ARTÍCULO Nº 711 (CVE: BOME-A-2020-711) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5795 - martes, 29 de septiembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Orden nº 1606 de fecha 23 de septiembre de 2020, relativa a celebración de las pruebas teóricas para la obtención del titulo de capitán de yate.
El/La titular de la Consejería/Viceconsejería,
mediante Orden/Resolución de
23/09/2020, registrada al número 2020001606, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con lo establecido
en el Real Decreto 1384/1997, de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y
servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de
enseñanzas náutico-deportivas, subacuático-deportivas y buceo profesional, se
autoriza la celebración de las pruebas teóricas para la obtención del título de
Capitán
de Yate, a celebrar en Melilla, el día 19 de noviembre de 2020, en el I.E.S.
Miguel Fernández, en Avenida General Astilleros, s/n., en Melilla, en el
horario establecido en el Anexo II, según se determina en la presente
convocatoria.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
12855/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La celebración del examen se
desarrollará conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de
octubre (B.O.E. nº 247 de 11/10/2014) y Real Decreto 298 /2019 de 5 de abril,
por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones
de recreo, y de acuerdo con las siguientes Bases:
Primera.- Los interesados en
participar en el examen convocado formularán solicitud al efecto (modelo de
instancia anexo), dirigida al Consejero de Infraestructura, Urbanismo y
Deporte, la presentarán en la Oficina de Eventos Deportivos y Náutica, ubicada
en la calle Músico Granados, nº 3, 52003 Melilla, o bien directamente o a través de lo
establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segunda.- A esta solicitud se
acompañará:
1.- Copia clara y legible,
autenticada ó cotejada (por ambas caras), del documento nacional de identidad
en vigor, (sin caducar), ó del NIE igualmente en vigor (sin caducar) en caso de
no poseer nacionalidad española.
2.-Certificado médico oficial
ajustado a lo dispuesto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, capítulo
IV sobre Reconocimientos Psicofísicos, en sus artículos 21 y 22, este último
modificado por el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril.
3.- Copia autenticada ó cotejada de la
titulación de Patrón de Embarcaciones de Recreo (P.E.R.) y de Patrón de Yate
(PY), no siendo necesario aportar dichas copia por aquellos/as interesados/as a
los/las que se les haya expedido las citadas titulaciones de Patrón de
Embarcaciones de Recreo (PER) y Patrón de Yate (PY) por la Ciudad Autónoma de
Melilla.
4.- Certificado original de los
resultados obtenidos en la última convocatoria, si procede.
5.- Solicitud de convalidación de
asignaturas, si procede.
6.- Justificante del abono de los
derechos de examen correspondientes, cuya cuantía asciende a 91 € y que serán
ingresados en la cuenta de la Ciudad Autónoma de Melilla abierta en el
B.S.C.H., con el título Recaudación Directa, identificada con los siguientes
dígitos:
IBAN: ES41 Entidad: 0049-Oficina: 2506
D.C.: 19 Nº. Cuenta: 1310534790
Tercera.- El plazo de presentación de
solicitudes comenzará en el momento de la publicación de la presente
convocatoria en el BOME y finalizará el día 6
de noviembre de 2020. Una vez realizada la prueba y publicados sus
resultados, el plazo de presentación de reclamaciones a las mismas será de diez
días naturales a contar desde la fecha de la publicación de los resultados.
Cuarta.- El Tribunal juzgador
de esta prueba, nombrado por el Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y
Deporte, estará formado por:
Presidente: D. Alfonso Gómez
Martínez
Secretaria: Dª. Inmaculada Merchán Mesa
Vocales: D. Manuel Ángel García Pascual
D. Juan José Collado Martín
Dª. Mª del
Pilar Gutiérrez Ramón
El Tribunal Suplente estará
compuesto por:
Presidente: D. Germán Ortíz Sánchez
Secretaria: Dª. Gema Viñas del Castillo
Vocales: D. Antonio Mínguez Samper
D. Hossain Mohand Buhut
Dª. Isabel
Hoyos Bernal
Los miembros de los mismos tendrán
derecho a la percepción de indemnizaciones por asistencias, de conformidad con
lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
Quinta.- Criterios de corrección: en
el anexo II de la presente resolución, de acuerdo con el Real Decreto 875/2014,
de 10 de octubre, y el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, se establecen las
normas y corrección de los exámenes de cada titulación.
Sexta.- La presente convocatoria y
cuantos actos administrativos deriven de ella podrán ser impugnados en los
casos y formas previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptima.- Los aspirantes deberán ir
provistos del material necesario para los ejercicios. Para obtener cualquier
información relativa a esta Convocatoria, podrán dirigirse a la sede de la,
Oficina de Eventos Deportivos y Náutica, ubicada en la calle Músico Granados,
nº 3, 52003 Melilla - Teléfono: 95 269 92 34, o a
través de su correo electrónico: titulacionesnauticas@melilla.es .
A N E X O I
Solicitud de participación en la
prueba teórica para la obtención del título de Capitán de Yate.
Apellidos:
Nombre:
DNI ó NIE:
Fecha de Nacimiento:
Domicilio:
Código
Postal: Correo electrónico:
Teléfono: Teléfono
Móvil:
Solicito se me admita esta
instancia, junto con la documentación que se acompaña, de conformidad con la
Orden de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, para esta
Convocatoria.
En ,
a de de 2020
Excmo. Sr. Consejero
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte.
Ciudad Autónoma de Melilla.
A N E X O I I
1.
Horarios de la prueba teórica para la obtención del
Título de Capitán
de Yate:
Día 19/11/2020
- De 18:30 a 21:00 horas.
2.
El examen se compondrá de 40 preguntas tipo test de
formulación independiente entre sí, con 4 respuestas alternativas siendo
únicamente una válida, con una duración máxima de 2 horas y media.
El examen se corregirá mediante un
doble criterio de valoración:
a)
Globalmente. Para lograr el aprobado se deberá
responder correctamente un mínimo de 28 preguntas, no permitiéndose en ciertas
materias, superar un número máximo de errores:
-
De teoría de navegación, máximo de 5 errores
permitidos.
-
De cálculos de navegación, máximo 4 errores
permitidos.
b)
Por módulos temáticos. Se podrá lograr el aprobado
por módulos, siempre y cuando se superen los criterios específicos de las dos
materias que componen cada módulo de acuerdo a los siguientes criterios:
-
Módulo de navegación: ( 1 hora y 30 minutos )
•
Teoría de navegación: máximo de 5 errores
•
Cálculo de navegación: máximo de 4 errores
-
Módulo genérico: ( 1 hora )
•
Meteorología: máximo de 5 errores
•
Inglés: máximo de 5 errores
3.
Material necesario: Bolígrafo, lápiz nº 2 y goma de
borrar. Para el examen de Navegación, además llevarán el material necesario
para los ejercicios de cálculos, (escuadra, cartabón, compás y transportador de
ángulos), y el almanaque náutico del año en curso y/o calculadora científica no
programable. También podrán llevar diccionario de inglés.
4.
En el caso de aprobar algún módulo, contado desde
la entrada en vigor del R.D. 875/2014, se conservará dicho aprobado durante las
dos convocatorias siguientes y naturales en las que la administración
competente realice exámenes de capitán de yate. El
aprobado por módulos solo será válido en el ámbito exclusivo de cada
Administración con competencias.
5.
No presentación a examen: la no presentación a
examen no dará lugar al cambio ni a la devolución de la matrícula.
6.
Un vez aprobado el examen teórico, y superadas las
prácticas de navegación y el curso de radio correspondientes, la Ciudad
Autónoma de Melilla, previa solicitud del interesado, procederá a la expedición
de la tarjeta (en papel timbrado estatal) y la anotación registral constitutiva
del título.
7.
El plazo máximo para la solicitud del título será
de 24 meses, contados desde la publicación de notas definitivas o desde la
superación de las prácticas obligatorias, superado el plazo, el interesado
perderá todos sus derechos, debiendo superar de nuevo el examen teórico y/o las
prácticas obligatorias.
8.
Un vez finalizado el plazo de inscripción, según lo
establecido en la presente convocatoria, se hará pública la lista provisional
de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios de la Oficina de Eventos
Deportivos y Náutica, pudiendo, en el plazo de diez días, subsanar las
deficiencias aquellos candidatos que hayan resultado excluidos, conforme al
artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9.
Resultado del examen: finalizado el examen, las
listas provisionales de calificaciones (que se elevarán a definitivas una vez
finalizado el plazo de reclamaciones), se publicará en el tablón de anuncio de
la Oficina de Eventos Deportivos y Náutica y en la página web de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
Los candidatos dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de
las listas de calificaciones provisionales en el tablón de anuncios, para
presentar por escrito las reclamaciones que consideren oportunas, debidamente
razonadas, acompañadas de fotocopia del DNI, dirigidas al Secretario del
Tribunal, con indicación de los datos personales, domicilio y código postal de
la localidad, al objeto de dar la oportuna contestación por escrito. Serán
desestimadas de oficio las reclamaciones en las que falten algunos de los
requisitos señalados anteriormente.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta
Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso,
si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos
oportunos.
Melilla 24 de septiembre de 2020,
La Secretaria Técnica de Infraestructuras,
Urbanismo y Deporte,
Inmaculada Merchán Mesa