ARTÍCULO Nº 785 (CVE: BOME-A-2020-785) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5801 - martes, 20 de octubre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 258/2020 seguido a instancia de Clece S.A.
JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE MELILLA
PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 258/2020
DECRETO DEL EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, NÚM.2020000508 , DE FECHA 25/09/2020 , POR EL QUE
SE ACUERDA PERSONACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 258/2020 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
NÚMERO 2 DE MELILLA INTERESADOS:
En el expediente referenciado, se ha interpuesto Recurso Contencioso
Administrativo, dando lugar al Procedimiento Ordinario Nº 258/2020 en el desarrollo del cual ha recaído
Resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº2 de Melilla, de fecha de septiembre de 16 de septiembre de 2020 , cuyo contenido es el siguiente:
"ACUERDO:
q
Admitir la demanda interpuesta por la representación procesal de D./Dª
CLECE S.A, contra CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA,
sobre responsabilidad patrimonial.
q
Tramitar el presente recurso por las normas del Procedimiento Abreviado
del Art. 78 de la LJCA.
q
Se fija, provisionalmente, la cuantía del presente recurso en 7.390,38€.
q
Tener por personado y parte a la Procuradora CRISTINA PILAR COBREROS
RICO, en nombre y representación del recurrente CLECE S.A, en virtud del poder
para pleitos aportado.
q
Dar traslado a la Administración demandada del escrito de demanda y
documentos presentados por la parte recurrente, requiriéndole que remita el
expediente administrativo, con al menos QUINCE DÍAS DE ANTELACIÓN, del término
señalado para la resolución por la que
se acuerde su remisión a cuantos
aparezcan como interesados en el
expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el
plazo de nueve días.
o El expediente administrativo
con la implantación de la Justicia digital deberá llegar al Órgano Judicial de
forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos INSIDE,
en el que se contendrá un índice
detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el
expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático.
Citar
a las partes para la celebración de la vista que tendrá lugar el día 27/10/2020
a las 11:00h, una vez consultada la agenda programada de señalamientos,
haciendo saber a las partes que si el
recurrente no comparece se le tendrá por desistido del recurso y se le
condenará a costas; apercibiendo al
demandante, que si no comparece personalmente
y, en el acto de la vista, se solicitare la prueba de interrogatorio de
parte y no estuviere presente, SSª , podrá considerar reconocidos los hechos en
que dicha parte hubiese intervenido
personalmente y cuya fijación como ciertos le sean enteramente
perjudicial además de imponerle la multa a que se refiere el apartado 4º del
art. 292 nde la L.E.C; apercibiendo también a las partes, (art. 440 de la LEC)
que en el plazo de los cinco días siguientes a la recepción de la citación,
deben indicar las personas que por no poderlas presentar ellas mismas, han de
ser citadas por el Secretario Judicial a la vista para que declaren en calidad
de partes o de testigos y si no comparece la Administración demandada,
continuará la vista en su ausencia, con las prevenciones, en orden a la
realización y desarrollo de la prueba, recogidas en el fundamento de derecho
tercero de la presente resolución.
Hágase saber a las partes que
la vista se desarrollará por el orden y la forma prevista en los apartados 7 y
siguientes del citado artículo 78 LJCA, y en relación a la prueba que:
a)
La prueba deberá practicarse en el acto de la vista, siendo carga de
cada parte la aportación de las pruebas que intente hacer valer su juicio.
b)
Sólo se suspenderá el juicio para la prácticas de pruebas, cuando no
hubieran podido ser aportadas por el proponente si mala fe(art. 78.18 LJCA).
por vía de informe(artículo 315 de la LEC). En el escrito de solicitud
deberán expresarse en forma ordenada los puntos de heso sobre los que haya de
versar la prueba (Art. 60.1 LJCA) dese cuenta de dicho señalamiento al SSª.
MODO DE IMPUGNACIÓN
Recurso de reposición en el
plazo d CINCO DÍAS a contar desde el siguiente a su notificación, mediante
escrito dirigido9 a este Órgano Judicial, y sin perjuicio del cual se llevará a
efecto la resolución recurrida.
Lo acuerda y firma el
Letrado de la Administración de Justicia Dª MARIA PURIFICACIÓN PRIETO RAMÍRES."
De
conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la Ley de la Jurisdicción Administrativa
(Ley 29/98, de 13 de julio) en relación con el art. 42 de la Ley del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Ley 39/15,
de 1 de octubre), se procede a notificar a cuantos sean interesados en el
procedimiento, que disponen de nueve días para personarse en el juzgado.
Melilla 19 de octubre
de 2020,
La Secretaria Técnica
de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,
Inmaculada Merchán
Mesa