ARTÍCULO Nº 785 (CVE: BOME-A-2020-785) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5801 - martes, 20 de octubre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 258/2020 seguido a instancia de Clece S.A.

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JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2  DE MELILLA

PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 258/2020

DECRETO DEL EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, NÚM.2020000508 , DE FECHA 25/09/2020 , POR EL QUE SE ACUERDA PERSONACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 258/2020  DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NÚMERO 2 DE MELILLA INTERESADOS:

 

En el expediente referenciado, se ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, dando lugar al Procedimiento Ordinario Nº 258/2020   en el desarrollo del cual ha recaído Resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº2    de Melilla, de fecha  de septiembre de   16 de septiembre de 2020    , cuyo contenido es el siguiente:

 

"ACUERDO:

 

q     Admitir la demanda interpuesta por la representación procesal de D./Dª CLECE S.A, contra CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA,  sobre responsabilidad patrimonial.

q     Tramitar el presente recurso por las normas del Procedimiento Abreviado del Art. 78  de la LJCA.

q     Se fija, provisionalmente, la cuantía del presente recurso en 7.390,38€.

q     Tener por personado y parte a la Procuradora CRISTINA PILAR COBREROS RICO, en nombre y representación del recurrente CLECE S.A, en virtud del poder para pleitos aportado.

q     Dar traslado a la Administración demandada del escrito de demanda y documentos presentados por la parte recurrente, requiriéndole que remita el expediente administrativo, con al menos QUINCE DÍAS DE ANTELACIÓN, del término señalado  para la resolución por la que se acuerde su remisión  a cuantos aparezcan  como interesados en el expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

 

o El expediente administrativo con la implantación de la Justicia digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos INSIDE, en el que  se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático.

 

Citar a las partes para la celebración de la vista que tendrá lugar el día 27/10/2020 a las 11:00h, una vez consultada la agenda programada de señalamientos, haciendo  saber a las partes que si el recurrente no comparece se le tendrá por desistido del recurso y se le condenará a costas;  apercibiendo al demandante, que si no comparece personalmente  y, en el acto de la vista, se solicitare la prueba de interrogatorio de parte y no estuviere presente, SSª , podrá considerar reconocidos los hechos en que dicha parte hubiese intervenido  personalmente y cuya fijación como ciertos le sean enteramente perjudicial además de imponerle la multa a que se refiere el apartado 4º del art. 292 nde la L.E.C; apercibiendo también a las partes, (art. 440 de la LEC) que en el plazo de los cinco días siguientes a la recepción de la citación, deben indicar las personas que por no poderlas presentar ellas mismas, han de ser citadas por el Secretario Judicial a la vista para que declaren en calidad de partes o de testigos y si no comparece la Administración demandada, continuará la vista en su ausencia, con las prevenciones, en orden a la realización y desarrollo de la prueba, recogidas en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución.

 

Hágase saber a las partes que la vista se desarrollará por el orden y la forma prevista en los apartados 7 y siguientes del citado artículo 78 LJCA, y en relación a la prueba que:

 

a)             La prueba deberá practicarse en el acto de la vista, siendo carga de cada parte la aportación de las pruebas que intente hacer valer su juicio.

b)             Sólo se suspenderá el juicio para la prácticas de pruebas, cuando no hubieran podido ser aportadas por el proponente si mala fe(art. 78.18 LJCA).

c)    A los efectos expresado en los apartados a) y b), la citación indicará también a las partes que, en el plazo de los cinco días siguientes  a la recepción de la citación, deben indicar las personas que, por no poderlas presentar ellas mismas, han de ser citadas por el Letrado de la Administración de Justicia a la vista para que declaren en calidad de parte, testigos o peritos. A tal fin, facilitarán todos los datos y circunstancias preciso para llevar a cabo la citación. En el mismo plazo de cinco días podrán las partes pedir respuestas escritas a cargo de personas jurídicas o entidades públicas, por los trámites establecidos en el artículo 381, todo ello como dispone el art. 440 de la L.E.C; no obstante si fuera preciso por no haberse pedido con antelación en el plazo anteriormente indicado, las partes pueden solicitar, en plazo no inferior a DIEZ DÍAS, antes de la celebración del juicio  y en concreto citaciones y requerimientos pertinentes (artículo 149 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), incluso la solicitud de interrogatorio de la administración demandada 
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  por vía de informe(artículo 315 de la LEC). En el escrito de solicitud deberán expresarse en forma ordenada los puntos de heso sobre los que haya de versar la prueba (Art. 60.1 LJCA) dese cuenta de dicho señalamiento al SSª.

 

MODO DE IMPUGNACIÓN

 

Recurso de reposición en el plazo d CINCO DÍAS a contar desde el siguiente a su notificación, mediante escrito dirigido9 a este Órgano Judicial, y sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución recurrida.

 

Lo acuerda y firma el Letrado de la Administración de Justicia Dª MARIA PURIFICACIÓN PRIETO RAMÍRES."

 

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la Ley de la Jurisdicción Administrativa (Ley 29/98, de 13 de julio) en relación con el art. 42 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Ley 39/15, de 1 de octubre), se procede a notificar a cuantos sean interesados en el procedimiento, que disponen de nueve días para personarse en el juzgado.

 

Melilla 19 de octubre de 2020,

La Secretaria Técnica de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,

Inmaculada Merchán Mesa