Reglamento , establece en su artículo segundo "El Comité de Disciplina Deportiva de Melilla, se adscribe orgánicamente a la Consejería de Cultura, Educación, Juventud , Deportes y Turismo, en adelante Consejería de Cultura....". Por otro lado , en su artículo  sexto fija que "El Secretario será designado por el Consejero entre el personal adscrito a la Consejería de Cultura".

VII.- El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, por acuerdo adoptado el 19 de diciembre de 2019 (BOME Extr. 43 de la misma fecha) atribuye a esta Consejería la competencia, entre otras , en materia de "Promoción y Gestión del Deporte y de la Instalaciones Deportivas".

VII.-El Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes, una vez cumplimentados todos los trámites que establece el Reglamento por el que se regula la Elección, Representación y Funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla, publicado en BOME extr. número 20 de 25 de junio de 1999, en su Art. 5º , por Orden registrada en el Libro Oficial de Resoluciones al número 2020000488 de fecha 26 de febrero de 2020 y publicado en BOME número 5735 de 03 de marzo de 2020, vino en disponer lo siguiente:

 

·         Primero: Conforme al Artículo 3 del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999). La designación de Dª María Dolores Mariscal García, como Secretaria del Comité de Disciplina Deportiva de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·         Segundo.- La publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla de la composición del Comité de Disciplina Deportiva de la  Ciudad Autónoma de Melilla, que queda como sigue:

 

1.                  En cumplimiento de lo establecido en el artículo 5º apartado 1 del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la  Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999).

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Titular: D. Elías Benhamú Belilty

Suplente: D. Carlos Garcés Gallardo

 

2.                  En cumplimiento de lo establecido en el artículo 5º apartado 2 del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la  Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999).

 

Titular: D. Jouseff Torres-Oloriz Mohamed

Suplente: D. Adrián Carrasco Cárdenas

 

3.                  En cumplimiento de lo establecido en el artículo 5º apartado 3 del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la  Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999).

 

1- La designación de D. Antonio García Alemany como miembro titular del Comité de Disciplina Deportiva.

2-La designación de Dª Maria del Carmen Barranquero Aguilar como miembro suplente del Comité de Disciplina Deportiva. "

 

VIII.- En fecha 09 de marzo de 2020, se constituye el Comité de Disciplina Deportiva , y conforme al Art. 6 Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la  Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999), se procede a la elección del Presidente del Comité ,  siendo elegido por unanimidad entre sus miembros, D. Elías Benhamú Belilty.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 10237/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Único:  Conforme al Art. 6  del Reglamento por el que se regula la elección, representación y funcionamiento del Comité de Disciplina Deportiva de la  Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario número 20, de 25 de junio de 1999), el NOMBRAMIENTO COMO PRESIDENTE DEL COMITÉ DE DISCIPLINA DEPORTIVA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA de : D. Elías Benhamú Belilty

 

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 12 de marzo de 2020,

La Secretario Técnico de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,

Inmaculada Merchán Mesa