ARTÍCULO Nº 941 (CVE: BOME-A-2020-941) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5810 - viernes, 20 de noviembre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la Consejería de Presidencia y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla para el fomento de actividades universitarias en Melilla, Año 2020.

BOME-P-2020-2715 Descargar página

Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación del CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Y LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS EN MELILLA. AÑO 2020, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número 2000102 y los siguientes datos:

 

Consejería: Consejería de Presidencia y Administración Pública.

Datos de aprobación: Consejo de Gobierno, número de acuerdo: 643, de fecha: 13/11/20. Entidad: Universidad de Granada.

Fecha de formalización: 13/11/20.

 

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación, para su general conocimiento.

 

Melilla 16 de noviembre de 2020,

La Secretaria Técnica de Presidencia y Administraciones Públicas,

Pilar Cabo León

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Y LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PUBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS EN MELILLA. AÑO 2020.

 

En Melilla , a 13 de noviembre  de  2020

 

REUNIDOS

 

DE UNA PARTE: la Excma. Sra. D.ª María Pilar Aranda Ramírez, en nombre y representación de la Universidad de Granada de la que es Rectora Magnífica en virtud del Decreto 489/2019, de 4 de junio (BOJA nº 108, de 7 de junio de 2019), actuando con las atribuciones que le confieren el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 45, k) de los Estatutos de la Universidad de Granada.

 

Y DE OTRA: La Excma. Sra. D. ª Gloria Rojas Ruiz, Consejera de Presidencia y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla, nombrada por Decreto del Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, nº 377 de fecha 13 de diciembre de 2019, relativo a nombramiento de Vicepresidentes y Consejeros. (BOME Extra núm. 42, de 13 de diciembre de 2019) debidamente facultada para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, publicado en BOME extraordinario nº 43, de la misma fecha, relativo a la Distribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, atribuye a esta Consejería, entre otras, la siguiente competencia actuando para este acto en nombre y representación de la Ciudad.

 

EXPONEN

 

Que por su naturaleza y objetivos, la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada están llamadas a promover una estrecha colaboración en beneficio de los ciudadanos de la Ciudad de Melilla, que encuentra un ámbito preciso de actuación en el desarrollo de una oferta universitaria de actividades estudiantiles, culturales, docentes y de investigación, así como de gestión y/o representación de los Centros de la Universidad de Granada fuera de la Ciudad de Melilla, que contribuyan al fomento de la actividad universitaria.

 

En consecuencia, ambas instituciones comparten el deseo de establecer fórmulas de colaboración que permitan promover el fomento de las mencionadas actividades, para lo que deciden suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

 

CLÁUSULAS

 

PRIMERA.- Constituye el objeto del presente convenio la articulación de colaboración entre la Consejería de Presidencia y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada, para el desarrollo de actividades en el Campus de la Universidad de Granada en Melilla, así como su difusión fuera de esta Ciudad.

SEGUNDA.- Con tal objeto, la Ciudad Autónoma de Melilla se compromete a conceder una subvención que deberá destinarse a sufragar: (i) actividades estudiantiles; (ii) actividades culturales; (iii) actividades docentes y de investigación; y (iv) actividades de gestión y/o representación de los centros universitarios fuera de la Ciudad de Melilla. Los contenidos de estos cuatro apartados están desarrollados en el ANEXO I del presente convenio.

TERCERA.- La cuantía máxima destinada a esta colaboración asciende durante el año 2020 a 90.000,00 € (NOVENTA MIL EUROS) abonados  mediante un pago anticipado a justificar, a la firma del presente convenio, dispensándose de la constitución de garantía en atención al objeto de la subvención.

 

Efectuándose el pago con cargo a la aplicación presupuestaria 03/32407/42300 “Convenio UGR para el Fomento De La Actividad Universitaria” y RC 12020000010649 del día 07/04/2020.

 

El pago se ingresará en la Universidad de Granada, que lo distribuirá en tres partes iguales y pondrá a disposición de los siguientes centros:

 

-       Universidad de Granada- Facultad de Educación y del Deporte de Melilla

-       Universidad de Granada- Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Melilla

-       Universidad de Granada- Facultad de la Salud de Melilla

 

Los tres centros destinarán esta cuantía exclusivamente a las actividades universitarias que figuran en el anexo del presente convenio.

 

La Universidad de Granada asumirá las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así como deberá dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación del programa subvencionado.

 

CUARTA.- La percepción de esta subvención es compatible con las que para el mismo objeto pueda percibir la entidad beneficiaria de cualesquiera otras personas o entidades tanto públicas como privadas.

QUINTA.- Las actividades desarrolladas deberán ser justificadas por la Universidad de Granada a la Consejería de Presidencia y Administración Pública durante los tres meses siguientes a la finalización del año natural, en un único documento especificando los siguientes datos en relación a cada grupo de actividades:

 

-       Facultad Responsable

-       Títulos de las Actividades

-       Breve descripción de objetivos alcanzados

-       Documentación acreditativa de las actividades desarrolladas

 

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SEXTA.- La justificación de las actividades subvencionadas y del cumplimiento de los objetivos previstos, se documentará a través de la rendición de la cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes del gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan el cumplimiento de los objetivos previstos en las actividades.

 

Dicha justificación será única y compresiva de la totalidad de actividades efectivamente realizadas con cargo a la subvención, incorporando el debido desglose imputado a cada centro universitario.

 

Se procederá al abono de las mismas previa justificación de las actividades desarrolladas durante el año que permitirá financiar gastos ya ejecutados durante el mismo.

 

Y en caso que no se haya realizado actividad subvencional alguna hasta la fecha, se ha de proceder al prorrateo del importe a conceder habiéndose ya desarrollado, en este caso, una amplia proporción de las actividades objeto de subvención.                                                                                                   

 

La justificación, se adecuará, en todo caso, a lo establecido en la Ley General de Subvenciones y en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

La justificación presentada en la Consejería de Presidencia y Administración Pública, una vez conformada, la remitirá a los efectos oportunos, si así se le requiere, a la Intervención General de Fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

SÉPTIMA.- El presente convenio de colaboración tendrá vigencia durante toda la anualidad 2020.     

 

Se procederá al abono del mismo previa justificación de las actividades desarrolladas durante el año.

 

Y en caso que no se haya realizado actividad subvencional alguna hasta la fecha, se ha de proceder al prorrateo del importe a conceder habiéndose ya desarrollado, en este caso, una amplia proporción de las actividades objeto de subvención.                                                                                                    

 

OCTAVA.- El presente documento tiene naturaleza administrativa, por ello las partes resolverán de mutuo acuerdo cualquier problema de interpretación así como las controversias que pudieran suscitarse durante su ejecución y en ausencia de acuerdo, se someterán a los Juzgados y Tribunales competentes de la ciudad de Melilla.

NOVENA.- La Ciudad Autónoma a través de los órganos que determine podrá supervisar el programa objeto del convenio, previo conocimiento de los responsables de la entidad beneficiaria.

 

Y en prueba de conformidad, se firma por las partes, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha que consta en su encabezamiento.

 

POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA              POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

La Rectora:                                                                           La Consejera:

Fdo. María Pilar Aranda Ramírez                            Fdo. Gloria Rojas Ruiz