ARTÍCULO Nº 552 (CVE: BOME-A-2020-552) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5782 - viernes, 14 de agosto de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de julio de 2020, relativo a nombramiento de miembros de la administración de la mesa sectorial de la Policía Local y Personal del SEIPS.
El Consejo de Gobierno, en sesión
ejecutiva Ordinaria celebrada el día 24 de julio de 2020, adoptó, entre otros,
el siguiente acuerdo:
PUNTO
DÉCIMO SEGUNDO.- NOMBRAMIENTO MIEMBROS ADMÓN. DE LA MESA SECTORIAL DE LA
POLICIA LOCAL Y PERSONAL DEL SEIPS.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar
Propuesta de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, que
literalmente dice:
“DESIGNACIÓN
REPRESENTANTES EN MESAS SECTORIALES DE NEGOCIACIÓN DE POLICÍA LOCAL Y BOMBEROS.
De conformidad con el artículo
3.1) del Reglamento de las Mesas Sectoriales de Negociación de Policía Local y
Personal del SEIPS de la Ciudad Autónoma de Melilla ( BOME nº 5566 de 20 de
Julio de 2018) , que establece que para intervenir en el precitado órgano de negociación colectiva
en representación de la Administración, El Consejo de Gobierno deberá designar cuatro
miembros.
VENGO EN PROPONER AL
CONSEJO DE GOBIERNO, de conformidad con las competencias
asumidas por el Presidente de la Ciudad Autónoma, en virtud del Decreto nº 133
de 10 de Julio de 2020 ( BOME ext. Nº 32 de 10/07/2020 ), de avocación de
competencias en materia de seguridad ciudadana , se nombren a:
Dº. Eduardo
de Castro González. Presidente de la Ciudad Autónoma.
D. Juan
Palomo Picón. Director General de Presidencia y Universidades.
Dª
Francisca Fernández del Carmen. Jefe de Sección de Retribuciones.
Dª .Mª del
Carmen Barranquero Aguilar. Secretaria Técnica de Seguridad Ciudadana.
Asimismo, podrán asistir como asesores,
entre otros:
Dº Antonio
Jesús García Alemany. Secretario del Consejo de Gobierno.
Dº Luis
Miguel Palacios Arduengo. Superintendente de la Policía Local.”
De conformidad con los arts. 123
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extra. Núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el
presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe
recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla
en el plazo de un mes a partir de su publicación o
notificación, o bien,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la
jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses
desde la publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar cualquier
otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se hace público para su
conocimiento y efectos.
Melilla 11
de agosto de 2020,
El
Secretario Accidental del Consejo de Gobierno,
Antonio
Jesús García Alemany