ARTÍCULO Nº 689 (CVE: BOME-A-2020-689) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5793 - martes, 22 de septiembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD
Convenio entre la Consejería De Medio Ambiente Y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el Instituto Geológico y Minero de España, O.A., M.P. para la mejora del conocimiento hidrogeológico como apoyo a la gestión hidrológica de Melilla (2020 - 2024).
En Melilla, a 1 de
septiembre de 2020
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL INSTITUTO GEOLÓGICO Y MINERO DE ESPAÑA, O.A.,
M.P. PARA LA MEJORA DEL CONOCIMIENTO HIDROGEOLÓGICO COMO APOYO A LA GESTIÓN
HIDROLÓGICA DE MELILLA (2020-2024).
INTERVIENEN
De una parte, el Sr. D.
Hassan Mohatar Maanan, Consejero de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la
Ciudad Autónoma de Melilla, con sede en Melilla, actuando en nombre y
representación de ésta, nombrado por Decreto nº 253 de fecha 4 de julio de 2019
(BOME Extraordinario nº 21 de 4 de julio de 2019).
Y de otra parte, D. Luis
Carreras Guillén, Secretario General del Instituto Geológico y Minero de España
O.A., M.P., actuando en nombre y por cuenta de este Instituto en calidad de Secretaria
General en virtud de la Resolución del Subsecretario de Ciencia e Innovación de
1 de abril de 2020. El Sr. Luis Carreras Guillén comparece en este acto por
suplencia del Director del Instituto según lo establecido en los Artículos
11.2.d) y 13.1.h) del Real Decreto 1953/2000, de 1 de diciembre (modificado por
RD 718/2010 de 28/05), por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Geológico
y Minero de España, que la faculta a suplir al Director del Instituto cuando
concurran determinadas circunstancias.
Reconociéndose ambas partes
capacidad legal suficiente para formalizar este Convenio, en nombre de los
organismos que representan, y en uso de las atribuciones que les otorga su
propio cargo,
EXPONEN
PRIMERO.-
Que la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de La Ciudad Autónoma de
Melilla (en adelante CMAYSCAM), es la encargada, entre otras temáticas, de la
protección del Medio Ambiente Natural y Urbano, de la problemática derivada de
la contaminación ambiental, de los recursos hídricos y del desarrollo de
Proyectos y Obras. En lo que se refiere a la materia Aguas, tiene las
competencias de gestión en aguas potables, mantenimiento de la red, captaciones
e instalaciones, proyectos, construcciones y explotación de aprovechamientos
hidráulicos y, en aguas residuales, las competencias en gestión, depuración,
mantenimiento de colectores, proyectos y obras.
SEGUNDO.- Que
el Instituto Geológico y Minero de España, desde su creación en 1849 ha
venido desarrollando estudios e investigaciones geológicas, hidrogeológicas,
geotécnicas y de investigación minera fundamentalmente, en el ámbito de todo el
territorio del Estado.
Que el Instituto Geológico y
Minero de España, O.A., M.P. (en adelante IGME), está adscrito actualmente al
Ministerio de Ciencia e Innovación, según el Real Decreto 2/2020, de 12 de
enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y
configurado como Organismo Público de Investigación de la Administración
General del Estado, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 47 de la Ley
14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, con la
naturaleza de organismo autónomo estatal de los previstos en el artículo 98 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Que son funciones del IGME,
según el artículo 3º del Capítulo I del Estatuto del IGME aprobado por del Real
Decreto 1953/2000, de 1 de diciembre y su modificación por los Reales Decretos
1134/2007, de 31 de agosto y 718/2010, de 28 de mayo.
a)
El estudio, investigación, análisis y reconocimiento en el campo de las
Ciencias y Tecnologías de la Tierra.
b)
La creación de infraestructuras de conocimiento.
c)
La información, la asistencia técnico-científica y el asesoramiento a
las Administraciones Públicas, agentes económicos y a la sociedad en general,
en geología, hidrogeología, ciencias geoambientales, recursos geológicos y
minerales.
d)
Las relaciones interdisciplinares con otras áreas del saber,
contribuyendo al mejor conocimiento del territorio y de los procesos que lo
configuran y modifican, al aprovechamiento sostenido de sus recursos y a la
conservación del patrimonio geológico e hídrico.
e)
Elaborar y ejecutar los presupuestos I+D y de desarrollo de
infraestructuras de conocimiento en programas nacionales e internacionales, en
el ámbito de sus competencias.
Para el cumplimiento de las
funciones enumeradas en el apartado anterior, el IGME viene realizando, entre
otras, las siguientes actividades:
-
Estudiar el terreno continental, insular y el fondo marino en cuanto sea
necesario para el conocimiento del medio geológico e hidrogeológico, en sus
múltiples vertientes, tales como sus recursos, los procesos naturales, la
vulnerabilidad de la actividad humana y sus implicaciones medioambientales,
entre otras, así como realizar las correspondientes observaciones, controles e
inventarios.
-
Formular y desarrollar actividades en el campo de la hidrogeología
tendentes al mejor conocimiento, protección y uso racional de los acuíferos y
las aguas subterráneas, teniendo en cuenta su función geológica y ambiental.
-
Realizar estudios y proyectos conducentes al establecimiento de
criterios que sirvan de base para la elaboración de normativas ambientales
preventivas y correctoras, así como realizar el control y seguimiento de la
aplicación de las medidas correctoras en lo que haga referencia al terreno y al
agua subterránea.
-
Elaborar y ejecutar los estudios, dictámenes, reconocimientos e informes
técnicos solicitados por las Administraciones públicas y las personas físicas y
jurídicas, en cumplimiento de norma o acuerdo suscrito al amparo de la
normativa vigente, dentro de las áreas de conocimiento del Instituto.
-
Colaborar y prestar asesoramiento técnico a los órganos y organismos
públicos de la Administración General del Estado, a las Comunidades Autónomas y
otras entidades públicas y privadas para el desarrollo de programas y estudios
específicos, en el campo de actividad del IGME, así como fomentar la existencia
y operatividad de canales y sistemas de información adecuados.
TERCERO.-
Que se considera necesaria la realización de diferentes investigaciones sobre
la hidrogeología de diferentes acuíferos de la Ciudad Autónoma de Melilla, en
el periodo 2020-2024, como apoyo a la utilización de los recursos subterráneos
para abastecimiento urbano de la Ciudad Autónoma y a la sostenibilidad
ambiental.
CUARTO.-
Que en virtud de la defensa del principio de promoción de la ciencia y de la
investigación científica en beneficio del interés general que establece el
artículo 44.2 de la Constitución Española, el IGME y la CMAYSCAM desean
comprometerse en la ejecución de las actividades relacionadas en el Anexo II,
por encontrarse dentro de las funciones atribuidas a cada una.
Por todo lo anterior, las
partes formalizan el presente Convenio con arreglo a las siguientes,
C
L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO
El objeto del presente
Convenio es la mejora del conocimiento hidrogeológico de la Ciudad Autónoma de
Melilla para la adecuada gestión de los recursos hídricos.
SEGUNDA.- DIRECCIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
Los trabajos a desarrollar
en el presente Convenio serán ejecutados por el IGME y la CCMACAM. Por parte del
IGME y de la CMAYSCAM se nombrará, por cada una de ellas, un Titulado Superior
como director de las actividades reflejadas en el Anexo II del presente
Convenio.
Los trabajos que se detallan
en el anexo del presente convenio, a realizar para el desarrollo de las
actividades previstas, se abordarán conjuntamente por las Instituciones
implicadas, poniendo a disposición de las actividades en común diferente
personal científico y técnico, así como los materiales necesarios.
Las tareas que se realizarán
por cada una de las partes para el desarrollo y cumplimiento de su objeto, se
detallan en la tabla siguiente:
ACTIVIDAD |
INSTITUTO GEOLÓGICO Y MINERO DE ESPAÑA
|
CMAYSCAM |
Grupo 1. "Actividades relativas a la calidad
del agua subterránea" (activ.
1, 3 y 15). |
Análisis de la
evolución de la calidad química de cara al abastecimiento urbano y a la
evolución de la intrusión marina. Estudio de la relación explotaciones por sectores intrusión. |
Analíticas de
los 10 puntos de abastecimiento urbano más significativos de la Ciudad
Autónoma. Hidroquímica general
y cloruros. Control de las
explotaciones. |
Grupo 2. "Actividades de reconocimiento y seguimiento de sondeos" (activ. 2 y 8). |
Realización de
testificación geofísica y reconocimiento en sondeos preexistentes e
interpretación de la evolución de niveles piezométricos. |
Seguimiento de
niveles mediante controles automáticos en los pozos de abastecimiento de la
Demarcación Hidrográfica. |
Grupo 3. "Actividades para la actualización de la recarga natural" (activ. 4). |
Estimación del
balance en las tres masas de agua de la Demarcación Hidrográfica. |
Aportación de
datos sobre las salidas por explotación en las 3 masas de agua, así como
datos de hidrología superficial y lluvia. |
Grupo 4. "Actividades encaminadas al
aumento de disponibilidad de recursos hídricos, optimización de las
instalaciones y protección de las captaciones" (activ. 5. 6, 9, 10, 13 y 20). |
Análisis de Ia
capacidad de almacenamiento de los acuíferos de la Demarcación para
introducción de recursos hídricos adicionales, propuesta de ahorro energético en los pozos
de bombeo de la demarcación en base a la explotación diferencial por
sectores, de perímetros de protección y del posible sellado de niveles en
sondeos. |
Análisis de las
instalaciones eléctricas asociadas a los bombeos en los sondeos de
abastecimiento (grupo electrobomba, elevaciones, contratos con empresas
Suministradoras) y de la demanda/explotación de cara a un uso sostenible de
los acuíferos por sectores. Análisis de la posibilidad de ejecutar una
batería estratégica de apoyo al abastecimiento. |
ACTIVIDAD |
INSTITUTO GEOLÓGICO Y MINERO DE ESPAÑA
|
CMAYSCAM |
Grupo 5. "Actividades relacionadas con
la desalación" (activ. 7 y 11). |
Análisis
geológico-hidrogeológico de propuesta de explotación de sondeos, con
extracción directa de agua de mar, en el borde costero como apoyo a la
desaladora, determinación de posibles sectores de aprovechamiento de aguas
salobres y elaboración de un plan de explotación. |
Análisis urbanístico
y ambiental de la posible ubicación, explotación y creación complementarla de
infraestructuras de aprovechamiento para la explotación del borde costero y
el posible aprovechamiento de aguas continentales salobres. |
Grupo 6. "Modelización matemática de
flujo y geológica 3D" (activ. 12 y 16). |
Incorporación al modelo 3D de los nuevos datos geológicos, geofísicos y
de columnas de sondeos, así como su revisión. Elaboración de un modelo de
flujo de las tres masas de agua de la Demarcación. |
Análisis de la información de superficie (cartografía topográfica de
precisión, información geotécnica, información sobre redes de control) a
incorporar en el modelo matemático de flujo. |
Grupo 7. "Actividades en el acuífero Aluvial de Melilla" (activ. 14, 17, 18 y 19). |
Realización e
Interpretación de la campaña de sondeos a realizar en el Parque Hernández, en
el desvío del primitivo trazado del aluvial hacia la Plaza de España y de los
sectores donde en principio se emplazarán las pantallas en el acuífero
aluvial del río del Oro. |
Aportación de
Información para la realización de la prospección geofísica en las terrazas
del aluvial, los sondeos complementarlos y la relación con edificaciones
urbanas, presencia de posibles pérdidas laterales en el aluvial con motivo de
la existencia de sótanos por debajo de la base del aluvial. |
Además, con carácter
general, la CMAYSCAM pone a disposición, para el desarrollo de las actividades
previstas en el Convenio, la información contenida en sus bases de datos en las
que se recoge la información correspondiente a sus redes de control y los
estudios disponibles realizados recientemente en los acuíferos de la Demarcación
y el IGME pone a disposición, para el desarrollo de las actividades previstas
en el Convenio, la información relativa a evolución de niveles, calidad e
hidrometría, la información geológica e hidrogeológica actualizada de los
sectores donde se desarrollarán las actividades, el instrumental de geofísica
(equipos de tomografía eléctrica, sondeo electromagnéticos, gravimetría); los
laboratorios de análisis de aguas, geoquímico y de testificación, para realizar
las analíticas de muestra de agua y sedimentos necesarias para la consecución
de los objetivos que se plantean, el equipamiento de la Unidad Móvil de
caracterización hidrogeológica, disponible en la Unidad del IGME en Granada,
para la realización de los reconocimientos relativos a la diagrafía, mediciones
de flujo en aguas superficiales, nivelaciones, niveles y analíticas, etc., así
como la infraestructura de personal, experiencia y conocimiento territorial de
la Unidad del Instituto Geológico y Minero de España en Granada.
Para la realización de estos
trabajos, podrán formalizar contratos, o definir fórmulas de asesoramiento con
terceros según consideren.
TERCERA.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
1.-
Los derechos de
propiedad intelectual sobre los resultados de las actuaciones pertenecerán a ambas
entidades firmantes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de
Economía Sostenible, sobre titularidad y carácter patrimonial de los resultados
de la actividad investigadora y del derecho a solicitar los correspondientes
títulos de propiedad industrial e intelectual para su protección.
2.-
No obstante, en
cualquier formato en que se publiquen o utilicen dichos resultados, deberán
mencionarse a los autores que hayan contribuido intelectualmente a la obtención
de los mismos, sin que éstos conserven ningún otro derecho derivado de la
propiedad intelectual sobre dichos resultados.
3.-
La utilización,
por cualquiera de las partes, de alguno de los resultados derivado de este
Convenio, requerirá el previo consentimiento de la otra parte.
4.-
Las partes se
comprometen a no difundir las informaciones científicas o técnicas,
pertenecientes a la otra parte, a las que hayan podido acceder en el desarrollo
de trabajos, estudios o proyectos conjuntos de investigación.
5.-
Los derechos de
propiedad industrial sobre los resultados de las actividades pertenecerán a las
partes en función de las aportaciones realizadas por cada una (al 50%).
6.-
No obstante,
cualquier otro aspecto relacionado con la titularidad y explotación de los
resultados a que den lugar las actividades a desarrollar al amparo de este
Convenio, se pactarán por las partes y deberán quedar consignados por escrito.
7.-
Cuando
cualquiera de las partes tenga interés en utilizar los resultados parciales o
finales de los trabajos, estudios o proyectos conjuntos para su publicación o
difusión por cualquier medio, deberá solicitar la conformidad por escrito de la
otra parte. Esta deberá responder en un plazo máximo de treinta días
comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad, sobre la
información contenida en dicha publicación o difusión.
CUARTA.- DERECHOS SOBRE PATENTES Y CONFIDENCIALIDAD
La patente, modelo de
utilidad o cualquier otra figura de protección intelectual o de desarrollo
industrial que se genere a lo largo de este Convenio será propiedad de la
CMAYSCAM y del IGME al 50 % cada uno de ellos.
En la tramitación del
expediente de propiedad intelectual aparecerán como inventores aquellos
investigadores o técnicos que hayan participado en las investigaciones, aunque
la titularidad de la propiedad intelectual e industrial y los derechos de
explotación la ostentarán la CMAYSCAM y el IGME al 50 % cada uno ellos, según
reza el artículo 54 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo de Economía Sostenible.
El personal participante e
implicado en los distintos proyectos de investigación que configuran este
Convenio, deberá observar el correspondiente compromiso de confidencialidad,
cuando las circunstancias así lo requieran.
QUINTA.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y MODIFICACIÓN
Para la ejecución y
desarrollo del presente Convenio, con estricto cumplimiento de los términos
expresados en la memoria, anexos y en el presupuesto del mismo, ambas partes
establecen las siguientes condiciones:
-
Las partes firmantes deberán tener mutuo conocimiento de cualquier
modificación de las condiciones iniciales establecidas a la firma del mismo, no
teniendo validez las modificaciones realizadas sin autorización expresa de la
parte afectada; dichas modificaciones se tendrán por no puestas y podrán dar
lugar a la resolución del convenio suscrito. Toda modificación deberá
realizarse conforme a lo dispuesto en la cláusula octava.
-
En todas las actividades que se desarrollen en ejecución del Convenio,
así como la información y publicidad de las mismas, deberán figurar,
necesariamente, las entidades firmantes y su logotipo correspondiente.
SEXTA.- RÉGIMEN DE PERSONAL Y RESPONSABILIDAD
Como consecuencia de la
realización de este Convenio no podrá surgir, entre las partes, ningún tipo de
relación de carácter laboral a favor de las personas que intervengan en su
ejecución.
El régimen de personal de
cada una de las partes que desarrolle las actividades en este proyecto, si
desarrolla alguna actividad en la sede de la otra, deberá respetar las normas de
funcionamiento interno de sus instalaciones, sin que en ningún caso se altere
la relación jurídica ni adquiera derecho alguno frente a la otra parte.
SÉPTIMA.- SEGUIMIENTO DEL CONVENIO
Para el seguimiento y
control del presente Convenio se creará una Comisión de Seguimiento que estará
constituida por dos miembros de la CMAYSCAM y dos miembros del IGME, asimismo,
podrán designarse suplentes de los miembros de la comisión y a sus reuniones
podrán asistir los técnicos que se juzgue conveniente por las partes, según los
temas a tratar.
La comisión se reunirá en
sesión ordinaria con periodicidad mínima anual y en sesión extraordinaria a petición
de cualquiera de las partes.
La comisión de seguimiento
tendrá las funciones siguientes:
1.-
Seguir el
programa de actuaciones del Convenio, proponiendo a las partes intervinientes
las variaciones que se consideren precisas y que no comporten incremento del
gasto inicialmente aprobado.
2.-
Las partes
acordarán en el seno de la Comisión de seguimiento algunos detalles relativos a
la ejecución del contenido del convenio, y, en ese caso, no se requerirá una
modificación del convenio sino el simple acuerdo entre partes, siempre que no
afecte al contenido mínimo y esencial del convenio, el cual no puede ser objeto
de modificación en la Comisión de seguimiento.
3.-
Redactar y
proponer las adendas correspondientes a los distintos aspectos del desarrollo
de las actuaciones previstas que impliquen incremento del gasto inicialmente
aprobado.
4.-
Validar la
realización de los trabajos, aprobar las certificaciones emitidas sobre los
mismos y certificar la finalización del Convenio.
5.-
Ejercer las
funciones, en su caso, de Comisión Liquidadora del Convenio.
6.-
Resolver los
problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio.
7.-
Cualesquiera
otras cuestiones conducentes al logro de los objetivos propuestos.
En cuanto a las normas de
funcionamiento de esta comisión, en lo no previsto en este Convenio, se estará
a lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo II, Sección 3ª de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
OCTAVA.- VIGENCIA, PRÓRROGA Y
RESOLUCIÓN DEL CONVENIO
El presente Convenio se
perfecciona el día de su firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicado en el
Boletín Oficial del Estado, teniendo una duración de cuatro años.
El Convenio podrá
prorrogarse o ampliarse por un período máximo de igual duración, antes de la
finalización del plazo de vigencia del Convenio, por acuerdo expreso de ambas
partes y por causas motivadas, previo informe favorable de la Comisión de
Seguimiento.
El presente convenio se
extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por
incurrir en alguna de estas causas de resolución:
a)
Mutuo acuerdo de las partes.
b)
El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
c)
Denuncia por alguna de las partes, que deberá efectuarse de forma
expresa y fehaciente con una antelación mínima de tres meses.
d)
Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e)
Imposibilidad sobrevenida de cumplir el objeto del convenio.
f)
Incumplimiento grave acreditado por una de las partes de las
obligaciones establecidas en el presente convenio.
En caso de incumplimiento de
las obligaciones asumidas por las partes, cualquiera de ellas podrá notificar a
la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo
con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este
requerimiento será comunicado a la Comisión Mixta de Seguimiento y a la otra
parte. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la
concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio
(Art. 49.e de la Ley 40/2015).
En el caso de resolución del
mismo, se entenderán vigentes hasta su finalización aquellos trabajos que ya se
hubiesen iniciado, salvo decisión contraria tomada conjuntamente en la Comisión
Mixta y que no perjudique a terceros y siempre que se cuente con los recursos
necesarios para finalizar las tareas de ejecución, hasta su finalización en la
fecha prevista en el momento de su programación, estableciendo un plazo
improrrogable para su finalización, transcurrido el cual, las partes procederán
a la liquidación de las actuaciones no ejecutadas en los términos previstos en
el art. 52.2 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Toda modificación del convenio
requerirá de una adenda modificativa que debe ser tramitada conforme a los
requisitos previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
NOVENA.- PRESUPUESTO ECONÓMICO Y FINANCIACIÓN
La valoración de los
trabajos a realizar en el marco de este Convenio asciende a la cantidad de TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA EUROS (377.890 €), cofinanciados
paritariamente por las partes. La distribución del gasto, por anualidades y por
signatarios, queda representada en la siguiente tabla.
|
2020 |
2021 |
2022 |
2023 |
2024 |
TOTAL |
CMAYSCAM |
6.000 |
42.695 |
56.500 |
41.250 |
42.500 |
188.945 |
IGME |
47.250 |
42.695 |
56.500 |
30.000 |
12.500 |
188.945 |
TOTAL |
53.250 |
85.390 |
113.000 |
71.250 |
55.000 |
377.890 |
El IGME destinará las
aportaciones de la CMAYSCAM a cubrir los costes de, las asistencias técnicas
necesarias, material inventariable complementario al ya disponible en el IGME,
así como, otros gastos fungibles y viajes y dietas necesarios para ejecutar el
conjunto las actividades propuestas, según la tabla siguiente:
|
2020 |
2021 |
2022 |
2023 |
2024 |
TOTAL |
Viajes y dietas,
fungible y otros gastos (capítulo 2) |
6.000,00 |
30.000,00 |
26.500,00 |
30.000,00 |
26.500,00 |
119.000,00 |
Material inventariable |
|
12.695,00 |
|
11.250,00 |
16.000,00 |
39.945,00 |
Asistencias técnicas |
|
|
30.000,00 |
|
|
30.000,00 |
TOTAL |
6.000,00 |
42.695,00 |
56.500,00 |
41.250,00 |
42.500,00 |
188.945,00 |
La cantidad que la CMAYSCAM
aporta, CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS
(188.945,00 €), será realizada a través del capítulo 6 de su presupuesto con
cargo a la aplicación presupuestaria 07.17100.4700; quedando, una vez
transcurrida la primera anualidad desde su formalización, condicionada a la
existencia de partida en los presupuestos de la CAM en los ejercicios
correspondientes.
El IGME aporta, CIENTO
OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS (188.945 €), será realizada
a través del Capítulo 1 de su presupuesto de 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 con
cargo a la aplicación 28.106.467F.120. La dedicación del personal del IGME al
desarrollo de los trabajos contemplados en el convenio no supondrán incremento
de los gastos de personal, en virtud de lo previsto el artículo 21 Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero de
2020, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el
ámbito del sector público.
Gastos de personal funcionario y
laboral |
INSTITUTO GEOLÓGICO Y MINERO DE ESPAÑA
|
|||
Técnico y nivel |
Coste unitario/año |
Unidades |
Dedicaciones en años |
Subtotales |
Funcionario nivel 26 |
83.142,40 |
4 |
0.25 |
83.142,40 |
Funcionario nivel 24 |
55.506,00 |
1 |
1 |
55.506,00 |
Funcionario nivel 18 |
35.263,80 |
1 |
0,3000598 |
10.581,25 |
Laboral G3 |
26.476,90 |
1 |
1,5 |
39.715,35 |
TOTAL |
188.945,00 |
La distribución temporal por
anualidades con imputación del gasto al presupuesto del IGME correspondiente se
recoge en el cuadro adjunto.
IGME |
2020 |
2021 |
2022 |
2023 |
2024 |
TOTAL |
Funcionario nivel 26 |
27.210,24 |
20.785,60 |
23.808,96 |
9.825,92 |
1.511,68 |
83.142,40 |
Funcionario nivel 24 |
10.848,90 |
4.793,70 |
13.119,60 |
17.156,40 |
9.587,40 |
55.506,00 |
Funcionario nivel 18 |
165,36 |
3.035,92 |
2.961,37 |
3.017,68 |
1.400,92 |
10.581,25 |
Laboral G3 |
9.025,50 |
14.079,78 |
16.610,07 |
|
|
39.715,35 |
TOTAL |
47.250,00 |
42.695,00 |
56.500,00 |
30.000,00 |
12.500,00 |
188.945,00 |
DÉCIMA.- FORMA DE INGRESO
La aportación de fondos por
parte de la CMAYSCAM, se hará al final de cada anualidad y se ingresará a
nombre del IGME mediante transferencia bancaria, cuenta nº
90000001-20-0200007450, que el IGME tiene abierta en el Banco de España, C/
Alcalá 50, 28014-Madrid.
UNDÉCIMA.- JURISDICCIÓN
Las cuestiones litigiosas
surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y
efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio, deberán
solventarse por la Comisión de Seguimiento prevista en el mismo.
Si no se llegara a un
acuerdo, habrá de acudirse a la jurisdicción contencioso administrativa y ello
en virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998 de
13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
DUODÉCIMA.- RÉGIMEN JURÍDICO.
Éste convenio queda sometido
al cumplimiento de todo lo dispuesto en la Ley 40/2015 de 1 de octubre de
Régimen Jurídico del Sector Público (BOE 236 de 2 de octubre de 2015), y
particularmente en lo que se refiere al Capítulo VI “De los convenios”, así
como a cualquier otra Ley o normativa vigente que fuere aplicable, como la Ley
39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE 236 de 2 de octubre de 2015).
La suscripción del convenio
está justificada al amparo del artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
En testimonio de conformidad
con lo expresado anteriormente, las partes firman el presente documento, por
duplicado ejemplar y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en
el encabezamiento, quedando uno de ellos en poder de cada una de las partes.
EL CONSEJERO DE
MEDIO AMBIENTE Y EL
DIRECTOR DEL IGME
SOSTENIBILIDAD
DE LA CIUDAD PS
(Art. 13.1.H RD. 1953/2000 DE 1.12)
AUTONOMA
DE MELILLA
ANEXO 1.
ACTIVIDAD |
PRESUPUESTO |
1.- Informes complementarios con la toma de muestras de calidad en los diferentes
acuíferos para evaluar procedencia de las aguas. |
8.200 € |
2.- Informes complementarios sobre el reconocimiento de sondeos previos
y de sondeos de investigación con equipo de testificación geofísica. |
70.600 € |
3.- Informes complementarios sobre la determinación de la existencia o
no de la cuña de intrusión marina en diferentes acuíferos. |
15.150 € |
4.- Informes complementarios sobre la evaluación actualizada de la
recarga en cada uno de los acuíferos (volcánico, carbonatado y aluvial). |
8.000 € |
5.- Informes complementarios en relación al estudio de la posibilidad de
realizar operaciones de recarga artificial de acuíferos. |
20.000 € |
6.- Propuesta de optimización de las instalaciones eléctricas, asociadas
al bombeo de las aguas subterráneas. Adaptación del bombeo a las curvas
característica y mejora del rendimiento. |
9.000 € |
7.- Informe con análisis hidrogeológico de las posibilidades de
captación de aguas subterráneas para abastecimiento de la desaladora. |
21.400 € |
8.- Informes complementarios del seguimiento de sondeos de investigación
para control de evolución de niveles. |
12.630 € |
9.- Informes complementarios al Plan de Uso sostenible de las masas de
agua subterránea (bombeo por sectores con tendencia a la recuperación del
estado cuantitativo y cualitativo de las masas de agua. |
14.910 € |
10.- Propuesta de una batería estratégica de apoyo al abastecimiento
urbano desde el acuífero calizo de Melilla y seguimiento. |
28.000 € |
11.- Plan de explotación mediante sondeos del borde costero como apoyo a
la desaladora y el aprovechamiento del agua continental salobre en las masas
del acuífero calizo y volcánico. |
20.000 € |
12.- Elaboración de un modelo matemático de flujo en los acuíferos de
Melilla. |
32.000 € |
13.- Estudio del sellado de sondeos preexistentes para evitar mezclas de
agua de mala calidad. |
16.000 € |
14.- Campaña de sondeos de investigación en el Parque Hernández y en el
trazado a la plaza de España. (5 sondeos). |
6.000 € |
15.- Controles de la evolución de la intrusión marina y de las
explotaciones. |
15.000 € |
16.- Mejora del conocimiento del modelo 3D provisional realizado con los
nuevos datos geofísicos y de sondeos. |
9.000 € |
17.- Mejora del conocimiento del aluvial con sondeos en el primitivo
desvío del cauce hacia la Plaza de España. |
6.000 € |
18.- Campaña complementaria de prospección geofísica en el aluvial. |
11.000 € |
19.- Reconocimiento mediante sondeos de los sectores donde emplazar las
pantallas del aluvial así como del área cementada bajo el puente del Escaño.
(14 sondeos). |
25.000 € |
20.- Perímetros de protección de la calidad de los abastecimientos
urbanos (tránsito de mercancías peligrosas, ubicación de instalaciones
potencialmente contaminantes), etc. |
30.000 € |
TOTAL |
377.890 € |
CRONOGRAMA ACTIVIDADES-TIEMPO |
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ACTIVIDAD |
2020 |
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2021 |
2022 |
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2023 |
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2024 |
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3 T |
4 T |
1 T |
2T |
3T |
4T |
1T |
2T |
3T |
4T |
1T |
2T |
3T |
4T |
1T |
2T |
3T |
Actividad 1 |
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Actividad 2 |
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Actividad 3 |
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Actividad 4 |
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Actividad 5 |
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Actividad 6 |
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Actividad 7 |
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Actividad 8 |
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Actividad 9 |
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Actividad 10 |
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Actividad 11 |
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Actividad 12 |
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Actividad 13 |
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Actividad 14 |
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Actividad 15 |
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Actividad 16 |
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Actividad 17 |
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Actividad 18 |
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Actividad 19 |
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Actividad 20 |
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ANEXO II
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES Y TRABAJOS A
REALIZAR Y PRESUPUESTOS
I.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A REALIZAR Y VALORACIÓN ECONÓMICA
1. Actividades
relativas a la calidad del agua subterránea.
Introducción
La composición química del
agua subterránea natural se define a partir de los análisis de muestras
recogidas adecuadamente y se cuantifica por medio de la concentración de cada
constituyente analizado. La incorporación de los constituyentes al agua, en
variedad y concentraciones diferentes, es posible debido a su elevado poder
disolvente y a sus propiedades de combinación. Esta incorporación de sustancias
al agua comienza incluso antes de que se incorpore al sistema de flujo
subterráneo propio de cada acuífero. Una vez infiltrada el agua puede sufrir
modificaciones drásticas en su composición como consecuencia de un conjunto de
interacciones físicas, químicas y biológicas complejas con el medio.
Por otra parte, aunque la
composición media del agua subterránea suele considerarse invariable en un
acuífero o porción del mismo, no debe olvidarse que las interacciones agua-medio,
que determinan dicha composición son procesos dinámicos que se desarrollan, a
ritmo diverso, tanto en el espacio como en el tiempo.
En consecuencia, la
composición del agua subterránea natural debe contemplarse con la perspectiva
de su posible variación espacio-temporal. Una composición química concreta por
lo tanto no queda completamente definida si no se refiere a un lugar y momento
determinados.
La intrusión marina, en
acuíferos muy explotados, es un fenómeno común en las áreas costeras. La intrusión
incontrolada de agua salada puede dañar, en algunos casos irreversiblemente, la
explotación de agua en estas áreas. La identificación de este fenómeno cuando
todavía se encuentra en sus primeras etapas, puede facilitar la toma de
decisiones a la hora de proponer las adecuadas medidas correctoras.
Tabla resumen de la actividad a realizar
Actividad |
Presupuesto (€) |
1.- Informes complementarios con la toma de muestras de calidad en los
diferentes acuíferos para evaluar procedencia de las aguas. |
8.200 |
3.- Informes complementarios sobre la determinación de la existencia o
no de la cuña de intrusión marina en diferentes acuíferos. |
15.150 |
15.- Controles de la evolución de la intrusión marina y de las
explotaciones. |
15.000 |
TOTAL DE LA ACTIVIDAD |
38.350 |
2. Actividades de
reconocimiento y seguimiento de sondeos.
Introducción
El objetivo final de toda investigación
de carácter geológico es, en mayor o menor medida, la caracterización de un
volumen de roca representativo dentro de un área seleccionada se suele plantear
la misma en varias etapas, de manera que progresivamente se vaya profundizando
en el conocimiento deseado. Esta fase de investigación se suele comenzar con la
perforación de sondeos de reconocimiento que permiten llevar a cabo la
descripción y estudio detallado del testigo, así como distintos tipos de
ensayos sobre los mismos.
En una segunda fase, es
recomendable, caso de disponerse de los medios adecuados, realizar
testificaciones geofísicas y ensayos hidráulicos en los sondeos.
En el caso de Melilla, se ha
dispuesto de sondeos existentes realizados con anterioridad al presente
proyecto y, además, se han perforado una serie de sondeos de investigación que
han permitido la testificación geofísica y el estudio de los testigos y el
seguimiento de la evolución de niveles en el aluvial.
Tabla resumen de la actividad
a realizar
Actividad |
Presupuesto (€) |
2.- Informes complementarios sobre el reconocimiento de sondeos previos
y de sondeos de investigación con equipo de testificación geofísica. |
70.600 |
8.- Informes complementarios del seguimiento de sondeos de investigación
para control de evolución de niveles. |
12.630 |
TOTAL DE LA ACTIVIDAD |
83.230 |
3. Actividades para la actualización de la recarga natural.
Introducción
La recarga natural de los
acuíferos es un parámetro de gran importancia a la hora de llevar a cabo el
balance hidrogeológico. Por esta razón, en actividades anteriores realizadas en
la Ciudad Autónoma, se ha planteado la evaluación actualizada de la recarga
natural de cada uno de los acuíferos definidos en la Demarcación (Volcánico,
Calizo y Aluvial). Así, en los correspondientes informes se presentó el
tratamiento de los datos meteorológicos de la zona de trabajo. Dicho
tratamiento constituirá la base de partida para el cálculo de la recarga
natural de los acuíferos implicados en el abastecimiento a Melilla.
En este proyecto se pretende
utilizar la aplicación informática RENATA (REcargaNATural a los Acuíferos) que
calcula la recarga de agua a los acuíferos a partir de los procesos que tienen
lugar en el suelo. La aplicación ha sido diseñada para ser utilizada en
acuíferos con diferentes características superficiales, tanto en propiedades
como en usos del suelo, las cuales condicionan la recarga de agua.
El código desarrollado
presenta importantes novedades frente a otros códigos que estiman la recarga
natural a los acuíferos, como son la posibilidad de introducir dotaciones de
riego discretizadas y distribuidas en el espacio y en el tiempo, o el poder
realizar la calibración de los resultados mediante la aplicación de un modelo
de flujo.
Tabla resumen de la actividad
a realizar
Actividad |
Presupuesto (€) |
4.- Informes complementarios sobre la evaluación actualizada de la
recarga en cada uno de los acuíferos (volcánico, carbonatado y aluvial). |
8.000 |
TOTAL DE LA ACTIVIDAD |
8.000 |
4. Actividades encaminadas al aumento de disponibilidad de recursos
hídricos, optimización de las instalaciones y protección de las captaciones.
Introducción
El aumento de la
disponibilidad de recursos hídricos para abastecimiento a Melilla implica, en
las actuales circunstancias, la perforación de nuevos sondeos en forma de
batería estratégica, además de un plan de uso sostenible de las masas de agua
subterránea marcando las pautas para una explotación y una recuperación, en su
caso, de las masas de agua, junto con la incorporación al sistema
hidrogeológico de otros recursos hídricos a la vez que se protejan los ya
existentes.
Un proyecto de recarga
artificial debe considerarse como una alternativa para atender la demanda de
agua. A este respecto deben contemplarse, antes de considerar cualquier
hipótesis de recarga artificial, aspectos tales como el análisis de demandas y
usos actuales y futuros, el de los elementos de regulación actual y futura,
tanto de índole superficial como subterránea, así como la evaluación de las
hipótesis de gestión enfocadas al aumento de la regulación, al incremento de la
garantía, o a ambas conjuntamente. En el acuífero Aluvial de Melilla el control
de la piezometría llevado a cabo en los trabajos de proyectos anteriores por
parte del IGME y CAM indican la posibilidad de llevar a cabo operaciones de
recarga artificial, a partir de la construcción de pantallas perpendiculares al
eje del cauce que permitan, además, la conservación del ecosistema fluvial en
grandes tramos al producirse una elevación de niveles compatible con su cauce
ganador; si bien, sería preciso profundizar en el conocimiento tanto del
acuífero receptor como en las características del agua de recarga.
El rendimiento total de la
instalación de la captación, según se recoge en la “Guía para la evaluación de extracciones de aguas subterráneas mediante
contadores eléctricos. rendimientos y coste del agua (IGME, 1998)”, se define como el producto de los rendimientos de cada uno de los
elementos que intervienen: motor, bomba, transformador y resto de elementos
eléctricos. De forma práctica, el rendimiento total de la instalación se
calcula en función de tres parámetros: caudal, altura manométrica y potencia
activa de la instalación. Estos son de suma importancia para la aplicación del
método y su medición o cálculo deberán realizarse de la forma más precisa
posible. A partir del rendimiento total, estimando los rendimientos del
transformador y de los elementos eléctricos, se puede deducir el rendimiento
del grupo motobomba. La reducción del coste del agua se basa en el análisis de
los rendimientos y su posible mejora, así como en la adopción de una tarifa
contratada y de unos tiempos de bombeo apropiados a las características de la
instalación.
El perímetro de protección de
captaciones de agua para abastecimiento público es una figura contemplada en la
directiva europea 2000/60/CE y 2006/118/CE, relativa esta última a la
protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro. En
su articulado se confirma la importancia del perímetro de protección como
herramienta útil para evitar la entrada en los acuíferos de sustancias
contaminantes que alteren la calidad de las aguas. Las actividades que pueden
ser restringidas o prohibidas en el área definida por el perímetro de
protección están indicadas en el R.D.P.H. actualmente vigente. El R.D.P.H.
señala respecto a las actividades que podrán imponerse condicionamientos en el
ámbito del perímetro a ciertas actividades o instalaciones que puedan afectar a
la cantidad o la calidad de las aguas subterráneas. El sistema más
frecuentemente empleado en la delimitación de perímetros de protección consiste
en dividir el perímetro en diversas zonas alrededor de la captación, graduadas
de mayor a menor importancia en cuanto a las restricciones de actividad
impuestas sobre ellas.
Tabla resumen de la
actividad a realizar
Actividad |
Presupuesto (€) |
5.- Informes complementarios en relación al estudio de la posibilidad de
realizar operaciones de recarga artificial de acuíferos. |
20.000 |
6.- Propuesta de optimización de las instalaciones eléctricas, asociadas
al bombeo de las aguas subterráneas. Adaptación del bombeo a las curvas
característica y mejora del rendimiento. |
9.000 |
9.- Informes complementarios al Plan de Uso sostenible de las masas de
agua subterránea (bombeo por sectores con tendencia a la recuperación del
estado cuantitativo y cualitativo de las masas de agua. |
14.910 |
10.- Propuesta de una batería estratégica de apoyo al abastecimiento
urbano desde el acuífero calizo de Melilla y seguimiento. |
28.000 |
13.- Estudio del sellado de sondeos preexistentes para evitar mezclas de
agua de mala calidad. |
16.000 |
20.- Perímetros de protección de la calidad de los abastecimientos
urbanos |
30.000 |
Actividad |
Presupuesto (€)
|
(tránsito de mercancías peligrosas, ubicación de instalaciones potencialmente
contaminantes, etc.). |
|
TOTAL DE LA ACTIVIDAD |
117.910 |
5. Actividades relacionadas con la desalación.
Introducción
La planta desaladora de
Melilla dispone de una toma abierta de agua de mar a través de un inmisario
submarino. Esta infraestructura sufre, en situaciones de mar adversa,
obstrucciones que dificultan en gran medida su funcionamiento. Es por esto que
se plantea la realización de estudios encaminados a evaluar la posibilidad de
captación de aguas subterráneas en las proximidades de la costa para abastecer
a la planta con agua salada. Asimismo, se estudiará la posibilidad del
aprovechamiento del agua salobre continental de los acuíferos Calizo y
Volcánico para su desalación en la misma planta.
Tabla resumen de la actividad a realizar
Actividad |
Presupuesto (€) |
7.- Informe con análisis hidrogeológico de las posibilidades de
captación de aguas subterráneas para abastecimiento de la desaladora. |
21.400 |
11.- Plan de explotación mediante sondeos del borde costero como apoyo a
la desaladora y el aprovechamiento del agua continental salobre en las masas
del acuífero calizo y volcánico. |
20.000 |
TOTAL DE LA ACTIVIDAD |
41.400 |
6. Modelización matemática de flujo y geológica 3D
Introducción
En el diseño de sistemas de
remediación basados en la extracción y tratamiento de aguas subterráneas, la
modelización matemática de flujo de agua subterránea y transporte de
contaminantes puede representar una herramienta importante. Un modelo es una
reproducción simulada de un sistema en el que se idealizan y se simplifican en
mayor o menor medida las condiciones y los procesos más importantes que ocurren
en el lugar de interés. Si se dispone de una reproducción simplificada del
sistema, es posible experimentar con él. Así, se puede predecir su
comportamiento ante posibles cambios o actuaciones que sobre él se realicen o
produzcan, lo que tiene una gran utilidad para la gestión de las aguas subterráneas.
Desde el punto de vista del
conocimiento geológico básico y, por lo tanto, del apoyo a los trabajos
hidrogeológicos, las actuaciones llevadas a cabo con anterioridad a este
proyecto han permitido construir un modelo 3D realizado con el software
Geomodeller que incorpora información tanto de superficie como de subsuelo. La
información de superficie corresponde a la cartografía geológica y la
información de subsuelo comprende, por una parte, los sondeos recopilados con
columna litológica y, por otra, la anomalía gravimétrica de Bouguer obtenida
con la interpretación de las campañas de campo. La inversión 3D de esta
anomalía ha permitió modificar y mejorar el modelo geológico 3D inicial
especialmente en los niveles más profundos. El modelo geológico 3D construido
ha permitido definir la distribución en el subsuelo de hasta cuatro coladas
volcánicas. Además, ha permitido conocer la profundidad del basamento de la
cuenca neógena de Melilla. Los nuevos datos geológicos y geofísicos que se
obtendrán con el proyecto permitirán mejorar este modelo geológico 3D.
Tabla resumen de la actividad a realizar
Actividad |
Presupuesto (€) |
12.- Elaboración de un modelo matemático de flujo en los acuíferos de Melilla. |
32.000 |
16.- Mejora del conocimiento del modelo 3D provisional realizado con los
nuevos datos geofísicos y de sondeos. |
9.000 |
TOTAL DE LA ACTIVIDAD |
41.000 |
7. Actividades en el acuífero Aluvial de Melilla
Entre los dos acuíferos
definidos en el territorio de Melilla, se encuentra el Acuífero Aluvial, el
único incluido en la MASb del mismo nombre, conformado genéricamente por los
sedimentos cuaternarios permeables del Río de Oro. Las formaciones cuaternarias
más características están representadas por una costra calcárea, responsable de
la morfología tabular de la serie terciaria, y por glacis y abanicos aluviales
antiguos procedentes de la escorrentía superficial desde el Monte Gurugú. Afloran
también formaciones fluviales del Río de Oro, así como aluviales-coluviales,
coluviones, deslizamientos y desprendimientos, marismas, playas y depósitos
antrópicos, cuya extensión superficial es más que significativa. Este acuífero
se alimenta a través de las infiltraciones del mismo río y de sus tributarios
(arroyos de Farhana y Alfonso XII, principalmente), desde el acuífero aluvial
extracomunitario, situado al oeste, y del drenaje de los acuíferos limítrofes
situados a mayor cota.
En trabajos anteriores se
llevó a cabo la perforación de sondeos de investigación junto con trabajos de
prospección geofísica para mejorar el conocimiento de este acuífero. En esta
actividad se complementarán dichos trabajos con la realización de diferentes
sondeos y una campaña de prospección geofísica complementaria en el aluvial.
Tabla resumen de la
actividad a realizar
Actividad |
Presupuesto (€) |
14.- Campaña de sondeos de investigación en el Parque Hernández y en el
trazado a la plaza de España. (5 sondeos). |
6.000 |
17.- Mejora del conocimiento del aluvial con sondeos en el primitivo
desvío del cauce hacia la Plaza de España. |
6.000 |
18.- Campaña complementaria de prospección geofísica en el aluvial. |
11.000 |
19.- Reconocimiento mediante sondeos de los sectores donde emplazar las
pantallas del aluvial, así como del área cementada bajo el puente del Escaño.
(14 sondeos). |
25.000 |
TOTAL DE LA ACTIVIDAD |
48.000 |