ARTÍCULO Nº 905
(CVE: BOME-A-2020-905)
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BOME Nº 5808 - viernes, 13 de noviembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Extracto de la orden nº 4673 de fecha 11 de noviembre de 2020, relativa a convocatoria pública de subvenciones destinadas a la realización de acciones de formación en el marco de la "Escuela de Hostelería " de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el año 2020.

TituloES: Extracto de la Orden de la Consejería de
Hacienda, Economía y Empleo nº 2020004673 de fecha 11 de noviembre de 2020, por
el que se convoca la Convocatoria pública de subvenciones destinadas a la
realización de acciones de formación en el marco de la "ESCUELA DE
HOSTELERÍA” de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2020
TextoES: BDNS(Identif.):532832
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b
y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/532832)
Las ayudas de la presente convocatoria se acogen a los
Reglamentos (CE) 1303/2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas
al Fondo Social Europeo y Reglamento (CE) 1304/2013 relativo al Fondo Social
Europeo.
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las
entidades e instituciones que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener personalidad jurídica propia.
b) Estar especializada en el ámbito de la formación en
Hostelería y Turismo o encontrarse acreditada, mediante certificación, por
cualquier Escuela de Turismo y Hostelería o entidad Oficial con competencias en
la materia.
c) Tener capacidad para realizar las acciones a que se
refiere el artículo 1 de la presente convocatoria, en el término de la Ciudad
de Melilla.
d) Estar al corriente de sus obligaciones Tributarias
nacionales y locales, así como con la Seguridad Social, en el momento de solicitar
las subvenciones y durante todo el periodo que dure la acción.
e) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para
obtener la condición de beneficiario de conformidad con lo previsto en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y
artículo 27 del RD 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) Disponer de Solvencia Técnica suficiente según el
artículo 12.f de las Bases.
g) Disponer de Solvencia económica suficiente según el
artículo 12.f de las Bases.
h) La Entidad beneficiaria solicitará el alta en el
Registro de Beneficiarios de subvenciones de Proyecto Melilla SA (según BOME
núm. 4803 de 29/03/11) antes de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes, en caso de no haberlo realizado con anterioridad.
Segundo. Objeto.
El objeto de las subvenciones reguladas en la
Convocatoria es financiar la realización de acciones de formación destinadas a
la formación integral de jóvenes desempleados o inactivos en el sector de la
Hostelería y Turismo.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de esta convocatoria se
encuentran en el Decreto número 4393 de fecha 29 de octubre de 2014 (BOME num
5.179 de 4/11/14), relativo a las a las bases para la realización
de acciones de formación en el marco de la "Escuela de hostelería" de
la Ciudad Autónoma de Melilla, que se puede consultar en http://www.melilla.es/mandar.php/n/8/6004/5179.pdf
Cuarto. Cuantía.
Se establece un presupuesto para esta Convocatoria de
410.000 € que se financiarán con cargo al Programa Operativo del FSE para
Melilla 2014-2020 dentro del siguiente encuadre:
EJE PRIORITARIO 1 / OBJETIVO TEMÁTICO 8: PROMOVER LA
SOSTENIBILIDAD Y LA CALIDAD EN EL EMPLEO Y FAVORECER LA MOVILIDAD LABORAL.
PRIORIDAD DE INVERSIÓN 8.1: Facilitar el acceso al
empleo de los desempleados y personas
inactivas, prestando atención a las diferencias por razón de sexo, incluido
mediante iniciativas locales de empleo y apoyo a la
movilidad laboral. Para la realización de las siguientes acciones formativas:
- Acciones de la Rama Profesional de Turismo y
Hostelería, Área profesional: Hostelería, especialidad: Cocina. Duración Total 1.400
horas y con módulos teórico-prácticos de ofertas gastronómicas y sistemas de
aprovisionamiento, elaboración y conservación culinarios, seguridad e higiene,
inglés profesional y prácticas profesionales no laborales. Nº mínimo de alumnos
desempleados: 15. Nivel Iniciación. Ajustado a temario de certificados de
profesionalidad SEPE
* HOTR0108 OPERACIONES BÁSICAS DE COCINA (350 horas
duración mínima)
* HOTR0408 COCINA (Mínimo 810 horas – Máximo 1050
horas).

y acabado de platos a la vista del cliente, servicios
especiales de restauración, seguridad e higiene en el trabajo, inglés
profesional y prácticas profesionales no laborales. Nº mínimo de alumnos
desempleados: 15. Ajustado a temario de certificados de profesionalidad.
* HOTR0208 OPERACIONES BÁSICAS DE RESTAURANTE Y BAR
(290 horas duración mínima)
* HOTR0608 SERVICIOS DE RESTAURANTE (Mínimo 580 horas-
Máximo 960 horas).
- Acciones de la Rama Profesional de Turismo y
Hostelería, Área profesional: Hostelería, especialidad: Operaciones básicas de
iniciación a la pastelería y técnicas básicas culinarias. Duración mínima 430
horas. Nº mínimo de alumnos desempleados: 15. Incluirá las Unidades formativas
pertenecientes al certificado de profesionalidad SEPE HOTR0109. Prácticas
profesionales no laborales mínimas de 40 horas incluidas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1.- Las solicitudes deberán formalizarse según los
modelos disponibles en las oficinas de Proyecto Melilla S.A. o en la página web
www.promesa.net, entregándose estas debidamente cumplimentadas en soporte papel
en el registro de Proyecto Melilla y en soporte magnético al correo
formacion@promesa.net.
2.- Las solicitudes podrán presentarse en los registros
y oficinas de Proyecto Melilla, S.A. (C/ La dalia nº 36. 52006 Melilla), y en
aquellos registros habilitados por Ley.
3.- La fecha límite de presentación de solicitudes
será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en BOME
en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Si la presentación de la solicitud se realizara en algún
lugar distinto de Proyecto Melilla SA, deberá remitirse escrito al número de
fax 952679810 indicando dicha circunstancia antes de que finalice el plazo
fijado en el párrafo anterior, siendo motivo de exclusión de la Convocatoria la
no remisión de dicho fax en el plazo previsto. El fax acreditará en cualquier
caso que toda la documentación se ha entregado en el Registro correspondiente
dentro del plazo establecido.
Sexto. Forma de las solicitudes.
Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos
disponibles en las oficinas de Proyecto Melilla S.A., así como en su página web
www.promesa.net. que reflejará, en todo caso, el contenido mínimo a que se
refiere el artículo 12 de las BBRR.
Lugar de
la Firma: Melilla
Fecha de
la Firma: 2020-11-11
Firmante:
Mohamed Mohamed Mohand;
El
Consejero de Economía y Políticas Sociales