ARTÍCULO Nº 444
(CVE: BOME-A-2020-444)
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BOME Nº 5771 - martes, 7 de julio de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MELILLA S.A. - EMVISMESA
Pliego de cláusulas particulares que regirán el procedimiento de enajenación, mediante subasta pública, de viviendas de protección oficial de promoción pública propiedad de la CAM.

PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE REGIRÁN EL PROCEDIMIENTO DE ENAJENACIÓN, MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA, DE
VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL DE PROMOCIÓN PÚBLICA PROPIEDAD DE LA CAM
1.-
OBJETO.-
Constituye
el objeto de este Pliego establecer las condiciones que regirán el contrato y
el procedimiento de enajenación, mediante subasta pública, de los bienes
inmuebles titularidad de la Ciudad Autónoma de Melilla que se relacionan y
detallan en el Anexo I, y cuya autorización de venta se , y cuya autorización de
venta se aprobó mediante Orden/Resolución del 20/06/2020, registrada el número
2020001026 del Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, en aplicación del acuerdo suscrito con
fecha de 15/03/2002 entre la CAM y la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo
de Melilla (EMVISMESA), sobre la gestión del Parque de Vivienda y Locales de la
CAM, actualmente prorrogado hasta el 31/12/2020.
2.-
CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO.-
El presente contrato es de carácter
privado, tal y como establecen los artículos 26 y 9.2 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP).
De conformidad con su calificación, el
presente contrato se regirá,
a) En la Fase de Preparación y
Adjudicación:
1.
Por lo establecido en este Pliego.
2. Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las
Administraciones Públicas en cuanto a las disposiciones que afecten a este
pliego y que tengan la consideración de legislación básica, de conformidad con
su Disposición final segunda.
3. Los principios extraídos en la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo,
para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse (LCSP).
4. Real Decreto
1098/2001 de 12 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de
Contratos.
5. Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se
aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RBEL).
6. Por la normativa vigente en materia de Viviendas de
Protección Oficial de carácter estatal.
7. Por el Reglamento de Adjudicación de Viviendas de
promoción pública de la CAM (BOME de 27/06/2006).
8. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de
derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
b) En
cuanto a sus efectos y extinción:
- Por el Real Decreto de 24 de julio de 1889, por el que
se publica el Código Civil.
- Por la normativa especial en materia de Viviendas de
Protección Oficial, tanto de carácter estatal como de carácter autonómico.
- Por el resto de normas de derecho privado que le sean
de aplicación según su naturaleza.
El
orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para el
conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y
adjudicación de este contrato.
El
orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias
que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y
extinción del contrato.
El
presente pliego revestirá carácter contractual.
3.-
REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA SUBASTA Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.-
3.1.-
Procedimiento.-
La
adjudicación del presente contrato se efectuará por SUBASTA, procedimiento
abierto, tramitación ordinaria, rigiéndose, en cuanto a su preparación y
adjudicación por la normativa reguladora de contratación de las
Administraciones Públicas, cuya tramitación es ordinaria al no haberse
advertido ninguna de las circunstancias previstas en el art. 119 de la LCSP.
Toda persona interesada, y que reúna
los requisitos, podrá presentar una proposición, quedando excluida toda
negociación de los términos del contrato.

Para
la valoración de las proposiciones y la determinación de las ofertas se
atenderá, por tanto, a un sólo criterio, siendo este el Precio.
3.2.-
Requisitos.-
A.-
Podrán participar en la aquéllas
personas físicas que reúnan los siguientes requisitos :
1.-
Ser español o nacional de un país miembro de la Unión Europea.
2.-
Acreditar Ingresos Familiares “ponderados” iguales o inferiores a dos veces y
media el IPREM, y superiores a 1,5 veces el IPREM (al menos un 80 por 100 de
los ingresos de la Unidad Familiar del ofertante habrá de proceder de
rendimientos del trabajo personal, derivados de éste, o de actividades
profesionales, empresariales o agrarias). Estos ingresos se referirán al
ejercicio fiscal en vigor, efectuándose la ponderación conforme al art. 21 del
Reglamento de Adjudicación de Viviendas de la CAM.
3.-
Ser mayor de edad, no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente,
de acuerdo con lo establecido en el Código Civil, y no estar incursos en causa
de prohibición de contratar.
4.-
No ser titular o poseedor en concepto de un derecho real de goce o disfrute
vitalicio, de una vivienda, con las excepciones del apartado 1.3 del Art. 18
del Reglamento de Adjudicación de Viviendas de la CAM.
5.-
No haber resultado adjudicatario, en los últimos cinco años, a título de
propietario, de vivienda de protección oficial, con la única excepción de que
la enajenación de la vivienda haya sido motivada por la emigración por causas
laborales o por permuta con la Administración.
6.-
No haber poseído vivienda a título de propiedad durante los 5 años anteriores a
la finalización del plazo de presentación de ofertas. Se aplicarán las
excepciones del apartado 1.5 del art. 18 del Reglamento de Adjudicación de
Viviendas de la CAM.
7.-
No haber ocupado de forma ilegal viviendas de promoción pública, ni haber sido
desahuciado de éstas a causa de incumplimiento del contrato de arrendamiento.
8.-
Acreditar una residencia legal en Melilla, de forma continuada, de cinco años
anteriores a la publicación del anuncio de licitación, o de seis años de forma
discontinua en los diez últimos años, debiendo en este caso acreditar al menos
24 meses de residencia inmediatamente anteriores a la fecha indicada. De este
requisito se exceptuará a los emigrantes que hubieran retornado y cuyo último
domicilio en España, previo a la emigración, hubiese estado en Melilla.
9.-
Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias con el
Estado y con la Ciudad Autónoma de Melilla.
B.-
Al constituir el objeto de la subasta Viviendas de Protección Oficial, con la
obligación de destinarla a domicilio habitual y permanente de la Unidad
Familiar del adjudicatario, se deberá acreditar:
I.
El Estado
civil del licitador. En el caso de matrimonio o parejas de hecho, la venta se
efectuará a los dos miembros (según el régimen jurídico de la unión),
debiéndose acreditar los requisitos por ambos miembros.
II.
La efectiva
ocupación de la vivienda en el plazo de tres meses desde la firma de la
Escritura, debiendo dedicarla a domicilio habitual y permanente, para lo que se
deberá firmar el documento incluido en el Anexo V.
4.-
TIPO DE LICITACIÓN.-
4.1.- El tipo de licitación se fija en la
cantidad del Precio Máximo de venta por su condición de Vivienda de Protección
Oficial, esto es:
1º.- FINCA REGISTRAL 13.910 (Vivienda en Bloque
Severo Ochoa): Ochenta y dos mil ciento catorce euros con treinta y seis
céntimos (82.114,36 €).
2º.- FINCA REGISTRAL 13.957 (Vivienda en Bloque
Severo Ochoa):Cuarenta y dos mil doscientas veintiséis euros con veinticuatro
céntimos (42.226,24 €)
3º.- FINCA REGISTRAL 14.078 (Vivienda en Bloque
Huerta Salama): Cincuenta y siete mil ciento ochenta y seis euros con quince
céntimos (57.186,15€)
4º.- FINCA REGISTRAL 14.801 (Vivienda en Bloque
Explanada de Camellos): Ochenta y un mil ochocientos veintidós euros con
catorce céntimos (81.822,14€).
4.2.- No se admitirán
ofertas por encima del Precio máximo de venta ni por debajo del 80% de ese
precio, esto es:
FINCA REGISTRAL 13.910: 65.691,48€
FINCA REGISTRAL 13.957: 33.780,99€
FINCA REGISTRAL 14.078: 45.748,92€
FINCA REGISTRAL 14.801: 65.457,71€
En el importe de adjudicación no están incluidos
los gastos notariales, de registro y demás Impuestos que graven la citada
transmisión cuyos pagos corresponderá satisfacer al adjudicatario, excepto en
el Plusvalía.
El licitador podrá presentar oferta para las 4 viviendas, constituyendo
una única fianza sobre el valor de la vivienda de mayor precio a la que vaya a
optar. Caso que resultase ganador, decaerá en su derecho sobre las otras.
5.-
FORMA DE PAGO.-
El
precio de adjudicación se pagará por el adjudicatario mediante cheque bancario
en el momento de formalizar la escritura de compraventa, en el plazo y con las
indemnizaciones contempladas en la Cláusula 16ª.
6.-
FIANZA PROVISIONAL.
Para tomar parte en la
subasta es indispensable que el licitador haya depositado previamente en
metálico el 10% del precio máximo de venta fijado en el apartado 3, esto es:
1º.- FINCA REGISTRAL 13.910: 8.211,43 €
2º.- FINCA REGISTRAL 13.957: 4.222,62 €
2º.- FINCA REGISTRAL 14.078: 5.718,61 €
3º.- FINCA REGISTRAL 14.801: 8.182,21 €

El Depósito se llevará a
cabo mediante ingreso en la Cta/Cte Nº ES41 2103 2031 91 0030007973 de
EMVISMESA, y por el valor de la de mayor precio si fuera a optar entre varias
viviendas.
Dicha
cantidad tendrá el carácter de fianza provisional y será devuelta al licitador
al que no se le hubiese adjudicado la vivienda
Esta fianza podrá también prestarse mediante
aval prestado en la forma y condiciones reglamentarias, por alguna entidad
financiera de España.
La garantía total depositada
quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades del
adjudicatario, así como a la indemnización de los perjuicios que se causen por
la no formalización de la escritura de compraventa por causa imputable al
adjudicatario.
7.-
GASTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO.-
Todos los gastos e impuestos derivados de la
presente enajenación, tales como los relativos a escrituración, inscripción en el Registro
de la Propiedad, transmisiones patrimoniales, IPSI, etc. serán por cuenta y a
cargo del adjudicatario, excepto el de Plusvalía.
8.-
MESA DE CONTRATACIÓN.-
La
Mesa de Contratación será la que está constituida con carácter permanente.
9.-
CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO.-
La
Transmisión de la vivienda y el precio de la misma se realiza en concepto de
"cuerpo cierto", por lo que no cabrá reclamación alguna en razón de
diferencias de superficie edificable o variaciones del volumen edificable, por
lo que dichas diferencias, en el supuesto de producirse, no podrán ser causa de
impugnación o resolución del contrato, ni podrá dar lugar a reclamación
económica.
10.-
CAPACIDAD PARA CONTRATAR.-
Podrán
participar en la subasta las personas naturales españolas o extranjeras
miembros de un país de la Unión Europea, que tengan plena capacidad de obrar y
no se encuentren incursos en causa de prohibición de contratar, requisitos que
deberán concurrir en el momento de finalización del plazo de presentación de
ofertas.
En el caso de licitadores,
cuyo estado civil sea el de casado, deberá concurrir obligatoriamente en
compañía del cónyuge, dado el imperativo legal de destinar la vivienda a
residencia habitual y permanente de la unidad familiar, formando parte la
vivienda adjudicada de la sociedad de gananciales o por mitad indivisa.
En el caso de licitador
soltero, que concurra conjuntamente con otro, la adjudicación se hará por mitad indivisa,
teniendo la obligación ambos de destinar la vivienda a residencia habitual y
permanente.
En ambos casos podrá
designarse un representante o apoderado único con facultades para ejercer los
derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato.
Todos ellos responderán solidariamente de las obligaciones contraídas
e igualmente, a la hora de participar en
la subasta, cada uno de ellos deberá cumplir los requisitos exigidos en el
apartado anterior y los establecidos en la Cláusula 3ª.
11.-
ACREDITACIÓN DE LA APTITUD PARA CONTRATAR Y MODO DE ACREDITARLA.-
11.1.-
Momento de acreditar la aptitud.-
Sólo
tendrá que acreditarla el licitador o licitadores propuestos para la
adjudicación del contrato a requerimiento del órgano de contratación según lo
dispuesto en la cláusula 15 del presente pliego un plazo de 10 días hábiles, que se
elevarán a 30 días hábiles caso de ser extranjero, para presentar la documentación establecida en el
puntos 12.3. Ello, sin perjuicio de la
declaración responsable que habrá de presentarse con la presentación de proposiciones de conformidad
con la cláusula siguiente.
11.2.-
Modo de acreditar la aptitud.-
Se
acreditará mediante la aportación de la documentación necesaria para acreditar
que concurren los requisitos previstos en la cláusula 3.
12.-
PRESENTACIÓN DE OFERTAS.-
12.1.- Los participantes en la subasta presentarán sus
ofertas en el Registro General de EMVISMESA, en horario de 9,00h a 13,00h, en
el plazo de 26 días naturales a contar desde la publicación en el BOME y vendrá acompañada de dos sobres
cerrados denominados:
Sobre 1: Documentación
Personal - Subasta Pública de Vivienda en Calle xxxxxxxxxx
Sobre 2: Documentación
Económica - Subasta Pública de Vivienda en Calle XXXXX
12.2.- Contenido de los Sobres.-
SOBRE 1.- DOCUMENTACIÓN PERSONAL.
En el sobre de Documentación Personal se
incluirá:
a).- Documentos acreditativos de la
personalidad:
-
Fotocopia
del documento nacional de identidad.
-
Para el
supuesto de participación conjunta, cada uno deberá aportar su documentación
personal y los requisitos determinados en la cláusula Tercera.

-
Si se
obra en representación de otra persona, documento nacional de identidad y
documento notarial de poder bastante inscrito a favor de la persona que ostente
la representación.
b).- Declaración efectuada por el concursante,
según modelo que se adjunta como Anexo nº III, de no estar incurso en ninguna
de las causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar con la
Administración, aceptando expresamente la nulidad del contrato a partir de la
fecha en que, en su caso, se demuestre la falsedad de la declaración
presentada.
c).- Justificación de la solvencia económica y
financiera, que deberá acreditarse a través del informe de alguna entidad
financiera donde se confirme la viabilidad del otorgamiento del préstamo
hipotecario para la compra de la vivienda en el caso que resultase
adjudicatario.
d).- Certificado de estar al corriente en el
pago de impuestos y tributos con la
Ciudad Autónoma de Melilla.
e).- Resguardo acreditativo del depósito previo
del 10 por ciento del importe de la subasta.
f).- Certificado histórico de empadronamiento.
g) Declaración del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2019, correspondiente a la
unidad familiar del adjudicatario. En el caso de no estar obligados a la
presentación de este impuesto, acreditarán su nivel de ingresos mediante
nóminas, certificados relativos a pensiones, etc
Caso que el licitador
presentase oferta para varias viviendas, deberá especificar en el sobre de la
DOCUMENTACIÓN PERSONAL la dirección de las viviendas.
SOBRE nº 2. DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA
En el sobre Proposición Económica se incluirá:
a).- Proposición económica, debidamente firmada
y conforme al modelo oficial que consta en este condicionado como Anexo nº IV.
12.3.- Documentación a presentar por el adjudicatario.-
El licitador propuesto como adjudicatario, dispondrá de un plazo de 10
días hábiles, que se elevarán a 30 días hábiles caso de ser extranjero,
para presentar tras el trámite de
adjudicación provisional, los siguientes documentos:
a) Certificado
del Registro de la propiedad con cobertura nacional, acreditando que no es
titular de vivienda.
En el caso de extranjeros,
deberá acreditar además, mediante certificación registral del país de origen
que no es titular de vivienda.
b) Certificación de estar al
corriente con las obligaciones fiscales, tributarias y de Seguridad Social con
el Estado.
c) Declaración del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2018, correspondiente a la
unidad familiar del adjudicatario. En el caso de no estar obligados a la
presentación de este impuesto, acreditarán su nivel de ingresos mediante
nóminas, certificados relativos a pensiones, etc.
12.4.- Los documentos que para
cumplimiento de todo lo anterior se presenten, deberán ser originales. Si se
presentaran copias o fotocopias de los mismos, deberán estar autenticadas
notarialmente o por la Administración Municipal. El justificante de la fianza
se presentará necesariamente en original.
El licitador también podrá
enviar sus proposiciones por correo dentro del plazo de admisión indicado en el
anuncio, en cuyo caso el interesado deberá acreditar con el resguardo
correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y
anunciar en el mismo día al Órgano de Contratación, por fax o telegrama, la remisión
de la proposición.
Sin tales requisitos no será
admitida la proposición en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado
en el anuncio de licitación.
Transcurridos, no obstante, cinco días naturales desde la terminación
del plazo de presentación sin haberse recibido la proposición, ésta no será
admitida en ningún caso.
12.5.- Durante los veinte primeros
días del plazo de licitación, por cualquier interesado se podrá solicitar de
Emvismesa el acceso a las viviendas para la comprobación de su estado,
situación, características, etc.
13.- APERTURA DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN PROVISIONAL.-
La
Mesa de la Subasta se reunirá a puerta cerrada dentro de los ocho días
naturales siguientes al de la terminación del plazo de presentación de ofertas
para proceder a la apertura y valoración del sobre “Documentación Personal”,
con exclusión del relativo al de "Documentación Económica", calificándola y resolviendo sobre la
admisión de los licitadores que hayan presentado la documentación exigida en
tiempo y forma.
Si
la Mesa de Contratación observara defectos en la documentación presentada,
podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo oportuno, de cinco días
naturales como máximo, para que el licitador los subsane, volviendo a calificar
la documentación aportada en acto interno. Si las omisiones o deficiencias en
la documentación administrativa fueran substanciales o insubsanables, la Mesa
acordará la inadmisión del licitador.
La
Mesa de Contratación, se reunirá, en acto público para la apertura del sobre de
la Proposición Económica, en la Sala de Juntas de su sede, sita en la Avda.
Minas del Rif, local Nº 3, a las 12,00 horas del
VIGESIMO día natural desde la finalización del plazo de presentación de
ofertas. Si el vigésimo fuese inhábil, la celebración del acto será el primer
día hábil siguiente. Se notificará a los
licitadores presentados en tiempo y forma y se anunciará en el Portal de
Contratación, dando cuenta del resultado del examen y calificación del sobre
“Documentación Personal”.
Si
se presentaran varias ofertas del mismo importe sobre la misma vivienda, la
adjudicación se resolverá mediante SORTEO.
Las
ofertas admitidas se ordenarán de mayor a menor para cada una de las viviendas.

En
el caso que un licitador resultase en primer lugar en más de una vivienda
tendrá que optar en el plazo máximo de 3 días hábiles a una de ellas, decayendo
cualquier derecho sobre las otras.
Se
declarará desierta la subasta si no se presentasen ofertas, si las presentadas
son inferiores al precio mínimo de licitación o si no cumplen las condiciones
recogidas en el presente pliego. En este supuesto el precio mínimo fijado para
las viviendas en el presente pliego permanecerán fijos durante un año, pudiendo
EMVISMESA en ese plazo, previa comprobación de los requisitos de acceso
establecidos en el punto 2, proceder a su venta de forma directa, a través de
la publicitación de la vivienda en el tablón de anuncios de la sociedad.
Transcurrido el año, se procedería a la convocatoria de un nuevo procedimiento
de adjudicación, con el nuevo precio que se determine.
14.- MEJORA DE OFERTA.
Tras
finalizar el acto de la subasta, la postura resultante de la adjudicación
provisional podrá en el mismo momento podrá ser mejorada en cantidad igual o
superior a 1.000€ o hasta el Precio Máximo de Venta. Si dicho precio fuese
alcanzado por varios, se resolverá la adjudicación mediante sorteo entre ellos.
15.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA
La Mesa de Contratación evacuados, en su caso, los informes
correspondientes, y previa comprobación de que el adjudicatario reúne todos los
requisitos para formalizar la compra de una vivienda de protección oficial de
promoción pública, elevará la adjudicación provisional al órgano competente de
la CAM para su aprobación definitiva.
16.- FORMALIZACION DEL
CONTRATO Y PAGO DEL REMATE.
Una
vez adjudicada definitivamente la subasta, se iniciarán los plazos para la
formalización de la compraventa mediante la firma de la correspondiente
Escritura Pública, lo que se llevará a cabo en el plazo de TRES meses desde la
notificación de la adjudicación definitiva. El pago del precio de adjudicación
resultante de la subasta, descontado el importe de la Fianza Provisional,
deberá ser abonado por el licitador adjudicatario antes o en el momento de la
formalización de la escritura pública. Este plazo sólo podrá ser prorrogado por
causas objetivas. En el indicado plazo por el adjudicatario de deberá solicitar
la correspondiente autorización de la Delegación del Gobierno.
El
ingreso de las cantidades arriba referenciadas es condición previa a la
formalización de la correspondiente escritura de compra-venta e inscripción en
el registro de la propiedad, y entrega de llaves.
Si
el adjudicatario no realiza lo señalado en este apartado o bien no comparece a
la formalización del contrato de compra-venta perderá el 25% de las cantidades que hasta el momento
haya entregado en concepto de fianza, pudiéndose adjudicar el contrato, en su
caso, al licitador o licitadores siguientes de la Lista resultante del Sorteo o
puja, o declarar desierta la subasta para proceder a una nueva adjudicación.
En
todo caso, el adjudicatario original responderá, además de la pérdida de la
fianza, de los daños y perjuicios que se causen por la diferencia económica que
se derive de la nueva adjudicación cuando se resuelva el contrato por cualquier
causa que le sea imputable.
El
adjudicatario quedará por tanto decaído de todo derecho y sin acción para el
reintegro de la fianza incautada, debiendo abonar igualmente los daños y
perjuicios ocasionados.
Las
citadas consecuencias, como cláusula penal por incumplimiento del contrato, se
previenen con efecto automático y de pleno derecho y atribuyen a EMVISMESA la
inmediata titularidad y disponibilidad sobre dichos fondos y la incoación de
las acciones pertinentes para la reparación de daños y perjuicios.
Si por cualquier causa el
licitador no presentase la documentación requerida, no cumpliese los requisitos
exigidos, no efectuase el pago en los plazo exigidos, etc, dando por fallida la
adjudicación provisional, se pasará al siguiente partícipe integrado en la
lista de esa vivienda.
17.-
CONDICIÓN RESOLUTORIA Y DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO
Si en el plazo
de seis meses tras el otorgamiento de la escritura de compraventa, no se
produce el empadronamiento del adquirente en la vivienda, se estipula como
CONDICION RESOLUTORIA expresa, procediéndose a la resolución de la
adjudicación. En este caso la Ciudad Autónoma podrá resolver la compraventa,
recuperando la propiedad, reteniéndose el importe de todos los gastos
ocasionados y el 10% de lo percibido en concepto de daños y perjuicios.
Durante los 10
primeros años desde la escritura de compraventa, la Ciudad Autónoma de Melilla
tendrá el derecho de Tanteo y Retracto sobre la vivienda, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 1507 y siguientes del Código Civil.
18.- RESCISION DEL CONTRATO
Y REVERSION
Las
obligaciones establecidas en el presente pliego serán reflejadas en la
Escritura Pública. Su incumplimiento, será causa de rescisión del contrato y de
reversión a la Ciudad Autónoma de Melilla de la vivienda objeto del presente
pliego, estableciéndose la pérdida de la garantía definitiva y la reparación de
los daños y perjuicios ocasionados.
19.- JURISDICCION Y
PROCEDIMIENTO
Las
controversias que se susciten entre los concurrentes a la subasta (resulten
adjudicatarios o no) y EMVISMESA en relación con la preparación y adjudicación
de este contrato serán sustanciadas ante el órgano de contratación, cuya
resolución podrá recurrirse ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con
los recursos respectivos.
Las
controversias que se susciten entre el adjudicatario y EMVISMESA en relación
con el resto de las cuestiones derivadas del presente contrato, relativas a su
formalización, cumplimiento o incumplimiento y resolución, serán sustanciadas
ante la Jurisdicción Civil y mediante el ejercicio de las acciones que
correspondan de conformidad con la Ley de Enjuiciamiento Civil.

20.- RECURSOS.
Contra
el presente Pliego y las resoluciones administrativas que se adopten en
ejecución del mismo podrán interponerse recurso contencioso administrativo de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Jurisdicción
Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses desde su publicación.
Asimismo podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero
de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El recurso potestativo
de reposición habrá de interponerse en el plazo de un mes desde la publicación
del presente pliego. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será
de un mes. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del
recurso extraordinario de revisión.

ANEXO I
VIVIENDA Nº 1: “SEVERO OCHOA”
FINCA REGISTRAL: 13.910 de Melilla
URBANA: Vivienda Duplex del tipo D-1 en
segunda planta, señalada con el número Cuatro en el portal número tres en el
BLOQUE SEVERO OCHOA.
ANEJOS: tiene como anejo inseparable la
Finca Nº13784 correspondiente al aparcamiento Nº18 del mismo bloque.
Número de dormitorios: 3
DIRECCIÓN ACTUAL:
General
Astilleros, Nº47-Esc 3 Duplex, Planta 2º-Pta 4ª
Referencia Catastral Vivienda: 5641602WE0054S0168RK.
Referencia
Catastral Garaje: 5641602WE0054S0054DR.
Superficie: Construida: ciento tres metros
cincuenta centímetros cuadrados
(103,50m²)
Útil: Ochenta y nueve con noventa y nueve
centímetros cuadrados (89,99m²)
Cuota vivienda: cero enteros, ochenta y
cuatro centésimas por ciento (0,84%)
Cuota garaje:cero enteros, diez centésimas
por ciento (0,10%)
LINDEROS:
Frente, Rellano de escalera y vivienda
número Tres de esta planta
Derecha, entrando con vuelo de patio
interior de luz
Izquierda, con vuelo de acerado del Bloque
que lo separa de vuelo de la calle General Astilleros.
Fondo, con vivienda número uno de la Segunda
planta del Portal número 4
CARGAS: CALIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL DE PROMOCIÓN PÚBLICA.EXPTE:
53.56.88.050.01 del 09/02/1993.
VIVIENDA Nº 2: “SEVERO OCHOA”
FINCA REGISTRAL: 13.957 de Melilla
URBANA: Vivienda Piso en la calle Bustamante
S/N, portal 8, Planta 1, Puerta
ANEJOS: tiene como anejo inseparable la
Finca Nº13.825 correspondiente al aparcamiento Nº59 del mismo bloque.
Número de dormitorios: 1
DIRECCIÓN ACTUAL:
Plaza de la
Goleta, Nº2-Es 8-Pl 01-03
Referencia Catastral Vivienda:. 5641602WE0054S0215GY
Referencia
Catastral Garaje: 5641602WE0054S0101QG.
Superficie: Construida: cincuenta y cuatro
metros con cincuenta centímetros cuadrados
(54,50m²)
Útil: Cuarenta y siete metros con cuarenta y
un centímetros cuadrados (47,41m²)
Cuota vivienda: cero enteros cuarenta y
cuatro centésimas por ciento (0,44%)
Cuota garaje: cero enteros, una décima por
ciento (0,10%)
LINDEROS:
Frente, Rellano de escalera
Derecha, Vivienda Nº4 de esta planta
Izquierda:Vivienda Nº2 de esta planta
Fondo, con vuelo de acerado del Bloque que
lo separa de vuelo de la Plaza de la Goleta
CARGAS: CALIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL DE PROMOCIÓN PÚBLICA.EXPTE: 53.56.88.050.01
del 09/02/1993
VIVIENDA Nº 3: “HUERTA SALAMA”
FINCA REGISTRAL: 14.078 de Melilla
URBANA: Vivienda del Tipo B, en cuarta
planta, señalada con la Letra A, en el portal número tres del Edificio Miguel
de Cervantes, sito en el lugar conocido como Huerta Salama, conjunto
urbanístico denominado “Alfonso XIII”
ANEJOS: Sin anejos.
Número de dormitorios: 3
DIRECCIÓN ACTUAL: Escultor Mustafa Arruf, Nº4-Portal
3-4ºA
Referencia Catastral: 4943404WE0044S0023BQ
Superficie: Construida: Noventa y nueve
metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados (99,53m²)
Útil: Sesenta y seis metros cuadrados
(66m²).
Cuota: Un entero nueve centésimas por
ciento.(1,09%)
LINDEROS:
Frente, Rellano de escalera y vivienda
señalada con la letra B de esta planta
Derecha, entrando con vuelo de acerado de la
edificación;
Izquierda, con vuelo del patio interior de
la edificación;
Fondo, con vivienda señalada con la letra B
de la cuarta planta del portal número cuatro
CARGAS: CALIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL DE PROMOCIÓN PÚBLICA.EXPTE:
ML-88/010 del 09/12/1993.
VIVIENDA Nº 4: “EXPLANADA CAMELLOS”
FINCA REGISTRAL: 14.801 de Melilla
URBANA: Vivienda sin anejos ubicada en la
calle Africa s/n Portal 5-Planta B-Puerta 3. C.P. 52005, Situación: Peñón de
Vélez.
ANEJOS: Sin anejos.
Número de dormitorios:3
DIRECCIÓN ACTUAL: Explanada Alvarez Claro, Nº12,
Portal 5-Bajo-3 Dcha
Referencia Catastral: 4646401WE0044N0037BR.
Superficie: Construida: Ochenta y siete
metros, sesenta y dos decímetros cuadrados (87,62m²).
Útil: Setenta y seis metros con ochenta y
nueve centímetros cuadrados (76,89m²).
Cuota: Dos enteros, dos décimas por ciento.
(2,02%)

LINDEROS:
Frente, Rellano de escalera y vivienda como
elemento Nº36
Derecha, con Urbanización interior;
Izquierda, con acerado de la parcela;
Fondo, con urbanización interior.
CARGAS: CALIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL DE PROMOCIÓN PÚBLICA. EXPTE:
53.56.90.030 del 28/09/1994

ANEXO II
INSTANCIA
Don/Doña
.............................................................................................,
con D.N.I./C.I.F. ..............................., vecino/a de
.................................... con domicilio en …………… .............................. a
efectos de notificaciones en calle ...........................................
................................., Teléfono
.........................., en nombre propio o en representación de
...................................................................... con
D.N.I./C.I.F. ............................... con domicilio en
.................................................................... Teléfono
.......................
EXPONE:
-
Que enterado/a del Pliego de Condiciones aprobado para la Subasta pública de la
Vivienda sita en C/ ________________________________ (Finca Registral _______)
propiedad de XXXXXXXXX, y conforme al
mismo,
SOLICITA:
Ser
admitido en dicha subasta, indicando que será (el firmante o su representado)
quien realice la puja y formalice el contrato con EMVISMESA en caso de resultar
adjudicatario.
Acompaña
los dos sobres, de documentación personal y económica, conforme al Pliego.
En
Melilla , a (fecha y firma).
______________________________________________________________________
Nota:
En el caso de que concurran dos o más personas a la licitación conjuntamente,
deberán aportar la documentación personal de cada una de ellas y, asimismo,
indicar en que porcentaje participa cada una de ellas y, declaración de que
asumen de forma solidaria el cumplimiento de las obligaciones dimanantes de su
participación en la subasta, debiendo nombrar ante EMVISMESA a la persona que
le representará en las actuaciones administrativas de la subasta.

ANEXO III.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (a cumplimentar por cada uno de los
titulares ).
D./Dna. _________________
_________________________________ con DNI/NIF
________________________mayor de edad, con domicilio en ______________Calle
o Plaza
_________________________________________________Nº____ Piso_____
Letra________
A los efectos de participar en la subasta de la vivienda sita en la
calle _______________________________ (Finca Registral__________) DECLARO
RESPONSABLEMENTE:
- Que no mantienen deudas de ningún tipo con la Ciudad Autónoma de
Melilla ni con la Administración del Estado.
- Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad o
incompatibilidad para contratar con la Administración.
- Que acepta expresamente la nulidad del contrato a partir de la fecha
en que, en su caso, se demuestre la falsedad de la declaración presentada.
- Que reúne los requisitos fijados en la cláusula 3 del presente Pliego
para poder ser adjudicatario de una vivienda de protección oficial de promoción
pública, comprometiéndose a presentar los documentos correspondientes en el
momento procedimental oportuno.
En Melilla a …………...
Fdo.:

ANEXO Nº IV
PROPOSICION
ECONOMICA
Don/Doña
…........................................................................................................
con C.I.F.................................., vecino/a de
..............................................., con domicilio en
...............................................................................................
Teléfono ..........................., (O en representación de
...........................................................................................................................
con C.I.F. ............................... con domicilio en
.................................................................... Teléfono
..........................., enterado/a del Pliego de condiciones para la
Subasta pública de Vivienda sita en C/ _________________________________ (Finca
Registral Nº_________) titularidad de la Ciudad Autónoma de Melilla,
OFERTA
el siguiente precio de compraventa:
Reflejar
la Cantidad en Letra: |
Reflejar
la cantidad en número _____________ euros. |
Nota:
En esta oferta no se incluye los gastos de Escritura, Registro, Hacienda y
demás gastos e impuestos que procedan en cada caso, que serán por cuenta del
comprador y que se aplicará conforme a la legislación vigente.
(Fecha
y firma)

ANEXO V
(DECLARACIÓN
JURADA)
Don/Doña
…........................................................................................................
con C.I.F.................................., vecino/a de ...............................................,
con domicilio en
...............................................................................................
Teléfono ..........................., (O en representación de
...........................................................................................................................
con C.I.F. ............................... con domicilio en
.................................................................... Teléfono
..........................., enterado de las limitaciones y obligaciones que
rigen el régimen de las viviendas de protección oficial se COMPROMETEN a
dedicar la vivienda para la que licita, en caso de ser adjudicatario, a
residencia habitual y permanente y a ocuparla en un plazo máximo de tres meses
desde su entrega.
(fecha
y firma)
NOTA ADJUNTA
SUBASTA DE 4 VIVIENDAS DE VPO
-
Plazo de presentación de ofertas hasta el Lunes 03/08/2020 a las 13,00h
-
Apertura de Sobres:
SOBRE A, en acto no
público, el Martes 11/08/2020.
SOBRE B, en acto público,
el día 24/08/2020:
-VIVIENDAS VPO a las
12,00h.
- VISITA A
LAS VIVIENDAS, para poder visitar las viviendas deberán concertar cita en
EMVISMESA, llamando al teléfono
952679480 en horario de 9h a 13h, antes del día 28/07/2020.
-
Para cualquier otra i formación, deberán contactar con Secretaria de
EMVISMESA en horario de Oficina