ARTÍCULO Nº 370 (CVE: BOME-A-2020-370) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5765 - martes, 16 de junio de 2020 Ir al BOME

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 5 - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 5


Notificación de sentencia a D. Mohamed Ismael Amar, a D. Mimon Mohamed Amar y otros, en procedimiento ordinario nº 256 / 2018.

BOME-P-2020-1052 Descargar página

I .G . : 52001 41 1 2018 0001593

ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000256 /2018

Sobre ACCION DECLARATIVA DE DOMINIO

DEMANDANTE D/ña . LUISA ISMAEL AMAR

Procurador/a S r/a. CRISTINA PILAR COBREROS RICO

Abogado/a Sr/a . YESICA DE LA CRUZ ARVELO ROSA

DEMANDADO , DEMANDADO , DEMANDADO , DEMANDADO , DEMANDADO , DEMANDADO , DEMANDADO D/ña. AICHA ISMAEL AMAR, MOHAMED ISMAEL AMAR, MIMUNT ISMAEL AMAR , MIMON ISMAEL AMAR, ALAMIN ISMAEL AMAR, YAMINA ISMAEL AMAR , CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA

Procurador/ a Sr/a. FERNANDO LUIS CABO TUERO, , ANA HEREDIA MARTINEZ,

Abogado /a Sr/a . , , LETRADO DE LA COMUNIDAD

 

E D I C T O

 

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

 

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

 

SENTENCIA N º /20

 

En la Ciudad Autónoma de Melilla, a 17 de enero de 2020.

 

Vistos por D. Miguel Ángel García Gutiérrez , Magistrado- Juez de la UPAD del Juzgado de 1 ª Instancia e Instrucción n º 5 de Melilla, los presentes autos de JUICIO ORDINARIO sobre declaración del dominio con fundamento e n la prescripción adquisitiva , seguidos ante este Juzgado bajo el número 256 del año 2018 , a instancia de DÑA. LUISA ISMAEL AMAR , representada por la Procuradora Dña. Cristina Pilar Cobreros Rico y asistida por la Letra da Dña. Yesica de la Cruz Arvelo Rosa, contra la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, representada por el Letrado de los Servicios Juridicos de la Ciudad Autónoma de Melilla D . Antonio Cabo Tuero , y contra los coherederos D. MOHAMED ISMAEL AMAR, en rebeldía procesal , D . MIMON MOHAMED AMAR, en rebeldía procesal, DÑA . AICHA ISMAEL AMAR, representada por el Procurador D. Fernando Luis Cabo Tuero y asistida por la Letrada Dña. Luz León García, DÑA. YAMINA ISMAEL MAR, representada por la Procurador a Dña. Ana Heredia Martínez y asistida por la Letrada Dña. Luz León García, y contra los herederos desconocidos e inciertos de DNA. MIMUNT ISMAEL AMAR, y de D. ALAMIN ISMAEL AMAR, y contra el Ministerio Fiscal en representación de los demandados que se encontraban en ignorado paradero, atendiendo a los siguientes:

 

FALLO

 

DESESTIMAR íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Cristina Pilar Cabreros Rico, en nombre y representación de DÑA . LUISA ISMAEL AMAR , contra la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, representada por el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Ciudad Autónoma de Melilla D. Antonio Cabo Tuero, y contra los coherede ros

 

D. MOHAMED ISMAEL AMA R, en rebeldía procesal, D. MIMON MOHAMED AMAR, en rebeldía procesal, DÑA. AICHA ISMAEL AMAR, representada por el Procurador D. Fernando Luis Cabo Tuero , DÑA . YAMINA ISMAEL MAR, representada por la Procuradora Dña. Ana Heredia Martínez, contra los herederos desconocidos e inciertos de DÑA. MIMUNT ISMAEL AMAR, y de D. ALAMIN ISMAEL AMAR, y contra el Ministerio Fiscal , y ABSUELVO a los demandados de todas las peticiones efectuadas en su contra, con imposición a la actora de las costas generadas a la Ciudad Autónoma de Melilla , sin que se realice especial pronunciamiento respecto de las restantes.

 

Notifíquese esta sentencia a las partes.

 

Llévese el original al Libro de sentencias .

 

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Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

 

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de apelación, que se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquella.

Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos, sin que en ningún caso proceda actuar en sentido contrario a lo resuelto (artículo 456. 2 L.E.C. ).

 

Y como consecuencia del ignorado paradero de los coherederos D. MOHAMED ISMAEL AMAR, D. MIMON MOHAMED AMAR, contra los herederos desconocidos e inciertos de DÑA. MIMUNT ISMAEL AMAR, y de D. ALAMIN ISMAEL AMAR, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

 

En MELILLA, a dieciocho de mayo de dos mil veinte.

 

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA