ARTÍCULO Nº 907 (CVE: BOME-A-2020-907) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5808 - viernes, 13 de noviembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Orden nº 4727 de fecha 11 de noviembre de 2020, relativa a interpretación de las bases reguladoras del régimen de ayudas a la inversión con creación de empleo en las pequeñas y medianas empresas.
El
titular de la Consejería, mediante Orden de
11/11/2020, registrada al número 2020004727, en el Libro Oficial de Resoluciones
de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
INTERPRETACIÓN
DE LAS BASES REGULADORAS DEL RÉGIMEN DE AYUDAS A LA INVERSIÓN CON CREACIÓN DE
EMPLEO EN LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
El
Anexo I de las Bases Reguladoras del régimen de ayudas a la inversión con
creación de empleo en las pequeñas y medianas empresas, publicado en BOME n.º 5273 de 29 de septiembre de 2015,
establece, en su primer párrafo, que el mismo se acoge a la exención de
notificación en virtud del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17
de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108
del Tratado.
Este
último, conforme establece su artículo 59, párrafo segundo, es aplicable hasta
el 31 de diciembre de 2020.
No
obstante, el 2 de julio de 2020 la Comisión Europea aprobó el Reglamento (UE)
n.º 2020/972, por el que se modifican el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 en lo
que respecta a su prórroga y el Reglamento (UE) n.º 651/2014 en lo que respecta
a su prórroga y los ajustes pertinentes. Este Reglamento 2020/972, en su
artículo 2, apartado 5), recoge lo siguiente en relación con el Reglamento (UE)
651/2014:
“En el artículo 59, el párrafo segundo se
sustituye por el texto siguiente:
«Será aplicable hasta el 31 de diciembre de
2023.» “
En
este sentido, procede acordar la extensión de
los efectos relativos a la exención de notificación que otorga el
Reglamento (UE) 651/2014 sobre el régimen de ayudas, de conformidad con el
artículo 6 de la Ley General de Subvenciones, que señala el carácter preferente de las normas
comunitarias y sus normas de desarrollo cuando se trate de subvenciones
financiadas con Fondos de la Unión Europea, así como las disposiciones adicionales 1ª y 3ª, ambas de las Bases Reguladoras del régimen de ayudas a la
inversión con creación de empleo en las pequeñas y medianas empresas,
publicado en BOME n.º 5273 de 29 de
septiembre de 2015, que establecen que en
“todo lo referente a la Reglamentación Europea, Nacional y Local será
actualizada automáticamente conforme a los cambios, modificaciones y
sustituciones que se vayan aplicando en las normas referidas en las presentes
bases reguladora“.
En cuanto al órgano competente para su interpretación, el
Consejero de Economía y Políticas Sociales ostenta competencias para la
interpretación de las bases, ex
Disposición Adicional 4ª del Reglamento
por el que se regula el Régimen de Ayudas gestionadas por Proyecto Melilla “(
BOME núm. 4399 de 15 de mayo de 2007).
En su virtud, vengo en disponer el siguiente ACUERDO de INTERPRETACIÓN de las Bases
Reguladoras del régimen de ayudas a la inversión con creación de empleo en las
pequeñas y medianas empresas, publicado en BOME
n.º 5273 de 29 de septiembre de 2015, concretamente del primer párrafo
de su Anexo I, en el siguiente sentido:
“Las presentes Bases Reguladoras se acogen a
la exención de notificación en virtud del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión,
de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de
ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y
108 del Tratado.
Asimismo,
en virtud del Reglamento n.º (UE) 2020/972 de la Comisión, de 2 de julio de 2020, por el que se
modifican el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 en lo que respecta a su prórroga y
el Reglamento (UE) n.º 651/2014 en lo que respecta a su prórroga y los ajustes
pertinentes, el ámbito temporal de las
presentes Bases Reguladoras se extiende hasta el 31 de diciembre de 2023.”
Lo
que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 12 de
noviembre de 2020,
La Secretaria Técnica
de Economía,
Gema Viñas del
Castillo