ARTÍCULO Nº 690 (CVE: BOME-A-2020-690) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5793 - martes, 22 de septiembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR
Extracto de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor de la Cam, destinadas a ONG y centros colaboradores con menores, año 2020.
TituloES: Subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Ciudad de Melilla
y centros colaboradores en el área del menor y la familia,
TextoES: BDNS(Identif.):524475
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b
y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/524475)
Primero. Beneficiarios:
1.1. Estar legalmente constituidas como Centro
colaborador, Organización sin ánimo de lucro, Entidades sin ánimo de lucro.
1.2 Haber justificado las subvenciones recibidas con
anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla.
1.3 Que la actividad a desarrollar tenga ámbito de
actuación circunscrito a Melilla. Se reputarán dentro del ámbito de actuación
en la Ciudad de Melilla, aquellas acciones realizadas fuera de su ámbito
territorial por la Asociación sin ánimo de lucro, siempre que las mismas tengan
un efecto acreditado posterior en la ciudad, y así se haya acreditado
formalmente.
1.4 Disponer de la estructura y capacidad suficiente para
garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia
operativa necesaria para ello.
1.5 Estar al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias, tanto estatales como locales y frente a la Seguridad
Social.
1.6 Se desestimarán las solicitudes presentadas por
todas aquellas Asociaciones, Agrupaciones, Cofradías y cualesquiera otras cuya
finalidad no se enmarque en el sistema de servicios sociales.
Segundo. Finalidad:
1.- Atención a situaciones de vulnerabilidad y/o
exclusión social.
Programas de urgencia destinados a la cobertura de
bienes de primera necesidad de las personas y familias más necesitadas
mediante: comedores sociales, entrega de alimentos, ropa y productos de
higiene; ayuda para el pago de recibos de suministros, transporte público y
gastos sanitarios; así como aquellos gastos de las familias más vulnerables con
hijos a cargo, derivados de su escolarización (financiación de libros,
uniformes y material escolar y gastos de comedor y transporte escolar)
Programas de intervención para familias con necesidades
especiales que se realicen en zonas o barrios desfavorecidos
Programas que prevean actuaciones con familias que
presenten alto riesgo de exclusión social.
Programas que faciliten el acceso al empleo para personas
en situación o en riesgo de exclusión por cuenta ajena o propia mediante el
establecimiento de itinerarios personalizados de inserción que combinen
diferentes actuaciones como información, orientación, formación, práctica
laboral y acceso al microcrédito
Programas de carácter formativo dirigidos a personas y
colectivos con bajos niveles de empleabilidad.
2.- Atención a la Infancia y Familia
Programas de promoción de relaciones familiares
saludables mediante la prevención y gestión de la conflictividad familiar.
Programas que contemplen actuaciones en las áreas de
salud, seguimiento escolar, pautas de crianza y socialización, entre otras.
Programas de mediación familiar como proceso de
negociación no conflictiva en las situaciones de ruptura de la pareja y otros
supuestos de conflictividad familiar donde esté indicada, primando en todo el
proceso el interés de los menores.
Programas que se desarrollen con niños y niñas en
situación de riesgo y que propongan acciones preventivas y de intervención,
complementarias de los servicios normalizados educativos, de ocio y tiempo
libre
Programas que se desarrollen en servicios educativos o
de tiempo libre en áreas desfavorecidas y/o zonas de riesgo social, mediante
colaboración de entidades una vez finalizadas las actividades escolares diarias
y en periodos vacacionales.
Programas de inserción laboral para familias que se
encuentran en situación de especial dificultad.
Programas de promoción de la educación, sanidad y
calidad de vida infantil y protección de los derechos de la infancia.
Programas para la prevención y atención educativa y
socio-sanitaria ante la violencia hacia la infancia.
Programas de fomento de la atención a menores con
necesidades educativas y sociosanitarias, promocionando su necesidad de
integración en un medio familiar, mediante la adopción y el acogimiento.
Programas de atención integral educativa y
socio-sanitaria en servicios residenciales para infancia en situación de
dificultad social.
Programas que incluyan aspectos de mediación
intercultural para facilitar la adaptación del menor al centro, además de la
relación de los técnicos con las familias.
Programas residenciales y de ejecución de medidas en
medio abierto para menores en conflicto social, susceptibles de materialización
por las Organizaciones no Gubernamentales.
Programas complementarios al acogimiento residencial en
Centros de protección de menores
Programas que establezcan mecanismos de coordinación
que hagan más eficaz la integración de los menores en el contexto familiar,
social, educativo y laboral.
Programas educativos y de capacitación prelaboral para
menores en acogimiento residencial en Centros de protección de menores
Programas de acompañamiento en itinerarios de inserción
laboral para menores de Centros.
Tercero. Bases reguladoras:
Las contenidas en el Reglamento General de Subvenciones
de la CAM y las propias de ésta convocatoria.
Cuarto. Importe:
Estas ayudas se financiarán con cargo a los disponibles
en la Aplicación Presupuestaria 2020 01/23101/48000, por un importe máximo de
374.612,42€, según Certificado de Retención de Crédito n. º de operación
12020000044116 de fecha 10 de julio de 2020.
El porcentaje máximo de financiación de cada programa
no podrá superar los 17.000 €, de acuerdo con lo previstos en las Bases que
rigen la presente subvención.
Quinto: Plazo de presentación de solicitudes:
La solicitud de subvención, acompañada de la
documentación, podrá presentarse dentro de un plazo de 15 días hábiles,
contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Melilla (BOME).
Lugar de
la Firma: Melilla
Fecha de
la Firma: 2020-09-14
Firmante:
Consejero de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor,
Mohamed
Ahmed Al-Lal