ARTÍCULO Nº 896
(CVE: BOME-A-2020-896)
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BOME Nº 5808 - viernes, 13 de noviembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Orden nº 1157 de fecha 3 de noviembre de 2020, relativa a concesión de subvención directa excepcional a CEIP Grabiel de Morales por COVID 19.

La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad, mediante Orden número 2020001157, del pasado 03 de noviembre
de 2020, ha dispuesto lo siguiente:
“Actualmente vivimos inmersos en una pandemia mundial
provocada por el virus COVID19 que hace que se deban adoptar las necesarias
medidas anticontagio, contra COVID-19, para el desarrollo de las clases
lectivas con plenas garantías durante el presente curso escolar 2020/2021 en la
totalidad de centros docentes de nuestra Ciudad. Se trata de una grave crisis
sanitaria que padecemos a consecuencia del virus que hace necesario la adopción
de medidas excepcionales con el fin de evitar contagios.
Que la Ciudad Autónoma de Melilla ha recibido fondos
COVID destinados al área de educación y regidos por Real Decreto Ley 22/2020,
16 de junio, por el que se regula su creación y se establecen las reglas
relativas a su distribución y libramiento. Por ello, se ha efectuado la
oportuna generación de créditos por ingresos dando lugar a la Aplicación
Presupuestaria 14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”,
La Intervención General de la Ciudad Autónoma de
Melilla ha informado, con fecha 01/10/2020,
la existencia de crédito suficiente para la subvención que nos ocupa por
cuantía de 10.884,65 euros con cargo dicha aplicación presupuestaria
14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”, habiéndose efectuado
R.C. nº 12020000060884 por dicho importe.
Con cargo a esa
aplicación 14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”, se tramitan
procedimientos de concesión de las necesarias subvenciones directas
excepcionales para medidas anticovid por la totalidad de centros docentes de
Melilla, de Educación Infantil, Primaria, Especial, Secundaria, Bachillerato,
Formación Profesional y de Educación Reglada de Personas Adultas, en atención
de las líneas educativas existentes en los mismos y solicitudes formuladas.
En su virtud, instruido el expediente administrativo
pertinente y evacuados los informes preceptivos, con sujeción a las bases
reguladoras de la concesión de ayudas y subvenciones publicas por el
procedimiento de concesión directa en el ámbito de actuación de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad (antes Educación y Colectivos
Sociales), publicadas en el BOME nº 5202, de 23 de enero de 2015, VENGO EN
ORDENAR La concesión y pago de una subvención directa excepcional a CEIP
GABRIEL DE MORALES , con CIF Q-5200043-G, por importe de 10.884,65 euros, al
objeto de la adopción de medidas preventivas anticovid durante el curso escolar 2020/2021, con cargo
a la aplicación presupuestaria 202014/32000/48906 “Subvenciones Entidades
Enseñanza Covid”, RC nº 12020000060884, debiendo destinarse a sufragar los
siguientes gastos, sin perjuicio de que tratándose de estimaciones determinados
apartados requieran una mayor aportación que se atendería detrayendo cantidades
previstas para los otros, previa autorización de la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad:
ACTUACIÓN |
IMPORTE EUROS |
Suministros de
sanitarios para aseos, mamparas y material informático para Cartelería
informativa anti Covid |
3884,65 |
Equipamiento de
bibliotecas para disponibilidad personal de libros. |
2000 |
Instalación de todos
en patios y servicio de megafonía |
5000 |
|
|
TOTAL |
10.884,65 |
La aportación económica por parte de la Ciudad Autónoma
de Melilla se abonará mediante pago anticipado, a la adopción del presente
acuerdo, con carácter de “a justificar”, dispensándose la constitución de
garantía en atención al objeto de la subvención.
La percepción de la subvención es compatible con los
ingresos que para el mismo objeto pueda percibir la entidad beneficiaria,
procedentes de cualesquiera personas o entidades tanto públicas como privadas,
si bien su importe no podrá superar el coste total de la actividad
subvencionada, en cuyo caso se minorará la subvención en la cantidad correspondiente.
El beneficiario podrá subcontratar totalmente la
actividad subvencionada, en los términos y condiciones establecidos en la Ley
General de Subvenciones.
El citado centro docente asumirá las obligaciones
establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones. Así como deberá dar la adecuada publicidad del carácter
publico de la financiación de las actuaciones
subvencionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a Fondo
COVID.
La justificación se realizará mediante rendición de
cuenta justificativa que comprenderá el coste total, durante el curso académico
2020/2021, de las actuaciones subvencionadas y la totalidad de ingresos y los
justificantes de gastos imputados a sufragar dichas actuaciones.

La cuenta justificativa se presentará en el plazo
máximo de tres meses desde la conclusión del curso escolar 2020/2021, ante la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, Dirección General de
Educación e Igualdad, que una vez conformada la remitirá, en caso de que así se
le requiera, a la Intervención General de la Ciudad Autónoma.”
De conformidad con el artículo 121 y demás concordantes
de la ley 39/2015, de 01 de Octubre, del procedimiento administrativo común,
contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso
de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a
interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la
notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta
Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin
perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que
estime oportuno.
Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para
general conocimiento.
Melilla
11 de noviembre de 2020,
El
Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
Joaquín
M. Ledo Caballero