ARTÍCULO Nº 910 (CVE: BOME-A-2020-910) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5808 - viernes, 13 de noviembre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES


Orden nº 4671 de fecha 11 de noviembre de 2020, relativa a incremento del crédito inicial fijado en la convocatoria para el año 2020, de las subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

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ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES, RELATIVA A INCREMENTO DEL CRÉDITO INICIAL FIJADO EN LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2020 DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LOS PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO A LA ASIGNACIÓN DEL 0,7 POR 100 DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.

 

El Excmo. Sr. Consejero de Economía y Políticas Sociales, mediante Orden núm. 4671 de 11 de noviembre de 2020, ha tenido a bien disponer:

 

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

 

I.- El Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la  Dependencia, reunido en sesión extraordinaria por videoconferencia del día 18 de  junio de 2020, ha aprobado el siguiente ACUERDO DEL CONSEJO TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES Y DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA SOBRE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LOS PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO A LA ASIGNACIÓN TRIBUTARIA DEL 0,7% DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, PARA EL AÑO 2020:

 

“Primero:

De conformidad con la propuesta de la Comisión Delegada de Servicios Sociales del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD, celebrada el día 15 de junio de 2020, los criterios de distribución y distribución resultante de los créditos destinados a subvencionar, por parte de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, programas de interés general con cargo a la asignación del 0.7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el año 2020 respetarán, en todo caso y como mínimo, las cuantías percibidas por cada comunidad autónoma y ciudad con estatuto de en el año 2019.(El Pleno Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia acordó con fecha 6 de marzo de 2019, la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, para el año 2019 correspondiéndole a la Ciudad Autónoma de Melilla, la suma de 1.302.98,65€.)

 

Segundo:

En cuanto se hayan realizado los trámites necesarios para proceder a acordar los criterios de distribución y distribución resultante de los créditos destinados a subvencionar, por parte de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, programas de interés general con cargo a la asignación del 0.7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el año 2020 se procederá a celebrar un pleno del Consejo Territorial para acordar dichos criterios y elevarlos a la aprobación del Consejo de Ministros.

 

Tercero

En la medida en que este acuerdo pueda facilitar que las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía empiecen a tramitar sus respectivas convocatorias de subvenciones, se acuerda que los aspectos centrales del régimen de las subvenciones destinadas a fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a gestionar por las comunidades autónomas, serán los establecidos en el Anexo I de este acuerdo.

 

Cuarto

El régimen de gestión financiero-administrativa entre el Estado y las CC. AA y ciudades con estatuto de autonomía se regirá por lo establecido en el Anexo II de este acuerdo”

 

II.- Con fecha 31 de julio de 2020 se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla núm. 5778 la Orden núm. 2882 de la Consejería de Economía y Políticas Sociales de fecha 27 de julio de 2020, relativa a la convocatoria para el año 2020 de la subvención destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con sujeción a las Bases Reguladoras de subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por entidades del tercer sector de la Ciudad Autónoma de Melilla.

III.- En lo relacionado con la financiación de los programas, el apartado segundo de la parte dispositiva de la precitada Orden de aprobación de la Convocatoria dispone lo siguiente:

 

“Los programas objeto de la Convocatoria se financiarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 05/23102/48903, Subvención a programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF. AFECTADA, por un importe inicial de 1.317.825,03 €. según certificado de retención de crédito de subvenciones nº de operación 12020000036804, de fecha 16 de junio de 2020.

 

Con anterioridad a la resolución de concesión de las subvenciones, la cuantía total máxima podrá incrementarse sin necesidad de nueva convocatoria y sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, cuando la aportación finalista de la Administración General del Estado, una vez conocida, fuera superior a los créditos fijados inicialmente en la convocatoria. La cuantía adicional será igual a la diferencia entre la aportación finalista y el crédito inicial fijado en la convocatoria.

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El nuevo importe que resulte del incremento deberá ser objeto de comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y de publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, con anterioridad a la resolución de concesión.”

 

IV.- El Consejo de Ministros, mediante Acuerdo de fecha 13 de octubre 2020, ha procedido a la autorización de los criterios de distribución y la distribución de 241.264.827,84 euros correspondientes al tramo autonómico de las subvenciones sociales con cargo al 0,7% del IRPF. La cuantía de los fondos  que corresponden a la Ciudad de Melilla es de UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS (1.957.381,55 €).

V.- Existe crédito suficiente y bastante para la convocatoria de la referida subvención para el presente ejercicio presupuestario en la Aplicación Presupuestaria 05/23102/48903, Subvención a programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF. AFECTADA, por un importe inicial de 1.317.825,03 €. según certificado de retención de crédito de subvenciones nº de operación 12020000036804, de fecha 16 de junio de 2020 y certificado de suplemento retención de crédito nº de operación 12020000047690, de fecha 5 de agosto de 2020, por un importe a incrementar de 639.556,52 €.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 16896/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Primero. Fondos.

Procede incrementar el crédito inicial fijado en la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en una cuantía adicional de 639.556,52 € 

Segundo. Financiación.

Los programas objeto de la Convocatoria se financiarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 05/23102/48903, Subvención a programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF. AFECTADA, por un importe final de 1.957.381,55 . según certificado de retención de crédito de subvenciones nº de operación 12020000036804, de fecha 16 de junio de 2020, por importe de 1.317.825,03 €, y certificado de suplemento retención de crédito nº de operación 12020000047690, de fecha 5 de agosto de 2020, por importe de 639.556,52 €.

 

Melilla 11 de noviembre de 2020,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Publica,

Victoriano Juan Santamaría Martínez