ARTÍCULO Nº 749 (CVE: BOME-A-2020-749) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5797 - martes, 6 de octubre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PROYECTO MELILLA, S.A - PROYECTO MELILLA, S.A


Resolución provisional de subvenciones concedidas en la convocatoria de ayudas del régimen de concurrencia no competitivas del programa de apoyo a empresas melillenses afectadas por la crisis generada por el COVID-19.

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL INSTRUCTOR

DE LA SEGUNDA COMISIÓN DE EVALUACION

 

ANTECEDENTES

 

1. Mediante Acuerdo de Pleno de la excma. Asamblea de Melilla de fecha 21 de mayo de 2020 se adoptó, entre otros acuerdos, en su punto 6 el PLAN DE MEDIDAS DE APOYO ECONÓMICO DESTINADO A LAS EMPRESAS Y FAMILIAS MELILLENSES EN RELACIÓN AL IMPACTO PRODUCIDO POR EL COVID-19 (Bome Extraordinario nº 19 de 22/05/2020)

2. En aplicación del Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva celebrada el día 6 de julio de 2020, en su punto décimo noveno, aprobó las BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19 (Bome nº 5774 de 17/07/2020)

3. En Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 17 de agosto de 2020, se adopta el ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRECTAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19 (Bome nº 5783 de 18/08/2020).

4. Terminado el plazo de la Convocatoria de ayudas del RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19, el 03/09/2020.

5.- El informe de la Segunda Comisión de Evaluación de la Consejería, como órgano colegiado, en sesión de fecha 28 de septiembre de 2020.

 

RESULTANDO

 

1.- Que los peticionarios solicitan Ayuda conforme a lo establecido en la norma citada.

2.- Que por la Comisión de Evaluación de la Consejería, como Órgano Colegiado para la evaluación de las solicitudes presentadas en la Convocatoria de ayudas del RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19,  el día 10 de septiembre de 2020, se emite informe sobre las peticiones formuladas.

 

FUNDAMENTOS

 

1. Que la competencia para la realización de la Propuesta de Resolución Provisional recae sobre el instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, conforme a lo establecido en el art. 13.6. de las bases reguladoras.

2. Que se cumplen en el expediente de solicitud las precauciones y trámites dispuestos en las bases reguladoras de tales ayudas.

3. Que esta subvención se financiará con cargo al Presupuesto General Consolidado de la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para el año 2020, en concreto con la aplicación presupuestaria 08/43000/44901 “ PROMESA, Fondo Apoyo Pymes y autónomos crisis covid19”, cuantía de 12.790.000,00 euros, según el Acuerdo del Pleno de la Excma. Asamblea de Melilla adoptado en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 21 de mayo de 2020, en su Punto 9 ( “aprobación del expediente de modificación de créditos en el vigente presupuesto de la ciudad número 13.059/2020, denominado crédito extraordinario financiado con operación de crédito establecida en articulo 177.5 del TRLHL”( BOME extraordinario número 19 de 22 de mayo de 2020).

4. Que existe crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de la presente subvención.

5. Que los criterios seguidos para la resolución de los expedientes incluidos e la presente propuesta provisional se han resuelto en régimen de concurrencia no competitiva, siguiendo el orden riguroso de incoación, en función de la fecha de su presentación y siempre que dicho expediente este completo y pueda estudiarse y resolverse conforme a las bases reguladoras y convocatoria.

6. Que se han evaluado parte de las solicitudes presentadas siguiendo los criterios señalados en el punto anterior.

 

Por todo lo anteriormente expuesto este órgano instructor adopta el siguiente:

 

ACUERDO

 

1. Proponer provisionalmente la concesión de la subvención solicitada a las entidades que aparecen relacionadas en el Anexo, que han justificado por el importe que se indican.

2.- Se notifique la presente mediante su publicación en el Tablón de Anuncios y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla. Complementariamente se publicará también en la página web de la Ciudad Autónoma de Melilla y en la de la entidad gestora www.promesa.net. Estas publicaciones respetarán lo dispuesto en la disposición adicional 7ª de la LO 3/2018. De conformidad con lo dispuesto en el art. 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos, conforme a lo señalado en el artículo 13.6 de las bases reguladoras 
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y convocatoria, indicándole a los solicitantes que la propuesta de resolución provisional, no creará derecho alguno a favor del beneficiario, mientras no se haya comunicado la resolución de concesión.

3.- Participarle a la entidad que tiene un plazo de 5 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Melilla, para efectuar las alegaciones que estime oportunas, a tenor de lo dispuesto en el Art. 13.6 de las bases reguladoras y convocatoria.

4.- La presentación de alegaciones a esta propuesta provisional implicará la no aceptación de dicha propuesta hasta que sean resueltas las alegaciones presentadas. En caso contrario la presente propuesta provisional se entenderá definitiva.

 

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.

 

 

 

 

LA SECRETARIA TECNICA DE ECONOMIA:

GEMA VIÑAS DEL CASTILLO