ARTÍCULO Nº 894 (CVE: BOME-A-2020-894) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5808 - viernes, 13 de noviembre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Acuerdo del consejo de gobierno de fecha 6 de noviembre de 2020 relativo a concesión de subvención directa excepcional por COVID al IES juan Antonio Fernández Pérez para curso 2020/2021

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El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 6 de noviembre de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

Aprobar Propuesta de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad relativa a SUBVENCIÓN DIRECTA EXCEPCIONAL POR COVID AL IES JUAN ANTONIO FERNÁNDEZ PEREZ  PARA CURSO 2020/2021, con el siguiente tenor literal:

 

“Actualmente vivimos inmersos en una pandemia mundial provocada por el virus COVID19 que hace que se deban adoptar las necesarias medidas anticontagio, contra COVID-19, para el desarrollo de las clases lectivas con plenas garantías durante el presente curso escolar 2020/2021 en la totalidad de centros docentes de nuestra Ciudad. Se trata de una grave crisis sanitaria que padecemos a consecuencia del virus que hace necesario la adopción de medidas excepcionales con el fin de evitar contagios.

 

La Ciudad Autónoma de Melilla ha recibido fondos COVID destinados al área de educación y regidos por Real Decreto Ley 22/2020, 16 de junio, por el que se regula su creación y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento. Por ello, se ha efectuado la oportuna generación de créditos por ingresos dando lugar a la Aplicación Presupuestaria 14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”,

 

Por su parte, la Intervención General de la Ciudad Autónoma de Melilla ha informado, con fecha 01/10/2020,  la existencia de crédito suficiente para la subvención que nos ocupa por cuantía de 87.077,20 euros con cargo dicha aplicación presupuestaria 14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”, habiéndose efectuado R.C. nº 12020000060901 por dicho importe.

 

Con cargo  a esa aplicación 14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”, se tramitan procedimientos de concesión de las necesarias subvenciones directas excepcionales para medidas anticovid por la totalidad de centros docentes de Melilla, de Educación Infantil, Primaria, Especial, Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y de Educación Reglada de Personas Adultas, en atención de las líneas educativas existentes en los mismos y solicitudes formuladas.

 

El artículo 16, apartado 27, del vigente Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla atribuye al Consejo de Gobierno la aprobación de la concesión directa de subvenciones a las que alude el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, cuando estas igualen o superen los 18.000 euros.

 

En su virtud, instruido el expediente administrativo pertinente y evacuados los informes preceptivos, con sujeción a las bases reguladoras de la concesión de ayudas y subvenciones publicas por el procedimiento de concesión directa en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad (antes Educación y Colectivos Sociales), publicadas en el BOME nº 5202, de 23 de enero de 2015, VENGO EN PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO, La concesión de una subvención directa excepcional al IES JUAN ANTONIO FERNANDEZ PEREZ, con CIF Q-2968035-B, por importe de 86.951,46 euros, al objeto de la adopción de medidas preventivas anticovid  durante el curso escolar 2020/2021, con cargo a la aplicación presupuestaria 202014/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”, RC nº 12020000060901, debiendo destinarse a sufragar los siguientes gastos, sin perjuicio de que tratándose de estimaciones determinados apartados requieran una mayor aportación que se atendería detrayendo cantidades previstas para los otros, previa autorización de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad:

 

ACTUACIÓN

IMPORTE EUROS

Adquisición de solución hidroalcohólica

8.375,00

Adquisición de dispensadores de

solución hidroalcohólica manuales

498,75

Adquisición de dispensadores de

solución hidroalcohólica automáticos

228,00

Señalización de suelo anticovid

600,00

Adquisición sprays desinfectantes

1.000,00

Adquisición de rollos de papel de limpieza

1.900,00

Adquisición de esterilizador ultravioleta

204,00

Adquisición de cámaras termográficas de control de temperaturas

10.000,00

Adquisición de mascarillas quirúrgicas desechables

3.400,00

Adquisición de mascarillas EPI FFP2

450,00

Adquisición de tela lavables

475,00

Adquisición de mascarillas tipo apicultor

22,00

Adquisición de carro fumigador

1.050,00

Adquisición de pastillas de lejía solubles

48,30

Adquisición de fregasuelos desinfectantes

345,00

Adquisición de desinfectantes para mobiliario

1.000,00

Adquisición de papeleras de pedal

461,25

Adquisición de sprays aersol desinfectante

308,40

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Adquisición de teléfono movil para coordinador covid

129,00

Adquisición de purificadores de aire con filtros Hepa

14.935,00

Adquisición de recambios de filtros para los purificadores

4.900,00

Adquisición de 7 pantallas interactivas para clases on.line

 13.871,76

Adquisición de 26 splits de aire acondicionado con filtro Hepa y carbón activo

14.300,00

Adquisición de 20 equipos informáticos de sobre mesa para trabajo telemático y equipo covid del centro.

8.340,00

Adquisición de 20 ratones y 20 teclados para trabajo telemático.

110,00

 

 

TOTAL

86.951,46

 

La aportación económica por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla se abonará mediante pago anticipado, a la adopción del presente acuerdo, con carácter de “a justificar”, dispensándose la constitución de garantía en atención al objeto de la subvención.

 

La percepción de la subvención es compatible con los ingresos que para el mismo objeto pueda percibir la entidad beneficiaria, procedentes de cualesquiera personas o entidades tanto públicas como privadas, si bien su importe no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada, en cuyo caso se minorará la subvención en la cantidad correspondiente.

 

El beneficiario podrá subcontratar totalmente la actividad subvencionada, en los términos y condiciones establecidos en la Ley General de Subvenciones.

 

El citado centro docente asumirá las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así como deberá dar la adecuada publicidad del carácter publico de la financiación de las actuaciones  subvencionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a Fondo COVID.

 

La justificación se realizará mediante rendición de cuenta justificativa que comprenderá el coste total, durante el curso académico 2020/2021, de las actuaciones subvencionadas y la totalidad de ingresos y los justificantes de gastos imputados a sufragar dichas actuaciones.

 

La cuenta justificativa se presentará en el plazo máximo de tres meses desde la conclusión del curso escolar 2020/2021, ante la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, Dirección General de Educación e Igualdad, que una vez conformada la remitirá, en caso de que así se le requiera, a la Intervención General de la Ciudad Autónoma.”

 

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás concordantes, contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, en el plazo de un mes a partir del día de su publicación, o bien  directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala lo Contencioso de Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde la publicación del mismo.

 

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.

 

Melilla 10 de noviembre de 2020,

El Secretario Accidental del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany