ARTÍCULO Nº 297 (CVE: BOME-A-2020-297) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5758 - viernes, 22 de mayo de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Orden nº 516 de fecha 12 de mayo de 2020, relativa a convocatoria para la admisión de alumnado de nuevo ingreso en las escuelas de educación infantil dependientes de la Ciudad Autónoma de Melilla, correspondiente al curso académico 2020 - 2021.

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La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Orden núm. 2020000516, del pasado 12/05/2020, ha dispuesto lo siguiente:

 

“CONVOCATORIA PARA LA ADMISIÓN DE ALUMNADO DE NUEVO INGRESO EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DEPENDIENTES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 20202021.

 

Con el fin de que al inicio, en el próximo mes de septiembre,  del curso escolar 2020/2021, puedan tener comienzo, una vez formalizadas las correspondientes matrículas, las clases en las Escuelas de Educación Infantil dependientes de la Ciudad Autónoma de Melilla, se precisa, por el interés general que ello tiene para las familias melillenses y para que los servicios socioeducativos que se prestan en dichas escuelas no se vean afectados, la continuidad del procedimiento administrativo que se requiere para la resolución de la convocatoria arriba enunciada.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 1905/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

ORDENAR:

 

Primero.- La continuidad del presente procedimiento administrativo, expediente 1905/2020, para la resolución de la convocatoria que abajo se transcribe, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional 3ª del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Segundo.-De acuerdo con las BASES DE APLICACIÓN AL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNADO DE NUEVO INGRESO EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DEPENDIENTES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2020-2021, aprobadas por el Consejo de Gobierno en su sesión del día 11 de mayo de 2020, la aprobación de la CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNADO DE NUEVO INGRESO EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DEPENDIENTES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, Y PLAZAS CONCERTADAS EN ESCUELAS INFANTILES PRIVADAS, CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2020-2021, a la que serán de aplicación las referidas bases, con las siguientes determinaciones:

 

1.             Pueden solicitar plaza en los centros a los que se refiere la presente convocatoria los padres o tutores de los menores cuyas edades correspondan a los niveles de primer ciclo de Educación Infantil, residentes en la Ciudad Autónoma de Melilla, nacidos en los años 2018, 2019 y 2020. En todo caso, el menor deberá haber cumplido cuatro meses antes de la finalización del mes de septiembre del año en curso y deberá estar vacunado con las vacunas que correspondan según  su edad a tenor del Calendario de Vacunación en vigor.

2.             La previsión inicial de oferta de plazas disponibles para alumnado de nuevo ingreso para el curso 2020-2021 será:

 

Plazas en Escuelas de titularidad de la Ciudad Autónoma de Melilla

 

Escuela Infantil “San Francisco de Asís”

Nacidos/as en 2020

 8 plazas

Nacidos/as en 2019

15 plazas

Nacidos/as en 2018

32 plazas

Escuela Infantil “Virgen de la

Victoria”

Nacidos/as en 2020

 8 plazas

Nacidos/as en 2019

15 plazas

Nacidos/as en 2018

36 plazas

Escuela Infantil

“Infanta Leonor”

Nacidos/as en 2020

16 plazas

Nacidos/as en 2019

23 plazas

Nacidos/as en 2018

21 plazas

Escuela Infantil “Josefa Calles Alcalde” (Centro

Asistencial)

Nacidos/as en 2020

16 plazas

Nacidos/as en 2019

21 plazas

Nacidos/as en 2018

20 plazas

 

Plazas concertadas en Escuelas privadas con autorización MEFP.

 

Centro de Educación

Infantil “Santa Luisa de

Marillac” (1) (2)

Nacidos/as en 2019

plazas a concretar (3)

Centro de Educación

Infantil “Santa Luisa de

Marillac” (1) (2)

Nacidos/as en 2018      

plazas a concretar (3)

Centro de Educación

Infantil “Divina Infantita”

(1) (2)

Nacidos/as en 2019      

plazas a concretar (3)

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Centro de Educación

Infantil “Divina Infantita”

(1) (2)

Nacidos/as en 2018      

plazas a concretar (3)

Centro de Educación

Infantil “Enrique Soler” (1) (2)

Nacidos/as en 2019

      

plazas a concretar (3)

Centro de Educación

Infantil “Enrique Soler” (1) (2)

Nacidos/as en 2018      

plazas a concretar (3)

Centro de Educación

Infantil “Cruz Roja” (1) (2)

Nacidos/as en 2019      

plazas a concretar (3)

Centro de Educación

Infantil “Cruz Roja” (1) (2)

Nacidos/as en 2018      

plazas a concretar (3)

Centro de Educación

Infantil “Merlín” (1) (2)

Nacidos/as en 2019      

plazas a concretar (3)

Centro de Educación

Infantil “Merlín” (1) (2)

Nacidos/as en 2018      

plazas a concretar (3)

 

(1)            La alimentación y artículos de aseo serán por cuenta de la familia.

(2)            Horario de 8 a 15 horas.

(3)            Pendiente de concretar.

 

El número de plazas concertadas en los centros privados será el que resulte definitivamente de la convocatoria para la concesión mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a la implementación de un programa de Escuelas Infantiles para el curso 2020-2021, actualmente en curso.

 

La oferta de estas plazas disponibles tiene la condición de inicial ya que en el caso de que por la autoridad competente,  ante la existencia de graves crisis sanitarias como la que vivimos a consecuencia del virus COVID-19,  se estableciese la reducción temporal del número de plazas escolares por aula y escuela ello conllevaría a que parte de alumnado admitido en el proceso selectivo no pudiese ocupar temporalmente la plaza asignada en la Escuela de Educación Infantil de la que se tratase. En tal caso, tendrán prioridad de permanecer en la plaza aquellos alumnos que siguiendo el orden del listado definitivo reúnan las condiciones que se establezcan  al efecto, tales como que tengan a sus dos progenitores trabajando presencialmente en horario de mañana y así lo acrediten, articulándose para el resto de alumnado por esta Consejería otros servicios de conciliación temporal mientras tal restricción durase.

 

2.             Las Escuelas de Educación Infantil pertenecientes a entidades privadas podrán establecer el abono de una cantidad inicial en concepto de material escolar.

3.             Los/as alumnos/as que durante el curso precedente hubieran ocupado plaza continuarán en la misma Escuela siempre que cumplan el requisito de la edad y así lo exprese su familia al ser requeridos para ello por la Dirección del Centro.

4.             Las solicitudes de admisión de nuevo ingreso se presentarán en plazo de veinte días  contado a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Melilla de la presente convocatoria.

5.             Teniendo en consideración que actualmente se encuentra decretado el Estado de Alarma, a tenor de Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, las solicitudes se presentarán a través de Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla con certificado digital, o en el Registro  de la sede de la Dirección General de Educación e Igualdad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, sita en Calle Querol nº 7,  sin perjuicio de la posible presentación en los registros que a tal efecto establece el artículo 16 la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

6.             Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial (disponibles en la Dirección General de Educación e Igualdad de la  Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad ( calle Querol nº 7)  y en la web oficial de la Ciudad www.melilla.es) y deberán ir acompañadas de la documentación que se especifica en las bases de la convocatoria.

7.             Una vez elaboradas, se expondrán públicamente las listas provisionales de alumnado admitido, en espera y excluido, concediendo un plazo de diez días para reclamaciones de las personas interesadas.

 

En el período de reclamaciones no se admitirán documentos que hubieran debido aportarse junto con la solicitud.

 

8.             Tanto las listas provisionales como las definitivas se publicarán en el Boletín Oficial de Melilla, Tablón de Anuncios de la Dirección General de Educación e Igualdad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, y en la web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, sirviendo dicha publicación de notificación a las personas interesadas.”

 

De conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

 

Lo que se traslada al Boletín Oficial de Melilla para su publicación.

 

Melilla 18 de mayo de 2020,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Joaquín M. Ledo Caballero