ARTÍCULO Nº 949 (CVE: BOME-A-2020-949) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5810 - viernes, 20 de noviembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones públicas para el desarrollo de proyectos de promoción turística orientados a la creación de flujos de visitantes hacia la Ciudad de Melilla, año 2020.
CONVOCATORIA 2020 PARA LA CONCESIÓN, EN
RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES PÚBLICAS PARA EL
DESARROLLO DE PROYECTOS DE PROMOCIÓN TURÍSTICA ORIENTADOS A LA CREACIÓN DE
FLUJOS DE VISITANTES HACIA LA CIUDAD DE MELILLA
De acuerdo con las BASES
REGULADORAS DE LA CONCESIÓN MEDIANTE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES
PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO, promulgadas por Decreto de fecha seis de
noviembre de 2020, registrado al número 2020000481 del Libro Oficial de
Resoluciones no Colegiadas de la Presidencia y publicadas en el BOME número
5807, de 10 de noviembre de 2020, conforme a lo previsto en el artículo 6 de
las referidas bases reguladoras,
Visto el expediente
32488/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
APROBAR LA CONVOCATORIA de subvenciones a proyectos
de promoción turística, por importe máximo de 180.000 euros, con cargo a la
aplicación presupuestaria 43200/48900, Retención de Crédito nº.
520200000000640, de 26/10/2020, a la que serán de aplicación las referidas
bases reguladoras, con las siguientes determinaciones:
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Podrán ser subvencionados en
el ámbito de la presente convocatoria los proyectos desarrollados durante el
año 2020, orientados a la creación de flujos de visitantes hacia la ciudad de
Melilla, consistentes en la elaboración, oferta y comercialización de paquetes
turísticos que presenten a Melilla como destino; la realización de iniciativas
dirigidas a la comunicación y difusión del potencial turístico de Melilla,
mediante campañas específicas a través de plataformas digitales, TICS o medios
convencionales de comunicación (prensa, radio, televisión); presentaciones en
congresos y foros especializados u otros medios adecuados para la eficaz
divulgación de los atractivos históricos, culturales, monumentales,
comerciales, geográficos y gastronómicos, entre otros, del destino Melilla; así
como el diseño e implementación de otros instrumentos y estrategias
verificables que permitan evaluar la eficacia y los resultados del
proyecto.
BENEFICIARIOS Y REQUISITOS
Podrán acogerse a la
presente convocatoria las personas físicas o entidades jurídicas, tanto
públicas como privadas, que, atendiendo a las características de las ayudas o
subvenciones que se concedan, reúnan los siguiente requisitos específicos
- agencias
de viajes que acrediten experiencia en
la realización de actividades relacionadas con la programación y venta de
paquetes turísticos vacacionales y dispongan de al menos una página web que
además de promocionar el destino “Melilla” permita la reserva y venta del
producto.
En todo caso, los
beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones
GASTOS SUBVENCIONABLES
La subvención de cada
proyecto podrá ser destinada a cubrir los siguientes gastos realizados en 2020,
siempre que estén directamente relacionados con las concretas actividades
subvencionadas, excluyéndose los que se correspondan con gastos fijos de la
actividad del beneficiario:
a)
Costes salariales y de Seguridad Social del personal necesario.
Tratándose de trabajadores por cuenta ajena se aportarán las nóminas, así como
los documentos de cotización con el justificante de pago. Tratándose de
autónomos se aportará Informe de Vida Laboral actualizada a la fecha de
presentación de la justificación e Informe de Bases de cotización y cuotas
ingresadas de regímenes especiales donde aparezcan las cuotas ingresadas de ese
período emitido por la Tesorería de la Seguridad Social.
b)
Gastos derivados de la contratación de medios externos en caso
necesario. Se justificarán mediante los siguientes documentos: Contrato
mercantil en su caso, factura de la empresa o de la persona física y
justificante de pago de dicha factura.
c)
Gastos generales, materiales y técnicos. Estos gastos incluyen los
siguientes conceptos:
I.
Gastos de ejecución de material técnico (documentación, publicidad,
diseño página web, mantenimiento de la página,
etc) y ejecución en material de oficina.
II.
Gastos generales necesarios para la ejecución de las acciones en la
parte correspondiente a dicha ejecución:
-
Arrendamientos (no leasing) de edificios, mobiliario, enseres y equipos
informáticos.
-
Mantenimiento.
-
Suministro (electricidad, agua y combustible de calefacción).
-
Comunicaciones
-
Limpieza
-
Seguridad y vigilancia.
-
Seguros de responsabilidad civil.
-
Otros gastos necesarios para la realización de las acciones.
CONCURRENCIA DE LAS AYUDAS
La obtención de las ayudas
es compatible con la de cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso
para la misma finalidad procedente de cualquier ente público o privado,
nacional o internacional, siempre que en estos otros regímenes o instrumentos se
permita tal compatibilidad.
En ningún caso el importe de
la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia de
otra subvención, ayuda, ingreso o recurso supere el coste de la actividad
subvencionada.
CRITERIOS DE OTORGAMIENTO DE LA
SUBVENCIÓN
1. Las solicitudes de
concesión se valorarán mediante la aplicación de los siguientes criterios:
a) Calidad del proyecto:
máximo 40 puntos: Se otorgarán 2,5 puntos por la verificación de cada uno de
los siguientes aspectos del proyecto:
Claridad de la formulación (por oposición a formulaciones generales o vagas) |
Designa persona responsable del proyecto. |
Describe el currículo o cualificación del responsable. |
Currículo o cualificación del responsable adecuado al proyecto. |
Designa el personal encargado de la ejecución. |
Describe la cualificación del personal encargado de la ejecución. |
Cualificación del personal adecuado al proyecto. |
Identifica objetivos verificables. |
Describe el procedimiento de verificación. |
Describe un plan de trabajo. |
Establece un calendario de actuaciones. |
Incorpora un presupuesto desglosado. |
Coherencia entre el presupuesto y los gastos subvencionables |
Diseña un sistema de evaluación del proyecto. |
Sistema de evaluación coherente con el objetivo de la subvención. |
a)
Repercusión del proyecto: hasta 30 puntos. Se valorará la contribución
del proyecto al uso, disfrute o utilidad de turistas y/o ciudadanos melillenses
otorgándose la máxima puntuación al proyecto que acredite mayor número de
visitas de turistas o ciudadanos melillenses, y la puntuación proporcional a
los restantes.
b)
Carácter consolidado del proyecto: hasta 20 puntos. Se valorará la
trayectoria consolidada del proyecto en cuanto valor añadido de la oferta
turística de la Ciudad, otorgándose la máxima puntuación al proyecto que
acredite mayor número de años de realización, y la puntuación proporcional a
los restantes.
a) Cofinanciación: hasta 10
puntos. Se valorará la aportación de recursos propios para el desarrollo del
proyecto (excluidos los recursos en especie), otorgándose la máxima puntuación
al proyecto que acredite mayor cofinanciación, y la puntuación proporcional a
los restantes.
En la acreditación de los
conceptos, a falta de datos correspondientes al periodo al que se refiere la
convocatoria, se aportarán los datos correspondientes al periodo precedente.
2.- Para que los proyectos
puedan ser subvencionados deberán obtener al menos el 50 por ciento de la
puntuación máxima total que determine la convocatoria, y un mínimo del 10 por
ciento de dicha puntuación total en el apartado de calidad del proyecto.
SOLICITUDES, PRESENTACIÓN Y
PLAZO
1.- Las solicitudes de subvención se formularán de
acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y se formalizarán según modelo de instancia que figura como Anexo.
2.-Las solicitudes se presentarán en el Registro
General de la Ciudad, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la
Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley
39/2015, de 1 de octubre.
3.- El plazo de presentación de solicitudes será de 10
DÍAS a partir del siguiente a la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Melilla.
4.- Las solicitudes deberán ir acompañadas de la
siguiente documentación:
1.
Memoria explicativa del Proyecto, cuya presentación se considera
requisito imprescindible para entrar a valorar dicha solicitud. Dicha memoria
hará referencia a los siguientes aspectos en el orden que se indica:
a)
Denominación del Programa, proyecto o acción concreta desarrollada o a
desarrollar en el periodo subvencionable.
b)
Descripción del mismo, incluyendo una enumeración detallada de cada una
de las acciones que lo componen.
c)
Fecha de inicio y finalización del programa, proyecto o acción, teniendo
en consideración el periodo subvencionable.
d)
Lugar y circunstancias donde se han desarrollado o se desarrollan las
acciones.
e)
Valoración económica del coste total del proyecto, detallando los
conceptos de gasto subvencionables, conforme a lo establecido en la
convocatoria.
f)
Actividades, sectores y ámbito territorial en los que se actúa.
g)
Relación de medios materiales y recursos humanos de que dispone o se ha
dotado el solicitante, en la que se especifiquen las condiciones de aquéllos y
el historial y capacidades de éstos, con indicación de los que se afectan para
las acciones propuestas.
h)
Indicación de los objetivos a conseguir o conseguidos.
i)
Relación de los principales proyectos realizados en los últimos cinco
años que incluya una breve descripción del objeto, importe y fechas, currículum vitae del personal adscrito,
cualificación técnica del mismo, etc.
2.
Acreditación de la experiencia en la realización de actividades
relacionadas con la programación y venta de paquetes turísticos vacacionales y
de la disposición de al menos una página web que además de promocionar el
destino “Melilla” permita la reserva y venta del producto.
3.
Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad
solicitante. Datos acreditativos de la empresa.
4.
Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta en la
que haya de ingresarse, en su caso, la ayuda.
5.
Justificación por parte de las Entidades solicitantes de no estar
incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
señaladas en los apartados 2º y 3º del artículo 13 de la Ley General de
Subvenciones.
En particular deberán
acreditar que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no tener pendiente de
justificación subvención alguna otorgada por la Ciudad Autónoma.
Conforme a lo establecido en
el artículo 23.4 de la Ley General de Subvenciones, se
admite la sustitución de estos documentos por una declaración responsable del
solicitante. En este caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de
concesión de la subvención requerir la presentación de la documentación que
acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un
plazo de 5 días.
6.
Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante o
escrito del representante o de la persona física solicitante y
representatividad del la misma.
7.
Declaración formal de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras
instituciones públicas o privadas para la misma actividad para la que se
solicita la subvención.
5.- La presentación de las solicitudes para optar a
estas ayudas supone la aceptación expresa de lo establecido en las presente
convocatoria, sus Bases Reguladoras y demás normativa de aplicación, en
particular el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla (BOME núm. 4224 de 9 de septiembre de 2005).
CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES
La subvención máxima por
proyecto será de 18.000 euros, y su determinación individualizada se
establecerá en atención al importe solicitado, al número de solicitantes que
concurran y a la prelación entre las solicitudes de acuerdo con los criterios
de valoración fijados en la convocatoria, adjudicando aquellas que hayan
obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
RESOLUCIÓN
El plazo para resolver y
notificar la resolución de la presente convocatoria será de dos meses desde su
publicación en el BOME.
El vencimiento del plazo
máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para
entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de
la subvención.
De conformidad con el
artículo 63 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, Reglamento General de
Subvenciones, la Resolución de concesión o denegación de la subvención pone fin
a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición
ante el Presidente del Patronato de Turismo, o ser impugnado directamente ante
el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo
previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 y artículo 93 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
( BOME núm. 2 extraord. de 30/01/2017).
NOTIFICACIÓN
Tratándose de
un procedimiento de concurrencia competitiva, y de conformidad con el artículo
45 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, tanto la resolución provisional como la definitiva se
publicarán en el BOME, surtiendo los efectos de la
notificación.
PAGOS
El abono de la subvención se
realizará una vez justificado el cien por cien del gasto elegible y
efectivamente realizado durante el periodo al que se refiera la convocatoria,
mediante Resolución de pago de la Presidencia del Patronato.
Respecto a aquellas
cantidades imputables a gastos a realizar con posterioridad a la resolución de
concesión, o cuya justificación no pueda acreditarse documentalmente antes de
la finalización del ejercicio presupuestario correspondiente, podrá adelantarse
el pago al beneficiario, pero con la obligación de justificación antes del 31
de marzo del ejercicio siguiente y a resultas de la liquidación definitiva, en
su caso.
Las empresas beneficiarias
deberán acreditar, previamente al cobro de la subvención, que se encuentran al
corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
JUSTIFICACIÓN
La rendición de la cuenta
justificativa, que será presentada de forma previa a la percepción de la ayuda,
constituye un acto obligatorio del beneficiario en la que deben incluirse, bajo
responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otra
documentación con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento del
proyecto para la que fue concedida la subvención.
Documentación a aportar:
a)
Memoria final de las actividades o proyectos y de los resultados
obtenidos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de
la ejecución del programa o proyecto, observaciones, datos estadísticos entre
otros de interés.
b)
Los gastos realizados desagregados por conceptos con los
correspondientes justificantes de gasto.
Cuando se adelante el pago de aquellas cantidades imputables a la subvención
pero que sean realizadas al final del ejercicio, esto es, posteriormente a la
resolución de concesión, o cuya justificación no pueda acreditarse
documentalmente antes de la finalización del ejercicio presupuestario
correspondiente, la cuenta justificativa, con los documentos y requisitos
señalados en el apartado anterior, deberá presentarse antes del 31 de marzo del
ejercicio siguiente.
RECURSO
De conformidad con el
artículo 20.2 de los Estatutos del Patronato de Turismo, la presente
resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiere dictado, en
el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123
y demás concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, se podrá el
interesado utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
ANEXO
1
MODELO DE SOLICITUD
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN EN EL AÑO
2020, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES PÚBLICAS PARA EL
DESARROLLO DE PROYECTOS DE PROMOCIÓN TURÍSTICA ORIENTADOS A LA CREACIÓN DE
FLUJOS DE VISITANTES HACIA LA CIUDAD DE MELILLA
Identificación del
solicitante |
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Nombre / razón social |
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CIF |
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Teléfono |
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Dirección |
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email |
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|||||
Nombre del proyecto |
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Importe solicitado |
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IBAN |
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Solicitante o responsable de la
solicitud en las personas jurídicas (Datos de la persona que firma la
solicitud) |
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Apellidos |
|
Nombre |
|
|||
Cargo / función (en personas jurídicas) |
|
DNI |
|
|||
Fecha y firma |
DECLARACIÓN
RESPONSABLE El Solicitante DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD encontrarse
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social, así como carecer de deudas con la Ciudad Autónoma de
Melilla y cumplir los demás requisitos establecidos en el artículo 13 de la
Ley General de Subvenciones. Así mismo, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que es cierta la información que
se incorpora en la memoria adjunta. |
La persona firmante AUTORIZA
expresamente Al Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla la
realización de consultas sobre los datos consignados en la presente solicitud,
la cesión de los mismos a otras Administraciones Públicas a los efectos de
control de la gestión, así como recabar de las Administraciones Públicas, en
particular de la Agencia Estatal de Administración Tributario (AEAT) y
Entidades Gestoras de la Seguridad Social (INSS, TGSS y demás), documentación
acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y frente a la Seguridad Social, y en general respecto del cumplimiento
de los requisitos establecidos para la concesión de la subvención.
ANEXO
II MODELO DE MEMORIA DEL PROYECTO
(Contenido
de la memoria)
Denominación del Programa, proyecto o acción |
|
Descripción detallada del proyecto |
|
Fecha de inicio y finalización |
|
Lugar donde se desarrolla la actividad |
|
Presupuesto desglosado del coste total del proyecto |
|
Recursos humanos aportados al proyecto |
|
Medios materiales aportados al proyecto |
|
Objetivos generales y objetivos que se persiguen |
|
Método de evaluación propuesto |
|
Relación de los principales proyectos realizados en los últimos cinco
años |
|
Melilla 17 de noviembre de 2020,
El Presidente del Patronato de Turismo,
Mohamed Mohamed Mohand