ARTÍCULO Nº 980 (CVE: BOME-A-2020-980) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5812 - viernes, 27 de noviembre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Resolución nº1 1266 de fecha 26 de noviembre de 2020, relativas a bases del concurso de decoración navideña de fachadas 2020.

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La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, Dña. Elena Fernández Treviño, mediante Resolución núm. 2020001266, ha resuelto lo siguiente

 

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD

 

ANTECEDENTES

 

Con motivo de la festividad de la Navidad y dentro de las actividades que se organizan para su celebración, la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla se propone convocar el Concurso de Decoración Navideña de Fachadas 2020, en los términos que aquí se dan por reproducidos, conforme a las conforme a las Bases Reguladoras de la Subvenciones para el desarrollo de proyectos de interés general y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, publicado en el BOME 3963, de 14 de diciembre de 2007.

 

El importe de los premios asciende a un total de 2.100,00 euros, repartidos de la siguiente forma

-       Un Primer Premio de 600,00 €.

-       Un Segundo Premio de 500,00 €.

-       Un Tercer Premio de 400,00 €.

-       Tres Accésits de 200,00 € cada uno.

 

Al importe de dichos premios, se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación. La cifra prevista para premios asciende, pues, a 2.100,00 €, sufragándose, según el informe de incoación del expediente de la Directora General, contra la partida presupuestaria 14/33800/48900 y RC número de operaciones 12020000076621.

 

Se establecen como criterios de valoración los siguientes: y originalidad

-       Montaje

-       Complejidad

-       Estética

-       Creatividad

-       Ambientación navideña

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 34512/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

La publicación de la siguiente convocatoria y el inicio del período de presentación de las solicitudes conforme a las siguientes:

 

BASES DEL CONCURSO DE DECORACIÓN NAVIDEÑA DE FACHADAS 2020

1º.    Podrá concurrir cualquier vecino de la Ciudad Autónoma de Melilla que disponga en su vivienda de una fachada con vistas a la calle y elementos que se presten a ser decorados como ventanas o balcones. Quedan excluidas las fachadas de establecimientos empresariales (comercios, hostelería, etc).

2º.    Los participantes no podrán colaborar con otros residentes del inmueble en caso de viviendas no unifamiliares, siendo la participación únicamente permitida a unidades de convivencia.

3º.    Cada participante podrá presentar una sola fachada y la decoración debe ajustarse a las ventanas, balcones y fachadas correspondientes a su vivienda, sin molestar al vecindario.

4º.    Las decoraciones tendrán que estar ubicadas en la parte principal de la fachada y no se permitirán decoraciones en los patios interiores o en viviendas cuyas fachadas no puedan observarse desde la calle.

5º.    Sólo se permitirán decoraciones relacionadas con motivos navideños propios de estas fechas.

6º.    La decoración deberá estar expuesta para ser observada por el jurado desde el 14 de diciembre de 2020 y deberá seguir expuesta en la fachada hasta el 6 de enero de 2021.

7º.    El jurado realizará las visitas a las diferentes fachadas participantes a partir del día 14 de diciembre de 2020.

8º.    El jurado, en su labor de selección de los premiados del presente concurso, valorará fundamentalmente los siguientes factores:

-       Diseño y originalidad

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-       Montaje

-       Complejidad

-       Estética

-       Creatividad

-       Ambientación navideña

 

1º.    La composición y nombramiento del Órgano Colegiado, que actuará como Jurado del Concurso de Decoración Navideña de Fachadas 2020, con el objetivo de encargarse del Fallo del mismo:

-       La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, Dña. Elena Fernández Treviño, en calidad de Presidenta del Jurado.

-       El El Jefe de Negociado de Administración y Comunicación de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, D. Mustafa Mohamed Maanan, con voz y sin voto, que actuará como Secretario del Jurado.

-       Dña. Rocío Guevara Hernández (45.296.273-G), en calidad de Vocal del Jurado.

-       La Administrativa de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, adscrita a la Dirección General de Cultura y Festejos, Dña. Belén Morales Tovar, en calidad de Vocal del Jurado.

-       La Administrativa de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, adscrita al Negociado de Depósito Legal y Registro de la Propiedad Intelectual, Dña. Irene Franco Sánchez, en calidad de Vocal del Jurado.

 

2º.    La solicitud de participación podrá descargarse en www.melilla.es . Los participantes deberán rellenarlas y enviarlas por correo electrónico a la siguiente dirección: festejos@melilla.es

 

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta el 04 de diciembre 2020.

 

3º.    Se concederán a juicio del Jurado los siguientes premios:

-       Un primer premio de 600€

-       Un segundo premio de 500€

-       Un tercer premio de 400€

-       Tres accésits de 200€

 

Al importe de dichos premios se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.

Los premios podrán ser declarados desiertos por el jurado.

 

4º.    La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad dará a conocer la deliberación del jurado y la entrega de premios se hará, en la medida de los posible, en un acto público en el lugar y la fecha que se determinen.

5º.    La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de las bases. Su incumplimiento conllevará a la exclusión del concurso.

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

 

La presente Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

 

Melilla 26 de noviembre de 2020,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Joaquín M. Ledo Caballero