ARTÍCULO Nº 801 (CVE: BOME-A-2020-801) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5802 - viernes, 23 de octubre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 15 de octubre de 2020, relativo a la aprobación de subvención directa excepcional por COVID curso 20/21 a Escuela Infantil Merlin.Academia Vetonia.
El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria
celebrada el día 15 de octubre de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente
acuerdo:
“Aprobar Propuesta de la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad relativa a SUBVENCIÓN DIRECTA EXCEPCIONAL POR
COVID CURSO 20/21 A ESCUELA INFANTIL MERLÍN. ACADEMINA VETONIA, con el
siguiente tenor literal:
Actualmente vivimos inmersos en una pandemia mundial
provocada por el virus COVID19 que hace que se deban adoptar las necesarias
medidas anticontagio, contra COVID-19, para el desarrollo de las clases
lectivas con plenas garantías durante el presente curso escolar 2020/2021 en la
totalidad de centros docentes de nuestra Ciudad. Se trata de una grave crisis
sanitaria que padecemos a consecuencia del virus que hace necesario la adopción
de medidas excepcionales con el fin de evitar contagios.
La Ciudad Autónoma de Melilla ha recibido fondos COVID
destinados al área de educación y regidos por Real Decreto Ley 22/2020, 16 de
junio, por el que se regula su creación y se establecen las reglas relativas a
su distribución y libramiento. Por ello, se ha efectuado la oportuna generación
de créditos por ingresos dando lugar a la Aplicación Presupuestaria
14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”,
La Intervención General de la Ciudad Autónoma de
Melilla ha informado, con fecha 25/09/2020,
la existencia de crédito suficiente para la subvención que nos ocupa por
cuantía de 58.411,86 euros con cargo dicha aplicación presupuestaria
14/32000/48900 “Subvenciones Entidades Enseñanza”, habiéndose efectuado R.C. nº
12020000059552 por dicho importe.
Con cargo a aplicación 14/32000/48906 “Subvenciones
Entidades Enseñanza Covid”, se tramitan procedimientos de concesión de las
necesarias subvenciones directas excepcionales para medidas anticovid por la
totalidad de centros docentes de Melilla, de Educación Infantil, Primaria,
Especial, Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y de Educación
Reglada de Personas Adultas, en atención de las líneas educativas existentes en
los mismos.
El artículo 16,
apartado 27, del vigente Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla atribuye al Consejo de Gobierno la aprobación de la
concesión directa de subvenciones a las que alude el artículo 22.2 de la Ley
General de Subvenciones, cuando estas igualen o superen los 18.000 euros.
En su virtud, instruido el expediente administrativo
pertinente y evacuados los informes preceptivos, con sujeción a las bases
reguladoras de la concesión de ayudas y subvenciones publicas por el
procedimiento de concesión directa en el ámbito de actuación de la Consejería
de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad (antes Educación y Colectivos
Sociales), publicadas en el BOME nº 5202, de 23 de enero de 2015, VENGO EN
PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO, la concesión de una subvención directa
excepcional a ESCUELA INFANTIL MERLÍN. ACADEMINA VETONIA , con CIF B-52004017,
por importe de 58.411,86 euros, al objeto de la adopción de medidas preventivas
anticovid durante el curso escolar
2020/2021, con cargo a la aplicación presupuestaria 202014/32000/48906 “Subvenciones
Entidades Enseñanza Covid”, RC nº 12020000059552, debiendo destinarse a
sufragar los siguientes gastos, sin perjuicio de que tratándose de estimaciones
determinados apartados requieran una mayor aportación que se atendería
detrayendo cantidades previstas para los otros, previa autorización de la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad:
ACTUACIÓN |
IMPORTE |
Dos educadores de aula 35h/semana |
26.025,90
euros. |
Un educadores de aula 25h/semana |
8.907,07 euros. |
Dos limpiadoras extraordinarias 20h/semana |
14.389,47
euros |
Protocolo extraordinario de desinfección |
5.440,00 euros. |
Suministro de purificadores de aire filtros HEPA |
2.050,59
euros. |
Protocolo limpieza higienización de aire acondicionado |
1.598,83 euros. |
Total |
58.411,86
euros |
La aportación económica por parte de la Ciudad Autónoma
de Melilla se abonará mediante pago anticipado, a la adopción del presente
acuerdo, con carácter de “a justificar”, dispensándose la constitución de
garantía en atención al objeto de la subvención.
La percepción de la subvención es compatible con los
ingresos que para el mismo objeto pueda percibir la entidad beneficiaria,
procedentes de cualesquiera personas o entidades tanto públicas como privadas,
si bien su importe no podrá superar el coste total de la actividad
subvencionada, en cuyo caso se minorará la subvención en la cantidad
correspondiente.
El beneficiario podrá subcontratar totalmente la
actividad subvencionada, en los términos y condiciones establecidos en la Ley
General de Subvenciones.
El citado centro docente asumirá las obligaciones
establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones. Así como deberá dar la adecuada publicidad del carácter
publico de la financiación de las actuaciones
subvencionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a Fondo
COVID.
La justificación se realizará mediante rendición de
cuenta justificativa que comprenderá el coste total del curso académico
2020/2021 de la actividad subvencionada y la totalidad de ingresos y los
justificantes de gastos imputados a sufragar dicha actividad.
La cuenta justificativa se presentará en el plazo
máximo de tres meses desde la conclusión del curso escolar 2020/2021, ante la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, Dirección General de
Educación e Igualdad, que una vez conformada la remitirá, en caso de que así se
le requiera, a la Intervención General de la Ciudad.
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y demás concordantes, contra el presente acuerdo,
que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a
interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, en el
plazo de un mes a partir del día de su publicación, o bien directamente recurso contencioso
administrativo ante la Sala lo Contencioso de Málaga, del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde la publicación del
mismo.”
Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para
general conocimiento.
Melilla
19 de octubre de 2020,
El
Secretario Accidental del Consejo de Gobierno,
Antonio
Jesús García Alemany