ARTÍCULO Nº 414 (CVE: BOME-A-2020-414) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5769 - martes, 30 de junio de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº 1724 de fecha 25 de junio de 2020, relativa a ampliación del plazo por compensación de formación vinculadas al plan de formación continua para empleados públicos de la CAM 2019.

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La Consejera de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 25/06/2020, registrada al número 2020001724, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente: 

 

La Dirección General de Función Pública informa lo siguiente:

 

PRIMERO.- Aprobados por la Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla, en reuniones celebradas los días 5 de marzo y 29 de mayo de 2019, los borradores del Plan de Formación con Fondos Propios y Fondos MAP de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2019, gestionados por la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas y el resto de Entidades Gestoras con representación en la Administración Local (Unión General de Trabajadores de Melilla, Unión Sindical de Trabajadores de Melilla, Comisiones Obreras y Central Sindical Independiente de Funcionarios de Melilla) y financiado con fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla al amparo de lo dispuesto en el artículo 8 del VIII Acuerdo Marco y IX Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma de Melilla, prorrogados.

SEGUNDO.- Que mediante Resoluciones de la Viceconsejería de Administraciones Públicas nº 2019000802 y 2019000803 de fecha  3 de marzo de 2019, se aprueba el Plan de Formación con Fondos Propios y con Fondos MAP de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2019, gestionados por la Dirección General de Administraciones Públicas, publicadas en BOME nº 5632 de 8 de marzo de 2019); y mediante Resolución de la Viceconsejería de Administraciones Públicas nº 2019001929 de 30 de mayo de 2019, también se aprueba el Plan de Formación con Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2019, gestionado por las Entidades Gestoras con representación en la Administración Local (Unión General de Trabajadores de Melilla, Unión Sindical de Trabajadores de Melilla, Comisiones Obreras y Central Sindical Independiente de Funcionarios de Melilla), publicada en BOME nº 5657 de 4 de junio de 2019.

TERCERO.- Que, de conformidad con lo acordado en la Comisión Paritaria de Formación de diez de marzo de 2004,  el límite para el disfrute de compensaciones por formación se sitúa "hasta el 31 de marzo del año siguiente a la impartición del curso".

CUARTO.- Debido a la emergencia sanitaria vigente y sus consecuencias en la población, un importante número de Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla no ha disfrutado de la compensación por formación vinculada al mencionado Plan de Formación Continua para los Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla 20019.

QUINTO.- Que con objeto de considerar la modificación del dicho límite de disfrute de compensaciones por formación, derivado de la realización de acciones formativas encuadradas en el mencionado Plan de Formación Continua para los Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla 20019, se traslada mediante email a los miembros de la Comisión Paritaria de Formación la siguiente propuesta:

 

“Como medida excepcional y teniendo en cuenta las circunstancias, la ampliación del plazo hasta el 31 de diciembre de 2020 sólo y exclusivamente por aquellas compensaciones por formación vinculadas al Plan de Formación Continua para Empleados Públicos de la CAM 2019 que no se hayan disfrutado con motivo de la pandemia”.

 

QUINTO.- Que los miembros de la misma aceptan la propuesta con la siguiente concreción:

 

“Como medida excepcional y teniendo en cuenta las circunstancias, la ampliación del plazo hasta el 31 de diciembre de 2020 sólo y exclusivamente por aquellas compensaciones por formación vinculadas al Plan de Formación Continua para Empleados Públicos de la CAM 2019 que no se hayan disfrutado con motivo de la pandemia”.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 16678/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

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Como medida excepcional, y teniendo en cuenta las circunstancias, la ampliación del plazo hasta el 31 de diciembre de 2020 sólo y exclusivamente por aquellas compensaciones por formación vinculadas al Plan de Formación Continua para Empleados Públicos de la CAM 2019 que no se hayan disfrutado con motivo de la pandemia.

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 26 de julio de 2020,

La Secretaria Técnica de Presidencia y Administración Pública,

Pilar Cabo León