ARTÍCULO Nº 289 (CVE: BOME-A-2020-289) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5757 - martes, 19 de mayo de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Requerimiento a solicitantes en la convocatoria de ayudas económicas para el pago de matrícula de estudios universitarios y de acceso a la universidad para mayores de veinticinco y cuarenta y cinco años, correspondientes al curso 201 9 - 2020.

BOME-P-2020-814 Descargar página

ASUNTO: INFORME SOBRE EL NO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES EN LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO Y CUARENTA Y CINCO AÑOS, CORRESPONDIENTES AL CURSO 2019-2020 Y REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE LAS CITADAS SOLICITUDES.

 

I.- Mediante Orden de la Consejería de Presidencia, Administración Pública y regeneración Democrática registrada al número 2347 de 10 de diciembre de 2019, se procede a la aprobación de la CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO Y CUARENTA Y CINCO AÑOS, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) número 5712 de 13 de diciembre de 2019.

II.- Que mediante Orden de la Consejera de Presidencia y Administración Pública registrada al número 1432 de 15 de mayo de 2020, se procede allevantamiento de la suspensión y la continuación del procedimiento correspondiente a la CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD, CORRESPONDIENTES AL CURSO 2019/2020.”

III.- El apartado 10 de la Convocatoria establece: “(…) El órgano instructor emitirá informe, que se incorporará al expediente, y en el que se hará constar que de la información que obra en su poder se desprende que los posibles beneficiarios de las ayudas cumplen todos los requisitos para acceder a las mismas (…)”.

IV- De acuerdo con lo expuesto en el apartado anterior, por este órgano instructor se ha procedido a comprobar que la relación de solicitantes que se incluyen en el presente informe no cumplen con los requisitos y no ha aportado la totalidad de la documentación requerida en la Convocatoria, concretamente lo establecido en los artículos 6, 7 y 9 de la misma.

 

Siendo la relación de solicitudes que NO HA APORTADO la documentación requerida en la Convocatoria 2019/2020, lo siguiente:

 

DOCUMENTO

EXPEDIENTE

REQUERIMIENTO

23832400F

6097/2020

2,3,4

26262619T

8841/2020

3

45282486V

7443/2020

4

45295778S

9094/2020

2,3,4

45299150Y

9107/2020

2,3,4

45299493G

10365/2020

4

45301919S

7559/2020

3

45303635y

7866/2020

2

45306726S

9344/2020

4

45308238D

8971/2020

4

45308644R

9007/2020

4

45308891H

9158/2020

2

45310059J

10273/2020

3

45310523V

8261/2020

3

45310805T

8502/2020

4

45312544Z

6298/2020

2,3,4

45312712K

11047/2020

3,4

45312713E

10697/2020

3,4

45312965K

9809/2020

2,4

45315240L

7430/2020

4

45315871Y

7346/2020

3,4

45315963Y

8758/2020

4

45316496X

6539/2020

3

45316708S

9077/2020

4

45316918H

6919/2020

2

BOME-P-2020-815 Descargar página

45317022F

9215/2020

4

45318068H

7861/2020

3

45318285M

7312/2020

2,4

45318335D

10303/2020

4

45318641Q

10956/2020

4

45319212N

9401/2020

2,4

45319620Y

7158/2020

3

45319795C

9736/2020

3

45319832B

6058/2020

3

45320865D

8322/2020

4

45320966H

9153/2020

4

45321169Z

8002/2020

4

45321541H

9553/2020

2,3

45321984R

8447/2020

2,3

45323013H

10907/2020

2,3,4

45323422J

10902/2020

3

45324700A

7506/2020

4

45355764V

9462/2020

3,4

45357078C

9574/2020

4

53897653M

10477/2020

4

77440661Y

6338/2020

1,3

X8100409Q

9326/2020

4

Y2481071Y

10259/2020

4

Y2709930S

8781/2020

2

 

Motivos del requerimiento:

 

1.            Acreditación documental de denegación de otras becas, ayudas o subvenciones para la matrícula de los mismos estudios, en el caso de haberla/s solicitado con carácter.

2.            Documento/s que acrediten la matrícula efectuada y las asignaturas y créditos.

3.            Documento/s que acrediten el pago de la matrícula.

4.            Documentación acreditativa de las calificaciones obtenidas en el curso anterior.

 

IV.- De acuerdo con el apartado 10 de la Convocatoria, se REQUIERE A LOS SOLICITANTES RELACIONADOS QUE SUBSANE LA FALTA O ACOMPAÑE LOS DOCUMENTOS PRECEPTIVOS EN EL PLAZO DE 10 DÍAS HÁBILES, APERCIBIÉNDOLE QUE, DE NO HACERLO, SE ENTENDERÁ QUE DESISTE DE SU SOLICITUD, previa resolución dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

La notificación de la subsanación, así como de la resolución, se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

Melilla 18 de mayo de 2020,

La Secretaria Técnica de Presidencia y Administraciones Públicas,

Pilar Cabo León