ARTÍCULO Nº 910
(CVE: BOME-A-2020-910)
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BOME Nº 5808 - viernes, 13 de noviembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Orden nº 4671 de fecha 11 de noviembre de 2020, relativa a incremento del crédito inicial fijado en la convocatoria para el año 2020, de las subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y
POLÍTICAS SOCIALES, RELATIVA A INCREMENTO DEL CRÉDITO
INICIAL FIJADO EN LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2020 DE LAS SUBVENCIONES
DESTINADAS A FINANCIAR LOS PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO A LA
ASIGNACIÓN DEL 0,7 POR 100 DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.
El Excmo. Sr. Consejero de Economía y Políticas Sociales, mediante Orden
núm. 4671 de 11 de noviembre de 2020, ha tenido a bien disponer:
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
I.- El Pleno del Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, reunido en sesión extraordinaria
por videoconferencia del día 18 de junio de 2020, ha aprobado el siguiente ACUERDO DEL CONSEJO TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES Y DEL SISTEMA PARA
LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA SOBRE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A
LOS PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO A LA ASIGNACIÓN TRIBUTARIA DEL 0,7% DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, PARA EL AÑO 2020:
“Primero:
De conformidad con la propuesta de la
Comisión Delegada de Servicios Sociales del Consejo Territorial de Servicios
Sociales y del SAAD, celebrada el día 15 de junio de 2020, los criterios de
distribución y distribución resultante de los créditos destinados a
subvencionar, por parte de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de
Autonomía, programas de interés general con cargo a la asignación del 0.7 por
100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el año 2020
respetarán, en todo caso y como mínimo, las cuantías percibidas por cada comunidad autónoma y ciudad con estatuto de
en el año 2019.(El
Pleno Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia acordó con fecha 6 de marzo de 2019, la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las
personas Físicas, para el año 2019 correspondiéndole a
la Ciudad Autónoma de Melilla, la suma de 1.302.98,65€.)
Segundo:
En cuanto se hayan realizado los trámites
necesarios para proceder a acordar los criterios de distribución y distribución
resultante de los créditos destinados a subvencionar, por parte de las
Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, programas de
interés general con cargo a la asignación del 0.7 por 100 del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, para el año 2020 se procederá a celebrar un
pleno del Consejo Territorial para acordar dichos criterios y elevarlos a la
aprobación del Consejo de Ministros.
Tercero
En la medida en que este acuerdo pueda
facilitar que las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía
empiecen a tramitar sus respectivas convocatorias de subvenciones, se acuerda
que los aspectos centrales del régimen de las subvenciones destinadas a fines
de interés social con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas a gestionar por las comunidades autónomas, serán
los establecidos en el Anexo I de este acuerdo.
Cuarto
El régimen de gestión financiero-administrativa
entre el Estado y las CC. AA y ciudades con estatuto de autonomía se regirá por
lo establecido en el Anexo II de este acuerdo”
II.- Con fecha 31 de julio de 2020 se
publica en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla núm. 5778 la Orden núm.
2882 de la Consejería de Economía y Políticas Sociales de fecha 27 de julio de
2020, relativa a la convocatoria para el año 2020 de la subvención destinadas a
financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7
por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con sujeción a las
Bases Reguladoras de subvenciones a programas de interés general dirigidas a
fines de interés social a desarrollar por entidades del tercer sector de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
III.- En lo relacionado con la financiación
de los programas, el apartado segundo de la parte dispositiva de la precitada Orden
de aprobación de la Convocatoria dispone lo siguiente:
“Los programas objeto de
la Convocatoria se financiarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria
05/23102/48903, Subvención a programas de interés general con cargo a la
asignación tributaria del 0,7 % del IRPF. AFECTADA, por un importe inicial de
1.317.825,03 €. según certificado de retención de crédito de subvenciones nº de
operación 12020000036804, de fecha 16 de junio de 2020.
Con anterioridad a la
resolución de concesión de las subvenciones, la cuantía total máxima podrá
incrementarse sin necesidad de nueva convocatoria y sin que ello implique abrir
un nuevo plazo de presentación de solicitudes, cuando la aportación finalista
de la Administración General del Estado, una vez conocida, fuera superior a los
créditos fijados inicialmente en la convocatoria. La cuantía adicional será
igual a la diferencia entre la aportación finalista y el crédito inicial fijado
en la convocatoria.

El nuevo importe que
resulte del incremento deberá ser objeto de comunicación a la Base de Datos
Nacional de Subvenciones y de publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Melilla, con anterioridad a la resolución de concesión.”
IV.- El Consejo de Ministros, mediante Acuerdo de
fecha 13 de octubre 2020, ha procedido a la autorización de los criterios de
distribución y la distribución de 241.264.827,84 euros correspondientes al
tramo autonómico de las subvenciones sociales con cargo al 0,7% del IRPF. La
cuantía de los fondos que corresponden a
la Ciudad de Melilla es de UN MILLÓN
NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL EUROS CON
CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS (1.957.381,55 €).
V.- Existe crédito suficiente y
bastante para la convocatoria de la referida
subvención para el presente ejercicio presupuestario en la Aplicación Presupuestaria 05/23102/48903,
Subvención a programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF. AFECTADA, por un
importe inicial de 1.317.825,03 €. según certificado de retención de crédito de
subvenciones nº de operación 12020000036804, de fecha 16 de junio de
2020 y certificado de suplemento retención de crédito nº de operación
12020000047690, de fecha 5 de agosto de 2020, por un importe a incrementar de
639.556,52 €.
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 16896/2020, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Primero. Fondos.
Procede incrementar el crédito inicial fijado en la
convocatoria para el año 2020 de las subvenciones destinadas a financiar los
programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en una cuantía adicional de
639.556,52 €
Segundo. Financiación.
Los programas objeto de la Convocatoria se financiarán con
cargo a la Aplicación Presupuestaria 05/23102/48903, Subvención a programas de
interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF. AFECTADA,
por un importe final de 1.957.381,55 €. según certificado de retención de
crédito de subvenciones nº de operación 12020000036804, de fecha 16 de junio de
2020, por importe de 1.317.825,03 €, y certificado de suplemento retención de crédito nº de operación
12020000047690, de fecha 5 de agosto de 2020, por importe de 639.556,52 €.
Melilla 11 de noviembre de 2020,
El Secretario Técnico de Políticas
Sociales y Salud Publica,
Victoriano Juan Santamaría Martínez