ARTÍCULO Nº 547 (CVE: BOME-A-2020-547) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5781 - martes, 11 de agosto de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Orden nº 848 de fecha 4 de agosto de 2020, relativa a concesión de asignación a distintos colegios dentro del programa de adquisición de libros de texto correspondientes a la asignatura de inglés.

BOME-P-2020-1693 Descargar página

 

La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Orden número 2020000848 , del día 04 de agosto de 2020, ha dispuesto lo siguiente:

 

“El Consejo de Gobierno aprobó, en sesión del pasado día 05 de junio de 2020, el PROGRAMA DE REPOSICIÓN DE LIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2020-21), que fue publicado en BOME  núm. 5765, del día 16 de Junio de 2020, y cuyo apartado 9 “Procedimiento para la adquisición de los libros de textos nuevos “  establece que las direcciones de los colegios  plantearan las necesidades de los libros de texto a fin de que desde la Dirección General de Educación e Igualdad se formule la correspondiente propuesta de resolución.  En el plazo estipulado han sido doce colegios públicos de educación infantil y primaria los que se han inscrito al mismo.

 

El citado programa cuanta con una dotación máxima de 600.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 14 32101 47000 “Programa Reposición de Libros” , RC nº de operación  12020000010533.

 

Por ello, mediante Orden nº120200000775 del 13 de julio último, rectificada por Orden núm. 12020000807 del 21 de julio de 2020 ( BOME 5777, del martes 28 de julio de 2020) se acordó, a propuesta de la Dirección General citada,  la concesión de cuantía a cada  uno de los colegios participantes para el desarrollo del programa, cuya cuantía total asciende a 452.942,50 €.

 

Por parte de ocho colegios participantes, al tener conocimiento de la disponibilidad de crédito suficiente y en base a la escasez de recursos económicos de las  familias agravado por la crisis provocada por el COVID-19, se expresa, según consta en el procedimiento,  la necesidad de incluir en el programa que nos ocupa los libros de texto de la asignatura de inglés. Cuatro colegios ya los incluyeron en la necesidad planteada inicialmente.

 

Por la Dirección General de Educación e Igualdad, ante la existencia de crédito suficiente con cargo a Retención de Crédito 12020000010533, se formula propuesta de conceder asignación  a esos ocho colegios solicitantes para la inclusión en el programa de los libros de texto de la asignatura de inglés en  cuantías que abajo se relacionan.

 

Por lo anterior, VENGO EN ORDENAR la concesión de los siguientes importes a los distintos centros participantes en el programa para la adquisición de los libros de texto correspondientes  a la asignatura de inglés, con cargo a la aplicación 14 32101 47000 “Programa Reposición de Libros”, RC nº de operación  12020000010533.

 

COLEGIO                                                     CONCEDIDO €

PEDRO DE ESTOPIÑAN                                14.943,36 €

ESPAÑA                                                         18.933,22 €

JUAN CARO ROMERO                                   14.975,89 €

REAL                                                              17.547,96 €

MEDITERRÁNEO                                             10.076,21 €

CONSTITUCIÓN                                                9.928,44 €

LEÓN SOLÁ                                                     14.292,07 €

GABRIEL DE MORALES                                  5.739,48 €

 

TOTAL                                                            106.536,63   €

 

Con el límite establecido en la presente resolución, el/la directora/a de cada centro solicitará los libros de inglés en librerías de su elección debiendo solicitar como mínimo tres ofertas de 
BOME-P-2020-1694 Descargar página

diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la entrega del bien, debiéndose seleccionar la propuesta económica más ventajosa  (menor precio).

 

Las facturas se emitirán a nombre del centro educativo, incorporando en el concepto, además de la identificación detallada de los libros de texto adquiridos, con especificación del precio por unidad, lo siguiente: “Libros adquiridos en el marco del Programa de Reposición de Libros de Texto del curso académico 2020-2021, para su abono por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Una vez adquiridos los libros la dirección del centro remitirá a la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla la factura emitida por el proveedor y conformada por el director/a del centro, a la que acompañará de los albaranes de entrega de los libros, adjuntando el documento “anexo III” a que se refiere el apartado 9.4 de las bases del programa, debidamente cumplimentado.

 

Recibida la documentación relacionada en el apartado anterior, la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad asumirá el pago delegado de la factura, en sustitución del centro educativo, abonando su importe a la empresa suministradora con los limites máximos establecidos en la presente resolución.

 

En ningún caso el precio de adquisición excederá del establecido para la venta al público de los libros adquiridos. En otro caso el centro asumirá la diferencia con cargo a la partida de gastos de funcionamiento de su presupuesto ordinario.

 

Con anterioridad al 31 de diciembre de 2020 el centro educativo deberá aportar, ante la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad una memoria justifica expresiva del cumplimiento de los fines para los que se otorga la subvención así como de la relación de alumnos y alumnas a los que se han proporcionado libros de texto en el marco del presente programa.

 

De conformidad con el artículo 121 y demás concordantes de la ley 39/2015, de 01 de Octubre, del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno .”

 

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.

 

Melilla 6 de agosto de 2020,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Joaquín M. Ledo Caballero