ARTÍCULO Nº 894
(CVE: BOME-A-2020-894)
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BOME Nº 5808 - viernes, 13 de noviembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Acuerdo del consejo de gobierno de fecha 6 de noviembre de 2020 relativo a concesión de subvención directa excepcional por COVID al IES juan Antonio Fernández Pérez para curso 2020/2021

El Consejo de Gobierno, en
sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 6 de noviembre de 2020, adoptó,
entre otros, el siguiente acuerdo:
Aprobar Propuesta de la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad relativa a SUBVENCIÓN
DIRECTA EXCEPCIONAL POR COVID AL IES JUAN ANTONIO FERNÁNDEZ PEREZ PARA CURSO 2020/2021, con el siguiente tenor
literal:
“Actualmente vivimos
inmersos en una pandemia mundial provocada por el virus COVID19 que hace que se
deban adoptar las necesarias medidas anticontagio, contra COVID-19, para el
desarrollo de las clases lectivas con plenas garantías durante el presente
curso escolar 2020/2021 en la totalidad de centros docentes de nuestra Ciudad.
Se trata de una grave crisis sanitaria que padecemos a consecuencia del virus
que hace necesario la adopción de medidas excepcionales con el fin de evitar
contagios.
La Ciudad Autónoma de
Melilla ha recibido fondos COVID destinados al área de educación y regidos por
Real Decreto Ley 22/2020, 16 de junio, por el que se regula su creación y se
establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento. Por ello, se
ha efectuado la oportuna generación de créditos por ingresos dando lugar a la
Aplicación Presupuestaria 14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza
Covid”,
Por su parte, la
Intervención General de la Ciudad Autónoma de Melilla ha informado, con fecha
01/10/2020, la existencia de crédito
suficiente para la subvención que nos ocupa por cuantía de 87.077,20 euros con
cargo dicha aplicación presupuestaria 14/32000/48906 “Subvenciones Entidades
Enseñanza Covid”, habiéndose efectuado R.C. nº 12020000060901 por dicho
importe.
Con cargo a esa aplicación 14/32000/48906 “Subvenciones
Entidades Enseñanza Covid”, se tramitan procedimientos de concesión de las
necesarias subvenciones directas excepcionales para medidas anticovid por la
totalidad de centros docentes de Melilla, de Educación Infantil, Primaria,
Especial, Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y de Educación
Reglada de Personas Adultas, en atención de las líneas educativas existentes en
los mismos y solicitudes formuladas.
El artículo 16, apartado 27,
del vigente Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
atribuye al Consejo de Gobierno la aprobación de la concesión directa de
subvenciones a las que alude el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones,
cuando estas igualen o superen los 18.000 euros.
En su virtud, instruido el
expediente administrativo pertinente y evacuados los informes preceptivos, con
sujeción a las bases reguladoras de la concesión de ayudas y subvenciones
publicas por el procedimiento de concesión directa en el ámbito de actuación de
la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad (antes Educación y
Colectivos Sociales), publicadas en el BOME nº 5202, de 23 de enero de 2015,
VENGO EN PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO, La concesión de una subvención
directa excepcional al IES JUAN ANTONIO FERNANDEZ PEREZ, con CIF Q-2968035-B,
por importe de 86.951,46 euros, al objeto de la adopción de medidas preventivas
anticovid durante el curso escolar
2020/2021, con cargo a la aplicación presupuestaria 202014/32000/48906
“Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”, RC nº 12020000060901, debiendo
destinarse a sufragar los siguientes gastos, sin perjuicio de que tratándose de
estimaciones determinados apartados requieran una mayor aportación que se
atendería detrayendo cantidades previstas para los otros, previa autorización
de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad:
ACTUACIÓN |
IMPORTE EUROS |
Adquisición de solución hidroalcohólica |
8.375,00 |
Adquisición de dispensadores
de solución hidroalcohólica manuales |
498,75 |
Adquisición de dispensadores
de solución hidroalcohólica automáticos |
228,00 |
Señalización de suelo anticovid |
600,00 |
Adquisición sprays desinfectantes |
1.000,00 |
Adquisición de rollos de papel de limpieza |
1.900,00 |
Adquisición de esterilizador ultravioleta |
204,00 |
Adquisición de cámaras termográficas de control de temperaturas |
10.000,00 |
Adquisición de mascarillas quirúrgicas desechables |
3.400,00 |
Adquisición de mascarillas EPI FFP2 |
450,00 |
Adquisición de tela lavables |
475,00 |
Adquisición de mascarillas tipo apicultor |
22,00 |
Adquisición de carro fumigador |
1.050,00 |
Adquisición de pastillas de lejía solubles |
48,30 |
Adquisición de fregasuelos desinfectantes |
345,00 |
Adquisición de desinfectantes para mobiliario |
1.000,00 |
Adquisición de papeleras de pedal |
461,25 |
Adquisición de sprays aersol desinfectante |
308,40 |

Adquisición de teléfono movil para coordinador covid |
129,00 |
Adquisición de purificadores de aire con filtros Hepa |
14.935,00 |
Adquisición de recambios de filtros para los purificadores |
4.900,00 |
Adquisición de 7 pantallas interactivas para clases on.line |
13.871,76 |
Adquisición de 26 splits de aire
acondicionado con filtro Hepa y carbón activo |
14.300,00 |
Adquisición de 20 equipos informáticos de sobre mesa para trabajo
telemático y equipo covid del centro. |
8.340,00 |
Adquisición de 20 ratones y 20 teclados para trabajo telemático. |
110,00 |
|
|
TOTAL |
86.951,46 |
La aportación económica por
parte de la Ciudad Autónoma de Melilla se abonará mediante pago anticipado, a
la adopción del presente acuerdo, con carácter de “a justificar”, dispensándose
la constitución de garantía en atención al objeto de la subvención.
La percepción de la
subvención es compatible con los ingresos que para el mismo objeto pueda
percibir la entidad beneficiaria, procedentes de cualesquiera personas o
entidades tanto públicas como privadas, si bien su importe no podrá superar el
coste total de la actividad subvencionada, en cuyo caso se minorará la
subvención en la cantidad correspondiente.
El beneficiario podrá
subcontratar totalmente la actividad subvencionada, en los términos y
condiciones establecidos en la Ley General de Subvenciones.
El citado centro docente
asumirá las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones. Así como deberá dar la adecuada
publicidad del carácter publico de la financiación de las actuaciones subvencionadas por la Ciudad Autónoma de
Melilla con cargo a Fondo COVID.
La justificación se
realizará mediante rendición de cuenta justificativa que comprenderá el coste
total, durante el curso académico 2020/2021, de las actuaciones subvencionadas
y la totalidad de ingresos y los justificantes de gastos imputados a sufragar
dichas actuaciones.
La cuenta justificativa se
presentará en el plazo máximo de tres meses desde la conclusión del curso
escolar 2020/2021, ante la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
Dirección General de Educación e Igualdad, que una vez conformada la remitirá,
en caso de que así se le requiera, a la Intervención General de la Ciudad
Autónoma.”
De conformidad con los artículos
123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás concordantes,
contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe recurso
potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la
Ciudad de Melilla, en el plazo de un mes a partir del día de su publicación, o
bien directamente recurso contencioso
administrativo ante la Sala lo Contencioso de Málaga, del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde la publicación del mismo.
Lo que se publica en el
Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.
Melilla 10 de noviembre de 2020,
El Secretario Accidental del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús García Alemany