ARTÍCULO Nº 427 (CVE: BOME-A-2020-427) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5770 - viernes, 3 de julio de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PROYECTO MELILLA, S.A - PROYECTO MELILLA, S.A
Extracto de la convocatoria ordinaria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de itinerarios de formación - empleo en La Ciudad Autónoma de Melilla en el marco del P.O. FSE 2014 - 20. anualidad 2020.
TituloES: Extracto de la Orden
de la Consejería de Economía y Políticas Sociales nº 2020002484 de fecha 30 de
junio de 2020, por el que se realiza la CONVOCATORIA ORDINARIA PARA LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE ITINERARIOS DE
FORMACIÓN-EMPLEO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA EN EL MARCO DEL P.O. FSE
2014-20. ANUALIDAD 2020.
TextoES: BDNS(Identif.):513544
De conformidad con lo previsto
en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo
puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/513544)
Primero. Beneficiarios.
1.- Podrán ser beneficiarios
de las subvenciones reguladas en las presente Convocatoria las Empresas o
Entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica, cuyo objeto social sea
la formación y se encuentren registradas en el registro de beneficiarios y
licitadores de Proyecto Melilla SA..
2.- No podrán obtener la
condición de beneficiarios aquellas entidades en las cuales concurra alguna de
las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como aquellas
Entidades que hayan incumplido los requisitos de alguna de las subvenciones
gestionadas desde Proyecto Melilla S.A. o de la Ciudad Autónoma de Melilla.
3.- Los beneficiarios deberán
disponer de manera directa o indirecta de local en la Ciudad Autónoma de
Melilla con Licencia de apertura como Centro de Formación (o documento
equivalente según la legislación vigente) y Certificado, emitido por técnico
competente, acreditativo del cumplimiento de la normativa sobre Accesibilidad y
Eliminación de barreras (BOME 4089 de 25 de mayo de 2004) así como de los
criterios de interpretación adoptados (Orden 1548 de 25/11/2011). Asimismo se
acreditará que dicho Centro de formación se encuentra censado por el SEPE de
Melilla.
4.- Para el caso de cursos
asociados a certificados de profesionalidad la entidad adjudicataria dispondrá
de manera directa o indirecta de Centro homologado por el SEPE para dicha
especialidad en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como autorización previa al
comienzo del curso por parte del SEPE para impartir dicha especialidad.
Segundo. Objeto.
La Ciudad Autónoma de Melilla,
a través de su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A., pretende potenciar
un conjunto de acciones destinadas a formar a los ciudadanos empadronados en la
Ciudad Autónoma de Melilla en situación de desempleo, especialmente los que no
continúan en los sistemas de enseñanza reglada, con el fin de garantizar y
adecuar sus conocimientos a los requerimientos propios del mercado de trabajo
de forma que satisfagan las necesidades empresariales, mediante el acceso de
los desempleados a itinerarios de formación-empleo que mejoren su empleabilidad,
utilizando para ello acciones de Formación Profesional para el Empleo.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de esta
convocatoria se encuentran en el Decreto n.º 134 de fecha 15 de diciembre de
2016, relativo a la aprobación definitiva de las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones destinadas a la realización de itinerarios de
formación y empleo, en la Ciudad Autónoma de Melilla. publicadas en BOME N.º
5402 de 26 de diciembre de 2016. Se puede consultar en la página web:
http://www.melilla.es/mandar.php/n/10/2032/5402.pdf
Cuarto. Cuantía.
Se establece un presupuesto
para esta Convocatoria de 964.000 €, resultante de la suma de dos cantidades:
* 764.000 € que se financiarán
con cargo al Programa Operativo Regional del FSE, dentro del Eje Prioritario 1,
Objetivo específico. 8.1.2. Cofinanciado al 80% por el Fondo Social Europeo y
al 20% por la Ciudad Autónoma de Melilla. RC nº
12020000027534.
* 200.000 € que se financiarán
con cargo al Programa MelillaForma PROGRAMA 13/18 para financiar el Eje 5 de
gasto que figura en el Artículo 8 de esta Convocatoria. RC N.º 12020000028139
Financiado al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla.
La presente Convocatoria
dispone de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de Proyecto
Melilla SA, existiendo saldo suficiente para atender la presente Convocatoria.
Las ayudas consistirán en una
subvención de hasta el 100% del coste elegible, debidamente justificado, de las
acciones formativas, con los límites establecidos en la presente convocatoria
diferenciándose dos tramos diferentes:
1º tramo. – Se establece
una cuantificación de la ayuda, del 100 por 100 de los costes directos de
personal (Eje 1), con un máximo de 60 € para titulados universitarios y 40 €
para el resto por hora de curso. Para el resto de costes, indirectos y otros
directos (excluido Eje 5), el resultante de aplicar el 40% sobre el total de
los gastos directos de personal (formadores) que finalmente se liquiden. Este
tramo de la ayuda estaría financiado al 80 por el Fondo Social Europeo y al 20%
por la Ciudad Autónoma de Melilla.
2º tramo. - A la cantidad
resultante del primer tramo habría que sumarle el 100 por 100 de los costes del
Eje 5, Compensaciones a tanto alzado por asistencia de alumnos desempleados a
las acciones formativas siempre que finalicen las acciones formativas. Este
tramo de la ayuda estaría financiado al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla.
Quinto. Plazo de Presentación
de solicitudes.
La fecha límite de
presentación de solicitudes es de 15 días hábiles a contar desde el día
siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Ciudad.
Si la presentación de la
solicitud se realizara en algún lugar distinto del registro de Proyecto Melilla
SA, deberá remitirse escrito indicando dicha circunstancia al email
formacion@promesa.net, con la documentación escaneada, antes de que finalice el
plazo fijado en el párrafo anterior, siendo motivo de exclusión de la
Convocatoria la no remisión de dicho email en el plazo previsto. El email
acreditará en cualquier caso que toda la documentación se ha entregado en el
Registro correspondiente dentro del plazo establecido.
Sexto. Forma de las
Solicitudes.
Las solicitudes deberán
formalizarse según los modelos disponibles en las oficinas de Proyecto Melilla
S.A. o en la página web www.promesa.net, entregándose estas debidamente
cumplimentadas y firmadas electrónicamente en el registro electrónico de
Proyecto Melilla https://www.promesa.net/registro-de-entradas/, previa asignación
de número de expediente por el Dpto. de Formación.
Las solicitudes podrán
presentarse en los registros y oficinas de Proyecto Melilla, S.A. (C/ La dalia
nº 36. 52006 Melilla) y en todos aquellos a que se refiere el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Lugar
de la Firma: Melilla
Fecha
de la Firma: 2020-06-30
Firmante:
Consejero de Economía y Políticas Sociales, D. Mohamed Mohamed Mohand