ARTÍCULO Nº 501 (CVE: BOME-A-2020-501) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5778 - viernes, 31 de julio de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de julio de 2020, relativo a la aprobación de la oferta de empleo público para el año 2020.
El
Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el 24 de julio de
2020, ha procedido a la aprobación de la propuesta de la Consejería de
Presidencia y Administración Pública, adoptando el siguiente acuerdo registrado
al número 2020000414:
“
El
artículo 70 apdo. 1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público (BOE de 31 de octubre) preceptúa:
“Las necesidades de recursos humanos, con asignación
presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de
nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro
instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal,
lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos
selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional,
fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la
ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá
desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.”
Por
otra parte el artículo 91 de la Ley 7/1985, de las Bases del Régimen Local,
señala que las Corporaciones Locales formarán su oferta de empleo público
ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal. Las leyes
de Presupuestos del Estado han venido incluyendo tradicionalmente determinados
preceptos con carácter básico que han impregnado de cierta rigidez la
conformación de las ofertas de empleo público de las diferentes
Administraciones Públicas.
El
Consejo de Ministros, en su reunión de 28 de diciembre de 2018, adoptó el
Acuerdo por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga
para 2019 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el
ámbito del sector público).
Asimismo, en su reunión de fecha 27 de Diciembre de
2019, adopta el Acuerdo por el que se establecen los criterios de aplicación de
la prórroga para 2020 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en el
año 2019 (Real
Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero de 2020, por el que se aprueban medidas
urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público (BOE 22 DE
ENERO DE 2020)
Estas
medidas cumplen con el artículo 134 de la Constitución Española, en el que se
recoge que si al llegar el 1 de enero no hay una nueva Ley de Presupuestos, se
considerarán automáticamente prorrogadas las cuentas públicas del ejercicio
anterior.
Al
no verse derogada ni modificada la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018, publicada en el B.O.E. de 4/07/2018, en
lo que es preceptivo, se considera sigue en vigor lo que establece el TÍTULO III.- De los gastos de personal.-
CAPÍTULO I: De los gastos del personal al servicio del sector público.
Por
otra parte, el artículo 70.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, establece que la Oferta de empleo público o instrumento
similar podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos
humanos.
En cuanto a la competencia para su aprobación
corresponde al Consejo de Gobierno a tenor del Art. 16.1.28 del Reglamento del
Gobierno y Administración BOME extraord. nº 2 de fecha 30/01/17.
En
su virtud, y visto el Acuerdo de la Mesa General Común de Personal Funcionario
y Laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla en sesión celebrada el 5 de febrero
de 2019, VENGO EN
PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se apruebe
la Oferta de Empleo Público para el año 2020, adjuntada como Anexo a la
presente Propuesta.
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO
2020
ACCESO LIBRE
FUNCIONARIOS DE CARRERA
DENOMINACIÓN |
SUBGRUPO |
ESCALA |
SUBESCALA |
CLASE |
PLAZAS |
Técnico Economista |
A1 |
Admón. Especial |
Técnica |
Téc. Sup. |
1 |
Ingeniero Téc. Obras Públicas |
A2 |
Admón. Especial |
Técnica |
Téc. Med. |
1 |
Bombero-Conductor |
C1 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Ext. Incendios |
9 |
Auxiliar Administrativo |
C2 |
Admón. General |
Auxiliar |
|
1 |
Oficial Sepulturero |
C2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Personal Oficios |
2 |
Oficial de Mercados/Matadero |
C2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Personal Oficios |
3 |
Oficial Lacero |
C2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Personal Oficios |
1 |
Oficial Electromecánica |
C2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Personal Oficios |
1 |
Agente de Movilidad |
C2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Com. Especiales |
6 |
Agente Vig. y Control Importación |
C2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Personal Oficios |
2 |
Operario de Servicios |
E |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Personal Oficios |
2 |
PERSONAL LABORAL
DENOMINACIÓN |
GRUPO TITULACIÓN |
PLAZAS |
Ingeniero Técnico
Industrial |
A2 |
1 |
Maestro Educación
Infantil |
A2 |
1 |
Auxiliar de Biblioteca |
C2 |
1 |
Oficial Fontanero |
C2 |
1 |
Auxiliar de Hogar |
E |
2 |
PROMOCIÓN INTERNA
FUNCIONARIOS DE CARRERA
DENOMINACIÓN
|
SUBGRUPO |
ESCALA |
SUBESCALA |
CLASE |
PLAZAS |
A2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Policía Local |
1 |
|
A2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Policía Local |
2 |
|
A2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
2 |
||
C2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
1 |
PERSONAL LABORAL
DENOMINACIÓN |
GRUPO TITULACIÓN |
PLAZAS |
Asistente de Guardería |
C2 |
8 |
De conformidad con los artículos 123 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente
Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso
potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o
notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos
meses desde la publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se hace público para su conocimiento y
efectos.
Melilla
29 de julio de 2020,
El
Secretario Accidental del Consejo de Gobierno,
Antonio
Jesús García Alemany