ARTÍCULO Nº 439 (CVE: BOME-A-2020-439) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5771 - martes, 7 de julio de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO


Decreto nº 122 de fecha 2 de julio de 2020, relativo a aprobación definitiva de la modificación de créditos en el vigente presupuesto de la ciudad número 12.903/2020, denominado crédito extraordinario financiado con bajas/anulaciones de créditos por importe de 8.918.139,82 euros.

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DECRETO

 

El Pleno de la Excma. Asamblea, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 21 de mayo de 2020, acordó aprobar, con carácter inicial,  el expediente de MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS EN EL VIGENTE PRESUPUESTO DE LA CIUDAD NÚMERO 12.903/2020, DENOMINADO CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON BAJAS/ ANULACIONES DE CRÉDITOS  por importe de 8.918.139,82 EUROS.

 

Dicha aprobación inicial se publicó íntegramente en el Boletín Oficial de la Ciudad Extraordinario número 23 de fecha 5 de junio de 2020, quedando expuesto al público a los efectos de reclamaciones durante el plazo de quince días.

 

Transcurrido el plazo de exposición pública, se informó de la no presentación de reclamación alguna por el Jefe de Negociado de Registro, Control y Seguimiento del Sistema de Transparencia perteneciente a la Dirección General de Atención y Participación Ciudadana de fecha de 30 de junio de 2020, por lo que el texto debe entenderse definitivamente aprobado, en virtud de los artículos 177.2 y 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 12.903/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 12903/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

La aprobación definitiva de la MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS EN EL VIGENTE PRESUPUESTO DE LA CIUDAD NÚMERO 12.903/2020, DENOMINADO CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON BAJAS/ ANULACIONES DE CRÉDITOS por importe de 8.918.139,82 EUROS.

 

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

Contra el expresado Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga.

 

Melilla 2 de julio de 2020,

El Presidente,

Eduardo de Castro González