ARTÍCULO Nº 315 (CVE: BOME-A-2020-315) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5761 - martes, 2 de junio de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 1484 de fecha 27 de mayo de 2020, relativa al plan de Formación con Fondos MAP de la Ciudad Autónoma de Melilla 2020.
La
Consejera de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 27/05/2020, registrada al número 2020001484, en
el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
La
Dirección General de Función Pública informa lo siguiente:
Previa
aprobación en Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla,
en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de mayo de 2020, se aprueba Plan de Formación con Fondos MAP el
año 2020, gestionado por la Dirección General de Función Pública y financiado
con fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla al amparo de lo dispuesto en el
Artículo 8 VIII del Acuerdo Marco y IX Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma
de Melilla (prorrogados), supeditado a la aprobación e incorporación de los
Fondos MAP que se conceden a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y
Melilla destinados a la financiación de la formación de sus empleados públicos
para el ejercicio 2020.
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 13318/2020, conforme a lo
dispuesto en el Decreto del Consejo de Gobierno de atribución de competencias
de 19 de diciembre de 2019 (BOME extraordinario nº 43 de igual fecha), por el
que se atribuyen competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de
Melilla, la Consejería de Presidencia y Administración Pública ostenta las
atribuciones en materia de Función Pública, entre otras, de “la planificación,
desarrollo y ejecución de la Política de Formación de los empleados públicos de
la Ciudad Autónoma de Melilla”, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Que
el Plan de Formación con Fondos MAP
de la
Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2020, gestionado por la Dirección
General de Función Pública, quede aprobado y se desarrolle conforme a la
siguiente concreción:
PLAN DE FORMACIÓN FONDOS
MAP DGFP 2020 |
||||
ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
GESTIÓN DE CONFLICTOS EN
LA ATENCIÓN AL PÚBLICO |
OL |
40 |
30 |
1 |
ADMINISTRACIÓN 2.0 |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
ADMINISTRACIÓN
ELECTRÓNICA EN LA CAM |
OL |
40 |
30 |
1 |
QUEJAS Y SUGERENCIAS:
NORMATIVA Y TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA |
OL |
40 |
30 |
1 |
TRAMITACIÓN DE
EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS, REGISTRO DE DOCUMENTOS |
OL |
40 |
30 |
1 |
GESTIÓN PÚBLICA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
INFORMES, DOCUMENTOS Y
PLANTILLAS ADMINISTRATIVAS |
OL |
40 |
30 |
1 |
MODERNIZACIÓN DEL
LENGUAJE ADMINISTRATIVO |
OL |
40 |
30 |
1 |
TRANSPARENCIA Y ACCESO A
LA INFORMACIÓN PÚBLICA |
OL |
40 |
30 |
1 |
HACIENDA Y PRESUPUESTOS |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
NUEVO MARCO DE FONDOS
ESTRUCTURALES Y DE INVERSIÓN EUROPEOS 2021-2027 |
OL |
40 |
30 |
1 |
TRIBUTACIÓN |
OL |
40 |
30 |
1 |
SUBVENCIONES Y CONVENIOS
2ª EDICIÓN |
OL |
40 |
30 |
1 |
PREVENCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA |
OL |
40 |
30 |
1 |
INGRESOS Y GASTOS
PÚBLICOS |
OL |
40 |
30 |
1 |
IDIOMAS |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
INGLÉS MEDIO |
OL |
50 |
50 |
1 |
IGUALDAD |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
LEY DE IGUALDAD EFECTIVA
DE MUJERES Y HOMBRES. APLICACIÓN LABORAL |
OL |
40 |
30 |
1 |
SENSIBILIZACIÓN Y
PREVENCIÓN FRENTE A LA VIOLENCIA DE GÉNERO |
OL |
40 |
30 |
1 |
INFORMÁTICA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
EXCEL MEDIO |
OL |
40 |
30 |
1 |
WORD MEDIO |
OL |
40 |
30 |
1 |
PRESENTACIONES Y
COMUNICACIONES |
OL |
40 |
30 |
1 |
JURÍDICO-ADMINISTRATIVA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
LEY 39/2015 DE
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS AA.PP. (2ª EDICIÓN) |
OL |
40 |
30 |
1 |
ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO
PÚBLICO |
OL |
40 |
30 |
1 |
LEY 40/2015 DE RÉGIMEN
JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO (2ª EDICIÓN) |
OL |
40 |
30 |
1 |
SEGURIDAD Y SALUD |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES |
OL |
40 |
30 |
1 |
SERVICIOS SOCIALES |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
RELATIVO AL MAYOR,
ENVEJECIMIENTO ACTIVO, CALIDAD DE VIDA Y GÉNERO |
OL |
40 |
30 |
1 |
INTERVENCIÓN EN BANDAS
JUVENILES |
OL |
40 |
30 |
1 |
TOTALES POR MODALIDAD |
ONLINE |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
TOTALES |
24 |
970 |
740 |
24 |
Destinatarios:
Empleados
Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla y demás Administraciones Públicas,
así como a los Empleados de los Organismos Públicos y Empresas Públicas de la
Ciudad Autónoma de Melilla que hayan suscrito el correspondiente convenio de
reciprocidad, o de otras que se hayan aprobado por la Comisión Paritaria de
Formación, con las condiciones que a continuación se determinan.
Solicitudes:
La
solicitud para participar en las distintas acciones formativas, que se adjunta
como Anexo I y consta en el expediente, también está disponible en la siguiente
dirección:
https://www.melilla.es/melillaportal/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/20_6852_1.pdf.
Presentación
de solicitudes y plazo de presentación:
Las
solicitudes a los cursos de formación se podrán presentar a través de:
-
Formulario existente en la plataforma del Centro de Estudio y Formación,
en la dirección http://formacion.dgapmelilla.es/Gestion/.
-
O en Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la dirección https://sede.melilla.es/sta/Relec/CatalogDetail?dboidRequest=626900101315695199
9500&action=make&dboidProcedure=6262601011903142907187&urlBack=NO,que se presentará y se
registrará a través de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla.
La
no cumplimentación correcta, sin rectificación a requerimiento de la
Administración, o la falsedad en los datos suministrados será motivo de
exclusión de la acción formativa.
cuyo
caso podrán ser admitidas hasta el inicio de la actuación formativa
correspondiente. Las fechas de realización de las distintas actividades
formativas serán programadas por el Centro de Estudio y Formación (CEF),
dependiente de la Dirección General de Función Pública, siempre dentro del
ejercicio 2020. De dicha programación se dará cumplida información a través del
correo electrónico corporativo y del Portal de Formación de la Ciudad Autónoma
de Melilla.
En
el supuesto de mayor número de solicitudes que de plazas ofertadas, los
criterios de selección del personal que asistirá a las acciones formativas,
serán, por su orden, los siguientes:
1º.
Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.
2º.
Empleados Públicos de otras Administraciones Públicas
3º.
Empleados de Organismos Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.
4º.
Empleados de Empresas Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla
Sin
perjuicio de la anterior prelación, en el supuesto de igualdad de condición del
solicitante, los criterios de selección, por su orden, serán los siguientes:
1º.
Relación de la acción formativa con el puesto de trabajo.
2º.
Fecha de registro de solicitud.
Diploma
acreditativo:
Finalizado
el curso se dará al alumno Diploma acreditativo de su asistencia siempre que se
justifique por el CEF de la Dirección General de Función Pública que el
Empleado Público haya asistido al Curso de Formación el tiempo mínimo
establecido por la Comisión de Formación Continua de la Ciudad Autónoma. Este
control se realizará mediante la firma del Empleado Público en las hojas de
asistencia, así como por medio de la plataforma de formación, en el supuesto de
cursos online y de otros controles que se puedan establecer desde la Dirección
General de Función Pública.
Si
el Curso de Formación contempla la posibilidad de obtener un certificado de
aprovechamiento, deberá además, superar las pruebas que establezcan los organizadores
del Curso, en su caso.
Renuncias
y faltas de asistencia:
La
renuncia a un curso deberá efectuarse al menos cinco días hábiles antes de la
fecha de comienzo del mismo. Iniciada la actividad formativa, la segunda
renuncia no justificada a un curso, que dado lo avanzado de dicha actividad,
impida el aprovechamiento por parte de otro alumno como suplente, es
susceptible de penalización con la exclusión para la realización de cursos
pertenecientes a los Planes de Formación de Fondos Propios o MAP durante el
ejercicio 2020, previa consideración, a petición del alumno, de los miembros de
la Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad.
En
la modalidad de cursos presenciales, una falta superior al 10 % de la duración
total del curso o de un (1) día, en el supuesto de cursos presenciales que, por
su duración, la ausencia de un (1) día supere este porcentaje, sin causa
justificada, le privará del derecho a diploma-certificado, puesto que lo que
acredita éste es la asistencia al Curso.
Contra
esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o
publicación de la presente.
Dicho
recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente
de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución
recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses.
Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No
obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente
bajo su responsabilidad.
Lo que
se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 28 de mayo de 2020,
La Secretaria Técnica de Presidencia y
Administraciones Públicas,
Pilar Cabo León