Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 2 / 2020, seguido a instancias por Talher S.A..
NOTIFICACIÓN
En el expediente
referenciado, se ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, dando lugar
al Procedimiento Ordinario Nº 0000002/2020
en el desarrollo del cual ha recaído Resolución del Juzgado de lo
Contencioso Administrativo Nº .1. de Melilla, cuyo contenido es el siguiente:
“Conforme a lo acordado en resolución de
esta fecha dictada en el recursos contenciosoadministrativo con los datos al
margen, interpuesto por TALHER S.A, contra la INACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN,
en reclamación de cantidad a la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, por impago de
facturas, y en cumplimiento de lo dispuesto en los Art. 48 de la LJCA ,siendo
necesarios el/los expedientes/ que motivaron la/las resolución/ones
impugnada/s, solicito a V. I:
El expediente administrativo deberá
remitirlo a este órgano judicial:
-
Ordene la remisión a este órgano judicial de aquel/aquellos a que se
refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de 20 días, o bien copia
autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso , con los documentos
e indices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en
el Art. con lo dispuesto en el Art. 49 de a LJCA, la resolución administrativa
que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su
adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este
órgano judicial en el plazo de nueve dias. La notificación se
practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento
administrativo común. Hechas las notificaciones, se incorporarán al expediente
administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art.
48.7 de la LJ, en el supuesto que
transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido. El expediente
administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al
órgano Judicial de forma digitalizada a
través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se
contendrá un índice detallado de los documentos remitidos, en caso de no poder
remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte
informático.
De conformidad con lo dispuesto
en el Art. 38 de la LJCA, deberá al remitir el expediente administrativo
comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de
otros recursos
contencioso-administrativo en los que puedan concurrir los supuestos de
acumulación que previene el Capítulo III de la Ley procesal.
Así mismo deberá
comunicar a este Órgano Judicial la
autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente administrativo.
Se interesa la devolución de
la copia que se adjunta, debidamente sellada y fechada por la oficina de
recepción .
De conformidad con lo
dispuesto en el Art. 49 de la Ley de la Jurisdicción Administrativa (Ley 29/98,
de 13 de julio) en relación con el Art 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/92,
de 26 de noviembre), se procede a notificar a cuantos sean interesados en el
procedimiento, mediante publicación del presente Acuerdo en el BOME, que disponen de un plazo de nueve días para
personarse en el Juzgado.
Melilla
3 de junio de 2020,
La
Secretaria Técnica de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,
Inmaculada
Merchán Mesa