ARTÍCULO Nº 471 (CVE: BOME-A-2020-471) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5774 - viernes, 17 de julio de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Orden nº 775 de fecha 13 de julio de 2020, relativo al programa de reposición de libros de texto en los Centros de Educación Infantil y Primaria sostenidos con fondos públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el próximo curso académico 2020 - 2021.
La Excma. Sra. Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad mediante Orden nº 2020000775, del día
13 de julio de 2020, ha dispuesto lo siguiente:
“El PROGRAMA DE REPOSICIÓN DE
LIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON
FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para el próximo CURSO
ACADÉMICO 2020-2021 resultó aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión
ejecutiva ordinaria el pasado día 05 de junio de 2020 con publicación en
BOME núm. 5765, del día 16 de Junio de
2020.
En el apartado 1º del citado
programa se dispone que para la implementación del programa se dispone de una
dotación, en principio, de hasta 600.000 euros, correspondientes a la
aplicación presupuestaria 14 32101 47000 “Programa de Reposición de Libros”,
R.C. nº de operación 12020000010533.
Habiéndose efectuado por la
Dirección General de Educación e Igualdad, una vez efectuadas las consultas
pertinentes con las respectivas direcciones de los centros, estudio y evaluación de las necesidades de libros a reponer en
atención al número de alumnos/as de cada Colegio participante en el citado
programa, un total de doce centros, se concluye que la dotación para el
Programa debe ser en cuantía de 440.255,80 €, para lo que existe crédito en la
referida aplicación presupuestaria 14/32101/47000 “Programa de Reposición de
Libros”, Retención de Crédito 12020000010533.
Así pues de conformidad con
el apartado 9 del PROGRAMA DE REPOSICIÓN DE LIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE
EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2020-2021), aprobado por el Consejo de
Gobierno en sesión celebrada el día 05 de junio de 2020 (BOME núm. 5765, del día 16 de Junio de 2020),
VENGO EN ORDENAR la concesión
de los siguientes importes a los distintos centros participantes en el programa
para la adquisición de los libros de texto correspondientes, con cargo a la
aplicación 14 32101 47000 “Programa Reposición de Libros” , RC nº de
operación 12020000010533.
COLEGIO |
CONCEDIDO € |
PEDRO DE ESTOPIÑAN |
36.473,85 € |
ESPAÑA |
57.857,42 € |
JUAN CARO ROMERO |
45.944,74 € |
REAL |
29.549,20 € |
VELÁZQUEZ |
51.147,52 € |
REYES CATÓLICOS |
46.219,54 € |
ANSELMO PARDO |
55.563,09 € |
HIPÓDROMO |
20.108,48
€ |
MEDITERRÁNEO |
20.720,50 € |
CONSTITUCIÓN |
20.620,83 € |
LEÓN SOLÁ |
39.170,33 € |
GABRIEL DE MORALES |
16.880,30 € |
|
|
TOTAL REPOSICIÓN |
440.255,80
€ |
Con el límite establecido en
la presente resolución, el/la directora/a de cada centro solicitará los libros
en librerías de su elección debiendo solicitar como mínimo tres ofertas de
diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso
para la entrega del bien, debiéndose seleccionar la propuesta económica más
ventajosa (menor precio).
Las facturas se emitirán a
nombre del centro educativo, incorporando en el concepto, además de la
identificación detallada de los libros de texto adquiridos, con especificación
del precio por unidad, lo siguiente: “Libros adquiridos en el marco del
Programa de Reposición de Libros de Texto del curso académico 2020-2021, para
su abono por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
Una vez adquiridos los libros
la dirección del centro remitirá a la Consejería de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla la factura emitida por el
proveedor y conformada por el director/a del centro, a la que acompañará de los
albaranes de entrega de los libros, adjuntando el documento “anexo III” a que
se refiere el apartado 9.4 de las bases del programa, debidamente
cumplimentado.
Recibida la documentación
relacionada en el apartado anterior, la Consejería de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad asumirá el pago delegado de la factura, en sustitución del
centro educativo, abonando su importe a la empresa suministradora con los
limites máximos establecidos en la presente resolución.
En ningún caso el precio de
adquisición excederá del establecido para la venta al público de los libros
adquiridos. En otro caso el centro asumirá la diferencia con cargo a la partida
de gastos de funcionamiento de su presupuesto ordinario.
Con anterioridad al 31 de diciembre
de 2020 el centro educativo deberá aportar, ante la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad una memoria justifica expresiva del cumplimiento
de los fines para los que se otorga la subvención así como de la relación de
alumnos y alumnas a los que se han proporcionado libros de texto en el marco
del presente programa.
De conformidad con el
artículo 121 y demás concordantes de la ley 39/2015, de 01 de Octubre, del
procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota
la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de
la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo
presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano
competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar
cualquier otro recurso que estime oportuno.”
Lo que se publica en el
Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.
Melilla
14 de julio de 2020,
El
Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
Joaquín
M. Ledo Caballero