ARTÍCULO Nº 274 (CVE: BOME-A-2020-274) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5755 - martes, 12 de mayo de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Acuerdo de consejo de gobierno de fecha 30 de abril de 2020, relativo al nombramiento de D. Fernando José Rubia Castro, como Director General de Coordinación y Relaciones con el Tercer Sector.

BOME-P-2020-771 Descargar página

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el 30 de abril de 2020, ha procedido a la aprobación de la propuesta de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2020000195:

 

Vista Propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Economía, y Políticas Sociales del tenor literal siguiente:

 

“ I.- La Ley Orgánica  2/1995, de 13 de marzo, dispone en su art. 16 que el Consejo de Gobierno es el órgano colegiado que ostenta las funciones ejecutivas y administrativas de la ciudad de Melilla, señalando en su art. 17 que corresponde al Consejo de Gobierno la dirección de la política de la ciudad y el ejercicio de las funciones ejecutivas y administrativas correspondientes, sin perjuicio de las competencias reservadas a la Asamblea.

II.- El Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 2 de 30 de enero de 2017), señala en su artículo 16.1 que al Consejo de Gobierno tiene entre otras atribuciones: Aprobar, a propuesta del Presidente, la estructura orgánica de las Consejerías con indicación del ámbito competencial de las mismas, señalando, al menos las Viceconsejerías y Direcciones Generales que las compongan. Posteriormente dicho texto normativo dispone en su art. 48, relativo a las clases de órganos administrativos, que:

 

1.             Son órganos superiores de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla el Presidente, el Vicepresidente o los Vicepresidentes, el Consejo de Gobierno, los Consejeros y los Viceconsejeros.

2.             Bajo la superior autoridad del Consejero, cada Consejería se estructura en los siguientes órganos:

 

a)            Secretarías Técnicas, que dependen directamente del Consejero, pero no se

encuentran incardinados en la estructura jerarquizada.

b)            Direcciones Generales.

c)             Excepcionalmente podrán constituirse órganos con nivel asimilado a los dos anteriores, los cuales tendrán el mismo estatuto jurídico que éstos, cualquiera que sea su denominación.

 

3. Las Consejerías y las Direcciones Generales podrán estructurarse, con carácter general, en Servicios, Secciones, y Negociados o unidades asimiladas.

 

III.- En uso de las referidas atribuciones por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2019, (BOME. Extraordinario núm, 43, de 19 de diciembre de 2019) relativo a la aprobación del decreto de distribución de competencias entre consejerías de la Ciudad de Melilla, dispuso en lo referente a la estructura de la Consejería de Economía y Políticas Sociales que la misma se compone de los siguientes órganos:

 

·         Dirección General de Servicios Sociales

·         Dirección General de Salud Pública y Consumo

·         Dirección General de Coordinación y Relaciones con el Tercer Sector

·         Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación

·         Secretaría Técnica

 

 

IV.           la Dirección General de Coordinación y Relaciones con el Tercer Sector se encuentra vacante, se estima conveniente la cobertura accidental de forma temporal para el normal funcionamiento de las áreas de gestión correspondientes, en tanto se resuelvan los procedimientos correspondientes de selección regulados en el art. 60 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que señala, entre otros supuestos, que los titulares de los órganos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, así como lo preceptuado en el artículo 77.1 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM relativo a la sustitución de los Directores Generales que remite al precitado artículo 13.1 de la Ley 40/2015. Todo ello de conformidad con las competencias atribuidas a esta Consejería por el art. 33 o) del Reglamento Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, en relación con las del apartado 7.2 del Decreto de distribución de competencias Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

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IV.           De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2019, (BOMe. Extraordinario núm, 43, de 19 de diciembre de 2019, a la Consejería de Presidencia, le corresponde entre otras funciones:

 

" (...) x) La tramitación de expedientes de designación de Directores Generales y SecretariosTécnicos Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Dirección General PROPONE que se adopte la siguiente:

 

Primero.- El nombramiento de D. Fernando José Rubia Castro, funcionario de carrera de la Ciudad Autónoma de Melilla y que cumple los requisitos establecidos en el artículo 54.1 y 3 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Director General de Coordinación y Relaciones con el Tercer Sector. (Accidental)

Segundo.- La cobertura conforme a los procedimientos correspondientes regulados en el art. 60 del precitado Reglamento."

 

Por todo lo anterior, existiendo crédito suficiente en la partida presupuestaria 03/91200/10701 personal de alta dirección y con RC 12020000001385 de 16-01-2020 y en virtud de lo establecido en el Decreto de distribución de competencias, de 19 de diciembre de 2019 (BOME extra. n.º 43 de 19 de diciembre de 2019), concretamente en el apartado 2.2.5 x) para la tramitación de expedientes de designación de Directores Generales y Secretarios Técnicos, VENGO EN PROPONER  al Consejo de Gobierno lo siguiente:

.

Primero.- El nombramiento de D. Fernando José Rubia Castro, funcionario de carrera de la Ciudad Autónoma de Melilla y que cumple los requisitos establecidos en el artículo 54.1 y 3 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Director General de Coordinación y Relaciones con el Tercer Sector. (Accidental).

Segundo.- La cobertura conforme a los procedimientos correspondientes regulados en el art. 60 del precitado Reglamento.

 

Lo que le traslado para su publicación en el boletín oficial de la ciudad.

 

Melilla 8 de mayo de 2020,

El Secretario Accidental del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany