ARTÍCULO Nº 928
(CVE: BOME-A-2020-928)
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BOME Nº 5809 - martes, 17 de noviembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Rectificación de error material de anuncio publicado en el bome nº 5807 de fecha 10 de noviembre de 2020, relativa a convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la Ciudad de Melilla.

Habiendo detectado un error material en la
publicación de la resolución Definitiva de la Convocatoria de Subvenciones
Institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el
desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la
Ciudad de Melilla, para el ejercicio 2020, publicada en el BOME Número 5807, de 10 de Noviembre de 2020, de acuerdo con el artículo 109 de la Ley
39/2015 de 01 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, que establece la potestad de rectificar los errores
materiales de los actos administrativos, de manera que:
Se proceda a la Publicación integra de la
Orden del Excmo. Sr. Consejero de Infraestructura, Urbanismo y Deporte, de 6 de
Noviembre de 2020, registrada al número 2020002048.
Melilla
14 de noviembre de 2020,
El
Operador Administrativo de Juventud y Deportes,
Gerardo
Estruch Casals

El Excmo. Sr.
Consejero de Infraestructura, Urbanismo y Deporte, mediante Orden de 06/11/2020, registrada al número 2020002048,
en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de Infraestructura,
Urbanismo y Deporte, ha dispuesto lo siguiente:
ASUNTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL
DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES NO COMPETITIVAS EN LA
CIUDAD DE MELILLA, PARA EL EJERCICIO 2020.
I.- Que con fecha 16 de
Junio de 2017, el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla,
mediante Decreto registrado al número 201700091, ha tenido a bien disponer lo
siguiente:
Habiendo sido aprobadas
inicialmente por el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria,
celebrada el día 7 de Abril de 2017, las Bases reguladoras de las Subvenciones
institucionales para entidades implantadas en Melilla para el desarrollo de
Programas y Actividades Físicas Saludables No Competitivas y sus Anexos I A IV,
y publicadas en el BOME núm. 5437, de 25
de Abril de 2017, éstas han pasado a ser definitivas, (publicadas en el BOME núm. 5454, de fecha 23 de Junio de 2017), ante
la falta de alegaciones en el plazo de informacíon pública, por la aplicación de lo establecido
en el artículo 77.2 del Reglamento de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario núm.: 10, de fecha 19 de Mayo de 2012)
II.- Que con fecha 4 de
Marzo de 2020, se procede, mediante Orden del Consejero de Infraestructura,
Urbanismo y Deporte, registrada al número 2020000543, a efectuar la Convocatoria correspondiente.
(BOME número 5737 de 10 de Marzo de 2020).
III.- Que, por parte del que
suscribe, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de
las correspondientes solicitudes presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 4.-2.3. de las correspondientes Bases.
IV.- Que con fecha 28 de Septiembre de 2020, se procede a la
evacuación de dictamen del Órgano colegiado sobre las solicitudes presentadas,
evaluándolas de acuerdo con el artículo 4.-2.4. de las correspondientes Bases.
V.- Que con fecha 5 de
Octubre de 2020, y al amparo del artículo 4.-2.4. de las correspondientes
bases, se procede a la Resolución provisional de las mismas.
VI.- Que con fecha 9 de
Octubre de 2020, se procede a la publicación de la Resolución Provisional en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, BOME núm 5798 (al amparo de lo dispuesto en el
Artículo 4.-2.4. de las Bases y en el apartado Sexto de la correspondiente
Convocatoria para el ejercicio 2020), se concederá un plazo de 10 días para
presentar alegaciones, entre el día 13
de Octubre de 2020 al 26 de Octubre de 2020, ambos inclusives.
VII.- Transcurrido el plazo
señalado en el apartado anterior, se presenta una alegación que es estudiada y resuelta por la
Comisión de Valoración, con fecha 30 de
Octubre de 2020.
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 34520/2019, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
1º) La concesión de la
siguiente convocatoria de subvenciones
institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para el
desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la
ciudad de melilla, para el ejercicio 2020.
ADMITIDOS
ENTIDAD |
ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES |
D. PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LA ACT. DEPORTIVA |
PARTICIPACIÓN PRUEBAS POPULARES |
TOTAL EUROS |
ENTIDAD |
ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES |
DESARROLLO PSICOMOTOR E
INTRODUCTORES A LA ACTIVIDAD DEPORTIVA |
PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS NO COMPETITIVAS Y PRUEBAS POPULARES |
EUROS SUBVENCIÓN |
|||
|
PUNTOS |
EUROS |
PUNTOS |
EUROS |
PUNTOS |
EUROS |
|
A. CULTURAL DEPORTIVA SANTA RITA |
41 |
1.100,00 € |
- |
- |
51 |
500,00 € |
1.600,00.- € |
A. DE BÁDMINTON MELILLA |
25 |
2.589,58 € |
* |
* |
- |
- |
2.589,58.- € |
A. DE MUJERES MENOPÁUSICAS CAM |
45 |
4.200,00 € |
- |
- |
- |
- |
4.200,00.- € |
A. DE PADRES Y AMIGOS DE PERSONAS AUTISTAS |
30 |
3.147,84 € |
52 |
2.030,96 € |
- |
- |
5.178,80.- € |
A. DE PROFESIONALE S DE LA IMAGEN MELILLA |
- |
- |
32 |
1.267,02 € |
- |
- |
1.267,02.- € |
A. LACTANCIA MELILLA CAMINA |
45 |
3.050,00 € |
27 |
1.068,27 € |
|
|
4.118,27.- € |

C. ATLÉTICO MELILLA |
27 |
2.808,83 € |
45 |
1.757,68 € |
49 |
1.085,44 € |
5.651,95.- € |
C. ATLETISMO PLAYA DE MELILLA |
34 |
3.602,93 € |
26 |
1.033,08 € |
|
- |
4.636,01.- € |
C. BALONMANO EL ACIRAS |
19 |
1.998,61 € |
13 |
509,29 € |
19 |
420,89 € |
2.928,79.- € |
C. GRD VIRKA MELILLA |
33 |
3.510,81 € |
69 |
2.712,09 € |
|
- |
6.222,90.- € |
C. INTERNACIONA L MELILLA |
10 |
1.080,60 € |
- |
- |
17 |
376,58 € |
1.457,18.- € |
C. NATACIÓN LA SALLE- MELILLA |
36 |
2.877,00 € |
53 |
2.097,21 € |
- |
- |
4.974,21.- € |
C. NTRA. SRA. DEL BUEN CONSEJO |
- |
- |
44 |
1.728,70 € |
- |
- |
1.728,70.- € |
ENTIDAD |
ACTIVIDADES FÍSICAS SALUDABLES |
DESARROLLO PSICOMOTOR E
INTRODUCTORES A LA ACTIVIDAD DEPORTIVA |
PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS NO COMPETITIVAS Y PRUEBAS POPULARES |
EUROS SUBVENCIÓN |
|||
C. POLIDEPORTIV O LA HÍPICA |
20 |
2.072,31 € |
* |
* |
- |
- |
2.072,31.- € |
C. RESCUE |
18 |
1.864,57 € |
27 |
1.045,50 € |
- |
- |
2.910,07.- € |
C. SPARTAN MELILLA |
28 |
1.500,00 € |
- |
- |
- |
- |
1.500,00.- € |
C. TAEKWONDO SUPERMUSCLE |
26 |
2.744,34 € |
* |
* |
29 |
642,41 € |
3.386,75.- € |
C. VOLEIBOL MELILLA |
36 |
3.782,11 € |
31 |
1.204,91 € |
- |
- |
4.987,02.- € |
C.D. 16 ENTRENADORE S |
35 |
1.550,00 € |
- |
- |
- |
- |
1.550,00.- € |
C.D. CEIP REAL |
31 |
3.222,00 € |
18 |
703,90 € |
- |
- |
3.925,90.- € |
C.D. CORREDORES AFRICANUS |
33 |
3.450,00 € |
- |
- |
39 |
863,92 € |
4.313,93.- € |
C.D. ENRIQUE SOLER |
25 |
2.654,52 € |
49 |
1.929,52 € |
* |
* |
4.584,04.- € |
C.D. HTRAINER |
14 |
1.418,69 € |
- |
- |
23 |
509,49 € |
1.928,19.- € |
C.D. LA SALLE EL CARMEN |
42 |
3.416,00 € |
100 |
3.933,57 € |
34 |
753,16 € |
8.102,73.- € |
C.D. LPV MELILLA |
35 |
3.668,34 € |
- |
- |
- |
- |
3.668,34.- € |
C.D. MILENIUM FUTBOL SALA |
22 |
2.268,99 € |
32 |
1.250,46 € |
- |
- |
3.519,45.- € |
C.D. OLIMPO FÉNIX |
* |
* |
6 |
240,15 € |
- |
- |
240,15.- € |
C.D. OLYMPIC CENTER |
22 |
2.296,16 € |
* |
* |
** |
** |
2.296,16.- € |
C.D. TIRO MOSQUETEROS |
27 |
2.827,25 € |
34 |
1.337,41 € |
- |
- |
4.164,67.- € |
F.ML. DE BALONCESTO |
- |
- |
31 |
1.233,90 € |
- |
- |
1.233,90.- € |
ENTIDAD |
ACTIVIDADES
FÍSICAS SALUDABLES |
DESARROLLO
PSICOMOTOR E INTRODUCTORES A LA ACTIVIDAD
DEPORTIVA |
PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES
DEPORTIVAS NO COMPETITIVAS Y PRUEBAS
POPULARES |
EUROS
SUBVENCIÓN |
|||
F.ML. DE GIMNASIA |
32 |
3.346,83 € |
61 |
2.401,55 € |
- |
- |
5.748,37.- € |
F.ML. DE HALTEROFILIA |
33 |
3.480,87 € |
* |
* |
- |
- |
3.480,87.- € |
F.ML. DE NATACIÓN |
29 |
1.520,00 € |
32 |
1.248,39 € |
- |
- |
2.768,39.- € |
F.ML. DE PÁDEL |
90 |
9.451,81 € |
75 |
2.946,03 € |
80 |
1.772,15 € |
14.170,00.- € |
F.ML. DE TENIS |
- |
- |
68 |
2.658,26 € |
- |
- |
2.658,26.- € |
F.ML. DE TRIATLÓN |
25 |
2.606,16 € |
42 |
1.635,54 € |
|
- |
4.241,69.- € |
FUNDACIÓN SOCIOCULTURA L F.ML. DE FUTBOL |
56 |
5.835,99 € |
77 |
3.014,35 € |
- |
- |
8.850,34.- € |

GRUPO AVENTURA MOTOR MELILLA |
13 |
1.349,60 € |
- |
- |
26 |
575,95 € |
1.925,55.- € |
INTERGYM MELILLA |
11 |
1.207,27 € |
* |
* |
- |
- |
1.207,27.- € |
PEÑA REAL MADRID DE MELILLA |
- |
- |
52 |
2.045,45 € |
- |
- |
2.045,45.- € |
REAL CLUB MARÍTIMO DE MELILLA |
- |
- |
50 |
1.966,78 € |
- |
- |
1.966,78.- € |
En Actividades Físicas saludables
* La actividad a desarrollar
no se ajusta a lo establecido en el Art. 3. Apartado 3.a.
En Desarrollo Psicomotor e Introductores a la Actividad Deportiva
* La actividad a desarrollar
no se ajusta a lo establecido en el Art. 3. Apartado 3.b.
En Participación en Pruebas Populares
* La actividad a
desarrollar, No Procede. (Actividad no realizada)
** La actividad a desarrollar,
No Procede. (No es necesaria la Subvención)
2º) La denegación de las
siguientes convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia
competitiva, para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables
no competitivas en la ciudad de melilla, para el ejercicio 2020.
EXCLUIDOS
ENTIDAD |
MOTIVO EXCLUSIÓN |
ASOCIACIÓN MELILLENSE
DE PORTEROS EL GUARDIÁN |
No reúne los
requisitos establecidos, de acuerdo con las Bases Reguladoras, artículo 2.- a), literalmente dice, (En éste sentido, podrán obtener la
condición de beneficiario de estas subvenciones todas las entidades sin ánimo
de lucro que, a la fecha de la publicación de la correspondiente
convocatoria, se encuentren en situación que fundamenta la concesión de la
subvención y que reúnan los siguientes requisitos: a) Que estén legalmente
constituidas con una antigüedad mínima de dos Años. |
CLUB TIRO CON ARCO ÁNFORA |
No reúne los
requisitos establecidos, de acuerdo con el artículo 5.6, de las bases
reguladoras, literalmente dice: El plazo general para la presentación de
solicitudes se establece en quince (15) días naturales, a contar desde el
siguiente al de la publicación de la respectiva convocatoria en BOME, sin
perjuicio de que, por razones de urgencia, se pueda establecer uno inferior
en la convocatoria concreta. (Solicitud presentada, fuera de plazo) |
FEDERACIÓN MELILLENSE DE ATLETISMO |
No reúne los
requisitos establecidos, de acuerdo con el artículo 4.1.- literalmente
dice, (Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de
convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la
subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no
lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud), |
Contra
esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o
publicación de la presente.
Dicho
recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente
de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución
recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses.
Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No
obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente
bajo su responsabilidad.
Lo
que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 6 de noviembre de 2020,
La Secretaria Técnica de Infraestructuras,
Urbanismo y Deporte,
Inmaculada Merchán Mesa