ARTÍCULO Nº 663 (CVE: BOME-A-2020-663) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5791 - martes, 15 de septiembre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión ejecutiva extraordinaria de fecha 3 de septiembre de 2020, relativo a nombramiento de D. Julio Liarte Parres como Director General de Planificación Estrategia y Programación de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.

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El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Extraordinaria celebrada el 3 de septiembre de 2020, ha procedido a la aprobación de la propuesta de Consejería de Presidencia y Administración Pública, adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2020000478:

 

Vista propuesta de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, de fecha 18 de agosto de 2020,del tenor literal siguiente:

 

I.- La Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, dispone en su art. 16 que el Consejo de Gobierno es el órgano colegiado que ostenta las funciones ejecutivas y administrativas de la ciudad de Melilla, señalando en su art. 17 que corresponde al Consejo de Gobierno la dirección de la política de la ciudad y el ejercicio de las funciones ejecutivas y administrativas correspondientes, sin perjuicio de las competencias reservadas a la Asamblea.

II.- El Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 2 de 30 de enero de 2017), señala en su artículo16.1 que al Consejo de Gobierno tiene entre otras atribuciones: Aprobar, a propuesta del Presidente, la estructura orgánica de las Consejerías con indicación del ámbito competencial de las mismas, señalando, al menos las Viceconsejerías y Direcciones Generales que las compongan.

 

Posteriormente dicho texto normativo dispone en su art. 48, relativo a las clases de órganos administrativos, que:

 

1.             Son órganos superiores de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla el Presidente, el Vicepresidente o los Vicepresidentes, el Consejo de Gobierno, los Consejeros y los Viceconsejeros.

2.             Bajo la superior autoridad del Consejero, cada Consejería se estructura en los siguientes órganos:

 

a) Secretarías Técnicas, que dependen directamente del Consejero, pero no se encuentran incardinados en la estructura jerarquizada.

b) Direcciones Generales.

c) Excepcionalmente podrán constituirse órganos con nivel asimilado a los dos anteriores, los cuales tendrán el mismo estatuto jurídico que éstos, cualquiera que sea su denominación.

 

3. Las Consejerías y las Direcciones Generales podrán estructurarse, con carácter general, en Servicios, Secciones, y Negociados o unidades asimiladas.

 

III.- En uso de las referidas atribuciones por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2019, (BOME. Extraordinario núm, 43, de 19 de diciembre de 2019) relativo a la aprobación del decreto de distribución de competencias entre consejerías de la Ciudad de Melilla, dispuso en lo referente a la estructura de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio que la misma se compone de los siguientes órganos:

 

-       Dirección General de Hacienda y Presupuestos

-       Dirección General de Ingresos Públicos

-       Dirección General de Contratación Pública y Subvenciones

-       Dirección General de Importación y Gravámenes complementarios

-       Dirección General de Planificación Estratégica y Programación- Dirección General de Empleo y Comercio

 

IV.- Con fecha 28/08/2020 va a pasar a situación de jubilación el funcionario D. Jesús Antonio García Ayala, que ha venido desempeñando, de manera ininterrumpida, el puesto directivo de Director General de Fondos Europeos en el período comprendido entre los meses de junio de 2011 y julio de 2019; luego redenominado como Director General de Planificación Estratégica y Programación, desde el mes de julio de 2019 hasta el presente. Por tal motivo, a partir de esa fecha, tal puesto directivo quedará vacante.

V.- Independientemente de la cobertura ordinaria del puesto de trabajo, que se realizará mediante el procedimiento previsto en el Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y el Estatuto del Empleado Público, es necesaria la cobertura inmediata y urgente del referido puesto directivo, puesto que nos encontramos en el último año del actual período de programación 20142020 de 
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los Fondos Europeos y, además, estamos inmersos en la definición de un Plan Estratégico 2020-2029 para Melilla que sirva de fundamento para la elaboración de los programas operativos FEDER y FSE así como las restantes formas de intervención comunitaria para el próximo período de programación 2021-2027, así como para la eventual participación de la CAM en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para los años 2021-2023.

VI.- Por lo antedicho, se estima conveniente la cobertura de forma temporal para el normal funcionamiento de las áreas de gestión correspondientes, de acuerdo con lo previsto en el art. 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en tanto sean convocados y se resuelvan los procedimientos correspondientes de selección regulados en el art. 60 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que señala, entre otros supuestos, que los titulares de los órganos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, así como lo preceptuado en el artículo 77.1 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM relativo a la sustitución de los Directores Generales que remite al precitado artículo 13.1 de la Ley 40/2015. Todo ello de conformidad con las competencias atribuidas a esta Consejería por el art. 33 o) del Reglamento Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, en relación con las del apartado 7.2 del Decreto de distribución de competencias.

VII.- De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2019, (BOME. Extraordinario núm, 43, de 19 de diciembre de 2019, a la Consejería de Presidencia , le corresponde entre otras funciones:

 

“(...) x) La tramitación de expedientes de designación de Directores Generales y Secretarios Técnicos“.

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

 

El nombramiento, con efectos del 01/09/2020 y en régimen de suplencia hasta tanto pueda ser convocado y resuelto el procedimiento ordinario para la cobertura del puesto directivo, del funcionario técnico-economista de Fondos Europeos D. Julio Liarte Parres como Director General de Planificación Estratégica y Programación de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, puesto que se considera cumple los requisitos de idoneidad para el desempeño del referido puesto, dado que ya desempeñó tales funciones como Director General de Fondos Europeos de la Ciudad Autónoma de Melilla en el período transcurrido entre los meses de febrero de 2005 y mayo de 2011, cuando dimitió de manera voluntaria.”

 

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contenciosoadmnistrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se hace público para su conocimiento y efectos.

 

Melilla 10 de septiembre de 2020,

El Técnico de Administración General,

Antonio Jesús García Alemany