ARTÍCULO Nº 933 (CVE: BOME-A-2020-933) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5809 - martes, 17 de noviembre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Orden nº 1188 de fecha 12 de noviembre de 2020, relativa a concesión de subvenciones a distintos centros participantes en el programa de puesta a disposición de material escolar al alumnado de familias con dificultades socioeconómicas que cursan estudios en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla (curso académico 2020-2021) con motivo de la crisis provocada por el COVID-19.

BOME-P-2020-2698 Descargar página

La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Orden número 2020001188, del 12 de noviembre de 2020, ha dispuesto lo siguiente:

 

“En base a las solicitudes presentadas de acogerse al programa por parte de los diversos centros escolares que abajo se relacionan, así como evacuado informe propuesta de resolución de la Dirección General de Educación e Igualdad, en fecha 11/11/2020, con el siguiente tenor literal:

 

“Ante la convocatoria efectuada del PROGRAMA DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR AL ALUMNADO DE FAMILIAS CON DIFICULTADES SOCIOECONÓMICAS QUE CURSAN ESTUDIOS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2020-21) CON MOTIVO DE LA CRISIS PROVOCADA POR EL COVID-19, que tiene como destinatarios el alumnado de educación primaria, aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el día 15 de octubre de 2020 (BOME  núm. 5802, del Viernes 23 de octubre de 2020), han presentado solicitud de participación al citado programa 16 colegios de educación infantil y primaria  que son los siguientes:

 

CENTRO ESCOLAR

LINEAS

EDUCATIVAS

PRIMARIA

 

 

PEDRO DE ESTOPIÑAN

3

ESPAÑA

3

JUAN CARO ROMERO, Centro

de dificil desempeño

4

REAL

3

VELÁZQUEZ

3

REYES CATÓLICOS

3

ANSELMO PARDO

3

HIPÓDROMO

1

MEDITERRÁNEO Centro de difícil desempeño

2

CONSTITUCIÓN

2

LEÓN SOLÁ Centro de difícil desempeño

3

PINTOR EDUARDO MORILLAS

 4

Nº 14. GABRIEL DE MORALES

1

NUESTRA SRA. DEL BUEN CONSEJO

2

ENRIQUE SOLER

4

LA SALLE EL  CARMEN

2

 

El apartado 1 “Ámbito de Aplicación y financiación” que rige el programa prevé que : “El presente programa se dirige al alumnado de educación primaria de la totalidad de centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten la educación infantil y primaria en la Ciudad de Melilla.

 

En atención a las comunicaciones de necesidades efectuadas por los centros participantes que resultan ser en su mayoría genéricas, sin concretarse,  en relación con el alumnado de educación primaria destinatario del programa, esta Dirección General informa lo siguiente:

 

Se debe tener en consideración que el presente programa de ayudas tiene como beneficiarios últimos a los/as alumnos/as que pertenecen a familias con dificultades socioeconómicas y es por ello por lo que procede efectuar la distribución del crédito previsto en proporción con el número de las aulas de educación primaria existente en cada centro participante determinante del número de alumnos/as del mismo, pero concediéndose una cantidad a tanto alzado de 25.000 euros distribuida entre los tres centros que están catalogados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional como centro de difícil desempeño al entenderse que en él cursan estudios  alumnos/as de familias con dificultades socioeconómicas en mayor grado que en otros ( en atención a sus líneas educativas), así como otra cantidad para los tres colegios privados concertados participantes consistente en la mitad del importe correspondiente al número de sus líneas educativas en educación primaria debido a que la situación socioeconómica de sus familias no es la misma que la del resto de centros públicos.

 

BOME-P-2020-2699 Descargar página

Así resulta que los tres colegios de difícil desempeño suman 9 líneas, por lo que la distribución de los 25.000 euros entre esas líneas hacen un importe de 2.777,78 euros por línea, así al Ceip Mediterráneo le corresponde 5.555,55 euros en este apartado, al Ceip Juan Caro Romero 11.111,12 euros y al Ceip León Solá 8.333,33 euros.

 

El resto del crédito, 225.000 euros se distribuye entre un total de 35 líneas educativas de educación primaria de centros públicos, mas 4 líneas de educación primaria de los centros privados concertados , ya que se toma en consideración  la mitad de las líneas que tienen estos centros concertados (8), lo que  hace un total de 39 líneas. Si se divide el ese crédito,  225.000 euros,  entre las 39 líneas de educación primaria  resulta un importe por línea educativa de 5.769,23 euros.

 

Por lo expuesto, SE PROPONE  la concesión de los siguientes importes a los distintos centros participantes en el programa, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 14 32101 47006 “Programa Reposición Libros COVID” , RC nº de operación 12020000060423 del 30/09/2020   por importe total  de 250.000 euros .

 

                                                                                                25.000,00 €                    224.999,99 €              249.999,99 € “

 

De conformidad con el apartado 6 del PROGRAMA DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR AL ALUMNADO DE FAMILIAS CON DIFICULTADES SOCIOECONÓMICAS QUE CURSAN ESTUDIOS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2020-21) CON MOTIVO DE LA CRISIS PROVOCADA POR EL COVID-19), aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el día 15 de octubre de 2020 (BOME  núm. 5802, del Viernes 23 de octubre de 2020),  VENGO EN ORDENAR la concesión de los siguientes importes a los distintos centros participantes en el programa, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 14 32101 47006, RC nº de operación 12020000060423 del 30/09/2020   por importe total  de 250.000 euros :

 

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De conformidad con el artículo 121 y demás concordantes de la ley 39/2015, de 01 de Octubre, del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

 

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.

 

Melilla 13 de noviembre de 2020,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Joaquín M. Ledo Caballero