ARTÍCULO Nº 445 (CVE: BOME-A-2020-445) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5771 - martes, 7 de julio de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MELILLA S.A. - EMVISMESA
Pliego de cláusulas particulares que regirán el procedimiento de enajenación, mediante subasta pública, de vivienda libres propiedad de la CAM.
PLIEGO DE
CLÁUSULAS PARTICULARES QUE REGIRÁN EL PROCEDIMIENTO DE ENAJENACIÓN, MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA, DE
VIVIENDAS LIBRES PROPIEDAD DE LA CAM
1.- OBJETO
Constituye el
objeto de este Pliego establecer las condiciones que regirán el contrato y el procedimiento
de enajenación, mediante subasta pública, de los bienes inmuebles titularidad
de la Ciudad Autónoma de Melilla que se relacionan y detallan en el Anexo I, y
cuya autorización de venta se aprobó mediante Orden/Resolución del 20/06/2020,
registrada el número 2020001026 del Libro Oficial de Resoluciones de la
Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte , en aplicación del acuerdo
suscrito con fecha de 15/03/2002 entre la CAM y la Empresa Municipal de la
Vivienda y Suelo de Melilla (EMVISMESA), sobre la gestión del Parque de
Vivienda y Locales de la CAM, actualmente prorrogado hasta el 31/12/2020.
2.- CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO.-
El presente contrato es de carácter privado, tal y como establecen
los artículos 26 y 9.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26
de febrero de 2014 (en adelante LCSP).
De conformidad con su calificación, el presente contrato se
regirá,
a) En la Fase de Preparación y Adjudicación:
-
Por lo establecido en este Pliego.
-
Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas en cuanto a las
disposiciones que afecten a este pliego y que tengan la consideración de
legislación básica, de conformidad con su Disposición final segunda.
-
Los principios
extraídos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
y sus disposiciones de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que
pudieran presentarse (LCSP).
-
Real Decreto 1098/2001 de 12 de Octubre, por
el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos.
-
Real Decreto
1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las
Entidades Locales (RBEL).
-
Supletoriamente se
aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las
normas de derecho privado.
b) En cuanto a sus efectos y extinción:
-
Por el Real
Decreto de 24 de julio de 1889, por el que se publica el Código Civil.
-
Por el resto de
normas de derecho privado que le sean de aplicación según su naturaleza.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será
el competente para el conocimiento de las cuestiones que se susciten en
relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para
resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los
efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
El presente pliego revestirá carácter contractual.
3.- REQUISITOS
PARA PARTICIPAR EN LA SUBASTA Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION.
3.1.- Procedimiento.-
La adjudicación del presente contrato se efectuará por
SUBASTA, procedimiento abierto, tramitación ordinaria, rigiéndose, en cuanto a
su preparación y adjudicación por la normativa reguladora de contratación de
las Administraciones Públicas, cuya tramitación es ordinaria al no haberse
advertido ninguna de las circunstancias previstas en el art. 119 de la LCSP.
Toda persona interesada, y que reúna los requisitos, podrá
presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos
del contrato.
Para la valoración de las proposiciones y la
determinación de las ofertas se atenderá, por tanto, a un sólo criterio, siendo
este el Precio.
3.2.- Requisitos.-
Podrán participar en la subasta aquellas personas
físicas que reúnan los siguientes requisitos:
1.-Ser español o nacional de un país miembro de la
Unión europea.
2.- Acreditar Ingresos Familiares “ponderados” iguales
o inferiores a cinco veces y media el IPREM, (al menos un 80 por 100 de los
ingresos de la Unidad Familiar del ofertante habrá de proceder de rendimientos
del trabajo personal, derivados de éste, o de actividades profesionales,
empresariales o agrarias). Estos ingresos se referirán al ejercicio fiscal en
vigor, efectuándose la ponderación conforme al art. 21 del Reglamento de
Adjudicación de Viviendas de la CAM.
3.-No ser propietario de vivienda de protección
oficial de régimen general o especial en todo el territorio nacional.
4.-Debe encontrase al corriente de las obligaciones
tributarias con el Estado y Ciudad Autónoma.
5.-Podrán participar en la subasta las personas
naturales españolas o de un país miembro de la Unión Europea, que tengan plena
capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica y financiera y no se
encuentren incursos en causa de prohibición de contratar, requisitos que
deberán concurrir en el momento de finalización del plazo de presentación de
ofertas.
Caso de ser adjudicatario quedará obligado a
destinar la vivienda a residencia habitual y permanente durante un plazo mínimo
de 5 años.
4- TIPO DE LICITACION
El tipo de licitación se fija en la cantidad mínima
de:
1.- Finca 12.586 (Vivienda en Conjunto Ciudad de
Málaga): Ochenta y seis mil ochocientas setenta y siete euros (86.877€)
2.- Finca 18.990 (Vivienda en Grupo Corea): Ciento
setenta y siete mil dieciséis euros con sesenta y nueve céntimos (177.016,69€).
3.- Finca 27.336 (Vivienda en Grupo Polavieja):
Noventa y un mil cuatrocientas setenta euros (91.470€)
Precios que podrán ser mejorados al alza. No se
admitirán ofertas por debajo del referido tipo de licitación.
En el importe de adjudicación no están incluidos
los gastos notariales, de registro y demás
Impuestos que graven la citada transmisión cuyos pagos corresponderá
satisfacer al adjudicatario, excepto en el Plusvalía
El licitador podrá presentar oferta para varias
viviendas, constituyendo una única fianza sobre el valor de la vivienda de
mayor precio. Caso que sus ofertas resultasen ganadoras, deberá manifestar en
el mismo acto su elección sobre una de ellas, pasando la vivienda
descartada al licitador con la segunda
mejor oferta.
5.- FORMA
DE PAGO
El precio de adjudicación se pagará por el adjudicatario mediante cheque bancario en el momento de
formalizar la escritura de compraventa, en el plazo y con las indemnizaciones
contempladas en la Cláusula 16ª.
6.- FIANZA PROVISIONAL .
Para tomar
parte en la subasta es indispensable que el licitador haya depositado
previamente en metálico el 10% del precio
mínimo de licitación fijado en la cláusula 4, mediante ingreso en la Cta/Cte Nº
ES41 2103 2031 91 0030007973 de EMVISMESA. y por el valor de la de mayor precio
si fuera a optar a varias viviendas.
Dicha cantidad
tendrá el carácter de fianza provisional y será devuelta al licitador a cuyo
favor no hubiese quedado hecho el remate.
Esta fianza
podrá también prestarse mediante aval prestado en la forma y condiciones
reglamentarias, por alguna entidad financiera de España.
La garantía total depositada quedará afecta al
cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades del contratista, así como
a la reparación de los posibles daños y perjuicios ocasionados por el mismo.
7.- GASTOS POR
CUENTA DEL AJUDICATARIO.
Todos
los gastos e impuestos derivados de la presente enajenación, tales como los
relativos a escrituración, inscripción en el Registro de la Propiedad,
transmisiones patrimoniales, IPSI, etc. serán por cuenta y a cargo del
adjudicatario, excepto el de Plusvalía
8.- MESA DE CONTRATACION.
La Mesa de Contratación será la que está
constituida con carácter permanente.
9.-
CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO.
La Transmisión de la vivienda y el precio de la
misma se realiza en concepto de "cuerpo cierto", por lo que no cabrá
reclamación alguna en razón de diferencias de superficie edificable o
variaciones del volumen edificable, por lo que dichas diferencias, en el
supuesto de producirse, no podrán ser causa de impugnación o resolución del
contrato, ni podrá dar lugar a reclamación económica.
10.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán participar en la subasta las personas
naturales españolas o extranjeras miembros de un país de la Unión Europea, que
tengan plena capacidad de obrar y no se encuentren incursos en causa de
prohibición de contratar, requisitos que deberán concurrir en el momento de
finalización del plazo de presentación de ofertas.
Asimismo,
podrán contratar licitadores que participen conjuntamente mediante la
aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de
concurrencia conjunta por su relación de parentesco como cónyuge o pareja de
hecho, se indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos y se
designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los
derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato. Todos ellos
responderán solidariamente de las obligaciones contraídas e igualmente, a la
hora de participar en la subasta, cada uno de ellos deberá cumplir los
requisitos exigidos en el apartado anterior y en la Cláusula 3ª, salvo el de
los ingresos que se computará el de la unidad familiar
11.- ACREDITACIÓN DE LA APTITUD PARA
CONTRATAR Y MODO DE ACREDITARLA.-
11.1.- Momento de acreditar la aptitud.-
Sólo tendrá que acreditarla el licitador o licitadores
propuestos para la adjudicación del contrato a requerimiento del órgano de
contratación según lo dispuesto en la cláusula 15 del presente pliego. Ello,
sin perjuicio de la declaración responsable que habrá de presentarse con la presentación de proposiciones de
conformidad con la cláusula siguiente.
11.2.- Modo de acreditar la aptitud.-
Se acreditará mediante la aportación de la
documentación necesaria para acreditar que concurren los requisitos previstos
en la cláusula 3, disponiendo de un plazo de 10 días hábiles, que
se elevarán a 30 días hábiles caso de ser extranjero, para presentarla.
12.-
PRESENTACION DE OFERTAS.
12.1.- Los participantes en la subasta presentarán sus
ofertas en el Registro General de EMVISMESA, en horario de 9’00h a 13,00h en el
plazo de 26 días naturales a contar desde la publicación en el BOME y que
vendrá acompañada de dos sobres cerrados denominados:
Sobre 1: Documentación Personal - Subasta Pública
de Vivienda en Calle xxxxxxxxxx
Sobre 2: Documentación Económica - Subasta Pública
de Vivienda en Calle XXXXX
12.2.- Contenido de los Sobres.-
SOBRE 1.- DOCUMENTACIÓN PERSONAL.
En el sobre de Documentación Personal se
incluirá:
a).- Documentos acreditativos de la personalidad:
- Fotocopia del documento
nacional de identidad.
- Para el supuesto de
participación conjunta, cada uno deberá aportar su documentación personal y los
requisitos determinados en la cláusula décima anterior.
- Si se obra en representación
de otra persona, documento nacional de identidad y documento notarial de poder
bastante inscrito a favor de la persona que ostente la representación.
b).- Declaración efectuada por el licitador, según
modelo que se adjunta como Anexo nº III, de no estar incurso en ninguna de las
causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración,
aceptando expresamente la nulidad del contrato a partir de la fecha en que, en
su caso, se demuestre la falsedad de la declaración presentada.
c).- Justificación de la solvencia económica y
financiera, que deberá acreditarse a través del informe de alguna entidad
financiera donde se confirme la viabilidad del
otorgamiento del préstamo hipotecario para la compra de la vivienda en el caso
que resultase adjudicatario.
d).- Certificado de estar al corriente en el pago
de impuestos y tributos de pago con la Ciudad Autónoma de Melilla.
e) Declaración del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas del ejercicio 2019 correspondiente a la unidad familiar del
adjudicatario. En el caso de no estar obligados a la presentación de este
impuesto, acreditarán su nivel de ingresos mediante nóminas, certificados
relativos a pensiones, etc.
f).- Resguardo acreditativo del depósito previo del
10 por ciento del importe de la subasta
Caso que el licitador presentase oferta para ambas
viviendas, deberá especificar en el sobre de la DOCUMENTACIÓN PERSONAL la
dirección de ambas viviendas.
SOBRE nº 2. DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA
En el sobre Proposición Económica se
incluirá:
a).- Proposición económica, debidamente firmada y
conforme al modelo oficial que consta en este condicionado como Anexo nº IV.
12.3.- Documentación a presentar por el
adjudicatario.-
El licitador propuesto
como adjudicatario, dispondrá de un plazo de 10 días hábiles, que se elevarán a
30 días hábiles caso de ser extranjero, para
presentar tras el trámite de adjudicación provisional, los siguientes
documentos:
a).- Certificado del Registro de la propiedad con
cobertura nacional, acreditando que no es titular de vivienda. En el supuesto
que la anotación sea positiva, deberá acreditar que la vivienda no está
sometida a ningún régimen de protección, ni general ni especial.
En el caso de
extranjeros, deberá acreditar, además,
mediante certificación registral del país de origen que no es titular de
vivienda protegida.
12.4.- Los documentos que para cumplimiento de todo lo
anterior se presenten, deberán ser originales. Si se presentaran copias o
fotocopias de los mismos, deberán estar autenticadas notarialmente o por la
Administración Municipal. El justificante de la fianza se presentará
necesariamente en original.
El licitador también podrá enviar sus proposiciones
por correo dentro del plazo de admisión indicado en el anuncio, en cuyo caso el
interesado deberá acreditar con el resguardo correspondiente, la fecha de
imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar en el mismo día al
Órgano de Contratación, por fax o telegrama, la remisión de la proposición.
Sin tales requisitos no será admitida la proposición
en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de
licitación.
proposición,
ésta no será admitida en ningún caso.
12.5.- Durante
los veinte primeros días del plazo de licitación, por cualquier interesado se
podrá solicitar de Emvismesa el acceso a las viviendas para la comprobación de
su estado, situación, características, etc.
13.- APERTURA
DE OFERTAS Y ADJUDICACION PROVISIONAL
La Mesa de la Subasta se reunirá a puerta cerrada
dentro de los ocho días naturales siguientes al de la terminación del plazo de
presentación de ofertas para proceder a la apertura y valoración del sobre
“Documentación Personal”, con exclusión del relativo al de "Documentación
Económica", calificándola y resolviendo sobre la admisión de los
licitadores que hayan presentado la documentación exigida en tiempo y forma.
Si la Mesa de Contratación observará defectos en la
documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo
oportuno, de cinco días naturales como máximo, para que el licitador los
subsane, volviendo a calificar la documentación aportada en acto interno. Si
las omisiones o deficiencias en la documentación administrativa fueran
substanciales o insubsanables, la Mesa acordará la inadmisión del licitador.
La Mesa de Contratación, se reunirá, en acto
público para la apertura del sobre de la Proposición Económica, en la Sala de
Juntas de su sede, sita en la Avda. Minas del Rif, local Nº 3, a las 9,00 horas
del VIGESIMO día natural desde la finalización del
plazo de presentación de ofertas. Si el vigésimo fuese inhábil, la celebración
del acto será el primer día hábil siguiente. Se notificará
a los licitadores presentados en tiempo y forma y se anunciará en el Portal de
Contratación, dando cuenta del resultado del examen y calificación del sobre
“Documentación Personal”.
Las
ofertas admitidas se ordenarán de mayor a menor para cada una de las viviendas.
En el
caso que un licitador resultase en primer lugar en más de una vivienda tendrá
que optar en el plazo máximo de 3 días hábiles a una de ellas, decayendo
cualquier derecho sobre las otras.
Se declarará desierta la subasta si no se presentasen
ofertas, si las presentadas son inferiores al precio de licitación o si no
cumplen las condiciones recogidas en el presente pliego. En este supuesto el
precio mínimo fijado para las viviendas en el presente pliego permanecerán
fijos durante un año, pudiendo EMVISMESA en ese plazo, previa comprobación de
los requisitos de acceso establecidos en el punto 2, proceder a su venta de
forma directa, a través de la publicitación de la vivienda en el tablón de
anuncios de la sociedad. Transcurrido el año, se procedería a la convocatoria
de un nuevo procedimiento de adjudicación, con el precio que se determine.
14.-
RESOLUCIÓN DE IGUALDAD EN OFERTAS.-
Tras
finalizar el acto de la subasta, la postura resultante de la adjudicación
provisional podrá en el mismo momento podrá ser mejorada en cantidad igual o
superior a 1.000€. Si dicho precio fuese alcanzado por varios, se resolverá la
adjudicación mediante sorteo entre ellos.
15.-
ADJUDICACIÓN DEFINITIVA
La Mesa de Contratación y evacuados, en
su caso, los informes correspondientes, elevará la adjudicación provisional al
ÓRGANO competente de la CAM para su aprobación definitiva.
16.-
FORMALIZACION DEL CONTRATO Y PAGO DEL REMATE.
Una vez
adjudicada definitivamente la subasta, se iniciarán los plazos para la
formalización de la compraventa mediante la firma de la correspondiente
Escritura Pública, lo que se llevará a cabo en el plazo de TRES meses desde la
notificación de la adjudicación definitiva. El pago del precio de adjudicación
resultante de la subasta, descontado el importe de la Fianza Provisional,
deberá ser abonado por el licitador adjudicatario antes o en el momento de la
formalización de la escritura pública. Este plazo sólo podrá ser prorrogado por
causas objetivas. En el indicado plazo por el adjudicatario de deberá solicitar
la correspondiente autorización de la Delegación del Gobierno.
Si el adjudicatario no realiza lo señalado en este
apartado o bien no comparece a la formalización del contrato de compra-venta
perderá el 25% de las cantidades que hasta el momento haya entregado en
concepto de fianza, pudiéndose adjudicar la vivienda, en su caso, al licitador
o licitadores siguientes a aquél, por orden decreciente de sus ofertas, previa
conformidad del interesado, o declarar desierta la subasta para proceder a una
nueva adjudicación.
En todo caso, el adjudicatario original responderá,
además de la pérdida de la fianza, de los daños y perjuicios que se causen por
la diferencia económica que se derive de la nueva adjudicación cuando se
resuelva el contrato por cualquier causa que le sea imputable.
El adjudicatario quedará por tanto decaído de todo
derecho y sin acción para el reintegro de la fianza incautada, debiendo abonar
igualmente los daños y perjuicios ocasionados.
Las citadas consecuencias, como cláusula penal por
incumplimiento del contrato, se previenen con efecto automático y de pleno
derecho y atribuyen a EMVISMESA la inmediata titularidad y disponibilidad sobre
dichos fondos y la incoación de las acciones pertinentes para la reparación de
daños y perjuicios.
Si por cualquier causa el licitador no presentase la documentación
requerida, no cumpliese los requisitos exigidos, no efectuase el pago en los
plazo exigidos, etc, dando por fallida la adjudicación provisional, se pasará
al siguiente partícipe integrado en la lista de esa vivienda.
17.- CONDICIÓN RESOLUTORIA YDERECHOS DE TANTEO Y
RETRACTO
Si
en el plazo de seis meses tras el otorgamiento de la escritura de compraventa,
no se produce el empadronamiento del adquirente en la vivienda, se estipula
este incumplimiento como CONDICION RESOLUTORIA expresa, produciéndose la
resolución de la adjudicación. En este caso la Ciudad Autónoma podrá resolver
la compraventa, recuperando la propiedad, reteniéndose el importe de todos los
gastos ocasionados y el 10% de lo percibido en concepto de daños y perjuicios.
Durante
los 10 primeros años desde la escritura de compraventa, la Ciudad Autónoma de
Melilla tendrá el derecho de Tanteo y Retracto sobre la vivienda, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 1507 y siguientes del Código Civil.
18.- RESCISION
DEL CONTRATO Y REVERSION
Las obligaciones establecidas en el presente pliego
serán reflejadas en la Escritura Pública. Su incumplimiento, será causa de
rescisión del contrato y de reversión a la Ciudad Autónoma de Melilla de la
vivienda objeto del presente pliego, estableciéndose la pérdida de la garantía
definitiva y la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
19.-
JURISDICCION Y PROCEDIMIENTO
Las controversias que se susciten entre los
concurrentes a la subasta (resulten adjudicatarios o no) y EMVISMESA en
relación con la preparación y adjudicación de este contrato serán sustanciadas
ante el órgano de contratación, cuya resolución podrá recurrirse ante la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los recursos respectivos.
Las controversias que se susciten entre el
adjudicatario y EMVISMESA en relación con el resto de las cuestiones derivadas
del presente contrato, relativas a su formalización, cumplimiento o
incumplimiento y resolución, serán sustanciadas ante la Jurisdicción Civil y
mediante el ejercicio de las acciones que correspondan de conformidad con la
Ley de Enjuiciamiento Civil.
20.- RECURSOS.
Contra el presente Pliego y las resoluciones
administrativas que se adopten en ejecución del mismo podrán interponerse
recurso contencioso administrativo de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 46 de la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo
de dos meses desde su publicación. Asimismo podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y
Deporte, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. El recurso potestativo de reposición habrá de
interponerse en el plazo de un mes desde la publicación del presente pliego. El
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes. Transcurrido
dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo,
sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de
revisión.
ANEXO I
VIVIENDA Nº 1. “CIUDAD DE
MALAGA”.
FINCA REGISTRAL: 12.586 de
Melilla
URBANA: Vivienda piso
sin anejos
DIRECCIÓN: GRUPO CIUDAD DE MÁLAGA, Bloque: 5, Planta: 1,
Planta 1, Puerta A, C.P. 52005
Situación: CIUDAD DE MÁLAGA.
Número de
dormitorios:
3 dormitorios
Referencia
Catastral:
4452201WE0045S0003KR
Superficie:
Construida: ochenta y ocho metros, veinte decímetros cuadrados (88,20m²)
Útil: setenta
metros, sesenta y seis decímetros cuadrados. (70,66m²)
Cuota: cinco
enteros, cincuenta seis centésimas por ciento (5,56%)
LINDEROS:
Frente, RELLANO Y
PISO TIPO D
Derecha, VUELO
JARDINES
Izquierda, PISO
TIPO B
Fondo, VUELO
PATIO INTERIOR Y CALLE SANTANDER
CARGAS: NO hay cargas registradas
VIVIENDA Nº
2. “COREA”
FINCA REGISTRAL: 18.990 de
Melilla
URBANA: Vivienda piso
sin anejos
DIRECCIÓN: CARLOS V, Número: SN, Portal: 8, Planta: 1ª,
Puerta: D, C.P. 52006, Situación: BARRIO INDUSTRIAL.
Número de dormitorios: 4 dormitorios
Referencia
Catastral:
5642501WE0054S0313IU
Superficie:
Construida: ciento veintidós metros, ochenta y seis decímetros cuadrados
(122,86m²)
Útil: ciento ocho
metros, cuarenta y un decímetros cuadrados (108,41m²)
Cuota: cero
enteros, cincuenta y siete centésimas por ciento (0,57%)
LINDEROS:
Frente, RELLANO
DE ESCALERAS
Derecha, VIVIENDA
LETRA C DE SU PLANTA Y PORTAL
Izquierda,
VIVIENDA LETRA B DE LAS MISMA PLANTA DEL PORTAL 9 Y PATIO DE LUCES
Fondo, VIVIENDA
LETRA D DE LAS MISMA PLANTA DEL PORTAL 10 Y PATIO COMUNITARIO
CARGAS: NO hay cargas registradas
VIVIENDA Nº
3: “GENERAL POLAVIEJA 45”
FINCA REGISTRAL: 27.336 de
Melilla
URBANA:Piso vivienda
situado en la tercera planta, subiendo a la espalda e izquierda con acceso por
el Portal sito en la calle General Polavieja número cuarenta y cinco y señalado
con la letra A.
ANEJOS: Plaza de
aparcamiento Nº9 del edificio.
Número de dormitorios:3
DIRECCIÓN ACTUAL: General
Polavieja Nº 41-3ºA
Referencia
Catastral:
5445205WE0054N0017SJ.
Superficie:
Construida: Ochenta y cuatro metros con treinta centímetros cuadrados
(84,30m²).
Útil: Sesenta y
cinco metros con ochenta y siete centímetros cuadrado (65,87m²).
Cuota: cinco
enteros noventa y una centésimas por ciento (5,91%).
LINDEROS:
Frente, con zona
común de escalera
Derecha, con
vuelo de la cubierta del edificio;
Izquierda,
entrando con vuelo de la calle General Polavieja;
Fondo, con
edificio sito en la calle General Polavieja número cuarenta y tres, del que lo
separa pared medianera. CARGAS: NO hay cargas
registradas.
ANEXO II
INSTANCIA
Don/Doña
.............................................................................................,
con D.N.I./C.I.F. ..............................., vecino/a de
.................................... con domicilio en …………… .............................. a
efectos de notificaciones en calle ...........................................
................................., Teléfono
.........................., en nombre propio o en representación de
...................................................................... con
D.N.I./C.I.F. ............................... con domicilio en
.................................................................... Teléfono
.......................
EXPONE:
- Que enterado/a del Pliego de Condiciones aprobado
para la Subasta pública de la Vivienda sita en C/
_________________________________________ (Finca Registral _____________)
propiedad de la Ciudad Autónoma de
Melilla, y conforme al mismo,
SOLICITA:
Ser admitido en dicha subasta, indicando que será
(el firmante o su representado) quien realice la puja y formalice el contrato
con EMVISMESA en caso de resultar adjudicatario.
Acompaña los dos sobres, de documentación personal
y económica, conforme al Pliego.
En Melilla , a (fecha y firma).
_____________________________________________________________________
Nota: En el caso de que concurran dos o más
personas a la licitación conjuntamente, deberán aportar la documentación
personal de cada una de ellas y, asimismo, indicar en que porcentaje participa
cada una de ellas y, declaración de que asumen de forma solidaria el
cumplimiento de las obligaciones dimanantes de su participación en la subasta,
debiendo nombrar ante EMVISMESA a la persona que le representará en las
actuaciones administrativas de la subasta.
ANEXO III.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (a cumplimentar por cada uno de los
titulares ).
D./Dna. _________________
_________________________________ con DNI/NIF
________________________mayor de edad,
con domicilio en ______________Calle o Plaza
_________________________________________________Nº____
Piso_____ Letra________
A los efectos de participar en la
subasta de la vivienda sita en la calle _______________________________ (Finca
Registra__________) DECLARO RESPONSABLEMENTE:
-Que no mantienen deudas de ningún tipo
con la Ciudad Autónoma de Melilla ni con la Administración del Estado.
-
Que no está incurso en ninguna de las causas de
incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración.
-Que acepta expresamente la nulidad del
contrato a partir de la fecha en que, en su caso, se demuestre la falsedad de
la declaración presentada
En Melilla a …………...
Fdo.:
ANEXO Nº IV
PROPOSICIóN
ECONóMICA
Don/Doña
…........................................................................................................
con C.I.F.................................., vecino/a de ...............................................,
con domicilio en
...............................................................................................
Teléfono ..........................., (O en representación de
...........................................................................................................................
con C.I.F. ............................... con domicilio en
.................................................................... Teléfono
..........................., enterado/a del Pliego de condiciones para la
Subasta pública de Vivienda en C/ ___________________________________ (Finca
Registral Nº__________) titularidad de la Ciudad Autónoma de Melilla,
OFERTA la cantidad que se indica:
Cantidad en Letra: |
Cantidad en número: _____________ euros. |
Nota: En esta oferta no se incluye los gastos de
Escritura, Registro, Hacienda y demás gastos e impuestos que procedan en cada
caso, que serán por cuenta del comprador y que se aplicará conforme a la
legislación vigente.
(Fecha y firma)
NOTA ADJUNTA
SUBASTA DE 3 VIVIENDAS DE LIBRES
-
Plazo de presentación de ofertas hasta el Lunes 03/08/2020 a las 13,00h
-
Apertura de Sobres:
SOBRE A, en acto no
público, el Martes 11/08/2020.
SOBRE B, en acto público,
el día 24/08/2020:
-VIVIENDAS LIBRES a las 9,00h.
- VISITA A
LAS VIVIENDAS, para poder visitar las viviendas deberán concertar cita en
EMVISMESA, llamando al teléfono
952679480 en horario de 9h a 13h, antes del día 28/07/2020.
-
Para cualquier otra i formación, deberán contactar con Secretaria de
EMVISMESA en horario de Oficina