ARTÍCULO Nº 980 (CVE: BOME-A-2020-980) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5812 - viernes, 27 de noviembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº1 1266 de fecha 26 de noviembre de 2020, relativas a bases del concurso de decoración navideña de fachadas 2020.
La
Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, Dña. Elena
Fernández Treviño, mediante Resolución núm. 2020001266, ha resuelto lo
siguiente
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
ANTECEDENTES
Con
motivo de la festividad de la Navidad y dentro de las actividades que se
organizan para su celebración, la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla se propone convocar el Concurso de
Decoración Navideña de Fachadas 2020, en los términos que aquí se dan por
reproducidos, conforme a las conforme a las Bases Reguladoras de la
Subvenciones para el desarrollo de proyectos de interés general y de Certámenes
o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y
Deportes, publicado en el BOME 3963, de 14 de diciembre de 2007.
El
importe de los premios asciende a un total de 2.100,00 euros, repartidos de la
siguiente forma
-
Un Primer Premio
de 600,00 €.
-
Un Segundo Premio
de 500,00 €.
-
Un Tercer Premio
de 400,00 €.
-
Tres Accésits de
200,00 € cada uno.
Al
importe de dichos premios, se les aplicará las retenciones previstas en la
vigente legislación. La cifra prevista para premios asciende, pues, a 2.100,00
€, sufragándose, según el informe de incoación del expediente de la Directora
General, contra la partida presupuestaria 14/33800/48900 y RC número de
operaciones 12020000076621.
Se
establecen como criterios de valoración los siguientes: y originalidad
-
Montaje
-
Complejidad
-
Estética
-
Creatividad
-
Ambientación navideña
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 34512/2020, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO EN
DISPONER
La
publicación de la siguiente convocatoria y el inicio del período de
presentación de las solicitudes conforme a las siguientes:
BASES DEL CONCURSO DE DECORACIÓN
NAVIDEÑA DE FACHADAS 2020
1º.
Podrá
concurrir cualquier vecino de la Ciudad Autónoma de Melilla que disponga en su
vivienda de una fachada con vistas a la calle y elementos que se presten a ser
decorados como ventanas o balcones. Quedan excluidas las fachadas de
establecimientos empresariales (comercios, hostelería, etc).
2º.
Los
participantes no podrán colaborar con otros residentes del inmueble en caso de
viviendas no unifamiliares, siendo la participación únicamente permitida a
unidades de convivencia.
3º.
Cada
participante podrá presentar una sola fachada y la decoración debe ajustarse a
las ventanas, balcones y fachadas correspondientes a su vivienda, sin molestar
al vecindario.
4º.
Las
decoraciones tendrán que estar ubicadas en la parte principal de la fachada y
no se permitirán decoraciones en los patios interiores o en viviendas cuyas
fachadas no puedan observarse desde la calle.
5º.
Sólo se
permitirán decoraciones relacionadas con motivos navideños propios de estas
fechas.
6º.
La
decoración deberá estar expuesta para ser observada por el jurado desde el 14
de diciembre de 2020 y deberá seguir expuesta en la fachada hasta el 6 de enero
de 2021.
7º.
El
jurado realizará las visitas a las diferentes fachadas participantes a partir
del día 14 de diciembre de 2020.
8º.
El
jurado, en su labor de selección de los premiados del presente concurso,
valorará fundamentalmente los siguientes factores:
-
Diseño y originalidad
-
Montaje
-
Complejidad
-
Estética
-
Creatividad
-
Ambientación navideña
1º.
La
composición y nombramiento del Órgano Colegiado, que actuará como Jurado del
Concurso de Decoración Navideña de Fachadas 2020, con el objetivo de encargarse
del Fallo del mismo:
-
La Excma.
Sra. Consejera de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,
Dña. Elena Fernández Treviño, en calidad
de Presidenta del Jurado.
-
El El Jefe de
Negociado de Administración y Comunicación de la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad, D. Mustafa Mohamed Maanan, con voz y sin voto,
que actuará como Secretario del Jurado.
-
Dña. Rocío Guevara
Hernández (45.296.273-G), en calidad de Vocal del Jurado.
-
La Administrativa de la Consejería
de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad, adscrita a la Dirección
General de Cultura y Festejos,
Dña. Mª Belén Morales Tovar, en calidad
de Vocal del Jurado.
-
La Administrativa de la Consejería
de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad, adscrita al Negociado de Depósito Legal y Registro
de la Propiedad Intelectual, Dña. Irene
Franco Sánchez, en calidad de Vocal
del Jurado.
2º.
La solicitud
de participación podrá descargarse en www.melilla.es . Los participantes deberán
rellenarlas y enviarlas por correo electrónico a la siguiente dirección: festejos@melilla.es
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el
día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta el 04 de
diciembre 2020.
3º.
Se
concederán a juicio del Jurado los siguientes premios:
-
Un primer premio
de 600€
-
Un segundo premio
de 500€
-
Un tercer premio
de 400€
-
Tres accésits de
200€
Al
importe de dichos premios se les aplicará las retenciones previstas en la
vigente legislación.
Los
premios podrán ser declarados desiertos por el jurado.
4º.
La
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad dará a conocer la
deliberación del jurado y la entrega de premios se hará, en la medida de los
posible, en un acto público en el lugar y la fecha que se determinen.
5º.
La
participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de las bases. Su
incumplimiento conllevará a la exclusión del concurso.
Estando
la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas
que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su
publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
La
presente Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá
interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente
de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como
Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo
con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las
Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización
Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7
de mayo de 1999).
Melilla 26 de noviembre de 2020,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,
Joaquín M. Ledo Caballero