ARTÍCULO Nº 986 (CVE: BOME-A-2020-986) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5813 - martes, 1 de diciembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 4345 de fecha 26 de noviembre de 2020, relativa a bases de la convocatoria para provisión de un puesto de trabajo de jefe/a de la oficina de movilidad, mediante el sistema de concurso de méritos.
De conformidad con el Acuerdo del Consejo de
Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de fecha 20 de noviembre
de 2020, por el que se aprueban, las bases para la provisión definitiva de
puestos de trabajo vacantes en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Ciudad
Autónoma, y en base a lo previsto en el Título III del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado y en uso de las competencias que me confiere el
Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento
de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del
Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del
Estatuto de Autonomía de Melilla,
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 31954/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Convocar el proceso siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVISIÓN
DE UN PUESTO DE TRABAJO DE JEFE/A DE LA OFICINA DE MOVILIDAD, MEDIANTE EL
SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS.
Es objeto de esta convocatoria, la provisión en
propiedad del siguiente puesto de
trabajo de la Ciudad Autónoma de Melilla:
Denominacion |
Grp |
rj |
formacion |
Prov |
vppt |
cd |
Jefe/a de la Oficina de
Movilidad |
C2 |
f |
Graduado Escolar/FP1 |
conc |
155 |
18 |
1.
Requisitos Específicos: Para ser
admitidos al concurso, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
a)
Ser Funcionario de carrera, propio o
transferido, Grupo C2 de la Ciudad Autónoma de Melilla.
b)
Los funcionarios con destino definitivo podrán
participar en este concurso siempre que, al término del plazo de presentación
de instancias, hayan transcurrido al menos dos años desde la toma de posesión
del último destino definitivo obtenido.
2.
Procedimiento de provisión:
De conformidad con lo establecido en la
Relación de Puestos de Trabajo, los puestos objeto de la presente convocatoria,
se proveerán por el procedimiento de concurso, ajustado al siguiente:
BAREMO DE MÉRITOS:
1.
MÉRITOS ADECUADOS A LA CARACTERÍSTICA DE CADA
PUESTO.-
Por cada año desarrollando puestos que
impliquen la responsabilidad respecto de otro personal a su cargo, 1,2
puntos por año; 0,1 punto por mes, con un máximo de 10 puntos.
La posesión del mérito se acreditará mediante
certificado emitido por la Secretaría Técnica de Administraciones Públicas.
2.
POSESIÓN DE UN DETERMINADO GRADO PERSONAL:
0,5 puntos por nivel de grado
personal consolidado, con un máximo de 10 puntos. Se acreditará mediante
certificado de la Secretaría Técnica de Administraciones Públicas.
3.
VALORACIÓN DEL TRABAJO DESARROLLADO:
Por experiencia en el desempeño de puestos
pertenecientes al área funcional o sectorial del Puesto de Trabajo, 2 puntos
por año, con un máximo de 20 puntos. La experiencia se acreditará
mediante informe emitido por la Secretaría Técnica de Administraciones
Públicas.
4.
CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO
SUPERADOS:
A.- Por cursos específicos recibidos
relacionados con el puesto a cubrir, impartidos por la Administración o por
empresas legalmente autorizadas, o realizados dentro de los planes anuales de
Formación, incluyendo los patrocinados por las Organizaciones Sindicales en
dicho ámbito; 0,1 puntos por hora de curso, con un máximo de 30
puntos.
B.- Poseer titulación académica superior a la
exigida como requisito en la convocatoria:
a) Título
Universitario de Grado o equivalente, 10 puntos.
b) Título
Universitario de Diplomatura o equivalente, 6 puntos.
c) Título de
Técnico Superior o equivalente, 4 puntos
d) Bachiller Superior, FP II, o
equivalente, 2 puntos
La puntuación por titulación académica, será
como máximo de 10 puntos, computándose a estos efectos la mayor
titulación que se posea.
Junto con la solicitud de participación se
aportará la documentación debidamente autenticada.
5.
ANTIGÜEDAD:
Por prestación de servicio en la Ciudad
Autónoma de Melilla o Administración Pública, como Grupo C2 o asimilado al
Grupo C2, 0,166 puntos por mes.
Por prestación de servicio en la Ciudad
Autónoma de Melilla, o Administración Pública, en Grupos inferiores al puesto
convocado, 0,08 puntos por mes.
La puntuación máxima en este apartado será de 20
puntos.
Para el cómputo de la antigüedad, se
despreciarán las fracciones inferiores al mes. Se acreditará mediante
certificado de la Secretaría Técnica de Administraciones Públicas.
3.
Puntuación mínima:
Para la adjudicación de alguno de los puestos
convocados, el aspirante deberá obtener una puntuación mínima de 30 puntos.
4.
Composición de la Comisión de Valoración -
La Comisión de Valoración estará constituida
según lo establecido en el apartado
sexto de las Bases Generales de aplicación a los procedimientos de provisión de
puestos de trabajo mediante concurso.
5.
Forma y plazo de presentación de solicitudes. -
Todo Empleado Público que reúna los requisitos
específicos, deberá presentar los documentos de méritos junto con la solicitud
del Anexo dirigida a la Consejería de Administraciones Públicas, a través
del Registro General,
en el plazo improrrogable de quince días hábiles, contados a partir
del siguiente a la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de
Melilla.
6.
Norma final
En lo no dispuesto en las presentes bases, se
estará a lo establecido en las “Bases Generales de aplicación a los
procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante concurso de los años
2011-2012” publicadas en el B.O.ME., número 4864 de fecha 28 de octubre de
2011.
Las presentes bases y los actos que de ella deriven
por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos
previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
preceptos concordantes del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad
Autónoma de Melilla”.
Melilla 26 de noviembre de 2020,
La Consejera de Presidencia y Administración
Pública,
Gloria
Rojas Ruiz