ARTÍCULO Nº 636
(CVE: BOME-A-2020-636)
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BOME Nº 5789 - martes, 8 de septiembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - UNIVERSIDAD DE GRANADA - Servicio de Personal Docente e Investigador
Resolución de 7 de septiembre de 2020, relativa a convocatoria de concurso público para la adjudicación de contratos de profesores asociados de ciencias de la salud para el curso 2020/2021, en el Campus de Melilla.

Resolución de 7 de septiembre de 2020, de la
Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la
adjudicación de contratos de Profesores
Asociados de Ciencias de la Salud para el curso 2020/2021 en el Campus de
Melilla.
Conforme a las normas
contenidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Decreto Legislativo
1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Andaluza de Universidades; Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados
por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de
Andalucía; Real Decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado
Universitario y posteriores modificaciones del mismo; el Primer Convenio
Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las
Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA de 9 de mayo de 2008; Real Decreto 1558/86 de 28 de junio (modificado
por Real Decreto 1652/1991 de 11 de octubre), y la Adenda de fecha 15 de marzo
de 2018 al Convenio de colaboración suscrito el 1 de septiembre de 2011 entre
la Universidad de Granada y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria
(INGESA), para la realización de prácticas en Centros Sanitarios de Ceuta y
Melilla, se convoca Concurso Público para la adjudicación de contratos de
Profesores Asociados de Ciencias de la Salud en el Campus de Melilla que
figuran en el anexo I de
plazas de esta Resolución.
1. PLAZAS.
Las relacionadas como Anexo I adjunto.
2.
CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS
2.1. Tipo de contrato: Laboral. Los
Profesores Asociados de Ciencias de la Salud serán contratados, con carácter
temporal y con dedicación a tiempo parcial según se establece en el Real
Decreto 1558/86, de 28 de junio (BOE nº 182, de 31 de julio).
2.2. Duración: Los contratos tendrán
una duración de un curso académico, prorrogable sólo en el caso de que se
mantengan las necesidades docentes que determinaron la dotación de la plaza.
2.3. Edad: Haber cumplido 16 años y no superar la edad reglamentaria de
jubilación.
2.4. Régimen de dedicación: Tiempo parcial 3 horas de docencia (teórica
o prácticas no clínicas) semanales y un número igual de horas de tutorías y
asistencia a los alumnos, que se desarrollarán dentro de la jornada laboral
legalmente establecida para su actividad asistencial.
2.5. Titulación: Licenciado, Graduado Universitario, o Diplomado
Universitario.
2.6. Requisitos específicos: Los
concursantes deberán ser personal de plantilla, con plaza en propiedad o no, y
prestar servicios asistenciales en el Centro, Unidad y Servicio en el que se
oferte la plaza.
Los contratos que se adjudiquen estarán
vinculados a la correspondiente Área de Conocimiento y Departamento de la
Universidad de Granada, así como al Ámbito Asistencial correspondiente y al
Servicio y/o Unidad Asistencial descritos en el Anexo de plazas.
2.7. Funciones: Las funciones a
realizar por los contratados y su régimen jurídico, en general, será el
contenido en el Real Decreto 1558/86 y en la legislación de aplicación al caso.
No podrán concurrir al presente concurso quienes
hayan sido separados, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o se encuentren inhabilitados para
el ejercicio de las funciones públicas o padezcan enfermedad física o psíquica
que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
3.
SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
3.1. Quienes deseen participar en este proceso
selectivo podrán realizar su inscripción en el plazo de siete días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de
la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, a través de la sede electrónica de la
Universidad de Granada, https://sede.ugr.es, utilizando el procedimiento
electrónico “Concursos a plazas docentes: Solicitud de admisión” disponible en
dicha sede.
Para
que los/as interesados/as no tengan que aportar toda la documentación
justificativa, la Universidad de Granada accederá a las bases de datos de las
Administraciones, con garantía de confidencialidad y con la única finalidad de
verificación y consulta de los datos consignados en la inscripción, salvo que
el solicitante desee presentar la documentación por manifestar su oposición
motivada a la consulta. Esta oposición deberán manifestarla en el apartado
correspondiente de la solicitud en sede electrónica.
3.2. En el caso de no oponerse a
la consulta por parte de la Universidad de los datos consignados en la
solicitud, se deberá acompañar, para cada una de las plazas a las que se aspire,
los siguientes documentos:
a.
Justificante de haber abonado en Bankia en la cuenta abierta a nombre de
"Universidad de Granada. Pruebas selectivas" ES05
20383505366400012738 la cantidad de 30 euros en concepto de derechos. En ningún
caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Estarán exentas del pago de los precios públicos:
·
Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100,

·
plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado
ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de
rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a
la condición de demandante de empleo citada en el párrafo anterior se
solicitará en las correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en ella
todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.
En cuanto a la acreditación
de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del
solicitante, para lo que se podrá utilizar el modelo que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria.
Ambos documentos, certificación y declaración, deberán acompañar a la
solicitud.
·
Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos/as, debiendo acreditar tal condición
·
Las familias numerosas, que tendrán derecho a una exención del 100 por
100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una
bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general.
a.
Declaración
responsable firmada
por el/la aspirante en la que se indique que las fotocopias y copias digitales
de los justificantes documentales de los méritos alegados son fiel reflejo de
los originales.
b.
Certificación
de ser personal de plantilla, con plaza en propiedad o no, y destino en el
Ámbito Asistencial y Servicio y/o Unidad Asistencial al que concurse.
Los solicitantes deberán acompañar esta documentación en formato pdf, a través
de la sede electrónica.
3.3. En el caso de oponerse a la consulta por parte de la
Universidad de los datos consignados en la solicitud, además de la
documentación requerida en el apartado anterior, deberá acompañarse la
siguiente documentación:
-
Fotocopia del DNI o pasaporte
-
Fotocopia de la titulación principal requerida o, en su defecto,
fotocopia de la certificación supletoria provisional al título que tendrá una
validez de un año desde la fecha de emisión de dicha certificación (Disposición
final tercera del Real Decreto 22/2015, de 23 de enero). En el caso de
titulaciones extranjeras deberá acreditarse la correspondiente homologación o
reconocimiento por el órgano competente.
-
Certificado de discapacidad, si fuera el caso.
-
Acreditación de la condición de familia numerosa, si fuera el caso.
-
Los solicitantes deberán acompañar esta
documentación en formato pdf, a través de la sede electrónica.
La no aportación de lo establecido en este
apartado en el plazo de presentación de solicitudes o en el de subsanación a
que se refiere la base 4.2, determinará la exclusión automática del solicitante
en este procedimiento.
3.4. Una vez generado el
resguardo en papel de esta solicitud, éste
se deberá presentar en cualquier registro oficial, acompañado de toda la
documentación acreditativa de méritos Los/as aspirantes deberán aportar obligatoriamente toda la documentación acreditativa de los méritos alegados EN
SOPORTE CD/DVD y POR DUPLICADO (2 CD/DVD). Los CD/DVD deben estar debidamente
identificados con el nombre del o la aspirante y el código de la plaza. Cada
mérito debe acreditarse en un único archivo PDF que contendrá uno o varios
documentos; los nombres de los archivos no deben exceder 10 caracteres.
Concretamente, los/as aspirantes deberán aportar en soporte CD/DVD la siguiente
documentación:
a)
El Modelo de curriculum
vitae debidamente cumplimentado en formato Word. (AL FINAL DEL DOCUMENTO
SE ENCUENTRAN LAS INSTRUCCIONES PARA ADJUNTAR LOS DOCUMENTOS EN PDF).
b)
Justificación documental en PDF de cada uno de los méritos alegados en
el curriculum vitae, que deberán ser justificados de acuerdo con las Instrucciones para la acreditación de
méritos del currículum vitae en los concursos de Profesor Asociado de Ciencias
de la Salud de la Universidad de Granada; la no acreditación de un
mérito conforme a dichas instrucciones supondrá la no baremación del mérito.
Todos los archivos acreditativos de méritos deben enlazarse al apartado
correspondiente del Modelo normalizado de curriculum vitae.
Todos los documentos que no
estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la
correspondiente traducción oficial si así es requerido por la Comisión de
Evaluación.
Los/as aspirantes quedan
vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes y
curriculum vitae. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se
admitirá ninguna solicitud de modificación salvo causa excepcional sobrevenida,
justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión de Evaluación.
Todos los requisitos,
méritos y circunstancias alegados por los concursantes deberán poseerse a la
fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
3.5. La
Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en la
solicitud no estén debidamente justificados conforme a las Instrucciones para la acreditación de
méritos del currículum vitae en los concursos de Profesor Asociado de Ciencias
de la Salud de la Universidad de Granada.
3.6. Será motivo de
exclusión, además no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de
los requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas, el estar el/la
interesado/a ocupando una plaza de igual categoría, área de conocimiento,
perfil, dedicación y campus.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de
solicitudes, el Rectorado de la Universidad de Granada dictará Resolución por
la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación
de las causas de exclusión.

La citada resolución será publicada en la página
web del Servicio de Personal Docente e Investigador, sirviendo de notificación
a los interesados. A partir de dicha fecha de publicación se contarán los
plazos (http://serviciopdi.ugr.es).
4.2. Contra la
anterior Resolución, los/as interesados/as dispondrán de un plazo de 10 días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para poder
subsanar los defectos en que hayan podido incurrir. Dicha subsanación se
realizará, a través del procedimiento “Concursos a plazas docentes: Reclamación
a la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as” disponible en la sede
electrónica de la Universidad de Granada..
Cuando algún/a interesado/a, habiendo
presentado la solicitud dentro de plazo, no acompañe los documentos
acreditativos de los méritos alegados especificados en el punto 3.4, dispondrá
de ese mismo plazo (diez días hábiles desde la publicación de la lista
provisional de admitidos/as y excluidos/as) para la presentación de dichos
documentos acreditativos en los registro oficiales. Dicha documentación se
presentará obligatoriamente EN SOPORTE
CD/DVD en los términos establecidos en la base 3.4 de esta convocatoria.
La Resolución que apruebe definitivamente las
listas de admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia,
quienes estén legitimados para ello podrán formular recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la citada Resolución o potestativamente
recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.
5.1. Las Comisiones
encargadas de resolver estos concursos estarán constituidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 126
de los Estatutos de la Universidad de Granada, por los siguientes miembros:
·
El Vicerrector competente en materia de profesorado, o persona en quien
delegue, que la presidirá.
·
El Decano o Director del Centro donde principalmente vaya a impartir
docencia el contratado o la contratada, o persona en quien delegue.
·
El Director del Departamento al que se adscriba la plaza, o persona en
quien delegue.
·
Tres profesoras o profesores doctores del ámbito del conocimiento con
vinculación permanente a la Universidad de Granada, a propuesta del
departamento, y sus respectivos suplentes, procurando una composición
equilibrada entre mujeres y hombres.
·
Un profesor o profesora doctor con vinculación permanente a la
Universidad de Granada a propuesta de la representación de las trabajadoras y
los trabajadores, y su suplente.
La composición de cada
Comisión será publicada en la página web del Servicio de Personal Docente e
Investigador de esta Universidad (http://serviciopdi.ugr.es)
5.2. La Comisión de Evaluación, una vez
constituida, examinará el cumplimiento de los requisitos exigidos en las
presentes bases.
5.3. La
Comisión valorará a los/as aspirantes de acuerdo con los Criterios generales
de valoración de méritos para la contratación de Profesores Asociados de
Ciencias de la Salud en la Universidad de Granada, aprobados en la sesión
ordinaria del Consejo de Gobierno de 18 de diciembre de 2018. La Comisión de Evaluación, una vez
constituida y antes de acceder a los expedientes de los concursantes, hará
públicos en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la
Universidad de Granada el grado de afinidad de cada uno de los méritos con el
área de conocimiento de la plaza.
La Comisión de Evaluación será competente para
resolver las dudas que puedan surgir en relación con la aplicación e
interpretación del baremo, contando con el asesoramiento técnico de los órganos
de la Universidad de Granada competentes.
La Comisión podrá solicitar a los/as
concursantes la aportación de documentación complementaria a la ya presentada.
5.4. La
Comisión resolverá el concurso y hará la correspondiente propuesta de
contratación a favor del concursante o de los concursantes (según sea una o más
las plazas convocadas) mejor valorados. En todo caso, hará público en la página
web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad el resultado
del mismo, especificando las puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de
los apartados considerados en el baremo. La propuesta será elevada al Rectorado
de la Universidad de Granada.
5.5. Todos los concursos podrán resolverse con
la no adjudicación de la plaza/s, cuando a juicio de la Comisión de evaluación
los curriculum de los/as aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente
o asistencial de la plaza.
5.6. La comunicación del resultado del concurso
a los/as aspirantes, seleccionados o no, se entenderá practicada mediante la
publicación de la propuesta efectuada por la Comisión de Evaluación en la
página web del Servicio de Personal de la Universidad de Granada. A tal fin
los/as aspirantes deberán actuar con la diligencia razonable para estar al
corriente del desarrollo del concurso y de la publicación en la citada página
web del resultado del mismo, cuya fecha de publicación se hará constar en el
mismo anuncio.
5.7. La lista de valoración de los concursantes
efectuada por la Comisión de Evaluación podrá ser usada por riguroso orden de
puntuación para el caso de que fuese necesario realizar una contratación para
sustituir a un Profesor Asociado de Ciencias de la Salud, siempre que el perfil
de la plaza se ajuste a las necesidades docentes sobrevenidas. Dichas listas estarán activas durante el curso
académico en el que se convocan las plazas, y durante el siguiente curso
académico completo, hasta el 30 de septiembre.
6.1. Contra el acuerdo de la Comisión de
Evaluación formulando la propuesta de provisión de la plaza, los interesados
podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente a su publicación en la página web del Servicio de Personal, ante
el Rector de la Universidad de Granada que resolverá una vez recabada la
información necesaria.
6.2. Transcurridos tres meses desde la
interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se entenderá
desestimado el recurso y quedará expedita la vía procedente.

imposible o difícil reparación, o, aprecie en la
fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta de causa de nulidad
de pleno derecho, A tal fin se formalizará el contrato laboral con el/la
aspirante propuesto/a, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso
tanto en vía administrativa como jurisdiccional, llevara consigo la extinción
de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición
resolutoria de la misma.
7.
FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS
7.1. Realizadas las propuestas, el Rectorado
extenderá los correspondientes contratos previa presentación por parte del/la
candidata/a de la documentación que le sea requerida a tal efecto. Los/as
interesados/as tendrán un plazo máximo para ello de cinco días hábiles a contar
desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión. En el
caso de no presentarse el/la interesado/a en el referido plazo a la firma del
contrato, se entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos de fuerza mayor,
libremente apreciados por el Rectorado.
7.2. La celebración o subsistencia del contrato
se condiciona a la autorización de la compatibilidad con la actividad que venga
desempeñando o con aquellas otras públicas o privadas que pueda desempeñar
durante la vigencia del contrato.
7.3. En los casos de renuncia o cualquier otra
causa que impida la contratación del/la aspirante seleccionado/a, podrá
formalizarse la incorporación con el7la siguiente más valorado, si la Comisión
no hubiese acordado que este/a candidato/a no se ajusta al perfil docente de la
plaza o cuando no se adecue a las exigencias académicas de la misma.
8.1 La documentación de los/as candidatos/as a
plazas que no hayan sido objeto de recurso podrá ser retirada del
Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador por los y las interesadas
transcurridos dos meses desde la publicación de la propuesta de provisión en la
página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de
Granada. A partir de ese momento dispondrán de un mes para retirar su documentación;
transcurrido dicho plazo sin haber solicitado dicha documentación se procederá
a su destrucción.
8.2 La documentación de los/as candidatos/as a
las plazas que hayan sido objeto de recurso no podrá ser retirada hasta la
firmeza de la resolución recurrida. Estos/as pueden consultar si la plaza ha
sido o no objeto de recurso a través de un correo electrónico dirigido a
vicepdi@ugr.es.
9.1. El concurso y posterior contratación se regirá por
las normas de la presente convocatoria, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de
abril; Real Decreto 898/1985 de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado
Universitario y posteriores modificaciones del mismo, en todo lo que no se
oponga a la anterior Ley; Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por
Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de
Andalucía; Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, Convenio Colectivo del
Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de
Andalucía; los Criterios
generales de valoración de méritos para la contratación de Profesores Asociados
de Ciencias de la Salud en la Universidad de Granada, aprobados en la sesión
ordinaria del Consejo de Gobierno de 18 de diciembre de 2018 y demás normas de carácter
general que resulten de aplicación.
9.2 La
convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de la misma y de las
actuaciones de la Comisión de Evaluación, podrán ser impugnados por los/as
interesados/as en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).
Granada, 7 de septiembre de 2020
LA RECTORA

UNIVERSIDAD DE GRANADA ANEXO I: PLAZAS DE PROFESORADO CONTRATADO |
|||||
Número |
Dedicación |
Departamento |
Ámbito de conocimiento |
Docencia |
Nº Plazas |
1/6M/PCS/2021’ |
3 HORAS |
FISIOTERAPIA |
FISIOTERAPIA |
ASISTENCIAL:
FISIOTERAPEUTA. CENTRO ASISTENCIAL: HOSPITAL COMARCAL DE
MELILLA. UNIDAD: SERVICIO DE FISIOTERAPIA. ACTIVIDAD ASISTENCIAL: PROPIAS DE FISIOTERAPIA. |
2 |