ARTÍCULO Nº 679 (CVE: BOME-A-2020-679) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5792 - viernes, 18 de septiembre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Orden nº 982 de fecha 14 de septiembre de 2020, relativa a convocatoria plazo de apertura de solicitudes para el curso escolar 2020-2021 de la Escuela Música y Danza "Pilar Muñoz González" de la Ciudad Autónoma de Melilla.

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La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Orden 2020000982, del día 14 de septiembre de 2020, ha dispuesto lo siguiente:

 

“Al objeto de preparar la admisión para el Curso 2020-2021 en la ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA "PILAR MUÑOZ GONZÁLEZ” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, para alumnado de nuevo ingreso  y elección de otras asignaturas distintas para los alumnos que ya cursan estudios,  y de conformidad con las atribuciones que me confieren el artículo 33 del Reglamento del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario nº 2 de 30 de Enero de 2017) en concordancia con el Decreto de Distribución de Competencias entre Consejerías del día 19 de diciembre de 2019 ( BOME extraord. 43 del mismo día) .

 

Por  lo expuesto y de acuerdo con los datos aportados al expediente esta Dirección General PROPONE que se adopte lo siguiente:

 

 ORDENAR:

 

Convocar plazo de apertura de solicitudes para el  Curso Escolar 2020-2021 de la Escuela de Música y Danza “Pilar Muñoz González” de la Ciudad Autónoma de Melilla, con sujeción a las siguientes determinaciones:

 

1º.-  Las asignaturas que se podrán cursar durante el curso 2020-2021 son las siguientes: Música y Movimiento, Lenguaje Musical, Piano, Flauta Travesera, Danza Española y Danza Clásica.

2º.-  El plazo de solicitudes para alumnos de nuevo ingreso  y elección de nuevas asignaturas distintas para los alumnos que ya cursan estudios, quedará abierto desde el día siguiente a  la publicación de la presente hasta el  30 de Septiembre  de 2020, salvo que queden vacantes, concluyendo entonces una vez sean cubiertas.

3º-  El plazo de matrícula para las nuevas solicitudes  que hayan obtenido plaza permanecerá abierto desde el día 13 al 31 de Octubre de 2020.

4º.- Las plazas existentes para los alumnos de nuevo ingreso, se adjudicaran, en el caso de que el número de solicitudes exceda al de plazas vacantes en la asignatura correspondiente, por orden de presentación de las solicitudes para dicha asignatura.

 

En todo caso, tendrán preferencia para la elección de instrumento los alumnos que hayan cursado estudios en la especialidad de música en este Centro, durante el  Curso 2019-2020.

 

5º.-   La edad mínima de los alumnos de DANZA ESPAÑOLA, DANZA  CLÁSICA, LENGUAJE MUSICAL, PIANO Y FLAUTA TRAVESERA, será de seis años cumplidos dentro del año de inicio del curso (nacidos durante el años 2014).                                       

 

La edad mínima de los alumnos de MÚSICA Y MOVIMIENTO, será de cuatro años cumplidos dentro del año de inicio del curso (nacidos durante el años 2016).

 

6º.-  De acuerdo con la vigente Ordenanza Fiscal de aplicación, (BOME extraordinario nº 21 (II) de  30 de Diciembre de 2009), el  importe de las matrículas a satisfacer será el siguiente:

 

Una asignatura .........................  60,00 euros

Dos asignaturas  .......................  85,00 euros

Tres asignaturas  .....................  105,00 euros               .  

Cuatro asignaturas  ................   135,00 euros

 

Los titulares del Carné Joven, expedido por la Ciudad Autónoma de Melilla y restantes Comunidades Autónomas y países firmantes del Protocolo de Lisboa del día 1 de Junio de 1987 gozarán de una bonificación del 25% de las tarifas.

 

Las familias numerosas de primera clase (General) disfrutarán de una reducción del 50 % y las de segunda clase o de honor (Especial) del 100% del importe de la matrícula.

 

La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del título que acredite tal condición.

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Los sujetos pasivos mayores de 65 años gozarán de una bonificación de 50% del importe de la tasa correspondiente.

 

7º.-  Las solicitudes  podrán presentarse en los registros de las Oficinas de Proximidad, en las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad, o en el de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, sin perjuicio de la posible presentación en los registros que a tal efecto establece el artículo  16 de la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

8º.-  Para la matriculación, los alumnos de nuevo ingreso deberán aporta fotocopia del DNI, y en caso de no tenerlo,  fotocopia del DNI  o Tarjeta de Residencia  de los padres, en vigor, acompañando todos los alumnos una fotografía de tamaño carné del alumno por cada asignatura en la que se matricule, así como el resguardo del ingreso bancario de la cantidad correspondiente a la matrícula, en el número de cuenta ES68 0049 2506 14 2814180049 del Banco de Santander.

9.-  En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, se informa que los datos personales facilitados por los solicitantes serán incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el ejercicio y funciones y competencias propias de la Ciudad Autónoma. Los interesados podrán ejercer en cualquier momento  los derechos establecidos en la citada Ley Orgánica ante la Dirección General de Educación e Igualdad”.

 

Lo que se ordena para su publicación, en aplicación del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, advirtiendo que la orden trascrita no pone fin a la vía administrativa y que contra la misma cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Presiente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la mencionada Ley 39/2015, de 01 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo, no obstante, los interesados interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.”

 

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.

 

Melilla 16 de septiembre de 2020,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Joaquín M. Ledo Caballero