ARTÍCULO Nº 749 (CVE: BOME-A-2020-749) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5797 - martes, 6 de octubre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PROYECTO MELILLA, S.A - PROYECTO MELILLA, S.A
Resolución provisional de subvenciones concedidas en la convocatoria de ayudas del régimen de concurrencia no competitivas del programa de apoyo a empresas melillenses afectadas por la crisis generada por el COVID-19.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL INSTRUCTOR
DE LA SEGUNDA COMISIÓN DE EVALUACION
ANTECEDENTES
1. Mediante Acuerdo de
Pleno de la excma. Asamblea de Melilla de fecha 21 de mayo de 2020 se adoptó,
entre otros acuerdos, en su punto 6 el PLAN DE MEDIDAS DE APOYO ECONÓMICO
DESTINADO A LAS EMPRESAS Y FAMILIAS MELILLENSES EN RELACIÓN AL IMPACTO
PRODUCIDO POR EL COVID-19 (Bome
Extraordinario nº 19 de 22/05/2020)
2. En
aplicación del Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, el Consejo de
Gobierno, en sesión ejecutiva celebrada el día 6 de julio de 2020, en su punto
décimo noveno, aprobó las BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS
MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19 (Bome nº 5774 de 17/07/2020)
3. En
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 17 de agosto de 2020, se adopta el ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA LA AMPLIACIÓN
DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE
SUBVENCIONES DIRECTAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE
APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19
(Bome nº 5783 de 18/08/2020).
4.
Terminado el plazo de la Convocatoria de ayudas del RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA
CRISIS GENERADA POR EL COVID-19, el 03/09/2020.
5.- El informe de la Segunda
Comisión de Evaluación de la Consejería, como órgano colegiado, en sesión de
fecha 28 de septiembre de 2020.
RESULTANDO
1.- Que los peticionarios
solicitan Ayuda conforme a lo establecido en la norma citada.
2.- Que por la Comisión de
Evaluación de la Consejería, como Órgano Colegiado para la evaluación de las
solicitudes presentadas en la Convocatoria de ayudas del RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL
PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR
EL COVID-19, el día 10 de septiembre de 2020, se emite
informe sobre las peticiones formuladas.
FUNDAMENTOS
1. Que la competencia para
la realización de la Propuesta de Resolución Provisional recae sobre el
instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado,
conforme a lo establecido en el art. 13.6. de las bases reguladoras.
2. Que se cumplen en el
expediente de solicitud las precauciones y trámites dispuestos en las bases
reguladoras de tales ayudas.
3. Que esta subvención se financiará con cargo al Presupuesto General
Consolidado de la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus
Sociedades Mercantiles para el año 2020, en concreto con la aplicación
presupuestaria 08/43000/44901 “
PROMESA, Fondo Apoyo Pymes y autónomos crisis covid19”, cuantía de
12.790.000,00 euros, según el Acuerdo del Pleno de la Excma. Asamblea de
Melilla adoptado en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 21 de mayo
de 2020, en su Punto 9 ( “aprobación
del expediente de modificación de créditos en el vigente presupuesto de la
ciudad número 13.059/2020, denominado crédito extraordinario financiado con
operación de crédito establecida en articulo 177.5 del TRLHL”( BOME
extraordinario número 19 de 22 de mayo de 2020).
4. Que existe crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones
de contenido económico que se deriven de la concesión de la presente
subvención.
5. Que los criterios seguidos para la resolución de los expedientes
incluidos e la presente propuesta provisional se han resuelto en régimen
de concurrencia no competitiva, siguiendo el orden riguroso de incoación, en
función de la fecha de su presentación y siempre que dicho expediente este
completo y pueda estudiarse y resolverse conforme a las bases reguladoras y
convocatoria.
6. Que se
han evaluado parte de las solicitudes presentadas siguiendo los criterios
señalados en el punto anterior.
Por todo lo
anteriormente expuesto este órgano instructor adopta el siguiente:
ACUERDO
1. Proponer provisionalmente la concesión de
la subvención solicitada a las entidades que aparecen relacionadas en el Anexo,
que han justificado por el importe que se indican.
y convocatoria, indicándole
a los solicitantes que la propuesta de resolución provisional, no creará
derecho alguno a favor del beneficiario, mientras no se haya comunicado la
resolución de concesión.
3.-
Participarle a la entidad que tiene un plazo de 5 días naturales, a partir del
día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Melilla,
para efectuar las alegaciones que estime oportunas, a tenor de lo dispuesto en
el Art. 13.6 de las bases reguladoras y convocatoria.
4.- La presentación de
alegaciones a esta propuesta provisional implicará la no aceptación de dicha
propuesta hasta que sean resueltas las alegaciones presentadas. En caso
contrario la presente propuesta provisional se entenderá definitiva.
Lo que le comunico para su
conocimiento y efectos oportunos.
LA SECRETARIA TECNICA DE
ECONOMIA:
GEMA VIÑAS DEL CASTILLO