ARTÍCULO Nº 962 (CVE: BOME-A-2020-962) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5811 - martes, 24 de noviembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 13 de noviembre de 2020, relativo a subvención directa excepcional por COVID a CEIP Anselmo Pardo, para curso 2020 / 2021.
El Consejo de
Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 13 de noviembre de 2020, adoptó, entre
otros, el siguiente acuerdo:
Aprobar Propuesta de
la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad relativa a SUBVENCIÓN
DIRECTA EXCEPCIONAL POR COVID A CEIP ANSELMO PARDO PARA CURSO 2020/2021, con el
siguiente tenor literal:
“Actualmente vivimos
inmersos en una pandemia mundial provocada por el virus COVID19 que hace que se
deban adoptar las necesarias medidas anticontagio, contra COVID-19, para el
desarrollo de las clases lectivas con plenas garantías durante el presente
curso escolar 2020/2021 en la totalidad de centros docentes de nuestra Ciudad.
Se trata de una grave crisis sanitaria que padecemos a consecuencia del virus
que hace necesario la adopción de medidas excepcionales con el fin de evitar contagios.
La Ciudad Autónoma
de Melilla ha recibido fondos COVID destinados al área de educación y regidos
por Real Decreto Ley 22/2020, 16 de junio, por el que se regula su creación y
se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento. Por ello,
se ha efectuado la oportuna generación de créditos por ingresos dando lugar a
la Aplicación Presupuestaria 14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza
Covid”,
Por su parte, la
Intervención General de la Ciudad Autónoma de Melilla ha informado, con fecha
01/10/2020, la existencia de crédito suficiente para la subvención que nos
ocupa por cuantía de 32.653,95 euros con cargo dicha aplicación presupuestaria
14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”, habiéndose efectuado
R.C. nº 12020000060869 por dicho importe.
Con cargo a esa aplicación 14/32000/48906
“Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”, se tramitan procedimientos de
concesión de las necesarias subvenciones directas excepcionales para medidas
anticovid por la totalidad de centros docentes de Melilla, de Educación
Infantil, Primaria, Especial, Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y
de Educación Reglada de Personas Adultas, en atención de las líneas educativas
existentes en los mismos y solicitudes formuladas.
El artículo 16,
apartado 27, del vigente Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla atribuye al Consejo de Gobierno la aprobación de la
concesión directa de subvenciones a las que alude el artículo 22.2 de la Ley
General de Subvenciones, cuando estas igualen o superen los 18.000 euros.
En su virtud,
instruido el expediente administrativo pertinente y evacuados los informes
preceptivos, con sujeción a las bases reguladoras de la concesión de ayudas y
subvenciones públicas por el procedimiento de concesión directa en el ámbito de
actuación de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad (antes
Educación y Colectivos Sociales), publicadas en el BOME nº 5202, de 23 de enero
de 2015, VENGO EN PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO: La concesión de una
subvención directa excepcional a CEIP ANSELMO PARDO , con CIF Q-2968020-D, por importe de 32.653,95 euros,
al objeto de la adopción
de medidas preventivas anticovid durante
el curso escolar 2020/2021, con cargo a la aplicación presupuestaria 202014/32000/48906 “Subvenciones Entidades
Enseñanza Covid”, RC nº 12020000060869, debiendo
destinarse a sufragar los siguientes gastos,
sin perjuicio de que tratándose de estimaciones determinados apartados requieran una mayor aportación que se atendería
detrayendo cantidades previstas para los otros, previa autorización de la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad:
ACTUACIÓN |
IMPORTE EUROS |
Adquisición de mascarillas fp2/fp3 y material de
protección individual |
2.627,95 |
Adquisición de purificadores de aire para aulas (
48 espacios) |
15.000,00 |
Pérgola infantil para aula abierta |
6.900,00 |
Adquisición de bancos y mesas para aulas
abiertas/jardines |
8.126,00 |
|
|
TOTAL |
32.653,95 |
La
aportación económica por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla se abonará
mediante pago anticipado, a la adopción del presente acuerdo, con carácter de
“a justificar”, dispensándose la constitución de garantía en atención al objeto
de la subvención.
La
percepción de la subvención es compatible con los ingresos que para el mismo
objeto pueda percibir la entidad beneficiaria, procedentes de cualesquiera
personas o entidades tanto públicas como privadas, si bien su importe no podrá
superar el coste total de la actividad subvencionada, en cuyo caso se minorará
la subvención en la cantidad correspondiente.
El
beneficiario podrá subcontratar totalmente la actividad subvencionada, en los
términos y condiciones establecidos en la Ley General de Subvenciones.
El
citado centro docente asumirá las obligaciones establecidas en el artículo 14
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así como deberá
dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las
actuaciones subvencionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a Fondo
COVID.
La
justificación se realizará mediante rendición de cuenta justificativa que
comprenderá el coste total, durante
el curso académico
2020/2021, de las actuaciones subvencionadas y la
totalidad de ingresos y los justificantes de gastos imputados a sufragar dichas
actuaciones.
La
cuenta justificativa se presentará en el plazo máximo de tres meses desde la
conclusión del curso escolar 2020/2021, ante la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad, Dirección General de Educación e Igualdad, que
una vez conformada la remitirá, en caso de que así se le requiera, a la
Intervención General de la Ciudad Autónoma.”
De
conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás
concordantes, contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe
recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de
Gobierno de la Ciudad de Melilla, en el plazo de un mes a partir del día de su
publicación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la
Sala lo Contencioso de Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
en el plazo de dos meses desde la publicación del mismo.
Lo
que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.
Melilla, 18 de
noviembre de 2020,
El Secretario
Accidental del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús García Alemany.