ARTÍCULO Nº 257 (CVE: BOME-A-2020-257) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5751 - martes, 28 de abril de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Protocolo general de cooperación en el ámbito educativo para el desarrollo de actividades educativas a distancia entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, y la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la CAM, durante el estado de alarma decretado mediante real decreto 463 / 2020.
La Dirección Provincial en Melilla del Ministerio de Educación y
Formación Profesional y la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, en fecha 21 de abril de 2020,
firmaron el protocolo general de
cooperación que se transcribe:
“PROTOCOLO GENERAL DE COOPERACIÓN EN EL ÁMBITO
EDUCATIVO PARA DESARROLLO DE ACTIVIDADES
EDUCATIVAS A DISTANCIA ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL, Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E
IGUALDAD DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA
DURANTE EL ESTADO DE ALARMA DECRETADO
MEDIANTE REAL DECRETO 463/2020.
En Melilla a,
veintiuno de abril de dos mil
veinte.
REUNIDOS
De
una parte, la Excma.
Sra. Dª.
Elena Fernández Treviño, Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma
de Melilla, nombrada por Decreto del Presidente, núm. 377, de 13 de diciembre
de 2019 (BOME extraordinario nº 42, del viernes 13 de diciembre de 2019),
debidamente facultada mediante acuerdo del Consejo de Gobierno.
De
otra parte, el Sr. D. Juan Ángel Berbel Galera, Director Provincial en
Melilla del Ministerio de Educación y Formación Profesional
Las
partes, en la representación con que actúan,
EXPONEN
I.
Que, en función de su naturaleza y objetivos, la Dirección Provincial
del Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad
de la Ciudad Autónoma de Melilla (en adelante, la Consejería), están llamados a
colaborar estrechamente
en beneficio de la educación en el
ámbito de la ciudad de Melilla.
Ello
a tenor de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
del Régimen Jurídico del Sector Público.
II.
Que en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se
declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19, artículo 9 “Medidas de contención en el ámbito educativo y de
la formación”, la actividad educativa presencial queda suspendida en todos los centros
y etapas, indicándose que durante el período de suspensión se mantendrán las
actividades educativas a través de las modalidades a distancia y “on line” siempre que resulte
posible.
Por
ello, se precisa la cooperación entre ambas Administraciones firmantes con el
fin de minimizar en la medida de lo posible la brecha digital entre el alumnado
vulnerable de la Ciudad que no puede tener acceso pleno a la formación online y a distancia.
III.
Que la Consejería de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad con relación a la enseñanza tiene atribuidas, entre
otras, la competencia de fomento del refuerzo educativo y programas de
colaboración con la Administración del Estado en materia educativa (Decreto de
Distribución de Competencias entre las Consejerías del 19 de Diciembre de 2019
(BOME extraordinario núm. 43 del jueves 19 de diciembre de 2019).
Teniendo
en cuenta lo anteriormente expuesto, las partes que intervienen deciden
formalizar el presente Protocolo General
de conformidad con las siguientes
ESTIPULACIONES
I.
Se acuerda el apoyo de la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad al Ministerio de
Educación y Formación Profesional para
el desarrollo de actividades educativas a través de modalidades a distancia y “on line”.
Dicho
apoyo se efectuará mediante la aportación de diverso material informático (tablets, tarjetas sim con línea de
datos, memorias USB, etc) en la medida en que la Consejería disponga del mismo.
II.
Por parte de la Dirección Provincial se establecerán las directrices de
distribución de ese material entre el alumnado que lo necesita para el seguimiento
de sus clases a distancia.
No
obstante, se priorizará al alumnado con
necesidades determinadas como más acuciantes por el rendimiento académico
previo mostrado en los dos primeros trimestres y el nivel en que se halle
matriculado, si es determinante para la obtención de titulación y/oacceso a
etapas superiores o conducentes a pruebas externas (caso de selectividad) debiéndose
establecer una distribución equitativa intercentros atendiendo al porcentaje
total escolarizado.
III.
La duración del presente Protocolo de cooperación se extenderá mientras
dure la suspensión de la actividad educativa presencial durante el presente curso
académico 2019/2020.
Y,
en prueba de conformidad y reciproca aceptación, firman, para el cumplimiento
de lo pactado, por duplicado ejemplar en lugar y fecha indicados en el
encabezamiento.
El DIRECTOR PROVINCIAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL, Juan Ángel Berbel Galera |
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD, Elena Fernández Treviño” |
Lo que se traslada para su publicación en el
Boletín Oficial de Melilla,