ARTÍCULO Nº 293 (CVE: BOME-A-2020-293) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5758 - viernes, 22 de mayo de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Orden nº 1850 de fecha 18 de mayo de 2020, relativa a prorrogar la validez de los títulos de Familia Numerosa.
El/La
titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de
18/05/2020, registrada al número 2020001850, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES
I.- Considerando lo que
disponen el artículo 6 y la disposición adicional cuarta del Real decreto
463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la
gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que
establecen que cada Administración debe conservar las competencias que le
otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para
adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas
de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma y sin perjuicio
de lo que establecen los artículos 4 y 5, y que los plazos de prescripción y
caducidad de cualquier acción y derecho quedan suspendidos durante la vigencia
del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adopten;
II.- Considerando la publicación
del Real decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de
alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, antes
mencionado, que se ha venido prorrogando en distintas ocasiones la ultima a
través del Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, por el que se prorroga el
estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el
que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis
sanitaria ocasionada por el COVID-19;
III.- Considerando lo que dispone
el preámbulo de la Ley 18/2003, de 4 de julio, de apoyo a las familias, cuya
finalidad es determinar las bases y las medidas para una política de apoyo y
protección a la familia, además de establecer que los poderes públicos están
obligados a garantizar la igualdad de oportunidades a las familias con más
cargas, como las familias con niños pequeños y las familias numerosas y
monoparentales;
IV.- Considerando que el Acuerdo
de Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2019 (BOME Extraordinario núm. 43,
de 19/12/2019 establece que corresponde a la Consejería de Economía y Políticas
Sociales competente en materia de políticas sociales el reconocimiento de la
condición de familia numerosa y de familia monoparental, y de la categoría que
corresponda dentro de cada una, a las familias residentes en Melilla que reúnan
los requisitos establecidos, así como la expedición y la renovación del título
que lo acredita;
V.- Considerando que el Decreto
nº 211, de fecha 1 de junio de 2019, relativo a aprobación definitiva del
Reglamento de Regulación de Procedimiento y Tramitación de los Títulos de
Familia Numerosa de la Ciudad Autónoma de Melilla, que establece que la
corresponde a la Consejería competente en materia de servicios y sociales, la
competencia para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, así
como para la expedición y renovación del título que acredita dicha condición y
categoría a los residentes en Melilla;
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 13761/2020, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Primero
Prorrogar
por un año la validez de los títulos de familia numerosa que hayan caducado o
caduquen entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2020, y por seis meses los que
caduquen entre el 1 de junio y el 31 de octubre de 2020, expedidos o renovados
por la Consejería de Economía y Políticas Sociales de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
Segundo
Independientemente
de lo que dispongan los apartados anteriores sobre la prórroga automática de
validez de los títulos de familia numerosa, en caso de que el título caduque
durante el periodo prorrogado, las familias tienen la obligación de solicitar
la renovación cuando haya finalizado el estado de alarma provocado por la
crisis del COVID-19.
Tercero
En
el caso de los hijos que durante el periodo de prórroga automática cumplan 21
años o más, y no cursen estudios adecuados a su edad y titulación o encaminados
a obtener un puesto de trabajo, o cumplan 26 años y, en ambos casos, no tengan
reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, no se les aplicará
la prórroga de los efectos del título en cuestión y dejarán de ser
beneficiarios, al no cumplir los requisitos legales establecidos en el artículo
3 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias
numerosas, en el caso de las familias numerosas. En el supuesto de que este
hecho provoque la extinción del título de familia numerosa porque no es
aplicable a otra persona descendiente, la prórroga automática dejará de tener
efectos y las personas beneficiarias no podrán hacer uso de las ventajas que
ofrece el reconocimiento de familia numerosa.
Contra
esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación de la presente. Dicho recurso podrá presentarse ante
esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como
superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con
lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses.
Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No
obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente
bajo su responsabilidad. Lo que se notifica para su conocimiento y efectos
oportunos.
Melilla 19 de mayo de 2020,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud
Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez