ARTÍCULO Nº 941 (CVE: BOME-A-2020-941) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5810 - viernes, 20 de noviembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la Consejería de Presidencia y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla para el fomento de actividades universitarias en Melilla, Año 2020.
Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha
procedido a la aprobación del CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD
DE GRANADA Y LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS EN MELILLA.
AÑO 2020, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad
Autónoma de Melilla con número 2000102 y los siguientes datos:
Consejería: Consejería de Presidencia y Administración
Pública.
Datos de aprobación: Consejo de Gobierno, número de
acuerdo: 643, de fecha: 13/11/20. Entidad: Universidad de Granada.
Fecha de formalización: 13/11/20.
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se
procede a su publicación, para su general conocimiento.
Melilla 16 de noviembre de 2020,
La Secretaria Técnica de Presidencia y
Administraciones Públicas,
Pilar Cabo León
CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Y LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN
PUBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES
UNIVERSITARIAS EN MELILLA. AÑO 2020.
En Melilla , a 13 de
noviembre de 2020
REUNIDOS
DE UNA PARTE: la Excma. Sra. D.ª María Pilar Aranda Ramírez, en
nombre y representación de la Universidad de Granada de la que es Rectora
Magnífica en virtud del Decreto 489/2019, de 4 de junio (BOJA nº 108, de 7 de
junio de 2019), actuando con las atribuciones que le confieren el artículo 20.1
de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo
45, k) de los Estatutos de la Universidad de Granada.
Y DE OTRA: La Excma. Sra. D. ª Gloria
Rojas Ruiz, Consejera de Presidencia y Administración Pública de la Ciudad
Autónoma de Melilla, nombrada por Decreto del Presidente de la Ciudad Autónoma
de Melilla, nº 377 de fecha 13 de diciembre de 2019, relativo a nombramiento de
Vicepresidentes y Consejeros. (BOME Extra núm. 42, de 13 de diciembre de 2019)
debidamente facultada para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de
fecha 19 de diciembre de 2019, publicado en BOME extraordinario nº 43, de la
misma fecha, relativo a la Distribución de Competencias a las Consejerías de la
Ciudad, atribuye a esta Consejería, entre otras, la siguiente competencia
actuando para este acto en nombre y representación de la Ciudad.
EXPONEN
Que por su naturaleza y
objetivos, la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada están
llamadas a promover una estrecha colaboración en beneficio de los ciudadanos de
la Ciudad de Melilla, que encuentra un ámbito preciso de actuación en el
desarrollo de una oferta universitaria de actividades estudiantiles,
culturales, docentes y de investigación, así como de gestión y/o representación
de los Centros de la Universidad de Granada fuera de la Ciudad de Melilla, que
contribuyan al fomento de la actividad universitaria.
En consecuencia, ambas instituciones
comparten el deseo de establecer fórmulas de colaboración que permitan promover
el fomento de las mencionadas actividades, para lo que deciden suscribir el
presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Constituye el objeto del
presente convenio la articulación de colaboración entre la Consejería de
Presidencia y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla y la
Universidad de Granada, para el desarrollo de actividades en el Campus de la
Universidad de Granada en Melilla, así como su difusión fuera de esta Ciudad.
SEGUNDA.- Con tal objeto, la Ciudad
Autónoma de Melilla se compromete a conceder una subvención que deberá
destinarse a sufragar: (i) actividades estudiantiles; (ii) actividades culturales;
(iii) actividades docentes y de investigación; y (iv) actividades de gestión
y/o representación de los centros universitarios fuera de la Ciudad de Melilla.
Los contenidos de estos cuatro apartados están desarrollados en el ANEXO I del
presente convenio.
TERCERA.- La cuantía
máxima destinada a esta colaboración asciende durante el año 2020 a 90.000,00 € (NOVENTA MIL EUROS) abonados mediante un pago anticipado a justificar, a
la firma del presente convenio, dispensándose de la constitución de garantía en
atención al objeto de la subvención.
Efectuándose el pago con
cargo a la aplicación presupuestaria 03/32407/42300 “Convenio UGR para el
Fomento De La Actividad Universitaria” y RC 12020000010649 del día 07/04/2020.
El pago se ingresará en la
Universidad de Granada, que lo distribuirá en tres partes iguales y pondrá a
disposición de los siguientes centros:
- Universidad de Granada-
Facultad de Educación y del Deporte de Melilla
- Universidad de Granada-
Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Melilla
- Universidad de Granada-
Facultad de la Salud de Melilla
Los tres centros destinarán
esta cuantía exclusivamente a las actividades universitarias que figuran en el
anexo del presente convenio.
La Universidad de
Granada asumirá las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así como deberá dar la
adecuada publicidad del carácter público de la financiación del programa
subvencionado.
CUARTA.- La percepción de esta
subvención es compatible con las que para el mismo objeto pueda percibir la
entidad beneficiaria de cualesquiera otras personas o entidades tanto públicas
como privadas.
QUINTA.- Las actividades
desarrolladas deberán ser justificadas por la Universidad de Granada a la
Consejería de Presidencia y Administración Pública durante los tres meses
siguientes a la finalización del año natural, en un único documento
especificando los siguientes datos en relación a cada grupo de actividades:
-
Facultad Responsable
-
Títulos de las Actividades
-
Breve descripción de objetivos alcanzados
- Documentación acreditativa
de las actividades desarrolladas
SEXTA.- La justificación de las
actividades subvencionadas y del cumplimiento de los objetivos previstos, se
documentará a través de la rendición de la cuenta justificativa, que constituye
un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad
del declarante, los justificantes del gasto o cualquier otro documento con
validez jurídica que permitan el cumplimiento de los objetivos previstos en las
actividades.
Dicha justificación será
única y compresiva de la totalidad de actividades efectivamente realizadas con
cargo a la subvención, incorporando el debido desglose imputado a cada centro
universitario.
Se procederá al abono de las
mismas previa justificación de las actividades desarrolladas durante el año que
permitirá financiar gastos ya ejecutados durante el mismo.
Y en caso que no se haya
realizado actividad subvencional alguna hasta la fecha, se ha de proceder al
prorrateo del importe a conceder habiéndose ya desarrollado, en este caso, una
amplia proporción de las actividades objeto de subvención.
La justificación, se
adecuará, en todo caso, a lo establecido en la Ley General de Subvenciones y en
el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
La
justificación presentada en la Consejería de Presidencia y Administración
Pública, una vez conformada, la remitirá a los efectos oportunos, si así se le
requiere, a la Intervención General de Fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla.
SÉPTIMA.- El presente convenio de
colaboración tendrá vigencia durante toda la anualidad 2020.
Se
procederá al abono del mismo previa justificación de las actividades
desarrolladas durante el año.
Y
en caso que no se haya realizado actividad subvencional alguna hasta la fecha,
se ha de proceder al prorrateo del importe a conceder habiéndose ya
desarrollado, en este caso, una amplia proporción de las actividades objeto de
subvención.
OCTAVA.- El presente documento tiene
naturaleza administrativa, por ello las partes resolverán de mutuo acuerdo
cualquier problema de interpretación así como las controversias que pudieran
suscitarse durante su ejecución y en ausencia de acuerdo, se someterán a los
Juzgados y Tribunales competentes de la ciudad de Melilla.
NOVENA.- La Ciudad Autónoma a través
de los órganos que determine podrá supervisar el programa objeto del convenio,
previo conocimiento de los responsables de la entidad beneficiaria.
Y en prueba de conformidad,
se firma por las partes, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha que consta
en su encabezamiento.
POR LA
UNIVERSIDAD DE GRANADA POR LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
La
Rectora: La
Consejera:
Fdo. María Pilar Aranda Ramírez
Fdo. Gloria Rojas Ruiz