ARTÍCULO Nº 928 (CVE: BOME-A-2020-928) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5809 - martes, 17 de noviembre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Rectificación de error material de anuncio publicado en el bome nº 5807 de fecha 10 de noviembre de 2020, relativa a convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la Ciudad de Melilla.

BOME-P-2020-2684 Descargar página

Habiendo detectado un error material en la publicación de la resolución Definitiva de la Convocatoria de Subvenciones Institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la Ciudad de Melilla, para el ejercicio 2020, publicada en el BOME Número 5807, de 10 de Noviembre de 2020, de acuerdo con el artículo 109 de la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece la potestad de rectificar los errores materiales de los actos administrativos, de manera que:

 

Se proceda a la Publicación integra de la Orden del Excmo. Sr. Consejero de Infraestructura, Urbanismo y Deporte, de 6 de Noviembre de 2020, registrada al número 2020002048.

 

Melilla 14 de noviembre de 2020,

El Operador Administrativo de Juventud y Deportes,

Gerardo Estruch Casals

BOME-P-2020-2685 Descargar página

El  Excmo. Sr. Consejero de Infraestructura, Urbanismo y Deporte, mediante Orden de  06/11/2020, registrada al número 2020002048, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de Infraestructura, Urbanismo y Deporte, ha dispuesto lo siguiente:

 

ASUNTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES NO COMPETITIVAS EN LA CIUDAD DE MELILLA, PARA EL EJERCICIO 2020.

 

I.- Que con fecha 16 de Junio de 2017, el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto registrado al número 201700091, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

 

Habiendo sido aprobadas inicialmente por el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria, celebrada el día 7 de Abril de 2017, las Bases reguladoras de las Subvenciones institucionales para entidades implantadas en Melilla para el desarrollo de Programas y Actividades Físicas Saludables No Competitivas y sus Anexos I A IV, y publicadas en el BOME  núm. 5437, de 25 de Abril de 2017, éstas han pasado a ser definitivas, (publicadas en el BOME  núm. 5454, de fecha 23 de Junio de 2017), ante la falta de alegaciones en el plazo de informacíon  pública, por la aplicación de lo establecido en el artículo 77.2 del Reglamento de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm.: 10, de fecha 19 de Mayo de 2012)

 

II.- Que con fecha 4 de Marzo de 2020, se procede, mediante Orden del Consejero de Infraestructura, Urbanismo y Deporte, registrada al número 2020000543,  a efectuar la Convocatoria correspondiente. (BOME número 5737 de 10 de Marzo de 2020).

III.- Que, por parte del que suscribe, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de las correspondientes solicitudes presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.-2.3. de las correspondientes Bases.

IV.- Que con fecha  28 de Septiembre de 2020, se procede a la evacuación de dictamen del Órgano colegiado sobre las solicitudes presentadas, evaluándolas de acuerdo con el artículo 4.-2.4. de las correspondientes Bases.

V.- Que con fecha 5 de Octubre de 2020, y al amparo del artículo 4.-2.4. de las correspondientes bases, se procede a la Resolución provisional de las mismas.

VI.- Que con fecha 9 de Octubre de 2020, se procede a la publicación de la Resolución Provisional en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, BOME núm  5798 (al amparo de lo dispuesto en el Artículo 4.-2.4. de las Bases y en el apartado Sexto de la correspondiente Convocatoria para el ejercicio 2020), se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones, entre el día  13 de Octubre de 2020 al 26 de Octubre de 2020, ambos inclusives.

VII.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, se presenta una  alegación que es estudiada y resuelta por la Comisión de Valoración, con fecha  30 de Octubre de 2020.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 34520/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

1º) La concesión de la siguiente convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la ciudad de melilla, para el ejercicio 2020.

 

ADMITIDOS

 

ENTIDAD

ACTIVIDADES FÍSICAS

SALUDABLES

D. PSICOMOTOR E

INTRODUCTORES A

LA ACT. DEPORTIVA

PARTICIPACIÓN

PRUEBAS

POPULARES

TOTAL

EUROS

 

ENTIDAD

ACTIVIDADES FÍSICAS

SALUDABLES

DESARROLLO PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LA

ACTIVIDAD DEPORTIVA

PARTICIPACIÓN EN

ACTIVIDADES DEPORTIVAS

NO COMPETITIVAS Y PRUEBAS POPULARES

EUROS SUBVENCIÓN

 

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

 

A. CULTURAL

DEPORTIVA

SANTA RITA

41

1.100,00 €

-

-

51

500,00 €

 1.600,00.- €

A. DE

BÁDMINTON

MELILLA

25

2.589,58 €

*

*

-

-

 2.589,58.- €

A. DE MUJERES

MENOPÁUSICAS

CAM

      45

4.200,00 €

-

-

-

-

 4.200,00.- €

A. DE PADRES Y

AMIGOS DE

PERSONAS

AUTISTAS

30

3.147,84 €

52

2.030,96 €

-

-

 5.178,80.- €

A. DE

PROFESIONALE

S DE LA

IMAGEN

MELILLA

-

-

32

1.267,02 €

-

-

 1.267,02.- €

A. LACTANCIA

MELILLA

CAMINA

45

3.050,00 €

27

1.068,27 €

 

 

 4.118,27.- €

BOME-P-2020-2686 Descargar página

C. ATLÉTICO

MELILLA

27

2.808,83 €

45

1.757,68 €

49

1.085,44 €

 5.651,95.- €

C. ATLETISMO

PLAYA DE

MELILLA

34

3.602,93 €

26

1.033,08 €

 

-

 4.636,01.- €

C. BALONMANO

EL ACIRAS

19

1.998,61 €

13

509,29 €

19

420,89 €

 2.928,79.- €

C. GRD VIRKA

MELILLA

33

3.510,81 €

69

2.712,09 €

 

-

 6.222,90.- €

C.

INTERNACIONA

L MELILLA

10

1.080,60 €

-

-

17

376,58 €

 1.457,18.- €

C. NATACIÓN

LA SALLE-

MELILLA

36

2.877,00 €

53

2.097,21 €

-

-

 4.974,21.- €

C. NTRA. SRA.

DEL BUEN

CONSEJO

-

-

44

1.728,70 €

-

-

 1.728,70.- €

 

ENTIDAD

ACTIVIDADES FÍSICAS

SALUDABLES

DESARROLLO PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LA

ACTIVIDAD DEPORTIVA

PARTICIPACIÓN EN

 ACTIVIDADES DEPORTIVAS

NO COMPETITIVAS Y

PRUEBAS POPULARES

EUROS SUBVENCIÓN

C.

POLIDEPORTIV

O LA HÍPICA

20

2.072,31 €

*

*

-

-

 2.072,31.- €

C. RESCUE

18

1.864,57 €

27

1.045,50 €

-

-

 2.910,07.- €

C. SPARTAN

MELILLA

28

1.500,00 €

-

-

-

-

 1.500,00.- €

C. TAEKWONDO

SUPERMUSCLE

26

2.744,34 €

*

*

29

642,41 €

 3.386,75.- €

C. VOLEIBOL

MELILLA

36

3.782,11 €

31

1.204,91 €

-

-

 4.987,02.- €

C.D. 16

ENTRENADORE

S

35

1.550,00 €

-

-

-

-

 1.550,00.- €

C.D. CEIP REAL

31

3.222,00 €

18

703,90 €

-

-

 3.925,90.- €

C.D.

CORREDORES

AFRICANUS

33

3.450,00 €

-

-

39

863,92 €

 4.313,93.- €

C.D. ENRIQUE

SOLER

25

2.654,52 €

49

1.929,52 €

*

*

 4.584,04.- €

C.D. HTRAINER

14

1.418,69 €

-

-

23

509,49 €

 1.928,19.- €

C.D. LA SALLE

EL CARMEN

42

3.416,00 €

100

3.933,57 €

34

753,16 €

 8.102,73.- €

C.D. LPV

MELILLA

35

3.668,34 €

-

-

-

-

 3.668,34.- €

C.D. MILENIUM

FUTBOL SALA

22

2.268,99 €

32

1.250,46 €

-

-

 3.519,45.- €

C.D. OLIMPO

FÉNIX

*

*

6

240,15 €

-

-

 240,15.- €

C.D. OLYMPIC

CENTER

22

2.296,16 €

*

*

**

**

 2.296,16.- €

C.D. TIRO

MOSQUETEROS

27

2.827,25 €

34

1.337,41 €

-

-

 4.164,67.- €

F.ML. DE

BALONCESTO

-

-

31

1.233,90 €

-

-

 1.233,90.- €

ENTIDAD

ACTIVIDADES FÍSICAS

SALUDABLES

DESARROLLO PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LA

ACTIVIDAD DEPORTIVA

PARTICIPACIÓN EN

ACTIVIDADES DEPORTIVAS

NO COMPETITIVAS Y

PRUEBAS POPULARES

EUROS SUBVENCIÓN

F.ML. DE

GIMNASIA

32

3.346,83 €

61

2.401,55 €

-

-

 5.748,37.- €

F.ML. DE

HALTEROFILIA

33

3.480,87 €

*

*

-

-

 3.480,87.- €

F.ML. DE

NATACIÓN

29

1.520,00 €

32

1.248,39 €

-

-

 2.768,39.- €

F.ML. DE PÁDEL

90

9.451,81 €

75

2.946,03 €

80

1.772,15 €

 14.170,00.- €

F.ML. DE TENIS

-

-

68

2.658,26 €

-

-

 2.658,26.- €

F.ML. DE

TRIATLÓN

25

2.606,16 €

42

1.635,54 €

 

-

 4.241,69.- €

FUNDACIÓN

SOCIOCULTURA

L F.ML. DE

FUTBOL

56

5.835,99 €

77

3.014,35 €

-

-

 8.850,34.- €

BOME-P-2020-2687 Descargar página

GRUPO

AVENTURA

MOTOR

MELILLA

13

1.349,60 €

-

-

26

575,95 €

 1.925,55.- €

INTERGYM

MELILLA

11

1.207,27 €

*

*

-

-

 1.207,27.- €

PEÑA REAL

MADRID DE

MELILLA

-

-

52

2.045,45 €

-

-

 2.045,45.- €

REAL CLUB

MARÍTIMO DE

MELILLA

-

-

50

1.966,78 €

-

-

 1.966,78.- €

 

En Actividades Físicas saludables

* La actividad a desarrollar no se ajusta a lo establecido en el Art. 3. Apartado 3.a.

 

En Desarrollo Psicomotor e Introductores a la Actividad Deportiva

* La actividad a desarrollar no se ajusta a lo establecido en el Art. 3. Apartado 3.b.

 

En Participación en Pruebas Populares

* La actividad a desarrollar, No Procede. (Actividad no realizada)

** La actividad a desarrollar, No Procede. (No es necesaria la Subvención)

 

2º) La denegación de las siguientes convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la ciudad de melilla, para el ejercicio 2020.

 

EXCLUIDOS

 

ENTIDAD

MOTIVO EXCLUSIÓN

ASOCIACIÓN       MELILLENSE    DE

PORTEROS EL GUARDIÁN

No reúne los requisitos establecidos, de acuerdo con las Bases Reguladoras, artículo 2.- a), literalmente dice, (En éste sentido, podrán obtener la condición de beneficiario de estas subvenciones todas las entidades sin ánimo de lucro que, a la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria, se encuentren en situación que fundamenta la concesión de la subvención y que reúnan los siguientes requisitos: a) Que estén legalmente constituidas con una antigüedad mínima de dos Años.

CLUB TIRO CON ARCO ÁNFORA

No reúne los requisitos establecidos, de acuerdo con el artículo 5.6, de las bases reguladoras, literalmente dice: El plazo general para la presentación de solicitudes se establece en quince (15) días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la respectiva convocatoria en BOME, sin perjuicio de que, por razones de urgencia, se pueda establecer uno inferior en la convocatoria concreta. (Solicitud presentada, fuera de plazo)

FEDERACIÓN MELILLENSE DE

ATLETISMO

No reúne los requisitos establecidos, de acuerdo con el artículo 4.1.- literalmente dice, (Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud),

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 6 de noviembre de 2020,

La Secretaria Técnica de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,

Inmaculada Merchán Mesa